INICIATIVAS PRESENTADAS
EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 4-Septiembre-2012

  - Trabajo y Previsión Social
Destacan los siguientes temas: Incorporar la noción de trabajo decente que promueve la Organización Internacional del Trabajo. Incluir como nuevas modalidades de contratación, los períodos de prueba, los contratos de capacitación inicial y para el trabajo de temporada. Regular la subcontratación de personal u outsourcing. Señalar expresamente que en todo caso los patrones y los intermediarios serán responsables solidarios en las obligaciones contraídas con los trabajadores. Tipificar como delito el trabajo de menores de 14 años fuera del círculo familiar. Regular la contratación laboral de los casos de los trabajadores mexicanos que son contratados en territorio nacional para un empleo concreto en el exterior. Replantear el mecanismo para comunicar los avisos de rescisión de la relación de trabajo. Incluir una nueva causal de rescisión de la relación de trabajo sin responsabilidad para el trabajador, consistente en que el patrón le exija la realización de actos, conductas o comportamientos que menoscaben o atenten contra su dignidad. Prohibir expresamente: la discriminación por cuestiones de género y la realización de actos de hostigamiento o acoso sexual. Prohibir la práctica de exigir certificados médicos de ingravidez para el ingreso, permanencia y ascenso en el empleo. Permitir que las mujeres trabajadoras puedan distribuir las semanas de descanso pre y postnatal. Incluir la figura de la licencia de paternidad. Prever el pago de salarios a través de medios electrónicos o de depósito en cuenta bancaria.

Establecer como límite a la generación de salarios vencidos hasta por un periodo máximo de doce meses. Impulsar la multihabilidad de los trabajadores, previendo recompensar su participación con el ajuste salarial respectivo. Establecer como obligación patronal el tener que afiliar el centro de trabajo al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores. Fortalecer la coordinación institucional para proteger la seguridad y salud de los trabajadores. Exceptuar al patrón de pagar el reparto adicional de utilidades, si obtuvo de la Junta de Conciliación y Arbitraje la suspensión correspondiente. Adecuar las instalaciones de aquellos centros de trabajo que tengan más de 50 trabajadores, a fin de facilitar el acceso y desarrollo de actividades de las personas con discapacidad. Rediseñar los objetivos y las tareas que tendrían a su cargo las Comisiones Mixtas de Productividad, Capacitación y Adiestramiento y los Comités Nacionales de Productividad y Capacitación. Diagnosticar los requerimientos necesarios para elevar la productividad y la competitividad de las empresas. Vincular los salarios a la calificación y competencias adquiridas. Privilegiar a la productividad de los trabajadores como el principal criterio para acceder a plazas vacantes definitivas o provisionales de más de treinta días y a puestos de nueva creación. Propiciar condiciones laborales dignas a favor de los trabajadores del campo (registro especial de los trabajadores eventuales o de temporada, expedición de constancias de labores y percepciones a los trabajadores eventuales, pago proporcional de prestaciones devengadas, proporcionar agua potable a los trabajadores durante su jornada de trabajo, así como en forma gratuita transporte cómodo y seguro desde las zonas habitacionales hasta los lugares de trabajo y viceversa e intérpretes cuando los trabajadores no hablen español).

Mejorar las condiciones de trabajo de los empleados domésticos. Se propone regular con mayor precisión la duración de su jornada laboral. Regular los trabajos que se realicen en las minas. Prohibir expresamente el trabajo en tiros verticales de carbón. Incluir sanciones y penas privativas de libertad, a los patrones que dolosamente o por culpa grave omitan implementar las medidas de seguridad previstas en la normatividad, cuando la omisión produzca la muerte de uno o varios trabajadores. Reconocer el teletrabajo, es decir, aquel que se realiza a distancia, utilizando tecnologías de la información y la comunicación. Prever el voto libre, directo y secreto en la elección de la directiva sindical. Fortalecer la rendición de cuentas por parte de las directivas de los sindicatos, así como establecer sanciones en caso de omisión. Facultar a los trabajadores para tramitar ante la Junta de Conciliación y Arbitraje la suspensión de pago de las cuotas sindicales. Establecer como obligación patronal, fijar visiblemente y difundir en los lugares donde se preste el trabajo, las disposiciones conducentes de los reglamentos y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, así como el texto íntegro del o los contratos colectivos de trabajo que rijan en la empresa. Suprimir la denominada ¿cláusula de exclusión por separación¿. Prever como causa para negar el trámite a un emplazamiento a huelga para la celebración de contrato colectivo de trabajo, el hecho de que previamente exista otro en trámite cuyo objeto sea el mismo. Incrementar el monto de la indemnización por

muerte del trabajador. Fortalecer las medidas para proteger la seguridad e higiene en los centros de trabajo.

Facilitar la actualización de las tablas de enfermedades de trabajo y de valuación de las incapacidades permanentes. Ampliar la competencia de las autoridades federales, mediante una nueva interpretación y alcance del concepto de ¿concesión federal¿. Fortalecer las facultades y objetivos del Servicio Nacional del Empleo. Establecer un régimen de certificación laboral, para acreditar conocimientos, habilidades o destrezas, que requiere un individuo para la ejecución de una actividad productiva. Eliminar las Juntas Federales y Locales de Conciliación. Incorporar el principio de la conciliación en el proceso laboral, de manera que, durante todo el procedimiento y hasta antes de dictarse el laudo, las Juntas puedan intentar que las partes resuelvan los conflictos mediante la conciliación. Establecer un servicio profesional de carrera especial para el ingreso, promoción, permanencia, evaluación de desempeño, separación y retiro de los servidores públicos de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje. Modificar la estructura de la primera audiencia en el procedimiento ordinario.

Establecer: las reglas de competencia de las Juntas Especiales de la Federal de Conciliación y Arbitraje; los requisitos de las demandas de este tipo de conflictos; los elementos de los dictámenes médicos en los casos de riesgos de trabajo; las reglas para el desahogo de esta prueba y que los peritos médicos se encuentren registrados ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje. Incrementar los montos de las correcciones disciplinarias, medios de apremio y multas para sancionar la interposición notoriamente improcedente del recurso de revisión y de reclamación contra los actos de ejecución. Prever que cuando un conflicto de huelga se prolongue por más de sesenta días, tratándose de patrones que tengan a su cargo la prestación de servicios públicos, o más de ciento veinte días en cualquier otro caso, sin que los trabajadores lo hayan sometido a la decisión de la Junta, el patrón o los terceros que acrediten su interés podrán solicitar por escrito se inicie el arbitraje en cualquier momento. Establecer una vía incidental para que los terceros de buena fe puedan ejercitar acciones de restitución de la posesión de bienes de su propiedad, en caso de huelgas estalladas. Incorporar como causal de inexistencia de la huelga, que el sindicato no cumpla con los requisitos que contemplen sus propios estatutos para formular el emplazamiento. Combatir los denominados ¿contratos de protección¿. Establecer nuevas reglas para la tramitación de las demandas de titularidad de contrato colectivo de trabajo o administración de contrato ley. Prever el voto libre, directo y secreto para el desahogo de la prueba del recuento de los trabajadores, en los conflictos de huelga y titularidad de contrato colectivo de trabajo y administración de contrato ley. Incrementar el monto de las sanciones a quienes infringen las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.

Establecer las reglas para armonizar la información financiera del ciclo hacendario, relativa a la programación, presupuesto, ejercicio seguimiento, evaluación y rendición de cuantas de los recursos públicos así como para los procesos de implantación y operación del Presupuesto Basado en Resultados y del Sistema de Evaluación del Desempaño.
Aprobada
con fecha 28-Septiembre-2012



Publicación en Gaceta: 4-Septiembre-2012
2   Proyecto de decreto que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Mícher Camarena Martha Lucía (PRD)


Fecha de presentación: 11-Septiembre-2012

  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Con Opinión de  - Igualdad de Género
Modificar la denominación de la Comisión Ordinaria de ¿Equidad y Género¿ por ¿Igualdad de Género¿ de la Cámara de Diputados. Aprobada
con fecha 18-Diciembre-2012



Publicación en Gaceta: 11-Septiembre-2012
3   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, de la Ley General de Población, de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres, de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley General de Turismo, de la Ley General de Cultura Física y Deporte y de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.


Proponente: Rincón Chanona Sonia (NUEVA ALIANZA)


Fecha de presentación: 11-Septiembre-2012

  - Derechos Humanos
Incluir los términos ¿preferencias sexuales¿, ¿derechos sexuales¿, ¿derechos reproductivos¿ y ¿salud sexual¿. Asentar entre las causas por las que no debe haber discriminación ¿las condiciones de salud, opiniones, preferencias sexuales, motivada por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidades, condición social, religión, opiniones, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana¿. Establecer como una de las finalidades de la coordinación de las autoridades federales, del Distrito Federal, estatales y municipales, en el ámbito de sus respectivas competencias, el promover y coordinar acciones de información y orientación educativa sobre salud sexual y reproductiva a fin de prevenir y atender embarazos tempranos, infecciones de transmisión sexual incluida el VIH-sida; y favorecer el acceso universal de métodos anticonceptivos y la toma de decisiones responsables. Aprobada
con fecha 14-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 11-Septiembre-2012
4   Proyecto de decreto que reforma los artículos 73 y 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Anaya Llamas José Guillermo (PAN)


Fecha de presentación: 18-Septiembre-2012

  - Puntos Constitucionales
Establecer que los municipios puedan contratar obligaciones o empréstitos sólo cuando se sujeten a ciertas reglas: ser autorizada previamente por la legislatura estatal mediante ley o decreto, aun tratándose de deuda contratada a corto plazo; observar el principio de equilibro presupuestal; no exceder el 0.5% por ciento del Producto Interno Bruto Estatal del ejercicio correspondiente; que el total de la deuda acumulada tampoco exceda del 7% por ciento del Producto Interno Bruto Estatal; garantizar única y exclusivamente con recursos derivados de ingresos propios y los provenientes de las participaciones federales, pudiendo otorgar como garantía las aportaciones federales, siempre que los recursos del empréstito se destinen a proyectos directamente relacionados con los fines específicos para los cuales se otorgan dichas aportaciones federales, y que la solicitud presentada a la legislatura local se acompañe de un programa de amortización para el pago del principal y de los intereses correspondientes, sin el cual no podrá haber autorización alguna. Señalar que los recursos obtenidos por empréstitos no puedan destinarse a gasto corriente ni para la operación ordinaria del presupuesto público de que se trate. Asentar que los estados y los municipios deberán llevar un registro de deuda pública en el cual inscribirán todos los empréstitos, obligaciones o deuda de cualquier naturaleza que contraigan, así como las amortizaciones que al efecto lleven a cabo y los saldos de la deuda, el cual se mantendrá actualizado mensualmente y será público. Prescribir que los ejecutivos de los estados y los municipios informarán del ejercicio de la deuda al rendir la cuenta pública y serán responsables de la contratación y administración de estos recursos y que por ningún motivo la Federación asumirá el pago de la deuda pública que contraten los estados y los municipios. Aprobada
con fecha 17-Julio-2013



Publicación en Gaceta: 18-Septiembre-2012
5   Proyecto de decreto que reforma el artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: González Morfín José (PAN)


Fecha de presentación: 20-Septiembre-2012

  - Puntos Constitucionales
Establecer que en las Constituciones y leyes de los Estados en materia electoral, se deberá garantizar el derecho de los ciudadanos a las candidaturas independientes a todos los cargos de elección popular en el ámbito local. Aprobada
con fecha 18-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 18-Septiembre-2012
6   Proyecto de decreto que reforma los artículos 162 de la y 6 de la Ley General de Bienes Nacionales.


Proponente: Medrano Galindo Gabriela (PVEM)


Fecha de presentación: 25-Septiembre-2012

  - Gobernación
Asentar jurídicamente que no podrán ser enajenados, ni desincorporados del régimen de dominio público de la Federación los terrenos nacionales o baldíos que se localicen dentro del territorio insular mexicano, que dependan directamente del gobierno de la Federación. Aprobada
con fecha 14-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 25-Septiembre-2012
7   Proyecto de decreto que reforma los artículos 6, 7, 27 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Durazo Montaño Francisco Alfonso (MC)


Fecha de presentación: 25-Septiembre-2012

  - Puntos Constitucionales
Reconocer y garantizar los derechos universales a la información y a la libre expresión y el que toda persona tenga la libertad de acceder, buscar, recibir y difundir informaciones de cualquier tipo y por cualquier medio de comunicación, sin previa censura y con responsabilidad ulue disponga la ley. Señalar que los medios de comunicación electrónica son de servicio público, que estos procurarán el respeto y promoción de los derechos humanos y los valores democráticos consagrados en el artículo 3 de la Constitución; que sus contenidos deben reflejar pluralidad y diversidad. Asentar que el espectro radioeléctrico es pción, inalienable e imprescriptible al que podrán acceder, en igualdad de condiciones, a su explotación, uso o aprovechamiento las entidades públicas, educativas, privadas y comunitarias, y ninguna de ellas podrá concentrar más de 25 por ciento de las frecuencias. Facultar al Congreso para expedir leyes sobre radio, televisión, telecomunicaciones y uso del espectro radioeléctrico y asignar a un organismo público autónomo de participación ciudadana creado por el Congreso de la Unión, la administración y vigilancia de las concesiones y permisos de la radiodifusión, televisión y telecomunicaciones de este espectro. Aprobada
con fecha 21-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 25-Septiembre-2012
8   Proyecto de decreto que reforma los artículos 17, 82 y 84 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.


Proponente: Soto Martínez José (MC)


Fecha de presentación: 27-Septiembre-2012

  - Pesca
Considerar como prioridad en todo momento el cultivo de especies endémicas sobre las importadas. Establecer planes de desarrollo regional en la materia acuícola que deberán contemplar como eje rector la orientación de la acuacultura bajo un esquema de producción sustentable, cuidando la conservación y cultivo de especies endémicas y establecer metas cuantificables en periodos de tres a seis años, que permitan observar el crecimiento en la producción de especies nativas y su impacto en los mercados regionales. Aprobada
con fecha 12-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 27-Septiembre-2012
9   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes General de Salud; y para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Sosa Govea Martha Leticia (PAN)


Fecha de presentación: 27-Septiembre-2012

Unidas  - Salud
- Atención a Grupos Vulnerables
Facultar a la Secretaría de Salud, las instituciones de salud y los gobiernos de las entidades federativas, en coordinación con las autoridades competentes en cada materia, para fomentar y apoyar la realización de programas para la prevención del suicidio, así como para la prevención y atención de trastornos mentales que puedan alterar su sano desarrollo. Considerar como obligación de las madres, padres y de todas las personas que tengan a su cuidado niñas, niños y adolescentes, prestar atención inmediata a las alteraciones de conducta que permitan suponer la existencia de trastornos mentales que puedan alterar su sano desarrollo. Aprobada
con fecha 19-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 27-Septiembre-2012
10   Proyecto de decreto que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Suscrita por los Coordinadores de los Grupos Parlamentarios
Fecha de presentación: 27-Septiembre-2012

  - Dispensa de Tramites
Crear las comisiones ordinarias de: Agua potable y Saneamiento; Asuntos Frontera Norte; Asuntos Frontera Sur-Sureste; Asuntos Migratorios; Cambio Climático; Competitividad; Deporte; Ganadería; Infraestructura; Protección Civil; y Seguridad Alimentaria de la Cámara de Diputados. Modificar la denominación de la Comisión de Agricultura y Ganadería para quedar como ¿Agricultura y Sistemas de Riego¿. Modificar la denominación de la Comisión de Cultura para quedar como ¿Cultura y Cinematografía¿. Modificar la denominación de la Comisión de la de Juventud y Deporte para quedar como ¿Juventud¿. Modificar la denominación de la Comisión de la de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios para quedar como ¿Población¿. Modificar la denominación de la Comisión de la de Radio, Televisión y Cinematografía para quedar como ¿Radio y Televisión¿. Aprobada
con fecha 27-Septiembre-2012



Publicación en Gaceta: 27-Septiembre-2012
11   Proyecto de decreto que reforma el artículo 6° de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.


Proponente: Monreal Ávila Ricardo (MC)


Fecha de presentación: 2-Octubre-2012

  - Derechos Humanos
Facultar a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para hacer un diagnóstico nacional anual vinculatorio de la situación en los centros penitenciarios del país y llevar las estadísticas, sobre el número, las causas y efectos de los homicidios, así como de las riñas, motines, desordenes, abusos y quejas documentadas que sucedan en las prisiones federales y locales; y para colaborar con la Subsecretaría de Sistema Penitenciario de la Secretaría de Seguridad Pública Federal, en la elaboración de políticas públicas en materia penitenciaria que garanticen la protección de los derechos humanos de los presos. Aprobada
con fecha 14-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 2-Octubre-2012
12   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación.


Proponente: Corona Nakamura Maria del Rocio (PRI)


Fecha de presentación: 2-Octubre-2012

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Proponer que las autoridades educativas del país, federales y locales, se coordinen para garantizar la seguridad y convivencia escolar así como para prevenir y controlar la violencia y el acoso escolar. Incluir como obligaciones de los padres o tutores, promover desde el hogar la cultura de convivencia, respeto y tolerancia escolar y partícipes de las actividades programadas para prevenir estas conductas. Proponer en cada escuela pública de educación básica, a través del Consejo Escolar de Participación Social medidas para la divulgación de la cultura de convivencia, respeto y tolerancia escolar, así como para prevenir y controlar la violencia y el acoso escolar. Imponer al Consejo la obligación de gestionar ante el ayuntamiento que corresponda el apoyo necesario para garantizar la seguridad y convivencia de los alumnos fuera de las escuelas y la participación de las autoridades municipales en las actividades para la prevención y control de este problema. Adicionar una sección especial a la ley, denominada ¿De la seguridad y convivencia escolar¿, donde se señala que la protección de los alumnos contra la violencia y el acoso escolar es condición para una formación escolar equitativa. Aprobada
con fecha 29-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 2-Octubre-2012
13   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.


Proponente: Quintana León Socorro de la Luz (PRI)


Fecha de presentación: 4-Octubre-2012

  - Economía
Con Opinión de  - Competitividad
Establecer que la Secretaría de Economía diseñará, fomentará y promoverá la creación de instrumentos y mecanismos de garantía, así como de otros esquemas, que faciliten el acceso al financiamiento a las Mipyme, en igualdad de oportunidades para mujeres y hombres; promoverá esquemas para facilitar el acceso al financiamiento público y privado a las Mipyme, en igualdad de oportunidades para las mujeres y los hombres, poniendo especial énfasis en garantizar el acceso a dicho financiamiento para la mujeres jefas de familia. Asentar que los programas sectoriales referidos
deberán contener perspectiva de género y qua la Secretaría de Economía promoverá la participación del
sector público y de los sectores para la consecución de los objetivos de esta Ley, a través de los convenios que
celebre para la formación de una cultura empresarial con perspectiva de género.
Aprobada
con fecha 11-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 4-Octubre-2012
14   Proyecto de decreto que reforma los artículos 24, 143 y adiciona un artículo 143 Bis a la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.


Proponente: Astudillo Suárez Ricardo (PVEM)


Fecha de presentación: 4-Octubre-2012

  - Medio Ambiente y Recursos Naturales
Integrar al Fondo Forestal Mexicano el cobro de la compensación ambiental por el cambio de uso de suelo en terrenos forestales. Prever que los recursos económicos que obtenga el Fondo Forestal Mexicano por concepto de compensación ambiental serán destinados a las entidades federativas donde se haya autorizado el cambio de uso del suelo para la ejecución de actividades de reforestación, restauración o mantenimiento de los ecosistemas forestales. Establecer los criterios para la aplicación y destino de los recursos económicos del Fondo Forestal Mexicano. Aprobada
con fecha 19-Diciembre-2012



Publicación en Gaceta: 4-Octubre-2012
15   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código de Comercio.


Proponente: Samperio Montaño Juan Ignacio (MC)

A nombre propio y suscrita por diversos diputados
Fecha de presentación: 4-Octubre-2012

  - Economía
Eliminar la atribución de la Secretaría de Economía, de actualizar cada año por inflación el monto de hasta quinientos mil pesos por concepto de suerte principal, respecto a las resoluciones que se dicten durante el procedimiento y las sentencias que recaigan en negocios, así como publicarlo en el Diario Oficial de la Federación. Tramitar en el Juicio Oral Mercantil todas las contiendas cuya suerte principal sea inferior a quinientos mil pesos por concepto de suerte principal, sin que sean de tomarse en consideración intereses y demás accesorios reclamados a la fecha de interposición de la demanda. Con relación a la prueba testimonial, se modifica el término en el que se deberá hacer la citación por parte del juez, estableciendo que ésta se hará mediante cédula por lo menos con ¿tres días¿ y no con ¿dos días¿ de anticipación al día en que deban declarar. Establecer la sanción económica de cincuenta días de salario mínimo vigente que pudiera aplicarse al perito que injustificadamente resulte ser omiso en el cumplimiento del encargo. Aprobada
con fecha 3-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 4-Octubre-2012
16   Proyecto de decreto que reforma los artículos 2° y 3° de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.


Proponente: Gómez Pozos Merilyn (MC)


Fecha de presentación: 4-Octubre-2012

  - Juventud
Considerar como objetivo del Instituto Mexicano de la Juventud, perseguir el respeto de los derechos fundamentales de los jóvenes, con el fin de garantizar su desarrollo pleno e integral, a través de una política nacional que permita incorporar a la población joven al desarrollo del país. Dicha política será evaluada anualmente por el Ejecutivo Federal, que remitirá un informe detallado al Congreso de la Unión; y éste promover coordinadamente con las dependencias y entidades de la administración pública federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, las acciones destinadas a mejorar el nivel de vida de la juventud, así como sus expectativas sociales, económicas, culturales y derechos. Aprobada
con fecha 26-Febrero-2013



Publicación en Gaceta: 4-Octubre-2012
17   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación.


Proponente: Coronato Rodríguez José Francisco (MC)


Fecha de presentación: 9-Octubre-2012

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Establecer una educación pública de carácter integral que procure el amor a la patria, el desarrollo pleno y armónico del individuo, el pensamiento crítico humanista, que aliente el fortalecimiento, la apreciación y la difusión de la cultura nacional, con una visión de derechos humanos y que procure fomentar el aprecio, valoración e identificación con la cultura universal, nacional y regional, con el objetivo de desarrollar integralmente al estudiante, y brindar bases para que el individuo pueda potenciar su capacidad artística como una profesión. Obligar a la Secretaría de Educación Pública a consultar las sugerencias de organizaciones civiles autónomas, al evaluar el sistema educativo nacional. Señalar la obligación de la SEP a evaluar los resultados en la calidad educativa de los programas compensatorios conjuntamente con observadores y consejeros de la CNDH. Prescribir que la Secretaría de Educación, en coordinación con secretarías federales y regionales competentes, establecerá formas de reconocimiento y certificación de habilidades artísticas en los estudiantes. Aprobada
con fecha 20-Noviembre-2013



Publicación en Gaceta: 9-Octubre-2012
18   Proyecto de decreto que reforma el artículo 7° de la Ley General de Educación.


Proponente: Calderón Ramírez Leticia (PRI)


Fecha de presentación: 9-Octubre-2012

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Establecer que la educación que imparta el Estado tendrá entre sus fines, fomentar en la educación básica la práctica del amor, honestidad, responsabilidad, amistad, solidaridad, tolerancia, igualdad, pluralidad, democracia, equidad, valores sociales fundamentales como principio de la convivencia armónica entre las personas. Aprobada
con fecha 20-Noviembre-2013



Publicación en Gaceta: 9-Octubre-2012
19   Proyecto de decreto que reforma los artículos 115 y 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Borboa Becerra Omar Antonio (PAN)


Fecha de presentación: 9-Octubre-2012

  - Puntos Constitucionales
Establecer que los municipios no podrán contraer obligaciones o empréstitos que rebasen su capacidad de pago o pongan en riesgo sus finanzas públicas, ni los podrán contraer durante los últimos seis meses de gestión, excepto en casos de emergencias relacionadas por contingencias climatológicas y de salud pública. Señalar que los estados y los municipios no podrán contraer obligaciones o empréstitos sino cuando se destinen a operaciones de refinanciamiento y reestructura. Asentar que por lo menos el treinta por ciento de las obligaciones o empréstitos contraídos debe respaldarse con contribuciones propias de los estados y municipios. Plantear que la contratación de nuevas obligaciones financieras deberá ser aprobada por las tres cuartas partes de la legislatura local. Cuando los estados y municipios decidan llevar a cabo un refinanciamiento y/o reestructuración de sus obligaciones financieras, éstos deberán informar a la legislatura local. Aprobada
con fecha 17-Julio-2013



Publicación en Gaceta: 9-Octubre-2012
20   Proyecto de decreto que reforma los artículos 3° y 10 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.


Proponente: Castro Trenti Fernando Jorge (PRI)

A nombre propio y por diputados del Partido Revolucionario Institucional.
Fecha de presentación: 11-Octubre-2012

Unidas  - Economía
Con Opinión de  - Competitividad
Cambiar el cuadro de estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas incluyendo el rango de monto de ventas anuales y el tope máximo combinado. Establecer que el tamaño de la empresa se determinará a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente fórmula: Puntaje de la empresa = (Número de trabajadores) X 10% + (Monto de Ventas Anuales en millones de pesos) X 90%, el cual debe ser igual o menor al Tope Máximo Combinado de su categoría. Obligar a la Comisión Intersecretarial de Compras y Obras de la Administración Pública Federal a la Micro, pequeña y mediana empresa, presidida por la Secretaría, a emitir las recomendaciones y proponer las acciones necesarias para garantizar el cumplimiento del criterio establecido en el cuadro así como las obligaciones de las dependencias y entidades en la materia. Aprobada
con fecha 19-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 11-Octubre-2012
21   Proyecto de decreto que reforma el artículo 20 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.


Proponente: Inzunza Montoya Alfonso (PRI)

A nombre propio y por diputados del Partido Revolucionario Institucional
Fecha de presentación: 11-Octubre-2012

  - Pesca
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Crear el Programa Multianual de Apoyos Directos a la Pesca (Propesca), que será el instrumento a través del cual se otorgará un apoyo económico por pescador que se encuentre en el Registro Nacional de Pesca y que se dedique de manera legal a la captura y al cultivo de cualquiera de los recursos marinos en bahías, esteros y riberas, mismo que estará considerado en el Programa Nacional de Pesca y Acuacultura. Aprobada
con fecha 17-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 11-Octubre-2012
22   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social.


Proponente: Benavides Castañeda José Alberto (PT)


Fecha de presentación: 16-Octubre-2012

  - Desarrollo Social
Incorporar los conceptos de ¿Capacitación y formación¿ y de ¿Deberes y logros¿. Establecer como objeto de la Ley el regular y garantizar la prestación de los bienes y servicios contenidos en los programas sociales, a través de programas que fomenten el incremento de la productividad de los beneficiarios. Incluir la capacitación como derecho para el desarrollo social. Incorporar como objetivos de la Política Nacional de Desarrollo Social el Brindar formación profesional, personal, cívica y social para que por sí mismos tengan la capacidad de salir de situaciones económica y socialmente adversas. Aprobada
con fecha 14-Febrero-2013



Publicación en Gaceta: 11-Octubre-2012
23   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código de Comercio; y de las Leyes General de Sociedades Mercantiles, de Sociedades de Inversión, General de Títulos y Operaciones de Crédito, Federal de Derechos, y Orgánica de la Administración Pública Federal.


Proponente: Salinas Garza José Arturo (PAN)


Fecha de presentación: 16-Octubre-2012

Unidas  - Economía
- Hacienda y Crédito Público
Implementar prácticas internacionales para impulsar la competitividad y la productividad a nivel nacional, mediante la modernización, y simplificación administrativa de las disposiciones que rigen la actividad mercantil. Eliminar costos de trámites y cargas económicas para incentivar la creación de nuevos negocios, la atracción de mayores inversiones, la formalización de comercios ya existentes, y la



creación de mayores fuentes de empleo, así como una mayor derrama económica. Modernizar el régimen de administración y vigilancia de las Sociedades Mercantiles. Modernizar los Registros públicos para que operen a bajo costo y que sean de fácil consulta. Fortalecer el sistema de garantías mobiliarias con normas sencillas para el perfeccionamiento de las garantías mobiliarias y la prelación entre acreedores, así como un procedimiento de ejecución de garantías mobiliarias que sea efectivo, pronto y expedito. Fomentar la industria del financiamiento y perfeccionamiento de las figuras crediticias en México para que más micro, pequeñas y medianas empresas (Mipyme) mexicanas cuenten con más créditos y en mejores condiciones que puedan ser garantizados mediante bienes muebles.
Aprobada
con fecha 20-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 11-Octubre-2012
24   Proyecto de decreto que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Gutiérrez De la Garza Héctor (PRI)


Fecha de presentación: 16-Octubre-2012

  - Dispensa de Tramites
Establecer que la Cámara de Diputados contará con las comisiones ordinarias y especiales que requiera para el cumplimiento de sus funciones. Crear la Comisión Ordinaria de Desarrollo Municipal. Modificar la denominación de la Comisión de Participación Ciudadana por Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, y la Comisión de la Función Pública por Comisión de Transparencia y Anticorrupción. Aprobada
con fecha 16-Octubre-2012



Publicación en Gaceta: 16-Octubre-2012
25   Proyecto de decreto que reforma los artículos 3° y 8° de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.


Proponente: Tovar Aragón Crystal (PRD)


Fecha de presentación: 16-Octubre-2012

  - Juventud
Establecer que el Instituto Mexicano de la Juventud, al promover y fomentar las condiciones que aseguren a la juventud un desarrollo pleno e integral, deberá realizarlo mediante la protección de sus derechos humanos y garantías individuales, en condiciones de igualdad y no discriminación. Integrar dentro de los 17 miembros propietarios que integran la Junta Directiva del Instituto Mexicano de la Juventud, a la Presidencia del Instituto Nacional de las Mujeres. Aprobada
con fecha 26-Febrero-2013



Publicación en Gaceta: 16-Octubre-2012
26   Proyecto de decreto que reforma el artículo 36 y adiciona un artículo 46 Ter a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia


Proponente: Niaves López Ossiel Omar (PRI)


Fecha de presentación: 16-Octubre-2012

  - Igualdad de Género
Incorporar al titular de la Secretaría de la Reforma Agraria en la conformación del Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres. Se establecen atribuciones de la Secretaría de la Reforma Agraria para coordinar acciones que propicien la igualdad de oportunidades y la no discriminación de mujeres y de hombres en materia agraria; delinear la política integral con perspectiva de género orientada a la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en las comunidades agrarias y ejidos, incluyendo a las de origen étnico; fomentar la cultura de respeto a los derechos humanos de las mujeres que habitan en zonas rurales, incluyendo a las de origen étnico; establecer, utilizar, supervisar y mantener todos los instrumentos y acciones encaminados al mejoramiento del Sistema y del Programa, entre otras Aprobada
con fecha 12-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 16-Octubre-2012
27   Proyecto de decreto que reforma los artículos 2° de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente y el artículo 40 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.


Proponente: Cerda Franco María Sanjuana (NUEVA ALIANZA)


Fecha de presentación: 18-Octubre-2012

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Presupuesto y Cuenta Pública
Considerar como derecho de los contribuyentes, contar con una administración tributaria que fomente el principio de simplificación en la política, legislación y gestión tributaria. Incluir en el proyecto de decreto de Ley de Ingresos el principio de simplificación en la política, legislación y gestión tributaria. Aprobada
con fecha 2-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 18-Octubre-2012
28   Proyecto de decreto que reforma los artículos 73, 74 y 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Mejía Berdeja Ricardo (MC)


Fecha de presentación: 18-Octubre-2012

  - Puntos Constitucionales
Facultar al Congreso de la Unión para expedir leyes sobre la contratación de empréstitos o créditos de los estados. Facultar a la Cámara de Diputados para aprobar la contratación de empréstitos o créditos a los estados. Aprobada
con fecha 17-Julio-2013



Publicación en Gaceta: 18-Octubre-2012
29   Proyecto de decreto que reforma el artículo 1414 Bis 7 del Código de Comercio.


Proponente: Sotomayor Chávez Jorge Francisco (PAN)


Fecha de presentación: 18-Octubre-2012

  - Economía
Establecer la obligación del actor de demostrar fehacientemente que se realizó una consulta al Registro Único de Garantías Mobiliarias, y asentar el resultado de la misma en su escrito inicial de demanda a fin de garantizar el derecho de audiencia de un probable tercero perjudicado. Obligar al juez a realizar la notificación correspondiente. Aprobada
con fecha 24-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 18-Octubre-2012
30   Proyecto de decreto, para declarar al año 2014 como ¿Año del Bicentenario de la Promulgación de la Constitución de Apatzingán¿.


Proponente: Ortiz García Salvador (PRI)


Fecha de presentación: 23-Octubre-2012

  - Gobernación
Declarar al año 2014 como ¿Año del Bicentenario de la Promulgación de la Constitución de Apatzingán¿. Aprobada
con fecha 14-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 23-Octubre-2012
31   Proyecto de decreto que reforma el artículo 28 Bis de la Ley General de Salud.


Proponente: Vargas Pérez Nelly del Carmen (MC)


Fecha de presentación: 25-Octubre-2012

  - Salud
Modificar el término ¿Homeópatas¿ por ¿Médicos homeópatas¿. Aprobada
con fecha 19-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 25-Octubre-2012
32   Proyecto de decreto que reforma el artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Reina Lizárraga José Enrique (PAN)


Fecha de presentación: 25-Octubre-2012

  - Puntos Constitucionales
Determinar que toda persona tiene derecho al acceso universal a la conectividad de redes digitales, conforme la Ley lo establezca. Aprobada
con fecha 21-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: --
33   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Arroyo Vieyra Francisco (PRI)


Fecha de presentación: 30-Octubre-2012

  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Adicionar un título quinto denominado ¿del trámite de las iniciativas con carácter preferente¿. Señalar que para la dictaminación de las iniciativas con carácter preferente, el cómputo del plazo de treinta días establecido por la Constitución, se considerará como primer día aquel en que el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Origen ordene el turno a la comisión que corresponda. Prescribir que en la elaboración, discusión y votación, en comisiones, de los dictámenes relativos a las iniciativas preferentes, serán aplicables las normas establecidas en los reglamentos de cada una de las Cámaras del Congreso de la Unión. Establecer que cuando se apruebe en la Cámara de origen el dictamen correspondiente a la iniciativa con carácter preferente, el Proyecto de Decreto respectivo será enviado, sin dilación a la Cámara revisora, en calidad de minuta. Determinar que en caso de que la comisión correspondiente no turne el dictamen al Pleno dentro del plazo de treinta días naturales, la discusión y votación en la Cámara de revisión versará sobre la minuta que hubiere turnado la Cámara de origen y no sobre la iniciativa presidencial. Asentar que si una iniciativa objeto del trámite preferente fuese rechazada en su totalidad por la Cámara de origen, no podrá volverse a presentar en las sesiones del año. Indicar que cuando la Cámara revisora deseche, en todo o en parte, o modifique un proyecto de ley o decreto, con carácter preferente, aquélla deberá devolver la minuta a la Cámara de origen, para los efectos correspondientes del artículo 72 de la Constitución, debiendo formular y adjuntar las observaciones que considere pertinentes, debiendo concluirse el trámite legislativo en un plazo no mayor a 30 días naturales, contados a partir de que la Cámara de origen reciba, por vez primera, la minuta de la Cámara revisora. Aprobada
con fecha 20-Diciembre-2012



Publicación en Gaceta: 30-Octubre-2012
34   Proyecto de decreto que reforma el artículo 1070 del Código de Comercio.


Proponente: Gastélum Buenrostro Juan Manuel (PAN)


Fecha de presentación: 30-Octubre-2012

  - Economía
Establecer que cuando se ignore el domicilio de la persona que debe ser notificada, la primera notificación se hará publicando la determinación respectiva tres veces consecutivas en un periódico de circulación amplia de la Entidad Federativa donde se ventile el juicio o del Distrito Federal en que el comerciante deba ser demandado. Aprobada
con fecha 3-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 30-Octubre-2012
35   Proyecto de decreto que reforma el artículo 2o. de la Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía.


Proponente: Monreal Ávila Ricardo (MC)


Fecha de presentación: 30-Octubre-2012

  - Energía
Establecer dentro del concepto de ¿Aprovechamiento sustentable de la energía¿, el garantizar la salud de los mexicanos, así como la disminución de los impactos ambientales negativos derivados de la generación, distribución y consumo de energía, con el propósito de mantener el equilibrio en los ecosistemas. Aprobada
con fecha 14-Febrero-2013



Publicación en Gaceta: 30-Octubre-2012
36   Proyecto de decreto que expide la Ley Reglamentaria del Artículo 6° Constitucional, en Materia de Derecho de Réplica, y reforma el artículo 53 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.


Proponente: Rodríguez Doval Fernando (PAN)


Fecha de presentación: 31-Octubre-2012

Unidas  - Gobernación
- Justicia
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto establecer los procedimientos y autoridades competentes para garantizar el ejercicio del derecho de réplica. Asentar el derecho de toda persona física o moral a ejercer réplica por la información inexacta o falsa que emita cualquier medio de comunicación y que considere le cause un agravio. Garantizar la réplica a favor de de los pueblos o comunidades indígenas. Reconocer el derecho de réplica a favor de los partidos políticos, precandidatos y candidatos a puestos de elección popular. Señalar como sujetos obligados a respetar el derecho de réplica a: los medios de comunicación, las agencias de noticias, los productores independientes, y a cualquier otro emisor de información, responsable del contenido original. Indicar que la publicación, transmisión o difusión de la rectificación deberá hacerse de manera gratuita. Catalogar las definiciones para efectos del dispositivo legal. Obligar a los medios de comunicación a contar con un responsable para recibir y resolver las solicitudes de réplica. Posibilitar la presentación de la réplica por escrito o a través de correo certificado y que en caso de concederse, se haga en la misma transmisión en la que se dio la información agraviante o mediante un documento escrito en un plazo no mayor a cinco días después de publicada o transmitida la información. Disponer las causales por las que el sujeto obligado podrá negarse a llevar a cabo la publicación o transmisión de la réplica, imponiéndole la obligación de justificar su decisión y notificarla a la persona solicitante. Reconocer a las autoridades federales como las únicas competentes para la aplicación, observancia e interpretación de la ley, y a los tribunales de la federación como los únicos competentes para conocer de los procedimientos judiciales que se promuevan con motivo del ejercicio del derecho de réplica. Estatuir el procedimiento judicial en materia de derecho de réplica en forma independiente del derecho del afectado para acudir ante otros medios de defensa o reparación. Señalar un catálogo de sanciones. En la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, facultar a los jueces de distrito civiles federales para conocer de los litigios que surjan con motivo del ejercicio del derecho de réplica. Aprobada
con fecha 5-Diciembre-2013



Publicación en Gaceta: 31-Octubre-2012
37   Proyecto de decreto que reforma el artículo 28 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Padilla Ramos Carla Alicia (PVEM)

A nombre del diputado Enrique Aubry De Castro Palomino del PVEM
Fecha de presentación: 6-Noviembre-2012

  - Derechos de la Niñez
Establecer que las autoridades federales, estatales y municipales, incluyendo el Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, además de coordinarse a fin de combatir la desnutrición, se coordinarán para combatir la obesidad de niñas, niños y adolescentes mediante la promoción de una alimentación adecuada. Aprobada
con fecha 20-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 6-Noviembre-2012
38   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Batres Guadarrama Martí (PRD)


Fecha de presentación: 6-Noviembre-2012

  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Incluir el procedimiento que seguirán las iniciativas con carácter preferente. Establecer que transcurrido el plazo de 30 días naturales sin que haya dictamen de dichas iniciativas, éstas sean consideradas de tramite ordinario, asimismo cuando la minuta con este carácter preferente sea modificada en todo, en parte o desechada. Se establece la facultad de incorporar al dictamen de las iniciativas preferentes, otras iniciativas que versen sobre el mismo tema, a efecto de considerar la pluralidad de propuestas vertidas. Si las iniciativas con carácter preferente fuesen rechazadas en su totalidad por la Cámara de origen, las mismas no podrán volver a presentarse en las sesiones del año. Aprobada
con fecha 20-Diciembre-2012



Publicación en Gaceta: 6-Noviembre-2012
39   Proyecto de decreto que reforma el artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Doger Guerrero José Enrique (PRI)


Fecha de presentación: 13-Noviembre-2012

  - Puntos Constitucionales
Establecer que el Estado deberá garantizar el derecho de acceso a Internet en el territorio nacional, que estará a cargo de las autoridades concurrentemente, generando de manera obligatoria un punto de conexión inalámbrica y gratuita en cada municipio del país. Aprobada
con fecha 21-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 13-Noviembre-2012
40   Proyecto de decreto que reforma el artículo 530 de la Ley Federal del Trabajo.


Proponente: Huidobro González Zuleyma (MC)


Fecha de presentación: 13-Noviembre-2012

  - Trabajo y Previsión Social
Incluir en las funciones de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, proponer a las partes interesadas la celebración de convenios, que serán considerados como firmados ante la Junta. Aprobada
con fecha 18-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 13-Noviembre-2012
41   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.


Proponente: Manzur Quiroga José Sergio (PRI)


Fecha de presentación: 15-Noviembre-2012

Unidas  - Gobernación
- Seguridad Pública
Consolidar la Oficina de la Presidencia de la República como una instancia cercana al Ejecutivo Federal para apoyo y seguimiento permanente de sus tareas y de las políticas públicas. El Presidente designará al Jefe de dicha Oficina, quien podrá ser convocado a las reuniones de gabinete. Establecer atribuciones a la Secretaría de Gobernación para que lleve a cabo funciones de coordinación de las acciones de la Administración Pública Federal para cumplir sus acuerdos y órdenes. Desaparecer las Secretarías de Seguridad Pública y de la Función Pública. Se transfieren a la Secretaría de Gobernación las tareas en materia de seguridad pública, de Policía Federal, así como las del sistema penitenciario federal, prevención del delito. A la Secretaría de Gobernación le corresponderá presidir el Consejo Nacional de Seguridad Pública en ausencia del presidente de la República; presidir la Conferencia Nacional de Secretarios de Seguridad Pública; proponer al Presidente de la República el nombramiento del Comisionado General de la Policía Federal. Establecer como atribuciones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, coordinar el desarrollo administrativo integral en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, emitir políticas, normas, lineamientos y procedimientos en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras públicas, llevar y normar el registro de servidores públicos, determinar los perfiles que deberán cubrir los titulares y personal de las auditorías preventivas de las dependencias y entidades. Establecer como atribución de la Secretaría de Desarrollo Social, trabajar en el combate a la pobreza, atender las necesidades de los sectores sociales más desprotegidos, así como fomentar las políticas y programas que prevengan y eliminen la discriminación. Crear la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, tomando en cuenta diversas atribuciones tanto de la actual Secretaría de la Reforma Agraria, así como de la Secretaría de Desarrollo Social en materia de desarrollo urbano, regional y de vivienda. Se establece un nuevo régimen de control gubernamental, a través de la consolidación de unidades de auditoría preventiva en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, con distribución de facultades de la actual Secretaría de la Función Pública en distintas estructuras y órganos, principalmente en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Aprobada
con fecha 22-Noviembre-2012



Publicación en Gaceta: 15-Noviembre-2012
42   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento de la Cámara de Diputados.


Proponente: González Roldán Luis Antonio (NUEVA ALIANZA)


Fecha de presentación: 15-Noviembre-2012

  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Establecer que en caso de presentarse una iniciativa con trámite preferente en el primer periodo de sesiones del primer año de la legislatura, la Junta de Coordinación Política de cada Cámara, acordará la integración inmediata de los diputados y senadores miembros de la comisión o comisiones que atenderán el trámite de la iniciativa; asimismo, en los casos en que la comisión o comisiones correspondientes no estén en funciones por ser el primer periodo de sesiones del primer año legislativo, el presidente informará el turno a comisión o comisiones. La iniciativa se mandará a la Junta Directiva en cuanto la o las comisiones se conformen. Establecer un plazo de 10 días naturales a partir de la recepción formal del asunto, para que las comisiones que tengan que emitir una opinión respecto a la iniciativa preferente la realicen. Prever que cuando falten 48 hrs para concluir el plazo constitucional para dictaminar una iniciativa con trámite preferente, y no exista dicho dictamen, el Pleno de la Cámara tendrá que discutir y votar la iniciativa. Establecer que las minutas que reciba la Cámara de Diputados referentes a iniciativas con trámite preferentes deban discutirse con el mismo carácter de preferentes. Aprobada
con fecha 20-Diciembre-2012



Publicación en Gaceta: 15-Noviembre-2012
43   Proyecto de decreto que reforma los artículos 7° y 49 de la Ley General de Educación


Proponente: Abreu Artiñano Rocío Adriana (PRI)


Fecha de presentación: 15-Noviembre-2012

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Incluir entre los fines de la educación que brinda el Estado, la promoción de la educación cívica y establecer que el proceso educativo se basará en los valores del civismo que garanticen la convivencia pacífica, armónica, solidaria y socialmente útil. Aprobada
con fecha 20-Noviembre-2013



Publicación en Gaceta: 15-Noviembre-2012
44   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.


Proponente: Saldaña Fraire Graciela (PRD)


Fecha de presentación: 15-Noviembre-2012

  - Medio Ambiente y Recursos Naturales
Modificar el concepto de ¿Terreno preferentemente forestal¿. Facultar al Presidente del Servicio Nacional Forestal para convocar a sus integrantes por lo menos a dos reuniones al año, y en forma extraordinaria, cuando la naturaleza de algún asunto de su competencia así lo exija. Establecer las facultades de la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional Forestal. Considerar la inscripción en el Registro Forestal Nacional de los datos de funcionamiento de carpinterías, madererías, centros de producción de muebles y otros no integrados a un centro de trasformación primaria, cuya materia prima la constituyan productos maderables con escuadría, con excepción de madera en rollo y labrada. Prever que para el aprovechamiento forestal de los ecosistemas forestales a los que se pueda causar daños o la salud pública o causar desequilibrios ecológicos graves e irreparables, o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones jurídicas relativas a la preservación del equilibrio ecológico y la protección del ambiente, se deberá presentar una evaluación de su impacto ambiental. Aprobada
con fecha 23-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 15-Noviembre-2012
45   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.


Proponente: Bonilla Gómez Adolfo (PRI)

Suscrita por los diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera y Jesús Murillo Karam (PRI
Fecha de presentación: 15-Noviembre-2012

  - Trabajo y Previsión Social
Incluir en la Ley disposiciones normativas relativas al trabajo de minas en la República Mexicana, de prospección, preparación, exploración y explotación, sean minas subterráneas, de arrastre, tajos a cielo abierto, tiros inclinados y verticales, así como la extracción en cualquiera de sus modalidades. Se establece la prohibición del trabajo en tiros verticales para la extracción de carbón, a profundidades menores de 100 metros, así como el trabajo en minas conocidas como cuevas y pozos carboneros, que no cuentan con las licencias, permisos y autorizaciones requeridas para este tipo de obras. Obligar al patrón a contar con sistemas adecuados de ventilación y fortificación en todas las explotaciones subterráneas e implementar un registro y sistema que permita conocer los nombres de todas las personas que se encuentran en la mina, así como la ubicación de las mismas. Establecer la pena corporal y pecuniaria a los responsables y encargados directos de la operación y supervisión de los trabajos y desarrollos mineros, que dolosamente o por culpa grave omita implementar las medidas de seguridad previstas en la normatividad, de 3 a 6 años de prisión y multa de hasta 5,000 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, cuando por la omisión produzca la muerte de uno o varios trabajadores; y de 6 a 9 años de prisión y multa de hasta 10,000 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, cuando se produzca la muerte de uno o varios trabajadores, por la realización de trabajos de extracción de carbón, mediante tiros verticales a profundidades menores de 100 metros y en cuevas y pozos carboneros, cuando se realicen trabajos de extracción de carbón en tiros verticales en forma artesanal, sin contar con las licencias, permisos y autorizaciones requeridas para este tipo de obras. Aprobada
con fecha 11-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 15-Noviembre-2012
46   Proyecto de decreto que reforma los artículos 33 y 49 de la Ley General de Educación.


Proponente: Ortiz Mantilla María Isabel (PAN)


Fecha de presentación: 20-Noviembre-2012

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Establecer que las autoridades educativas en el ámbito de sus respectivas competencias llevarán a cabo el desarrollo e implementación de programas y acciones para prevenir, detectar y atender el acoso escolar o cualquier otra forma de maltrato físico y/o psicológico entre y hacia los estudiantes, que incluyan a todos las personas involucradas en el entorno escolar, a fin de impulsar el derecho a una educación libre de violencia. Incluir el principio de la tolerancia a las bases del proceso educativo. Aprobada
con fecha 29-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 20-Noviembre-2012
47   Proyecto de decreto que reforma el artículo 62 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.


Proponente: Córdova Bernal Martha Beatriz (MC)


Fecha de presentación: 20-Noviembre-2012

  - Derechos Humanos
Facultar a las autoridades responsables de atender a las víctimas del delito en los ámbitos federal, de los estados, municipales, del Distrito Federal y de sus demarcaciones territoriales, para proporcionarle a las víctimas información sobre sus derechos en un idioma o lengua que comprendan, y de acuerdo a su edad, garantizando su integridad psicológica y la protección de su identidad e intimidad. Aprobada
con fecha 20-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 20-Noviembre-2012
48   Proyecto de decreto que reforma los artículos 7° de la Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía y 11 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética.


Proponente: López Zavala Javier (PRI)


Fecha de presentación: 22-Noviembre-2012

  - Energía
Establecer que el Programa Nacional para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía deberá incluir, al menos, estrategias, objetivos, acciones y metas tendientes a instaurar una estrategia escalonada y multianual, para la incorporación de paneles solares en las escuelas públicas, priorizando las que se encuentren en regiones donde no exista cobertura de energía eléctrica. Se establece la obligación de la Secretaría de Energía de definir estrategias para promover la realización de proyectos de generación de electricidad a partir de energías renovables preferentemente para las escuelas y edificios públicos, respecto a la atribución que tiene de elaborar y coordinar la ejecución del Programa Especial para el Aprovechamiento de Energías Renovables. Aprobada
con fecha 12-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 20-Noviembre-2012
49   Proyecto de decreto que reforma el artículo 343-A de la Ley Federal del Trabajo.


Proponente: Dávila Delgado Mario Alberto (PAN)

A nombre propio y de diversos diputados del Grupo Parlamentario del PAN.
Fecha de presentación: 27-Noviembre-2012

  - Trabajo y Previsión Social
Establecer que queda prohibido el trabajo en tiros verticales para la extracción de carbón, a profundidades menores de 100 metros, mediante el empleo de botes, en este caso, la extracción de carbón, deberá realizarse mediante tajos a cielo abierto y tiros inclinados; asimismo, queda prohibido, el trabajo en minas conocidas como cuevas y pozos carboneros, entendiéndose, por esto, a los trabajos de extracción de carbón en tiros verticales en forma artesanal, en donde las actividades mineras, se llevan a cabo sin contar con las licencias, permisos y autorizaciones requeridas para este tipo de obras, no contando con las medidas de seguridad que correspondan de acuerdo a la normatividad vigente, para proteger la vida de los trabajadores. Aprobada
con fecha 11-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 22-Noviembre-2012
50   Proyecto de decreto que reforma el Decreto por el que se crea la medalla al mérito cívico ¿Eduardo Neri, Legisladores de 1913¿, y reforma y adiciona diversas disposiciones del Reglamento de la Medalla al Mérito Cívico ¿Eduardo Neri, Legisladores de 1913¿.


Proponente: Galindo Quiñones Heriberto Manuel (PRI)

A nombre propio y de diversos diputados del Grupo Parlamentario del PRI
Fecha de presentación: 27-Noviembre-2012

  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Establecer que la Medalla al Mérito Cívico ¿Eduardo Neri y Legisladores de 1913¿ se otorgue en cada año de ejercicio de la Legislatura, en sesión solemne a aquel ciudadano o ciudadana que se haya distinguido relevantemente, sirviendo a la colectividad nacional, a la República y a la humanidad, destacando por sus hechos cívicos, políticos o legislativos. Se establecen las características del anverso y reverso de la medalla. Establecer que a la persona que resulte galardonada se le otorgará una suma de dinero junto con la Medalla, que será equivalente a tres veces la dieta mensual de un diputado. La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados definirá si el otorgamiento de la Medalla se realizará en sesión solemne en el Salón del Pleno del Palacio Legislativo. Facultar al Presidente de la Mesa Directiva para girar invitación a los titulares del Poder Ejecutivo Federal, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de los órganos constitucionales autónomos, para que asistan a la sesión en que se otorgue la medalla. En el primer año de ejercicio, la Medalla se entregará a más tardar en el mes de diciembre del año de ejercicio, y para el segundo y tercer año de la legislatura se entregará en el mes de octubre. Se definen los plazos para la recepción de candidaturas. Establecer que la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias deberá publicar un folleto o un libro sobre la sesión solemne, ya sea mediante edición de la Cámara o coedición con otra casa editorial. Aprobada
con fecha 21-Febrero-2013



Publicación en Gaceta: 27-Noviembre-2012
51   Proyecto de decreto que reforma el artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Juárez Piña Verónica Beatriz (PRD)


Fecha de presentación: 27-Noviembre-2012

  - Puntos Constitucionales
Con Opinión de  - Comunicaciones
Establecer que el Estado garantizará a todo estudiante de educación preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior el derecho al acceso a Internet gratuitamente, a fin de que puedan mejorar la calidad educativa y la accesibilidad a la información. Aprobada
con fecha 21-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 27-Noviembre-2012
52   Proyecto de decreto que reforma el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Alavez Ruiz Aleida (PRD)


Fecha de presentación: 27-Noviembre-2012

  - Puntos Constitucionales
Eliminar la figura del arraigo judicial señalado en el texto constitucional en caso de delincuencia organizada. Aprobada
con fecha 30-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 27-Noviembre-2012
53   Proyecto de Decreto de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 11-Diciembre-2012

  - Hacienda y Crédito Público
En el ejercicio fiscal de 2013, la Federación percibirá 3 billones 931 mil 289 millones 500 mil pesos (3,931,289.5) de los ingresos provenientes de los conceptos y en las cantidades estimadas, del gobierno federal (impuestos, contribuciones, derechos, productos, aprovechamientos) entrarán 2 billones 477 mil 022 millones 500 mil pesos (2,477,022.5); de organismos y empresas de control estatal (Pemex, CFE, IMSS, ISSSTE y otros) entrarán 1 billón 098 mil 977 millones 400 mil pesos (1,098,977.4); y de aportaciones de seguridad social (entre ellas, cuotas de trabajadores y patrones) se generarán 212 mil 219 millones 700 mil pesos. Por vía de deuda nueva, tanto interna como externa, saldrán otros 355 mil 289 millones 600 mil pesos. Se autoriza al Ejecutivo Federal un monto de endeudamiento neto interno hasta por 415 mil millones de pesos y de un neto externo hasta por 7 mil millones de dólares. Se autoriza al Distrito Federal un monto de endeudamiento neto de 5 mil millones de pesos para el financiamiento de obras contempladas en el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013. Se proyecta que durante 2013 el valor real del PIB registre un crecimiento anual de 3.5%; una inflación de 3.0% y una tasa de interés promedio de los Cetes a 28 días de 4.6%. Asimismo, se considera un precio promedio de referencia para la mezcla mexicana de crudo de exportación de 84.9 dólares por barril, en tanto que las plataformas de producción y exportación de crudo sean de 2,550 y 1,184 miles de barriles diarios, respectivamente. Se propone el retorno al equilibrio presupuestario, con un déficit cero. El paquete económico 2013 no propone modificaciones sustantivas a la legislación, normatividad y procedimientos que rigen el actual marco fiscal y el ejercicio del gasto. No se proponen incrementos en impuestos con respecto a lo vigente. El techo de gasto programable devengado se ubica en 2,697.8 mil millones de pesos sin inversión de Pemex, monto superior en 39.3 mil millones de pesos respecto al aprobado para 2012, en tanto que el gasto neto es superior en 79.8 mil millones de pesos (2.3%) con respecto a lo aprobado para 2012. Aprobada
con fecha 12-Diciembre-2012



Publicación en Gaceta: 11-Diciembre-2012
54   Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 11-Diciembre-2012

  - Presupuesto y Cuenta Pública
Prevé un gasto neto total de 3 billones 931 mil 289.5 millones de pesos, 4.1 por ciento más en términos reales que el monto propuesto en el PEF-2012; asimismo, el gasto programable, se estima en 3 billones 24 mil 84 millones de pesos, es decir, 4.3 por ciento mayor en términos reales que el contenido en la propuesta del año anterior. Establecer que el gasto propuesto en el PEF-2013, en las funciones de Justicia y Seguridad Nacional, así como en los rubros de Asuntos de Orden Público y de Seguridad Interior, es de 155,209.3 millones de pesos. Se propone el retorno al equilibrio presupuestario, con un déficit cero. El paquete económico 2013 no propone modificaciones sustantivas a la legislación, normatividad y procedimientos que rigen el actual marco fiscal y el ejercicio del gasto. No se proponen incrementos en impuestos con respecto a lo vigente.

Prever acciones en materia de prevención del delito y participación ciudadana, por 115,625.9 millones de pesos. Asignar 73,327.2 millones de pesos para infraestructura, comunicaciones y transportes que permita conectar e incorporar distintas regiones del país a la economía global. Crear el Programa Nacional de Prevención del Delito, el Programa de Seguro de Vida para Jefas de Familia, así como el inicio de la Cruzada Nacional Contra el Hambre, la modificación y ampliación del Programa 70 y Más, a fin de transitar hacia la pensión para adultos mayores, con el objeto de que todos los mexicanos mayores de 65 años reciban un retiro digno, así como recursos para realizar el censo de escuelas, maestros y alumnos. Fortalecer el Programa de Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras, con un crecimiento en términos reales de 18.6%. Implementar el programa piloto Becas Salario para que los alumnos terminen sus estudios; el programa para otorgar laptops a los niños de 5to y 6to de primaria; el de desarrollo científico y tecnológico; así como el de Fondo Emprendedor. Considerar una previsión de 18.5 mil millones de pesos, en programas que se enfocan en la igualdad entre mujeres y hombres, presentándose un incremento de 6.7% en términos reales, y 64.3 mil millones de pesos, para programas dirigidos a lo población indígena. Promover el desarrollo de las entidades federativas, en particular a través de los Fondos Metropolitanos y Regional, con una asignación conjunta de 15.1 mil millones de pesos, lo que representa un incremento de 12.2 mil millones de pesos, respecto al PEF-2012.
Aprobada
con fecha 20-Diciembre-2012



Publicación en Gaceta: 11-Diciembre-2012
55   Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de educación


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 11-Diciembre-2012

  - Puntos Constitucionales
Con Opinión de  - Educación Pública y Servicios Educativos
- Igualdad de Género
Crear del Servicio Profesional Docente, estableciendo que el ingreso al servicio docente y la promoción a cargos con funciones de dirección o de supervisión en la educación básica y media superior que imparta el Estado se llevarán a cabo mediante concursos de oposición que garanticen la idoneidad de los conocimientos y capacidades que correspondan. Se establece que la Ley reglamentaria fijará los términos para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el servicio, y que serán nulos todos los ingresos y promociones que no sean otorgados conforme a la ley. Constituir como organismo público autónomo al Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, dotándolo de personalidad jurídica y patrimonio propio, mismo que tendrá la atribución de evaluar el desempeño y resultados del sistema educativo nacional en la educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. Corresponderá al Instituto diseñar y realizar las mediciones que correspondan a componentes, procesos o resultados del sistema; expedir los lineamientos a los que se sujetarán las autoridades educativas federal y locales para llevar a cabo las funciones de evaluación que les corresponden, y generar y difundir información, así como emitir directrices que sean relevantes para contribuir a las decisiones tendientes a mejorar la calidad de la educación y su equidad. El Instituto deberá regir sus actividades con apego a los principios de independencia, transparencia, objetividad, pertinencia, diversidad e inclusión. Establecer que la dirección del Instituto estará a cargo de la Junta de Gobierno integrada por cinco miembros designados por el Ejecutivo Federal, con la ratificación del Senado de la República o, en su caso, de la Comisión Permanente. Los integrantes de la Junta de Gobierno desempeñarán su encargo por períodos de siete años en forma escalonada y podrán ser reelectos por una sola ocasión. Establecer que el Ejecutivo Federal nombrará de entre los miembros de la Junta de Gobierno a su Presidente. Incluir dentro de las facultades del Congreso de la Unión, la de expedir las normas para asegurar el cumplimiento de los fines de la educación y su mejora continua en un marco de inclusión y diversidad. Crear el Sistema de Información y Gestión Educativas, con la obligación inmediata para el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, de realizar un censo de escuelas, profesores y estudiantes. Aprobada
con fecha 19-Diciembre-2012



Publicación en Gaceta: 11-Diciembre-2012
56   Proyecto de decreto que reforma los artículos 3° y 4° de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.


Proponente: Orozco Gómez Javier (PVEM)


Fecha de presentación: 11-Diciembre-2012

  - Juventud
Establecer como objeto del Instituto Nacional de la Juventud el definir e instrumentar una política nacional de juventud, que permita incorporar plenamente a los jóvenes al desarrollo político, cultural, económico y social del país, en condiciones de no discriminación y de igualdad de oportunidades; el actuar como órgano obligatorio de consulta, asesoría, coordinación, seguimiento y evaluación de las dependencias y entidades de la administración pública federal, así como de consulta, coordinación y seguimiento de las autoridades estatales, municipales, y de los sectores social y privado cuando así lo requieran, en materia de juventud; y el participar en la formulación del proyecto de presupuesto consolidado en materia de políticas públicas para la juventud. Señalar como atribución del Instituto nacional de la Juventud elaborar y coordinar, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo, el Programa Nacional de Juventud, promoviendo, convocando y concertando acuerdos y convenios con las entidades y dependencias de la administración pública federal, las entidades federativas, los municipios, los sectores social y privado, evaluando periódica y sistemáticamente la ejecución del mismo. Aprobada
con fecha 26-Febrero-2013



Publicación en Gaceta: 11-Diciembre-2012
57   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación.


Proponente: Garay Cabada Marina (PRI)


Fecha de presentación: 11-Diciembre-2012

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Prever que el Estado velará por una educación libre de violencia, acoso escolar o discriminación, objetivo para el cual garantizará que los planteles educativos cuenten con acceso a los servicios de salud mental necesarios. Facultar a la autoridad educativa federal, para formular programas contra la violencia, el acoso escolar y cualquier forma de discriminación o intolerancia que afecte la integridad y la dignidad de la persona, que en cada nivel escolar se denominará Programa para una Educación Libre de Violencia, Acoso Escolar y Discriminación. Facultar a las asociaciones de padres de familia, para participar en la elaboración de los programas de difusión de los derechos de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes orientados a prevenir y corregir cualquier práctica de violencia, acoso escolar o discriminación que lesione la dignidad o la integridad personal de los educandos. Aprobada
con fecha 29-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 28-Noviembre-2012
58   Proyecto de decreto que reforma los artículos 35, 39 y 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.


Proponente: Pariente Gavito María del Rosario de Fátima (PVEM)

Suscrita por la Dip. Judit Magdalena Guerrero López (PVEM)
Fecha de presentación: 18-Diciembre-2012

  - Transportes
Precisar que será la Secretaría de Comunicaciones y Transportes la encargada de promover con otras dependencias del Ejecutivo federal y estatal, el reconocimiento de la autorregulación para el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas que establecerán los elementos mínimos de seguridad vial que los permisionarios, sus unidades y operadores deban de cumplir, así como las bases para su autorregulación. Fijar condiciones a los vehículos destinados al servicio de autotransporte federal y privado de pasajeros, turismo y carga respecto a la antigüedad, que deberá ser de no mayor a cinco años a partir del año-modelo de fabricación y podrán transitar un máximo de veinte años a partir de su año modelo de fabricación siempre y cuando cumplan con las verificaciones periódicas; peso bruto vehicular máximo y elementos de seguridad vial. Condicionar el permiso de autotransporte de carga de cualquier tipo de bienes en caminos de jurisdicción federal, a la configuración vehicular que corresponda ya sea unitaria, articulada o doblemente articulada a que no exceda el peso bruto vehicular máximo y dimensiones permitidas, y a su vez cumpla con los elementos básicos de seguridad vial. Aprobada
con fecha 19-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 13-Diciembre-2012
59   Proyecto de decreto que reforma el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos


Proponente: González Martínez Olivares Irazema (PRI)


Fecha de presentación: 18-Diciembre-2012

  - Puntos Constitucionales
Prever que los adultos mayores gozarán de una pensión económica por vejez, así como de accesos para su adecuada movilidad en espacios y transportes públicos, con la finalidad de garantizarles una vejez digna y decorosa. Facultar al Estado para establecer políticas públicas para la integración y participación de los adultos mayores en la vida activa y comunitaria Aprobada
con fecha 24-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 18-Diciembre-2012
60   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.


Proponente: Águila Torres Claudia Elena (PRD)


Fecha de presentación: 18-Diciembre-2012

  - Pesca
Facultar a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para promover, regular, dirigir e implementar la ejecución de acciones de mitigación y adaptación al cambio climático en materia de pesca y acuacultura sustentables, en concordancia con la Política Nacional de Pesca y Acuacultura Sustentables. Facultar a los gobiernos de las entidades federativas, en el ámbito de su competencia, para coordinarse con la Federación, sus municipios y con otras entidades federativas en materia de pesca y acuacultura sustentables, para la implementación de acciones para la mitigación y adaptación al cambio climático. Incluir dentro de los principios a observar para la formulación y conducción de la Política Nacional de Pesca y Acuacultura Sustentables, que la investigación científica y tecnológica sea un instrumento que considere la implementación de acciones en materia de pesca y acuacultura sustentables para la mitigación y adaptación al cambio climático. Establecer como una atribución del Instituto Nacional de Pesca para el cumplimiento de su objetivo el elaborar el atlas nacional de riesgo en materia de pesca y acuacultura sustentables, para formular, promover, regular, dirigir e implementar acciones de mitigación y adaptación al cambio climático, mismo que se formará parte de la Carta Nacional Pesquera y a la Carta Nacional Acuícola. Aprobada
con fecha 12-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 6-Diciembre-2012
61   Proyecto de decreto que reforma los artículos 1°, y 6° de la Ley General de Sociedades Cooperativas.


Proponente: Olvera Correa Luis (PRI)


Fecha de presentación: 18-Diciembre-2012

  - Fomento Cooperativo y Economía Social
Añadir al objeto de la Ley, el fomentar el cooperativismo social a nivel regional y nacional como una actividad primordial para el desarrollo económico del país, que deberá ser contemplada en el Plan Nacional de Desarrollo. Incluir dentro de los principios que deben seguir las sociedades cooperativas los de autonomía e independencia de gestión, aun cuando operen con recursos proporcionados por programas gubernamentales; de fortalecimiento del movimiento cooperativo mediante estructuras locales, regionales, nacionales, e internacionales; y de impulsar el desarrollo sostenible de las comunidades donde se encuentren asentadas las cooperativas, mediante políticas aprobadas por sus socios Aprobada
con fecha 16-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 18-Diciembre-2012
62   Proyecto de decreto que adiciona un artículo 51 Bis 7 a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.


Proponente: Bernal Bolnik Sue Ellen (PRI)


Fecha de presentación: 19-Diciembre-2012

  - Vivienda
Facultar al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores para realizar acciones de cobranza social, con el objeto de que los trabajadores conserven su patrimonio en casos de afectación o disminución de ingresos, estableciendo mecanismos alternos de financiamiento y pago que contemplen en todos los casos su situación económica. Aprobada
con fecha 25-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 18-Diciembre-2012
63   Proyecto de decreto que adiciona un último párrafo al artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Congreso del Estado de Puebla (Congresos Locales)


Fecha de presentación: 19-Diciembre-2012

  - Puntos Constitucionales
Incluir como obligación del Estado, establecer las condiciones necesarias para la satisfacción de las necesidades de alimentación, salud, educación, esparcimiento, deporte, cultura y trabajo de los adultos mayores, teniendo como objetivo el desarrollo integral de los hombres y mujeres adultos mayores, integrándolos al desarrollo social, económico y político del país. Aprobada
con fecha 24-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 19-Diciembre-2012
64   Proyecto de decreto que reforma los artículos 218 y 220 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.


Proponente: González Magallanes Alfa Eliana (PRD)


Fecha de presentación: 19-Diciembre-2012

  - Gobernación
Considerar la participación de los pueblos indígenas en la vida política del país, a través de postulaciones a cargos de elección popular en el Congreso de la Unión. Aprobada
con fecha 29-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 19-Diciembre-2012
65   Proyecto de decreto que reforma el artículo 4° de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.


Proponente: Quintana Salinas Esther (PAN)


Fecha de presentación: 20-Diciembre-2012

  - Competitividad
Considerar como objetivos de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, prever el acceso al financiamiento para las micro, pequeña y mediana empresa (MIPYME) conformadas por mujeres con el propósito de contribuir a su inclusión en el mercado laboral y ampliar sus posibilidades y potencial de participación en el sector formal de la economía; y establecer la vinculación de las microempresarias con los centros de comercialización de productos, para facilitar el acceso de sus productos al mercado. Aprobada
con fecha 21-Febrero-2013



Publicación en Gaceta: 13-Diciembre-2012
66   Proyecto de decreto que reforma el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Mejía Berdeja Ricardo (MC)

suscrita por los diputados Ricardo Monreal Ávila y Zuleyma Huidobro González, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.
Fecha de presentación: 20-Diciembre-2012

  - Puntos Constitucionales
Establecer que el estado garantizará el derecho de toda persona al acceso libre y universal a internet para integrarse a la sociedad de la información y el conocimiento, y con ello promover su desarrollo individual y el progreso social. Aprobada
con fecha 21-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 13-Diciembre-2012
67   Proyecto de decreto que reforma el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Mejía Berdeja Ricardo (MC)


Fecha de presentación: 27-Diciembre-2012

  - Puntos Constitucionales
Incluir que el estado garantizará el derecho de toda persona al acceso libre y universal a Internet para integrarse a la Sociedad de la Información y el Conocimiento, y con ello promover su desarrollo individual y el progreso social. Aprobada
con fecha 21-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 27-Diciembre-2012
68   Proyecto de decreto que reforma los artículos 4° de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud y 5° de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil


Proponente: Cáceres de la Fuente Juan Francisco (PAN)


Fecha de presentación: 3-Enero-2013

Unidas  - Juventud
- Gobernación
Adicionar a las atribuciones del Instituto Mexicano de la Juventud, la promoción de la participación de jóvenes en los distintos ámbitos de la vida Nacional e impulsar acciones que favorezcan la integración y fortalecimiento de las organizaciones juveniles. Incluir entre las actividades de las organizaciones de la sociedad civil objeto de fomento, la promoción, protección y respeto de los derechos de la juventud e impulso de su participación en los distintos ámbitos, así como para su desarrollo integral Aprobada
con fecha 20-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 3-Enero-2013
69   Proyecto de decreto que adiciona un artículo 18 Bis y reforma los artículos 42 y 52 de la Ley de Aviación Civil.


Proponente: Quiñones Canales Lourdes Eulalia (PRI)


Fecha de presentación: 3-Enero-2013

  - Transportes
Incorporar los derechos para los usuarios o consumidores del servicio de transporte aéreo, entre los que se encuentran, ser transportado en el vuelo consignado en el boleto o cupón, conforme a las condiciones de servicio establecidas en dicho documento; recibir por parte de los concesionarios o prestadores del servicio la información clara y veraz sobre los horarios, tarifas, itinerarios, escalas, destinos, restricciones; ser notificado de manera oportuna sobre los cambios relacionados con el servicio contratado; transportar, sin cargo alguno, el equipaje que se ajuste a los kilogramos señalados en los instrumentos internacionales de los que México es parte; recibir atención médica cuando lo requiera; y recibir indemnización en el caso de presentarse sobrecupo o sobreventa de boletos o cancelación por causas imputables al concesionario. Establecer que las secretarías de Comunicaciones y Transportes; y de Economía, la Procuraduría Federal del Consumidor y la Comisión Federal de Competencia, garantizarán el pleno respeto a los derechos de los usuarios. Establecer que los concesionarios o permisionarios de común acuerdo con la Secretaría fijarán las tarifas por los servicios que presten, para lo cual diseñarán un tabulador anual estableciendo las tarifas máximas para los diferentes destinos en las diversas clases y categorías del servicio, mismo que estará disponible y visible para su consulta al público en todos los centros y medios de atención y venta de boletos. Facultar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para establecer niveles tarifarios mínimos o máximos, según sea el caso, para los servicios respectivos, a fin de ordenar dichos niveles y con el objeto de fomentar la sana competencia y el desarrollo. Aprobada
con fecha 4-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 3-Enero-2013
70   Proyecto de decreto que reforma los artículos 3° y 3 Bis de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.


Proponente: García González Carlos Alberto (PAN)


Fecha de presentación: 16-Enero-2013

  - Juventud
Incluir en el objeto que tiene el Instituto Mexicano de la Juventud, proponer al Ejecutivo Federal programas especiales que los mismos estén orientados a mejorar las condiciones de desarrollo e inclusión laboral, asimismo, de promover en coordinación con las autoridades de los tres órdenes de gobierno, las acciones destinadas a mejorar el nivel de la juventud y sus expectativas de desarrollo e inclusión laboral. Establecer que el Instituto, al observar los criterios de integralidad y transversalidad en la ejecución de programas y acciones que procuren cubrir las necesidades básicas de los jóvenes, en la definición de la política nacional de juventud, deberá considerar la promoción de su desarrollo de inclusión laboral. Aprobada
con fecha 26-Febrero-2013



Publicación en Gaceta: 16-Enero-2013
71   Proyecto de decreto que reforma los artículos 6°, 52 y 53 de la Ley de Aviación Civil.


Proponente: Monreal Ávila Ricardo (MC)


Fecha de presentación: 16-Enero-2013

  - Transportes
Establecer, entre las atribuciones de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes el emitir las normas necesarias que fijen el número máximo de boletos que las aerolíneas podrán vender en exceso al año y conforme a la temporada y, para el caso contrario, determinar obligaciones al concesionario o permisionario: entregar al pasajero una compensación o indemnización atendiendo a los kilómetros de distancia de vuelo quedando a salvo dichas obligaciones para con los pasajeros de la inclusión de cláusula de inaplicación o una restrictiva en el contrato de transporte. Establecer la exención de esta obligación en caso de que se informe al pasajero de la cancelación al menos con dos semanas de antelación con respecto a la hora de salida prevista, o con menos de siete días de antelación con respecto a la hora de salida prevista y se le ofrezca tomar otro vuelo que le permita salir con no más de una hora de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de dos horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista y en caso de que el transportista aéreo pueda probar que la cancelación se debe a circunstancias extraordinarias e inevitables. La carga de la prueba de haber informado al pasajero de la cancelación del vuelo, así como del momento de esto, corresponderá al transportista aéreo encargado de efectuar el vuelo. Aprobada
con fecha 4-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 16-Enero-2013
72   Proyecto de decreto que deroga diversas disposiciones del Código Civil Federal.


Proponente: Juárez Piña Verónica Beatriz (PRD)

Suscrita por la Dip. Alfa Eliana González Magallanes (PRD)
Fecha de presentación: 23-Enero-2013

  - Justicia
Suprimir la figura de los esponsales (la promesa de matrimonio que se hace por escrito y es aceptada). Aprobada
con fecha 14-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 23-Enero-2013
73   Proyecto de decreto, para declarar el año de 2013 como el ¿Año de la Libertad y la República¿ conmemorativo del centenario de las muertes del Presidente Francisco I. Madero, el Vicepresidente José María Pino Suárez, los Diputados Serapio Rendón, Gustavo A. Madero y Adolfo C. Gurrión, así como el Senador Belisario Domínguez Palencia, quienes ofrendaron su vida por el ideal de una República más libre, justa, social, democrática y constitucional.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Diputados integrantes de la Junta de Coordinación Política
Fecha de presentación: 6-Febrero-2013

  - Dispensa de Tramites
Declarar el año de 2013 como el ¿Año de la Libertad y la República¿ conmemorativo del centenario de las muertes del Presidente Francisco I. Madero, el Vicepresidente José María Pino Suárez, los Diputados Serapio Rendón, Gustavo A. Madero y Adolfo C. Gurrión, así como el Senador Belisario Domínguez Palencia; el Banco de México podrá emitir una serie de monedas conmemorativas alusivas.
Toda la correspondencia oficial del Estado deberá contener la leyenda: ¿2013, Año de la Libertad y la República¿.
Los gobiernos federal, estatales y municipales realizarán las actividades que enaltezcan la gesta heroica de los mártires de 1913.
Aprobada
con fecha 6-Febrero-2013



Publicación en Gaceta: 6-Febrero-2013
74   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos.


Proponente: Guerra Garza Abel (PRI)


Fecha de presentación: 7-Febrero-2013

  - Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial
Armonizar la Ley General de Asentamientos Humanos estableciendo en aquellos artículos que se establecía competencia a la Secretaría de Desarrollo Social a la nueva Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano. Establecer entre los objetivos que persigue la ley, propiciar condiciones de armonía y orden en el desarrollo territorial del país, para su aprovechamiento óptimo y generación de bienestar y vida digna en todos sus ámbitos: agrario, urbano, ejidos y comunidades, centros de población en general, ciudades, áreas metropolitanas y desarrollo regional y de vivienda. Serán atribuciones de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, entre otras: generar políticas públicas respecto del mejor aprovechamiento del territorio, de la canalización de las energías en al ámbito agrario; la conformación de programas de vanguardia que permitan definir criterios para lograr el armónico desarrollo urbano de las ciudades en expansión y áreas metropolitanas, con un enfoque integral de infraestructuras, servicios, medio ambiente, viviendas y desarrollo regional sustentable; impulsar en coordinación con las autoridades estatales y municipales la planeación y el ordenamiento del territorio nacional para su máximo aprovechamiento; administrar el Registro Agrario Nacional; conducir los mecanismos de concertación con las organizaciones campesinas; conocer de las cuestiones relativas a límites y deslinde de tierras ejidales y comunales; administrar los terrenos baldíos y nacionales; promover y concertar programas de vivienda y de desarrollo urbano y metropolitano; y fomentar la organización de sociedades cooperativas de vivienda y materiales de construcción. Aprobada
con fecha 3-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 6-Febrero-2013
75   Proyecto de decreto que adiciona un artículo 215 Bis al Código Penal Federal.


Proponente: Torres Mercado Tomás (PVEM)


Fecha de presentación: 7-Febrero-2013

  - Justicia
Equiparar como delito de abuso de autoridad, a quien en el ejercicio de funciones de autoridad escolar impida el ingreso, ó retenga documentación, ó condicione la permanencia de cualquier alumno en los centros de educación del estado en los que se imparta la enseñanza en los niveles básico o medio superior, a cambio de la entrega de contraprestaciones económicas en dinero o en especie, estableciendo una sanción de 3 días hasta 3 años de prisión y multa hasta de 300 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal, a quien cometa dicho delito. Aprobada
con fecha 29-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 6-Febrero-2013
76   Proyecto de decreto que reforma los artículos 20, 25, 69 y 107 de la Ley de Migración.


Proponente: Coronato Rodríguez José Francisco (MC)


Fecha de presentación: 7-Febrero-2013

  - Asuntos Migratorios
Incluir en las atribuciones del Instituto Nacional de Migración: garantizar la aplicación de medidas que no atenten contra los derechos humanos de los migrantes, promover con la Secretaría de Relaciones Exteriores y la Procuraduría General de la República, programas que garanticen la seguridad en el tránsito por zonas de alto riesgo, establecer como requisitos a servidores públicos del Instituto, contar con licenciatura concluida en el ramo de ciencias sociales y contar preferentemente con especialidad o maestría en derechos humanos y quienes tengan contacto físico con migrantes, deberán ceñirse al respeto irrestricto a la dignidad humana. Establecer entre la información que la autoridad deberá proporcionar a migrantes en situación irregular: el régimen de responsabilidades de servidores públicos, para facilitar la queja o denuncia que corresponda en contra de ellos. Incluir en los requisitos que deben cumplir las estaciones migratorias: asegurar el contacto del extranjero con la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Aprobada
con fecha 16-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 6-Febrero-2013
77   Proyecto de decreto que reforma los artículos 4º y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Salinas Narváez Javier (PRD)


Fecha de presentación: 7-Febrero-2013

  - Puntos Constitucionales
Establecer que los mexicanos gozarán de seguridad social que comprenda todos los servicios de salud y el derecho a una pensión por edad, retiro, incapacidad, viudez y desempleo. Se especifica que la ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y pensión universales. Facultar al Congreso de la Unión para legislar en materia de bases y modalidades para el establecimiento de sistemas que garanticen la prestación y el acceso a los servicios de salud y pensiones para todos los mexicanos, estableciendo la concurrencia de la Federación, los Estados, los municipios, el Distrito Federal y sus demarcaciones territoriales. Aprobada
con fecha 24-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 7-Febrero-2013
78   Proyecto de decreto que adiciona un artículo 51 Bis 7 a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.


Proponente: Bernal Bolnik Sue Ellen (PRI)


Fecha de presentación: 7-Febrero-2013

  - Vivienda
Facultar al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores para realizar acciones de cobranza social, con el objeto de que los trabajadores conserven su patrimonio en casos de afectación o disminución de ingresos, estableciendo mecanismos alternos de financiamiento y pago que contemplen en todos los casos su situación económica. Aprobada
con fecha 25-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 7-Febrero-2013
79   Proyecto de decreto para emitir una moneda conmemorativa del Centenario del Ejército Mexicano.


Proponente: Mendoza Garza Jorge (PRI)

Suscrita por Dips. integrantes de diversos grupos Parlamentarios.
Fecha de presentación: 14-Febrero-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Emitir una moneda conmemorativa del Centenario del Ejército Mexicano. Aprobada
con fecha 19-Febrero-2013



Publicación en Gaceta: 14-Febrero-2013
80   Proyecto de decreto que reforma el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Cerda Franco María Sanjuana (NUEVA ALIANZA)


Fecha de presentación: 26-Febrero-2013

  - Puntos Constitucionales
Establecer el derecho de acceso a la banda ancha, para disfrutar de los servicios de telecomunicaciones, particularmente el de transmisión de audio, video y datos, denominado Internet. El Estado promoverá las condiciones necesarias para que el acceso universal a la banda ancha sea efectivo y de calidad. Aprobada
con fecha 21-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 14-Febrero-2013
81   Proyecto de decreto que reforma el artículo 171 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.


Proponente: Peña Avilés Gerardo (PAN)


Fecha de presentación: 26-Febrero-2013

  - Medio Ambiente y Recursos Naturales
Aumentar el rango máximo de la multa de cincuenta a setenta mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal al momento de imponer la sanción, para quienes violen los preceptos de la ley, sus reglamentos y las disposiciones que de ella emanen; asimismo, se considera reincidente al infractor que incurra más de una vez en conductas que impliquen infracciones a un mismo precepto, en un periodo de tres años, contados a partir de la fecha en que se levante el acta en que se hizo constar la primera infracción, siempre que ésta no hubiese sido desvirtuada. Aprobada
con fecha 2-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 12-Febrero-2013
82   Proyecto de decreto que reforma los artículos 3°, 6° y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Gaudiano Rovirosa Gerardo (PRD)


Fecha de presentación: 26-Febrero-2013

  - Puntos Constitucionales
Establecer en el derecho de los individuos a recibir educación, de que la misma se base en los resultados del progreso científico y tecnológico, haciendo uso racional y en beneficio común de éste. Establecer que las personas tendrán acceso gratuito a la información pública contenida en medios escritos, electrónicos, magnéticos, virtuales, ciberespacio, internet y demás similares y análogos que los desarrollos científicos y tecnológicos generen, produzcan o implementen. Facultar al Congreso de la Unión para legislar en materia de uso, acceso y explotación de Internet. Aprobada
con fecha 21-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 12-Febrero-2013
83   Proyecto de decreto que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Mota Ocampo Gisela Raquel (PRD)

Diputados integrantes de la Comisión de Reforma Agraria.
Fecha de presentación: 26-Febrero-2013

  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Modificar la denominación de la Comisión de ¿Agricultura y Sistemas de Riego¿ por ¿Agricultura y Ganadería¿ y crear la Comisión de ¿Desarrollo Agrario¿ en la Cámara de Diputados. Aprobada
con fecha 18-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 26-Febrero-2013
84   Proyecto de decreto que reforma el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Bribiesca Sahagún Fernando (NUEVA ALIANZA)


Fecha de presentación: 28-Febrero-2013

  - Puntos Constitucionales
Establecer que en aras de garantizar el acceso a la información, el Estado deberá proporcionar progresivamente servicio de Internet en los espacios públicos. Aprobada
con fecha 21-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 28-Febrero-2013
85   Proyecto de decreto para que se acuñe una moneda conmemorativa del Bicentenario de los ¿Sentimientos de la Nación¿.


Proponente: Añorve Baños Manuel (PRI)


Fecha de presentación: 28-Febrero-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Acuñar una moneda conmemorativa del Bicentenario de los ¿Sentimientos de la Nación¿ Aprobada
con fecha 30-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 28-Febrero-2013
86   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Civil Federal.


Proponente: Huidobro González Zuleyma (MC)


Fecha de presentación: 28-Febrero-2013

  - Justicia
Eliminar del Código Civil Federal la figura de ¿adopción simple¿ y ¿parentesco civil¿. Aprobada
con fecha 23-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 14-Febrero-2013
87   Proyecto de decreto que reforma el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Martínez Santillán Ma. del Carmen (PT)


Fecha de presentación: 28-Febrero-2013

  - Puntos Constitucionales
Eliminar la figura del ¿arraigo¿ y la definición de ¿delincuencia organizada¿ del marco constitucional. Aprobada
con fecha 30-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 28-Febrero-2013
88   Proyecto de decreto que reforma los artículo 2° y 82 de la Ley General de Protección Civil.


Proponente: Martínez Rojas Andrés Eloy (PRD)


Fecha de presentación: 28-Febrero-2013

  - Protección Civil
Incluir en la definición que se hace de ¿desastre¿, al resultado de la ocurrencia de uno o más agentes perturbadores severos y o extremos provenientes del espacio exterior, que causen daños y que por su magnitud exceden la capacidad de respuesta de la comunidad afectada. Considerar como ¿fenómeno astronómico¿ al agente perturbador que se genera por la constante actividad del espacio exterior y que al interactuar con la Tierra ocasiona fenómenos destructivos, poniendo en riesgo la vida humana, causando muerte o alteración al orden natural y social de la vida en la Tierra, como son las tormentas solares, erupciones solares, los meteoritos, meteoroides y bólidos. Establecer que el Gobierno Federal, las entidades federativas y el Distrito Federal, deberán buscar concentrar la información astronómica de que se disponga a nivel nacional. Aprobada
con fecha 29-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 28-Febrero-2013
89   Proyecto de decreto que reforma los artículos 7° de la Ley General de Educación y 32 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Mejía Berdeja Ricardo (MC)

Suscrita por el Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)
Fecha de presentación: 5-Marzo-2013

Unidas  - Educación Pública y Servicios Educativos
- Derechos de la Niñez
Incluir como fin de la educación que imparta el estado, sus organismos descentralizados y los particulares, a las niños, niños y adolescentes, promover la convivencia sin violencia física, psicológica o emocional, incluyendo aquella que se manifiesta a través de los medios electrónicos, como el ¿cyberbullying¿ y el ¿sexting¿. Aprobada
con fecha 29-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 5-Marzo-2013
90   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 12-Marzo-2013

  - Puntos Constitucionales
Establecer el derecho al libre acceso a información veraz, plural y oportuna; a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión; y de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha. Incluir como obligaciones para la autoridad: Garantizar el acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha; garantizar a la población su integración a la sociedad de la información y el conocimiento, mediante una política de inclusión digital universal con metas anuales y sexenales; inviolabilidad de la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio; y prohibición de establecer la previa censura, ni coartar la libertad de difusión. Establecer que las telecomunicaciones serán servicios públicos de interés general, por lo que el Estado garantizará que sean prestados en condiciones de competencia, calidad, pluralidad, cobertura universal, interconexión, convergencia, acceso libre y continuidad; asimismo, que la radiodifusión será servicio público de interés general, por lo que el Estado garantizará que sea prestado en condiciones de competencia y calidad, y brinde los beneficios de la cultura a toda la población, preservando la pluralidad y la veracidad de la información, así como el fomento de los valores de la identidad nacional. Crear como órganos constitucionales autónomos, a la Comisión Federal de Competencia Económica (CFCE) y al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), los cuales serán independientes en sus decisiones y funcionamiento, ejercerán su presupuesto de forma autónoma, emitirán su propio estatuto orgánico y podrán emitir disposiciones administrativas de carácter general. La CFCE e IFT se integrarán por siete comisionados, incluyendo el comisionado presidente, con una duración de 9 años sin posibilidad de reelección, designados en forma escalonada a propuesta del Ejecutivo Federal con la ratificación del Senado, previa evaluación de los aspirantes que realice un Comité integrado por los titulares de BANXICO, INEE e INEGI. Para ser Comisionado se requiere: ser ciudadano mexicano, mayor de 35 años, estar en pleno goce de sus derechos, título profesional en materias relacionadas y experiencia de al menos 5 años, acreditar conocimientos técnicos y no haber ocupado en los últimos cinco años, ningún empleo en empresas relacionadas. Entre las facultades de la CFCE, se establece que podrá ordenar medidas para eliminar las barreras a la competencia y la libre concurrencia, prevenir y evitar monopolios, prácticas monopólicas o concentraciones; regular el acceso a insumos esenciales, y ordenar la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones de los agentes económicos, en las proporciones necesarias para eliminar efectos anticompetitivos. Entre las facultades del IFT, se establece que podrá regular, promover y supervisar la radiodifusión y las telecomunicaciones; otorgar y revocar de concesiones en materia de radiodifusión y telecomunicaciones (previa opinión no vinculante del Ejecutivo Federal); sancionar a los concesionarios; ser la autoridad en materia de competencia económica de los sectores de radiodifusión y telecomunicaciones, por lo que podrá regular de forma asimétrica a los participantes en estos mercados con el objeto de eliminar eficazmente las barreras a la competencia y la libre concurrencia e imponer límites a la concentración nacional y regional de frecuencias, al concesionamiento y a la propiedad cruzada de varios medios de comunicación que sirvan a un mismo mercado o zona de cobertura geográfica y ordenar la desincorporación de activos, derechos o partes necesarias para asegurar el cumplimiento de estos límites. Se prevé la obligación del Consejo de la Judicatura Federal para establecer Tribunales Colegiados de Circuito y Juzgados de Distrito especializados en materia de competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones. Las normas generales, actos u omisiones de la CFCE y del IFT podrán ser impugnados únicamente mediante el juicio de amparo indirecto y no serán objeto de suspensión. Cuando se trate de resoluciones emanadas de un procedimiento seguido en forma de juicio sólo podrá impugnarse la que ponga fin al mismo por violaciones cometidas en la resolución o durante el procedimiento. En ningún caso se admitirán recursos ordinarios o constitucionales contra actos intraprocesales. Las concesiones en materia de radiodifusión y telecomunicaciones podrán ser para uso comercial, público, social y privado, serán otorgadas mediante licitación pública y asegurando el menor precio de los servicios al usuario final. En ningún caso el factor determinante para definir al ganador de la licitación será meramente económico. Las concesiones a instituciones y entes públicos se otorgarán bajo el mecanismo de asignación directa. La ley establecerá un esquema efectivo de sanciones que señale como causal de revocación del título de concesión, entre otras, el incumplimiento de las resoluciones que hayan quedado firmes en casos de conductas vinculadas con prácticas monopólicas; asimismo, establecerá los mecanismos para homologar el régimen de permisos y concesiones de radiodifusión y que las concesiones serán únicas, de forma que los concesionarios puedan prestar todo tipo de servicios a través de sus redes siempre que cumplan con las obligaciones y contraprestaciones que les imponga el IFT. En el régimen transitorio, se establece que en los 180 días siguientes a la publicación del Decreto, el Congreso de la Unión deberá: Establecer tipos penales especiales que castiguen severamente prácticas monopólicas y fenómenos de concentración; regular el organismo público con autonomía técnica, que tendrá por objeto proveer el servicio de radiodifusión sin fines de lucro; regular el derecho de réplica; establecer la prohibición de difundir publicidad engañosa o subrepticia; establecer los mecanismos que aseguren la promoción de la producción nacional independiente; y expedir un solo ordenamiento legal que regule de manera convergente el uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes de telecomunicaciones, así como la prestación de servicios de radiodifusión y telecomunicaciones. También prevé que una vez conformado el IFT se apliquen las siguientes medidas: En un plazo no mayor a 180 días naturales, expedir las bases y convocatorias para licitar nuevas concesiones de frecuencias de televisión radiodifundida que deberán ser agrupadas a efecto de formar por lo menos dos nuevas cadenas de televisión con cobertura nacional; Reglas de Must Carry y Must Offer entre concesionarios de TV abierta y restringida; Determinar la existencia de agentes económicos preponderantes en los sectores de radiodifusión y telecomunicaciones, y como consecuencia, someterlos a una regulación asimétrica; Desagregar la red local de los agentes preponderantes en telefonía, televisión restringida e internet; y revisar los títulos de concesión vigentes, a efecto de verificar el cumplimiento de sus términos, condiciones y modalidades. Se establece que la inversión extranjera en telecomunicaciones pase de 49 a 100%, y en radiodifusión de 0 a 49 por ciento. En materia de políticas públicas, el Ejecutivo Federal: Deberá instalar una red compartida de servicios de telecomunicaciones al mayoreo; tendrá a su cargo la política de inclusión digital universal; y ejecutar la construcción y el crecimiento de una robusta red troncal de telecomunicaciones de cobertura nacional, así como la comunicación vía satélite y la prestación del servicio de telégrafos. Aprobada
con fecha 21-Marzo-2013



Publicación en Gaceta: 12-Marzo-2013
91   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Minera y la Ley de Coordinación Fiscal.


Proponente: Bonilla Gómez Adolfo (PRI)

Suscrita por el Dip. Marco Antonio Bernal Gutiérrez (PRI)
Fecha de presentación: 12-Marzo-2013

Unidas  - Economía
- Hacienda y Crédito Público
Incluir en las obligaciones de concesionarios mineros, pagar el monto por compensación minera anualmente o su parte proporcional. Fijar la tasa del 4%, sobre la cantidad que resulte de disminuir de los ingresos acumulables de las empresas mineras, las deducciones, excluyendo costos financieros, impuestos, depreciación y amortización. Establecer que serán los estados quienes participarán en los ingresos del derecho sobre minería y la compensación minera, distribuyendolo de la siguiente forma: 20% para el Fondo General de Participaciones; 80% para constituir el Fondo de Aportaciones para el desarrollo Regional Sustentable de Estados y Municipios Mineros; y el remanente se destinará a los Comités de Desarrollo Regional para las Zonas Mineras. Establece que se conformará en cada entidad federativa un Comité de Desarrollo Regional para las Zonas Mineras el cual definirá las obras que las empresas deban realizar en infraestructura y servicios públicos en beneficio de las comunidades vecinas a la actividad minera. Establecer que los titulares de concesiones mineras que no lleven a cabo obras y trabajos de exploración materialmente acreditables durante 2 años continuos, dentro de un periodo de 11 años , contados a partir de la fecha de la expedición de la concesión, deberán cubrir un pago adicional del 50% de la cuota por hectárea prevista a pagarse a partir del décimo primer año de vigencia, debiendo cubrir dicho pago, durante todo el tiempo y en tanto no haya transcurrido el periodo de 2 años continuos de actividades mineras. Aprobada
con fecha 25-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 12-Marzo-2013
92   Proyecto de decreto que reforma las fracciones II, III, V y VI del artículo 115 de la Ley General de Salud.


Proponente: Congreso del Estado de Chihuahua (Congresos Locales)


Fecha de presentación: 14-Marzo-2013

  - Salud
Incorporar como atribuciones de la Secretaría de Salud, normar el desarrollo de los programas y actividades de educación en materia de sobre peso; norma, el establecimiento, operación y evaluación de servicios en materia prevención, tratamiento y control de la desnutrición, el sobrepeso y la obesidad en las zonas que se determinen, en función de las mayores carencias y problemas de salud; establecer las necesidades mínimas y máximas de nutrimentos, para el mantenimiento de las buenas condiciones de salud de la población; así como recomendar las dietas y los procedimientos que conduzcan al consumo efectivo de los requerimientos mínimos y máximos de nutrimentos por la población en general. Aprobada
con fecha 2-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 14-Marzo-2012
93   Proyecto de decreto que expide la Ley General para la Garantía de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Diputados integrantes de la Comisión de Derechos de la Niñez
Fecha de presentación: 19-Marzo-2013

  - Derechos de la Niñez
Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto garantizar a niñas, niños y adolescentes la tutela y el respeto de sus derechos fundamentales reconocidos en la Constitución y en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos suscritos y ratificados por el Estado Mexicano, a través del Sistema de Garantías para la Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes que instrumenta la coordinación de competencias entre los tres niveles de gobierno, mismo que tendrá por objeto, entre otros puntos, integrar la participación del sector público y la sociedad civil en la definición e instrumentación de las políticas públicas de garantía de protección de estos derechos y formular programas y acciones en materia de niñez y adolescencia. Se establece que existirá un Consejo Nacional de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, así como los Consejos Estatales y del Distrito Federal, órganos deliberativos que adoptan las decisiones sobre la rectoría nacional y de las entidades federativas, de las políticas públicas en materia de niñez y adolescencia. Se crea el Secretariado Ejecutivo Nacional y los Secretariados Ejecutivos de las entidades federativas, encargados de coordinar la recopilación de la información, datos estadísticos, estudios y resoluciones para la toma de decisiones de los Consejos. Se considera la instrumentación del Programa Nacional y los Programas Estatales y del Distrito Federal para la Garantía de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. Aborda aspectos relacionados con el Procedimiento de Garantía; el Financiamiento y el Gasto; así como las responsabilidades de los servidores públicos. Aprobada
con fecha 23-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 19-Marzo-2013
94   Proyecto de decreto que reforma el artículo 27 y deroga el artículo 32 de la Ley del Seguro Social.


Proponente: Torres Félix Sergio (PRI)


Fecha de presentación: 19-Marzo-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Agregar a los conceptos que se excluyen como integrantes del salario base de cotización: bienes que el patrón proporcione a los trabajadores para el desempeño de sus actividades, siempre que estén de acuerdo con la naturaleza del trabajo prestado; aportaciones a fondos de ahorro para los trabajadores; cuotas destinadas a la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de la cuenta individual de los trabajadores, y las demás cuotas que en términos de esta ley le corresponde cubrir al patrón; aportaciones a la subcuenta de vivienda de la cuenta individual de los trabajadores que se efectúen en términos de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, y las participaciones en las utilidades de las empresas; alimentación que se entregue en forma distinta de vales, de reembolso o de efectivo, y la habitación; despensas en especie o en vales; premios por asistencia y puntualidad; cantidades aportadas por el patrón para constituir fondos de algún plan de pensiones establecido por el patrón o derivado de contratación colectiva; remuneraciones por tiempo extraordinario laborado. En todos los casos, aplicará hasta por el monto en que se encuentren exentos o no sean considerados ingresos gravados para el trabajador en términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Eliminar el supuesto de aumento de salario en un 25% por concepto de habitación o alimentación. Aprobada
con fecha 25-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 19-Marzo-2013
95   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación.


Proponente: Licea González Margarita (PAN)


Fecha de presentación: 20-Marzo-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Eliminar como medida de apremio, el aseguramiento precautorio de los bienes o de la negociación del contribuyente. Incluir como infracción en que pueden incurrir las entidades financieras o sociedades cooperativas de ahorro y préstamo: la no liberación o la ejecución de embargo de depósitos bancarios, otros depósitos o seguros del contribuyente en los plazos legales o por una cantidad mayor a la ordenada por la autoridad fiscal; y la negativa de informar al contribuyente acerca de la autoridad fiscal que ordenó el embargo precautorio. Facultar a las autoridades fiscales, para disminuir la garantía del interés fiscal otorgada en caso de constatar que el contribuyente no cuenta con recursos. En el caso de que el contribuyente interponga los recursos de inconformidad previstos en la Ley del Seguro Social y la Ley del Infonavit, no estará obligado a exhibir la garantía correspondiente sino, hasta que sea resuelto cualquiera de los medios de defensa. Explicitar que el embargo precautorio únicamente procederá siempre y cuando se compruebe fehacientemente que existe peligro inminente de que el obligado realice cualquier maniobra tendiente a evadir su cumplimiento, que quedará asentado en el acta correspondiente y en el oficio de notificación. En el supuesto de que se lleve a cabo el embargo precautorio, el contribuyente afectado podrá ofrecer a la autoridad alguna de las garantías, para que se ordene el levantamiento del embargo trabado. En ningún caso procederá embargar los depósitos bancarios, otros depósitos o seguros del contribuyente por un monto mayor al del crédito fiscal actualizado, junto con sus accesorios legales, ya sea una sola cuenta o en más de una o que hayan sido impugnados en sede administrativa o jurisdiccional y se encuentren garantizados, así como inmovilizar las aportaciones voluntarias y complementarias hasta por un monto de 20 salarios mínimos elevados al año. Aprobada
con fecha 15-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 5-Marzo-2013
96   Proyecto de decreto que reforma el artículo 420 del Código Penal Federal.


Proponente: Inzunza Montoya Alfonso (PRI)

Suscrita por diputados de su Grupo Parlamentario
Fecha de presentación: 21-Marzo-2013

  - Justicia
Sancionar con pena de 1 a 9 años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días multa a quien ilícitamente de manera dolosa capture, transforme, acopie, transporte, destruya o comercie con la especie acuática denominada camarón. Aprobada
con fecha 7-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 26-Febrero-2013
97   Proyecto de decreto que reforma los artículos 115 y 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Antonio Altamirano Carol (PRD)


Fecha de presentación: 21-Marzo-2013

  - Puntos Constitucionales
Con Opinión de  - Hacienda y Crédito Público
Establecer que las legislaturas de los estados aprobarán las leyes de ingresos de los municipios y sus compromisos de pago, ajustándose a lo establecido en la Constitución, los requerimientos de información y registro que prevén la Ley General de Contabilidad Gubernamental y las leyes de las entidades; establecer que estados y municipios, incluidos sus organismos descentralizados y empresas públicas, sólo podrán contraer obligaciones o empréstitos cuando se destinen a inversiones públicas productivas, que son las destinadas a la ejecución de obras, adquisición de bienes, arrendamiento y contratación de servicios, siempre que con la operación de dichos activos se generen recursos suficientes para cubrir los financiamientos correspondientes, o se logre un beneficio directo en el desarrollo económico de los estados o municipios. Dicha facultad se ejercerá conforme a las bases que establezcan las legislaturas, en una ley que normará los empréstitos y obligaciones, así como su registro, y limitará los compromisos de pago de las entidades y municipios en proporción a la suma de sus ingresos de gestión más las participaciones federales. Fijar que en caso de que las obligaciones y empréstitos que se pretendan aprobar, sean iguales o superen el cincuenta por ciento de la suma de los ingresos de gestión y las participaciones federales del municipio, el proyecto presentado al ayuntamiento requerirá votación de las dos terceras partes de sus integrantes y de igual manera cuando la ley de ingresos correspondiente sea presentada a la legislatura estatal. Obligar a los ejecutivos de cada entidad a informar el ejercicio en materia de deuda y obligaciones de pago al rendir la Cuenta Pública y mediante informes públicos trimestrales de todas las obligaciones que afecten las finanzas públicas. Establecer que en el registro y actualización del endeudamiento no habrá limitación derivada de los secretos bancario, fiduciario y fiscal. Aprobada
con fecha 17-Julio-2013



Publicación en Gaceta: 5-Marzo-2013
98   Proyecto de decreto que reforma los artículos 1º y 8º de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.


Proponente: Fujiwara Montelongo René Ricardo (NUEVA ALIANZA)


Fecha de presentación: 21-Marzo-2013

  - Juventud
Unidas  - Presupuesto y Cuenta Pública
Considerar al Instituto Mexicano de la Juventud como organismo público descentralizado, no sectorizado, con personalidad jurídica, patrimonio propio, autonomía operativa, técnica, presupuestal y administrativa. Establecer que la Ley Federal de las Entidades Paraestatales se aplicará al Instituto en lo que no se oponga a la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud. El proyecto de presupuesto del Instituto será elaborado por el mismo, con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el cual deberá ser enviado a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para su incorporación, en los términos de los criterios generales de política económica, en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación. La Junta Directiva del Instituto será presidida por quien determine el Presidente de la República de entre los diez miembros propietarios, y no por el Secretario de Educación Pública como se refiere actualmente. Especificar que los suplentes que nombren los miembros propietarios deberán tener el nivel de Subsecretario o equivalente. Aprobada
con fecha 8-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 14-Marzo-2013
99   Proyecto de decreto que reforma el artículo 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Fuentes Solís Víctor Oswaldo (PAN)


Fecha de presentación: 21-Marzo-2013

  - Puntos Constitucionales
Establecer que para la contratación de cualquier crédito que necesite el Estado y los municipios, así como sus organismos descentralizados estatales o municipales, deberá hacerse mediante licitación pública, en la adjudicación del crédito, previa acreditación de los licitantes, cada Secretaria de Finanzas del Gobierno Estatal deberá garantizar la imparcialidad y equidad en las siguientes etapas: publicación de convocatoria o bases de licitación en el periódico o Gaceta Oficial del gobierno estatal; entrega de proposiciones cerradas; evaluación de proposiciones, y adjudicación. Obligar a los gobiernos estatales y municipales que decidan contraer obligaciones de deuda, a enviar a sus congresos locales, la convocatoria y bases de la licitación para su análisis y aprobación, cada congreso local tendrá como plazo máximo de aprobación, diez días naturales una vez que haya recibido la petición; finiquitado el proceso de licitación, los licitantes deberán proporcionar la información requerida, misma que deberá ser publicada en el periódico o Gaceta Oficial del Gobierno del Estado, en un plazo no mayor a cinco días naturales una vez realizada la adjudicación. Aprobada
con fecha 17-Julio-2013



Publicación en Gaceta: 26-Febrero-2013
100   Proyecto de decreto que reforma el artículo 420 del Código Penal Federal.


Proponente: Berzunza Novelo Landy Margarita (PRI)


Fecha de presentación: 21-Marzo-2013

  - Justicia
Agregar a las especies acuáticas protegidas declaradas en veda el ¿pepino de mar¿ e imponer pena de uno a nueve años de prisión y de trescientos a tres mil días multa, a quien ilícitamente lo capture, transforme, acopie, transporte o dañe. Aprobada
con fecha 7-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 19-Marzo-2013
101   Proyecto de decreto que expide la Ley que Garantiza el Derecho de Réplica.


Proponente: Chávez Contreras Rodrigo (MC)


Fecha de presentación: 21-Marzo-2013

  - Gobernación
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Crear un ordenamiento jurídico, con el objeto de garantizar y reglamentar el Derecho de Réplica. Considerar el derecho de réplica como la prerrogativa de toda persona afectada por informaciones inexactas o agraviantes emitidas en su perjuicio a través de medios de comunicación. Señalar que los medios de comunicación tienen la obligación de respetar el derecho de réplica de las personas, señalar domicilio para atender solicitudes y efectuar por el mismo medio su rectificación o respuesta. Facultar a la persona aludida a ejercer el derecho de réplica, en un plazo de siete días presentando escrito dirigido al medio de comunicación indicando la fecha de difusión. Por su parte, el medio de comunicación tendrá 48 horas para difundir la rectificación o respuesta, pudiendo negarse en caso de error o reparación previa del daño. Una vez transcurrido el plazo señalado sin que el medio de comunicación publique la rectificación o respuesta, el interesado podrá interponer el amparo contra particulares.
En la resolución correspondiente, además de ordenar la difusión de la réplica, en su caso, el juez podrá aplicar las siguientes sanciones: por cada día que pase sin que se publique la réplica, multa de doscientos a mil días de salario mínimo general vigente, y en caso de reincidencia, suspensión de la publicación o programa radiofónico o televisivo, hasta por tres ediciones consecutivas.
Aprobada
con fecha 5-Diciembre-2013



Publicación en Gaceta: 19-Marzo-2013
102   Proyecto de decreto que reforma los artículos 115 y 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: López Zavala Javier (PRI)


Fecha de presentación: 21-Marzo-2013

  - Puntos Constitucionales
Prever que las legislaturas de los estados aprobarán los recursos obtenidos mediante obligaciones de deuda pública que se contrate para el estado o ayuntamientos, que se destine exclusivamente a inversión pública productiva. Establecer que los recursos que deriven de empréstitos, de la emisión de valores o de cualquier modalidad o tipo de financiamiento que constituya deuda pública estatal, así como sus respectivos productos financieros, serán aplicados exclusivamente a la ejecución de los proyectos de inversión pública productiva debidamente autorizados por el Congreso del Estado. En ningún caso los recursos provenientes de la reestructuración o refinanciamiento, podrán destinarse al concepto de gasto corriente. Definir el concepto de deuda pública. Aprobada
con fecha 17-Julio-2013



Publicación en Gaceta: 20-Marzo-2013
103   Proyecto de decreto que reforma los artículos 185 y 191 de la Ley General de Salud.


Proponente: Tovar Aragón Crystal (PRD)


Fecha de presentación: 21-Marzo-2013

  - Salud
Establecer dentro de las acciones que comprende el programa contra el alcoholismo y el abuso de bebidas alcohólicas, que coordina en el ámbito de sus respectivas competencias, la Secretaría de Salud, los gobiernos de las entidades federativas y el Consejo de Salubridad General, respecto a la educación sobre los efectos del alcohol en la salud y en las relaciones sociales, que ésta sea dirigida también a los jóvenes, así como el fomento de actividades cívicas, deportivas y culturales que coadyuven en la lucha contra el alcoholismo, en los grupos de población que se encuentren entre los 12 y 29 años. Establecer dentro de las acciones que comprende el programa contra la farmacodependencia, la coordinación entre la Secretaría de Salud y el Consejo de Salubridad General, brindar la educación sobre los efectos del uso de estupefacientes, substancias psicotrópicas y otras susceptibles de producir dependencia, estableciendo que la misma vaya dirigida especialmente a niños, adolescentes y jóvenes. Aprobada
con fecha 3-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 19-Marzo-2013
104   Proyecto de decreto que reforma el artículo 70 de la Ley Agraria.


Proponente: Rubio Lara Blas Ramón (PRI)


Fecha de presentación: 21-Marzo-2013

  - Reforma Agraria
Establecer que la propiedad, posesión y explotación de la parcela escolar, corresponden al ejido y será administrada conjuntamente por el presidente, secretario y tesorero del comisariado ejidal, quienes podrán contratar los créditos respectivos y otorgar en garantía el usufructo parcelario, sin requerir acuerdo previo de la asamblea a la cual informarán anualmente. Se establece que el 80 % de los productos, utilidades líquidas e ingresos que genere la parcela, se destinarán a la rehabilitación, ampliación y conservación de la escuela rural de que se trate, así como a la adquisición de mobiliario y equipo escolar para los alumnos, y el 20 % restante, si lo hubiere, lo distribuirá entre los maestros del plantel. No podrá adoptarse el dominio pleno de la parcela escolar, ni se podrán enajenar los derechos parcelarios de la misma, a no ser que haya un cambio de destino, la cual podrá permutarse por acuerdo de asamblea. Considerar que de manera preferencial, la parcela escolar será explotada directamente por el ejido, sin embargo podrá aportarse el usufructo a todo tipo de sociedades por acuerdo de la asamblea, darse en arrendamiento, usufructo oneroso, aparcería, asociación en participación o cualquier contrato traslativo de uso. Se establece que en todos los contratos, actos y trámites en los que sea parte el ejido, se tendrá por acreditada la existencia y personalidad de núcleo de población, mediante la documentación agraria del ejido y la representación del comisariado con el acta de asamblea en la que fue electo, inscrita en el Registro Agrario Nacional. Aprobada
con fecha 28-Noviembre-2013



Publicación en Gaceta: 20-Marzo-2013
105   Proyecto de decreto que reforma el artículo 37 de la Ley Agraria.


Proponente: Álvarez Tovar Martha Berenice (PAN)


Fecha de presentación: 21-Marzo-2013

  - Reforma Agraria
Prever que para el caso de existir una o varias mujeres dentro del núcleo de población ejidal, se procurará que al menos una de las candidaturas a puestos de elección que integran el comisariado ejidal y el consejo de vigilancia, deberá ser ocupado por una mujer, pudiendo aspirar a cualquiera de los puestos indistintamente. Para las comisiones y secretarios auxiliares con que cuenta el comisariado ejidal, se procurará la integración de las mujeres. Aprobada
con fecha 10-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 19-Marzo-2013
106   Proyecto de decreto que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 157, 158 y 163 del Reglamento de la Cámara de Diputados.


Proponente: Zavaleta Salgado Ruth (PVEM)


Fecha de presentación: 2-Abril-2013

  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Establecer entre las atribuciones de las comisiones legislativas en la función de control evaluatorio, el dar seguimiento al desempeño del Ejecutivo en materia de planeación democrática, lo anterior con base en indicadores de desempeño, así como, realizar el análisis del informe que el Ejecutivo remite a la Comisión Permanente sobre las acciones y resultados de la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo. Aprobada
con fecha 12-Noviembre-2013



Publicación en Gaceta: 20-Marzo-2013
107   Proyecto de decreto que reforma los artículos 23 y 24 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética.


Proponente: Nolasco Ramírez Yesenia (PRD)


Fecha de presentación: 2-Abril-2013

  - Energía
Considerar en la Estrategia Nacional para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía, el promover e incentivar la investigación de fuentes de energía alternativa. Aprobada
con fecha 18-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 2-Abril-2013
108   Proyecto de decreto que reforma los artículos 416 del Código Civil Federal y 80 del Código Federal de Procedimientos Civiles.


Proponente: Labastida Sotelo Karina (PAN)


Fecha de presentación: 2-Abril-2013

  - Justicia
Con Opinión de  - Igualdad de Género
Instruir al juez en materia familiar, a escuchar al Ministerio Público en caso de desacuerdo de quienes ejerzan la patria potestad en el supuesto de separación, respecto a la guarda y custodia de los menores, tomando como base el resultado de las pruebas periciales en materia de trabajo social y de psicología familiar que oficiosamente se practiquen a ambos. Aprobada
con fecha 25-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 21-Marzo-2013
109   Proyecto de decreto que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Núñez Sánchez Gloria Elizabeth (PRI)

Suscrita por los diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera (PRI) y Raúl Paz Alonzo (PAN)
Fecha de presentación: 3-Abril-2013

  - Puntos Constitucionales
Especificar que en una faja de cien kilómetros a lo largo de las fronteras y de cincuenta en las playas, los extranjeros por ningún motivo podrán adquirir el dominio directo sobre las aguas y que, en el caso de las tierras, los mismos podrán adquirirlas cuando sean para uso exclusivo de vivienda sin fines comerciales. Aprobada
con fecha 23-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 3-Abril-2013
110   Proyecto de decreto que reforma el artículo 14 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro.


Proponente: García de la Fuente Mónica (PVEM)


Fecha de presentación: 3-Abril-2013

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Incorporar en el Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura, la participación de los directores generales del Fondo de Cultura Económica, del Instituto Nacional del Derecho de Autor, de la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos y de Educal S.A. de C.V. Aprobada
con fecha 26-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 3-Marzo-2013
111   Proyecto de decreto que adiciona un artículo 155 Bis a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.


Proponente: Astudillo Suárez Ricardo (PVEM)

Suscrita por el Dip. Arturo Escobar y Vega (PVEM)
Fecha de presentación: 9-Abril-2013

  - Medio Ambiente y Recursos Naturales
Facultar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a fin de controlar y reducir la contaminación acústica o por ruido, integrar y mantener actualizado el mapa de fuentes emisoras de ruido en las distintas áreas, zonas y regiones del territorio nacional, con base en los valores máximos permisibles de ruido para la salud pública establecidos por la norma oficial mexicana vigente en la materia; formular y aplicar programas y campañas para la reducción de la contaminación acústica o por ruido; y promover, en coordinación con los gobiernos de los Estados y del Distrito Federal, el establecimiento de programas y sistemas de monitoreo de los niveles de contaminación acústica o por ruido. Aprobada
con fecha 3-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 4-Abril-2013
112   Proyecto de decreto que reforma el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Artículo Décimo Primero Transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el DOF el 18 de junio de 2008.


Proponente: Gutiérrez De la Garza Héctor (PRI)

Suscrita por los diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera (PRI), Luis Alberto Villarreal García (PAN), y Consuelo Argüelles Loya (PAN)
Fecha de presentación: 9-Abril-2013

  - Puntos Constitucionales
Reducir de ¿40¿ a ¿20¿ días el plazo máximo en que la autoridad judicial podrá decretar el arraigo de una persona, cuando se trate de delincuencia organizada, y de ¿80¿ a ¿40¿ días su respectiva prórroga. Facultar a los organismos de protección de los derechos humanos, federal y estatales para revisar la figura del arraigo, a solicitud de la persona sujeta a él. Facultar a la autoridad judicial, para retener al indiciado por un periodo adicional de hasta setenta y dos horas en los casos de prisión preventiva, siempre que sea necesario para ampliar los elementos probatorios que motivan la retención. Aprobada
con fecha 30-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 9-Abril-2013
113   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.


Proponente: Cárdenas Cantú Miriam (PRI)


Fecha de presentación: 9-Abril-2013

  - Derechos Humanos
Incluir el Título VII, denominado ¿Del ejercicio de la facultad de investigación de violaciones graves a derechos humanos¿, con el objeto de facultar a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para investigar hechos que constituyan violaciones graves de derechos humanos, cuando así lo juzgue conveniente o lo solicite el Ejecutivo Federal por conducto de la Consejería Jurídica de la Presidencia, alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión, el Gobernador de un Estado, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal o las legislaturas de las entidades federativas. Incluir el Título VIII, denominado ¿Del procedimiento para la comparecencia de los servidores públicos que no acepten o se nieguen a cumplir las recomendaciones¿, con el objeto de regular dicho procedimiento. Aprobada
con fecha 24-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 9-Abril-2013
114   Proyecto de decreto que reforma los artículos 3° y 19 de la Ley General de Desarrollo Social.


Proponente: Villaseñor Vargas Paloma (PRI)


Fecha de presentación: 16-Abril-2013

Unidas  - Desarrollo Social
- Atención a Grupos Vulnerables
Modificar el concepto de ¿capacidades diferentes¿ por ¿discapacidad¿. Considerar como prioritarios y de interés público los programas dirigidos a las personas con discapacidad. Aprobada
con fecha 28-Noviembre-2013



Publicación en Gaceta: 16-Abril-2013
115   Proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 73 y 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Melchor Vásquez Angélica Rocío (PRD)


Fecha de presentación: 16-Abril-2013

  - Puntos Constitucionales
Establecer la facultad del Congreso de la Unión para expedir leyes en materia de responsabilidad hacendaría y de coordinación fiscal, incluyendo principios presupuestarios, de deuda pública y de transparencia para lograr un manejo sostenible de las finanzas públicas en la Federación, los Estados y Municipios, así como en el Distrito Federal y sus demarcaciones territoriales. Asimismo, la facultad en materia de deuda pública, de establecer las modalidades bajo las cuales los Estados, el Distrito Federal y los Municipios podrán afectar sus respectivas participaciones para cubrir los empréstitos y obligaciones que contraigan. Se establece la prohibición de los Estados y Municipios de contraer obligaciones ni empréstitos para financiar su gasto corriente. Aprobada
con fecha 17-Julio-2013



Publicación en Gaceta: 9-Abril-2013
116   Proyecto de decreto que reforma los artículos 73 y 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Luna Porquillo Roxana (PRD)


Fecha de presentación: 16-Abril-2013

  - Puntos Constitucionales
Facultar al Congreso de la Unión para fijar las bases que regulen las operaciones de financiamiento que constituyan deuda pública que realicen las Entidades Federativas, los Municipios y los Organismos Descentralizados de la Administración Pública Estatal y Municipal; así como el registro y control de dichas operaciones y los montos máximos de endeudamiento en que pueden incurrir. Aprobada
con fecha 17-Julio-2013



Publicación en Gaceta: 11-Abril-2013
117   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Blanco Deaquino Silvano (PRD)


Fecha de presentación: 16-Abril-2013

  - Puntos Constitucionales
Establecer que el Estado deberá procurar y garantizar la estabilidad de las finanzas públicas y del sistema financiero. Facultar al Congreso de la Unión para expedir leyes que establezcan las bases y reglas que armonicen definiciones, normas, mecanismos de transparencia y rendición de cuentas, límites, procesos y criterios para contratar y pagar deuda pública, emitir bonos de deuda, así como establecer bases de coordinación y distribución de facultades entre la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios. Obligar al Ejecutivo Federal, las entidades federativas y Ayuntamientos, a informar anualmente al Congreso de la Unión sobre el ejercicio de los recursos respecto de la deuda pública. Facultar a la Cámara de Diputados para revisar los informes sobre el manejo y destino de la deuda pública contratada por la federación, entidades federativas y municipios, incluida la de empresas y fideicomisos con participación pública, y de organismos autónomos. Impedir al gobierno federal, entidades federativas, municipios, empresas y fideicomisos con participación pública, incluyendo los organismos autónomos, contraten deuda que exceda su capacidad de pago. Instruir al Congreso de la Unión a fin de que expida la ley que determine la manera de calcular dicha capacidad de pago. Aprobada
con fecha 17-Julio-2013



Publicación en Gaceta: 11-Abril-2013
118   Proyecto de decreto que reforma el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Abreu Artiñano Rocío Adriana (PRI)


Fecha de presentación: 17-Abril-2013

  - Puntos Constitucionales
Establecer que toda persona adulta mayor tiene derecho a vivir con dignidad y en condiciones de bienestar, para tal efecto, la ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios. Aprobada
con fecha 24-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 17-Abril-2013
119   Proyecto de decreto que abroga la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única.


Proponente: Monreal Ávila Ricardo (MC)

Suscrita por el Dip. Ricardo Mejía Berdeja (MC)
Fecha de presentación: 18-Abril-2013

  - Hacienda y Crédito Público
¿Abrogar la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única¿, en razón de que dicho impuesto no contempla la situación particular de cada contribuyente, al ser éstos quienes perciben ingresos por actividad empresarial, prestación de servicios, arrendamiento de bienes y otorgamiento del uso o goce temporal de los mismos y trae como consecuencia, el desequilibrio en la recaudación y afectación a las pequeñas y medianas empresas. Asimismo, al ser declarado de manera mensual y anual en las mismas fechas que las establecidas para el Impuesto Sobre la Renta, permite a las empresas aplicar deducciones improcedentes y generar menor recaudación. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 16-Abril-2013
120   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Séptimo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía.


Proponente: Bautista Bravo Alliet Mariana (PRD)


Fecha de presentación: 18-Abril-2013

  - Fomento Cooperativo y Economía Social
Establecer que el sector social de la economía funciona como un sistema socioeconómico creado por organismos de propiedad social, conformados y administrados en forma asociativa, para satisfacer las necesidades de sus socios y comunidades donde se desarrollan. Considerar como fines del Sector Social de la Economía, participar en la generación de fuentes de trabajo y de mejores formas de vida para todas las personas; impulsar el pleno potencial creativo e innovador de los trabajadores, ciudadanos y la sociedad; y promover la productividad como mecanismo de equidad social. Prever que la organización y funcionamiento del Instituto Nacional de la Economía Social, será determinada en términos del acuerdo que al respecto emita el Secretario de Economía. Establecer que los recursos destinados al fomento del sector social de la economía son prioritarios y de interés público, por lo cual serán objeto de seguimiento y evaluación; y no podrán sufrir disminuciones en sus montos presupuestales, excepto en los casos y términos que establezca la Cámara de Diputados al aprobar el Presupuesto de Egresos de la Federación. Considerar que los organismos del sector para su mejor funcionamiento podrán integrarse en figuras que faciliten su desarrollo y crecimiento económico. Derogar el Capítulo IV denominado ¿Del registro¿. Crear el Consejo Consultivo de Fomento de la Economía Social, como el órgano consultivo del Instituto Nacional de la Economía Social, de participación ciudadana y conformación plural, con el objeto de analizar y proponer acciones que incidan en el cumplimiento del Programa de Fomento a la Economía Social. Establecer las facultades del Consejo Consultivo de Fomento de la Economía Social. Aprobada
con fecha 25-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 18-Abril-2013
121   Proyecto de decreto que reforma la fracción V del artículo 176 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.


Proponente: Ortiz González Graciela (Senadores)


Fecha de presentación: 25-Abril-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer que las aportaciones complementarias de retiro realizadas a la subcuenta de aportaciones complementarias, así como las aportaciones voluntarias realizadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias, se podrán efectuar antes de que se presente la declaración respectiva. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 25-Abril-2013
122   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.


Proponente: Salazar Solorio Rabindranath (Senadores)


Fecha de presentación: 25-Abril-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Fijar la tasa del 20% en la enajenación o importación de los productos preenvasados para el consumo humano, con un contenido de sodio mayor a 140 mg por 50g de producto, contenido de grasa igual o mayor a un 75% en relación al contenido de grasa del alimento original o de su similar 20%, contenido de azucares igual o mayor a un 75 % en relación al contenido de azucares originales del alimento original o su similar 20%; entendiendo como azúcares, los monosacáridos y disacáridos presentes en un alimento o bebida no alcohólica. Asignar para dichas actividades, la obligación de acreditar el impuesto trasladado al contribuyente por la adquisición de los bienes, estar inscritos en el padrón de importadores y exportadores sectorial, efectuar el pago del impuesto especial sobre producción y servicios y proporcionar al Servicio de Administración Tributaria, trimestralmente, el precio de enajenación de cada producto, valor y volumen de los mismos, efectuado en el trimestre inmediato anterior. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 25-Abril-2013
123   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y de la Ley General de Turismo.


Proponente: Rosas González Oscar Román (Senadores)


Fecha de presentación: 25-Abril-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Turismo
Ley del Impuesto sobre la Renta: Prever que no se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los ingresos obtenidos de las actividades de turismo indígena que se desarrollen en el país y estén encaminadas a beneficiar directamente a los habitantes de pueblos y comunidades indígenas.
Ley General de Turismo: Incorporar el concepto de ¿Turismo Indígena¿. Incluir el Capitulo IX, denominado ¿Del Turismo Indígena¿, con el objeto de promover, fomentar y desarrollar la riqueza natural y cultural de los pueblos indígenas, a través de la prestación de servicios turísticos por sus propios habitantes en las diferentes regiones y localidades del país.
Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 25-Abril-2013
124   Proyecto de decreto que reforma la fracción XIX del artículo 31 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.


Proponente: Orozco Sandoval Martín (Senadores)


Fecha de presentación: 29-Abril-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Prever que se podrá deducir el anticipo de un ingreso que esté relacionado con mercancías de importación, a más tardar el día en que el contribuyente deba presentar su declaración anual. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 29-Abril-2013
125   Proyecto de decreto que reforma el artículo 12 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.


Proponente: Bribiesca Sahagún Fernando (NUEVA ALIANZA)


Fecha de presentación: 29-Abril-2013

  - Seguridad Pública
Considerar como miembros del Consejo Nacional de Seguridad Pública a tres representantes de la Sociedad Civil. Prever que a propuesta de las Organizaciones de la Sociedad Civil, sus representantes en el Consejo serán designados por la Cámara de Diputados previa convocatoria que al efecto se emita. Suprimir la participación como miembro del Consejo, al Secretario de Seguridad Pública. Aprobada
con fecha 16-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 16-Abril-2013
126   Proyecto de decreto que reforma el artículo 226 Bis de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.


Proponente: Saldaña Hernández Margarita (PAN)


Fecha de presentación: 29-Abril-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Otorgar un estímulo fiscal a los contribuyentes del impuesto sobre la renta, ampliándolo a los proyectos de inversión en la producción de artes plásticas, danza, obras literarias, música y distribución de películas nacionales. Se específica que para la aplicación del estímulo fiscal, se crea el Comité Interinstitucional para la determinación de los proyectos de inversión; que el monto total del estímulo fiscal a distribuir entre los aspirantes, no excederá de 50 millones de pesos, para cada uno de los proyectos de inversión, destinados a la producción teatral nacional, de artes plásticas, danza, obras literarias, música y distribución de películas nacionales, ni de 2 millones de pesos por cada contribuyente y proyecto de inversión correspondiente. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 2-Abril-2013
127   Proyecto de decreto que reforma los artículos 58, 63, 64 y 74 de la Ley General de Protección Civil.


Proponente: King De la Rosa Raymundo (PRI)


Fecha de presentación: 29-Abril-2013

  - Protección Civil
Fijar como requisito para acceder a los recursos de los Instrumentos Financieros de Gestión de Riesgos, presentar la petición de liberación inmediata de recursos destinados al auxilio de la población afectada y a la restauración de la infraestructura básica para su superación. Cambiar el plazo para la autorización de la declaratoria de emergencia pasando de ¿cinco¿ a ¿tres¿ días naturales. Obligar a la Secretaría de Gobernación a emitir declaratoria de emergencia ante la inminencia de riesgo de la vida humana, misma que será comunicada de forma expedita a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a efecto de que los gobiernos de las entidades federativas y del Distrito Federal tengan acceso en forma inmediata a los recursos destinados a la atención de desastres naturales; asimismo, establecer que la Secretaría de Gobernación podrá, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de manera preventiva, con cargo a los instrumentos financieros de gestión de riesgos, poner a disposición de los Estados los recursos para hacer frente a la emergencia y una vez superada, los recursos no utilizados deberán ser reintegrados. Aprobada
con fecha 3-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 4-Abril-2013
128   Proyecto de decreto que reforma el artículo 3° de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.


Proponente: Valencia Ramírez Aída Fabiola (MC)


Fecha de presentación: 29-Abril-2013

  - Asuntos Indígenas
Incorporar el lenguaje con perspectiva de género. Aprobada
con fecha 4-Diciembre-2013



Publicación en Gaceta: 4-Abril-2013
129   Proyecto de decreto que reforma el artículo 222 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.


Proponente: Domínguez Zepeda Pedro Ignacio (PRI)

Suscrita por diputados integrantes del grupo parlamentario del PRI
Fecha de presentación: 29-Abril-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Considerar como un estimulo fiscal para los patrones, la capacitación laboral de mujeres y hombres en un rango de edad comprendido entre los 16 y 25 años. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 4-Abril-2013
130   Proyecto de decreto que adiciona un artículo 221-B a la Ley del Impuesto Sobre la Renta.


Proponente: Rodríguez Vallejo Diego Sinhué (PAN)


Fecha de presentación: 29-Abril-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Otorgar estímulo fiscal a las personas físicas y morales con ingresos por actividades empresariales y profesionales, y por arrendamiento de inmuebles, consistente en la posibilidad de efectuar la deducción inmediata hasta por el 100% de las inversiones que efectúen en bienes inmuebles ubicados en municipios con una población mayor de 300,000 habitantes y dentro de un perímetro de 2.5 kilómetros del domicilio del Ayuntamiento. Establecer que para el caso de enajenación, el enajenante podrá considerar que el costo comprobado de adquisición sea cuando menos equivalente al 40% del monto de enajenación de que se trate, esto se podrá realizar siempre y cuando, adicionalmente a la compra, haga una inversión mínima en el inmueble equivalente al monto de enajenación señalada, dentro de los dos años inmediatos siguientes a la fecha de enajenación, aceptando además la responsabilidad solidaria de pago del impuesto sobre la renta que se haya dejado de pagar por el enajenante del inmueble, mismo que le será exigido en caso de no cumplir en tiempo y forma con la inversión exigida en el inmueble. Los montos y aceptación de responsabilidad solidaria deberán constar en la escritura pública donde conste la compraventa. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 9-Abril-2013
131   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal y del Código Federal de Procedimientos Civiles.


Proponente: Torres Cofiño Marcelo de Jesús (PAN)


Fecha de presentación: 29-Abril-2013

  - Justicia
Reducir de ¿dos años¿ a ¿seis meses¿ el término para solicitar la declaración de ausencia, y de ¿seis años¿ a ¿dos años¿, el término para emitir la declaración de muerte. Establecer que, para el caso de que se encuentre pendiente de resolución un juicio de declaración de ausencia o presunción de muerte, la interrupción del término cesará cuando el juez declaré ésta última. Aprobada
con fecha 30-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 9-Abril-2013
132   Proyecto de decreto que reforma los artículos 44 y 45 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.


Proponente: Carreño Muro Genaro (PAN)


Fecha de presentación: 29-Abril-2013

  - Atención a Grupos Vulnerables
Establecer que será invitado permanente a la Junta de Gobierno del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, un representante de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano. Se establece que el titular de la Secretaría de Desarrollo Social será quien presida la Junta Directiva de dicho Consejo y no el titular de la Secretaría de Salud como se establece actualmente. Aprobada
con fecha 4-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 29-Abril-2013
133   Proyecto de decreto que reforma los artículos 3°, 7° y 14 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.


Proponente: Sosa Govea Martha Leticia (PAN)


Fecha de presentación: 29-Abril-2013

  - Atención a Grupos Vulnerables
Incluir los siguientes conceptos: albergue para adultos mayores (establecimiento donde se proporcionan temporalmente servicios de alojamiento, en tanto son reubicados a otras instituciones o a su familia); asilo para adultos mayores (institución pública o privada que provee alojamiento definitivo, alimentación y ayuda con las actividades cotidianas y recreativas); casa hogar para adultos mayores (establecimiento de asistencia social donde se proporciona a adultos mayores atención integral mediante servicios de alojamiento, alimentación, vestido, atención médica, trabajo social, actividades culturales, recreativas, ocupacionales y psicológicas); centro de día (establecimiento público, social o privado que proporciona alternativas a los adultos mayores para la ocupación creativa y productiva del tiempo libre); y estancia (como sinónimo de casa hogar o asilo en los casos de alojamiento definitivo o de centro de día en el caso de alojamiento temporal). Establecer la concurrencia de los tres niveles de gobierno para promover la creación de instituciones, casas hogar, albergues, residencias de día o cualquier otro centro público o privado que brinden servicios y atención a las personas adultas mayores. Aprobada
con fecha 4-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 9-Abril-2013
134   Proyecto de decreto que reforma los artículos 73 y 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: López Cisneros José Martín (PAN)


Fecha de presentación: 29-Abril-2013

  - Puntos Constitucionales
Facultar al Congreso de la Unión para legislar en materia de deuda pública. Establecer que los ejecutivos de los estados y los presidentes municipales al entregar por escrito la Cuenta Pública a sus congresos estatales, informarán sobre la contratación, ejercicio y los beneficios sociales y económicos de las inversiones públicas productivas realizadas. Ésta información la deberán publicar en el Diario Oficial del Estado. Prever que las obligaciones o empréstitos que contraten los estados y los municipios, así como sus organismos descentralizados y empresas públicas, complementarán el gasto de capital que sus congresos les autoricen en sus respectivos Presupuestos de Egresos. Los estados y los municipios, así como sus organismos descentralizados y empresas públicas, no podrán contraer obligaciones ni empréstitos para financiar su gasto corriente. Aprobada
con fecha 17-Julio-2013



Publicación en Gaceta: 11-Abril-2013
135   Proyecto de decreto que adiciona un artículo 9 Bis a la Ley de Coordinación Fiscal.


Proponente: Vargas Pérez Nelly del Carmen (MC)


Fecha de presentación: 29-Abril-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer que la información referente a las deudas contratadas por los estados y municipios será pública y transparente, sin importar los plazos o tipo de denominación por las que se contraigan, incluyendo los datos referentes a su destino, fechas de suscripción, plazos de vencimiento, tasas de interés y decreto de autorización, así como las posibles reestructuraciones o modificaciones que se realicen posteriores a los términos acordados. Determinar que la información deberá ser publicada mediante los correspondientes sitios electrónicos, reportando el proceso de la deuda contratada así como sus participaciones federales e ingresos propios al término de cada ejercicio fiscal ante la Auditoría Superior de la Federación. Establecer sanción penal, administrativa y de juicio político, según sea el caso, a toda persona física y/o moral ante el mal manejo/uso de los recursos públicos federales. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 11-Abril-2013
136   Proyecto de decreto que reforma el artículo 267 de la Ley Federal de Derechos.


Proponente: Flores Méndez José Luis (PRI)


Fecha de presentación: 29-Abril-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer un esquema de cobro gradual que los concesionarios mineros deberán pagar por la recuperación y aprovechamiento del gas, en sustitución de la tasa del 40 por ciento aplicable a la diferencia entre el valor anual del gas y las deducciones fiscales permitidas. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 16-Abril-2013
137   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.


Proponente: Ugalde Alegría Aurora Denisse (PRI)


Fecha de presentación: 29-Abril-2013

  - Atención a Grupos Vulnerables
Incluir el concepto de ¿Perspectiva de género¿ y ¿Servicios de asistencia¿. Facultar al Ejecutivo Federal para promover el pleno goce y ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad, reconociendo la igualdad de sus derechos ante la ley, a la privacidad, a la seguridad, la protección contra la tortura y tratos crueles inhumanos o degradantes, explotación, abusos, violencia, y la atención en situaciones de riesgo o emergencia. Facultar a la Secretaría de Salud para asegurar que en el diseño, ejecución y evaluación de los programas generales de salud, se contemple a las personas con discapacidad como usuarias y se consideren sus necesidades específicas para beneficiarse en un plano de equidad con el resto de la población. Prever la adecuación de la infraestructura básica, espacio público, equipamiento del entorno urbano, servicios urbanos, e instalaciones a las que tiene acceso el público, sea obligatoria en las nuevas construcciones. Establecer las facultades del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad. Aprobada
con fecha 4-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 16-Abril-2013
138   Proyecto de decreto que reforma los artículos 3° y 9° de la Ley de Coordinación Fiscal.


Proponente: López Cisneros José Martín (PAN)


Fecha de presentación: 29-Abril-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer la obligación en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de informar a la Cámara de Diputados, el estado de la recaudación de ingresos propios de los estados y municipios de manera mensual. Se establece que las entidades y los municipios, sólo podrán afectar sus participaciones, siempre y cuando sus obligaciones respaldadas con participaciones para cada ejercicio fiscal, no excedan un monto equivalente al 25% de la totalidad de la recaudación que efectúen de cada uno de sus impuestos y derechos locales. Se establece que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público elaborará un informe mensual sobre la deuda pública de los gobiernos estatales y municipales, cuya garantía corresponda a las participaciones federales, desglosando la información prioritaria de los contratos de deuda, montos, tasas de interés, comisiones, plazos de vencimiento, acreedores, entre otros, además de incluir la información que permita evaluar si la deuda que contratan los estados y los municipios se refiere a los proyectos de inversión pública productiva que generen beneficios sociales y económicos. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 16-Abril-2013
139   Proyecto de decreto que reforma el artículo 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.


Proponente: Angulo Parra Carlos Fernando (PAN)


Fecha de presentación: 29-Abril-2013

  - Gobernación
Especificar en la atribución que tiene la Secretaría de Educación Pública de organizar, promover y supervisar programas de capacitación y adiestramiento en coordinación con las dependencias del Gobierno Federal, los Gobiernos de los Estados y de los Municipios, que de la misma forma se coordine con el Distrito Federal y con las personas físicas o morales para llevar a cabo dichas actividades; además de organizar servicios de educación básica para adultos. Aprobada
con fecha 12-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 16-Abril-2013
140   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura.


Proponente: Sahui Rivero Mauricio (PRI)


Fecha de presentación: 29-Abril-2013

  - Derechos Humanos
Establecer que cuando se inicie una investigación sobre hechos constitutivos del delito de tortura y exista el riesgo de que el hecho se repita o se obstruya la investigación, se procurará que los funcionarios públicos probablemente involucrados en esos hechos, se les comisione a realizar funciones que no estén relacionadas con la detención o vigilancia de personas. Se establece que para efectos de la aplicación de la ley, los tribunales de los Estados Unidos Mexicanos tienen jurisdicción para conocer de los delitos que se cometan en cualquier parte de su territorio o a bordo de una aeronave o buque matriculado por éste; cuando el presunto delincuente o la víctima sean de nacionalidad mexicana; y cuando el presunto delincuente sea extranjero y se encuentre en territorio nacional, siempre y cuando se niegue a éste su extradición; lo anterior, cuando el probable responsable no haya sido juzgado definitivamente en el país en que se cometió el delito. Establecer que las personas sujetas a un procedimiento penal se les aplique un reconocimiento médico, que se base en los formularios del Protocolo de Estambul, debiendo asentar en su dictamen los signos físicos y psicológicos de tortura y malos tratos observados. Aprobada
con fecha 31-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 17-Abril-2013
141   Proyecto de decreto que reforma el Artículo Segundo Transitorio de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.


Proponente: Astiazarán Gutiérrez Antonio Francisco (PRI)


Fecha de presentación: 29-Abril-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer que no se considerará que los residentes en el extranjero tienen establecimiento permanente en el país, únicamente por las operaciones de maquila que contraten directa o indirectamente con empresas con Programa de Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX) bajo la modalidad de albergue, cuando para dichas operaciones se utilicen materias primas, maquinaria o equipo proporcionados directa o indirectamente por el residente en el extranjero, siempre que dichos residentes no sean partes relacionadas de la empresa con programa de maquila bajo la modalidad de albergue de que se trate, ni de una parte relacionada de dicha empresa. Prever las obligaciones fiscales y aduaneras que deberán cumplir las empresas con programa IMMEX bajo la modalidad de albergue. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 18-Abril-2013
142   Proyecto de decreto que reforma el artículo 79 de la Ley General de Salud.


Proponente: Dávila Delgado Mario Alberto (PAN)


Fecha de presentación: 29-Abril-2013

  - Salud
Considerar que para el ejercicio de las actividades profesionales en el campo de la optometría, se requiere de título profesional o certificado de especialización. Aprobada
con fecha 6-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 18-Abril-2013
143   Proyecto de decreto que reforma los artículos 16 y 18 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.


Proponente: Monreal Ávila Ricardo (MC)

Suscrita por el Dip. Ricardo Mejía Berdeja (MC)
Fecha de presentación: 29-Abril-2013

  - Atención a Grupos Vulnerables
Considerar que los edificios privados, al igual que los públicos, deberán sujetarse a la legislación y normas oficiales mexicanas vigentes, para el aseguramiento de la accesibilidad a los mismos de las personas con discapacidad. Asimismo, considerar las facilidades de créditos de vivienda que sean generadas por instituciones privadas, dirigidas a este grupo de personas. Aprobada
con fecha 4-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 23-Abril-2013
144   Proyecto de decreto que reforma los artículos 31 y 39 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.


Proponente: Fujiwara Montelongo René Ricardo (NUEVA ALIANZA)


Fecha de presentación: 29-Abril-2013

  - Seguridad Pública
Incluir en las funciones de la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario, garantizar espacios en los centros penitenciarios, para el sano desarrollo de los hijos menores de seis años que permanezcan al cuidado de las mujeres reclusas; satisfaciendo necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento, y atendiendo al principio del interés superior de la niñez y el absoluto respeto a los derechos humanos, ejerciendo acciones coordinadas con las instituciones y organizaciones de la sociedad civil encargadas de velar por los derechos de la niñez. Establecer la concurrencia de facultades entre los tres niveles de gobierno, en el ámbito de sus respectivas competencias, para garantizar el establecimiento de dichos espacios. Aprobada
con fecha 3-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 23-Abril-2013
145   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil.


Proponente: Castaños Valenzuela Carlos Humberto (PAN)


Fecha de presentación: 29-Abril-2013

  - Transportes
Establecer la definición de ¿equipaje facturado¿, entendido como el equipaje custodiado por el concesionario y para el cual se emite un talón de equipaje. Incrementar de ¿40¿ a ¿80¿ salarios mínimos, la indemnización correspondiente por la destrucción, avería o pérdida del equipaje de mano. Establecer que la indemnización para el caso del equipaje facturado será de 200 salarios mínimos. Se establece el procedimiento para la indemnización, cuando el valor del equipaje facturado sea mayor a 200 salarios mínimos. Eliminar al Código Civil para el Distrito Federal como legislación aplicable en materia de navegación aérea civil. Aprobada
con fecha 20-Abril-2014



Publicación en Gaceta: 24-Abril-2013
146   Proyecto de decreto que reforma el artículo 39 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.


Proponente: Castillo Rodríguez Minerva (PRI)


Fecha de presentación: 29-Abril-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Prever que los contribuyentes podrán optar por que las autoridades fiscales, en lugar de que determinen en forma presuntiva el valor de los actos o actividades por los que se deba pagar el IVA, apliquen el coeficiente que corresponda para las personas físicas y las morales que, en territorio nacional, realicen los actos o actividades, conforme a lo siguiente: 60% para los que enajenen bienes; 30% por la prestación de servicios independientes; 30% para los que otorguen el uso o goce temporal de bienes; y 30% para los que importen bienes o servicios. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 25-Abril-2013
147   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.


Proponente: Nolasco Ramírez Yesenia (PRD)


Fecha de presentación: 29-Abril-2013

  - Medio Ambiente y Recursos Naturales
Añadir a la Ley General de Cambio Climático, como ordenamiento regulador en materia de aprovechamiento sustentable, protección y preservación de los recursos forestales y del suelo. Añadir a la definición de saneamiento forestal, las acciones de diagnostico, prevención y detección de plagas. Añadir a la definición de sanidad forestal, el diagnostico y prevención de plagas y enfermedades forestales. Otorgar a la federación la atribución de establecer las bases para la implementación de acciones encaminadas a la mitigación y adaptación del cambio climático. Otorgar a la Comisión Nacional Forestal, la atribución de formular, coordinar y evaluar los programas y acciones para detectar, diagnosticar, prevenir, controlar y combatir plagas y enfermedades forestales. Facultar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para emitir normas oficiales mexicanas en materia forestal, con el objeto de diagnosticar, prevenir, controlar y combatir las plagas y las enfermedades forestales. Establecer que el sistema de evaluación y alerta sanitaria de terrenos forestales, será actualizado anualmente por la Comisión Nacional Forestal, mismo que tomará en cuenta los atlas de riesgo ante el cambio climático. Establecer que la Comisión Nacional Forestal, organizará campañas de educación y capacitación de las medidas para detectar, diagnosticar, prevenir, controlar, combatir plagas y enfermedades forestales, así como para evaluar los daños ocasionados. Obligar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a las autoridades estatales competentes, a notificar al obligado, sobre la detección de plagas o enfermedades forestales, para que éste realice las labores de sanidad en un plazo no mayor de 30 días. Considerar como zonas prioritarias, las áreas que hayan sido objeto de un saneamiento a causa de plagas y enfermedades forestales. Aprobada
con fecha 20-Noviembre-2013



Publicación en Gaceta: 25-Abril-2013
148   Proyecto de decreto que reforma el artículo 21 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Mejía Berdeja Ricardo (MC)

Suscrita por el Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)
Fecha de presentación: 29-Abril-2013

  - Derechos de la Niñez
Prever que las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a ser protegidos contra actos u omisiones dolosas que puedan afectar su salud emocional y sexual. Las normas establecerán las formas de prevenir estas conductas. Considerar la protección de las niñas, niños y adolescentes, cuando se vean afectados por la delincuencia organizada. Aprobada
con fecha 24-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 25-Abril-2013
149   Proyecto de decreto que reforma el artículo 2° de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.


Proponente: Nolasco Ramírez Yesenia (PRD)


Fecha de presentación: 29-Abril-2013

  - Pesca
Modificar en los objetivos de la ley, el ¿procurar¿ por ¿garantizar¿ el derecho al acceso, uso y disfrute preferente de los recursos pesqueros y acuícolas de las comunidades y pueblos indígenas. Aprobada
con fecha 13-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 25-Abril-2013
150   Proyecto de decreto que reforma los artículos 3° y 8° de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.


Proponente: Madrid Tovilla Areli (PRI)

Suscrita por el Dip. Manuel Añorve Baños (PRI)
Fecha de presentación: 29-Abril-2013

  - Gobernación
Incluir en la definición de datos personales sensibles, los datos biométricos, entendiéndose por estos las características fisiológicas de la persona, el reconocimiento facial, su huella dactilar, el análisis de la imagen del dedo, el reconocimiento del iris, el análisis de la retina, la geometría de la mano, el reconocimiento de la forma del oído, el reconocimiento vocal, el análisis de los poros de la piel y todas las demás que el avance tecnológico y científico desarrolle. Prever que en el tratamiento de datos personales, si el titular es un menor de edad, el consentimiento nunca será tácito; y para que sea considerado como expreso deberá constar la autorización del padre o tutor, cuya validez deberá ser verificada por el responsable del tratamiento de los datos. Aprobada
con fecha 5-Noviembre-2013



Publicación en Gaceta: 25-Abril-2013
151   Proyecto de decreto que reforma los artículos 263, 264 y 265 del Reglamento de la Cámara de Diputados.


Proponente: Gómez Pozos Merilyn (MC)


Fecha de presentación: 29-Abril-2013

  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Eliminar de la definición que se hace de ¿cabildero¿, que éste realice una actividad por el cual obtenga un beneficio material o económico. Prohibir a los servidores públicos de la Cámara de Diputados en ejercicio de sus funciones o hasta después de 2 años de haber sido cesados, así como a sus cónyuges y parientes por consaguinidad o afinidad hasta el cuarto grado, realizar actividades de cabildeo. Establecer que el número máximo de personas acreditadas para realizar actividades de cabildeo, será de veinte por cada Comisión, y dos por cada persona moral inscrita. Prohibir a los diputados y al personal de apoyo de la Cámara, aceptar dádivas o pagos en efectivo o en especie por parte de un cabildero, con el propósito de influir ilícitamente en las decisiones de dicho órgano legislativo. Aprobada
con fecha 15-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 25-Abril-2013
152   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Suscrita por diputados integrantes de diversos grupos parlamentarios.
Fecha de presentación: 30-Abril-2013

  - Puntos Constitucionales
Establecer que el Estado velará por la estabilidad de las finanzas públicas y del sistema financiero. Prever como facultad exclusiva de la Cámara de Diputados, la de iniciar leyes en materia de responsabilidad hacendaria; la de iniciar leyes que establezcan las bases generales de endeudamiento de las entidades federativas y municipios, además de los límites y modalidades en los que éstos, podrán afectar sus participaciones para cubrir los empréstitos y obligaciones de pago; la de conocer y objetar la estrategia de ajuste para fortalecer las finanzas públicas de los estados. Establecer que la entidad de fiscalización superior de la federación, tendrá a su cargo la fiscalización de garantías que otorgue el gobierno federal respecto a empréstitos de los estados y municipios. Responsabilizar a los servidores públicos por el mal manejo de recursos y deuda pública. Establecer que las entidades estatales de fiscalización, deberán fiscalizar las acciones de estados y municipios en materia de fondos, recursos federales y locales, y deuda pública. Establecer que las legislaturas locales deberán autorizar, mediante el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes, los montos máximos para contratar empréstitos y obligaciones, mismas que deberán liquidarse a más tardar tres meses antes del término del gobierno correspondiente. Aprobada
con fecha 17-Julio-2013



Publicación en Gaceta: 30-Abril-2013
153   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil y de la Ley de Aeropuertos.


Proponente: Carbajal Hernández Juan Manuel (PRI)


Fecha de presentación: 30-Abril-2013

  - Transportes
Ley de Aviación Civil: Prever las bases para el otorgamiento de los permisos para el establecimiento de talleres aeronáuticos. Establecer que los permisionarios extranjeros que presten el servicio de transporte aéreo privado comercial no podrán realizar prácticas de cabotaje en territorio nacional. Prever que la verificación de los requisitos del mantenimiento de la aeronavegabilidad se realizará conforme a los procedimientos establecidos por la Dirección General de Aeronáutica Civil. Establecer las causales por las que el personal técnico aeronáutico podrá perder la licencia indefinida. Considerar como responsabilidad del comandante abrir su plan de vuelo. Sancionar la práctica del cabotaje en territorio nacional, siendo permisionario extranjero de servicios de transporte aéreo privado comercial, con una multa de diez mil a veinticinco mil salarios mínimos.
Ley de Aeropuertos: Establecer las bases para el otorgamiento de los permisos para el establecimiento de un aeródromo civil.
Aprobada
con fecha 1-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 30-Abril-2013
154   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.


Proponente: Cárdenas del Avellano Enrique (PRI)


Fecha de presentación: 30-Abril-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Modificar la formula para obtener la utilidad fiscal. Modificar la denominación de ¿utilidad fiscal para pagos provisionales¿ por la de ¿utilidad base¿. Crear el concepto de ¿utilidad fiscal disminuida¿. Eliminar que las personas morales que distribuyan anticipos o rendimientos, podrán disminuir la utilidad fiscal para el pago provisional que corresponda. Establecer que, cuando los contribuyentes hubieran presentado el aviso de suspensión de actividades, no presentarán declaraciones de pago provisionales en el ejercicio de iniciación de operaciones. Explicitar los ingresos que se podrán sumar o restar los ingresos acumulables. Establecer que cada uno de los integrantes de una sociedad conyugal, presentarán los pagos provisionales que le correspondan por el arrendamiento de bienes inmuebles. Establecer que a los contribuyentes que perciban ingresos por la prestación de un servicio subordinado, les serán aplicables las disposiciones de subsidio al empleo. Obligar a efectuar pagos provisionales a los contribuyentes que únicamente obtengan ingresos por arrendamiento, uso o goce temporal de un inmueble, cuyo monto mensual no exceda de diez salarios mínimos elevados al mes. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 30-Abril-2013
155   Proyecto de decreto que reforma el artículo 32 de Ley del Impuesto sobre la Renta.


Proponente: Beristain Navarrete Luz María (Senadores)


Fecha de presentación: 8-Mayo-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Modificar el porcentaje en la deducción de los consumos en restaurantes, pasando de ¿87.5%¿ a ¿65%¿. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 14-Mayo-2013
156   Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, la Ley de Instituciones de Crédito y la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Justicia
Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros: facultar a la Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de las Instituciones Financieras para emitir recomendaciones a estas instituciones y hacerlas del conocimiento de sus organismos o asociaciones gremiales y el público en general; regular los contratos de adhesión y comprobantes de operaciones, vigilando que no contengan cláusulas abusivas; e impedir la difusión de información errónea de las Instituciones Financieras. Prever que la CONDUSEF podrá establecer disposiciones secundarias para definir las actividades de ofrecimiento y comercialización de las operaciones y servicios financieros. Crear el Sistema Arbitral en Materia Financiera, a través del cual las Instituciones Financieras podrán otorgar al usuario la facilidad de solucionar mediante arbitraje controversias sobre operaciones y servicios; y la integración del comité especializado en materia financiera, con representantes de la CONDUSEF, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Reducir los plazos establecidos en el proceso de conciliación y fortalecer el alcance del dictamen técnico para dotarlo, en los casos que proceda, con las características de título ejecutivo. Crear el Buró de Entidades Financieras, que contenga información relevante para los usuarios acerca del desempeño de éstas en la prestación de servicios.
Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros: obligar a las sociedades financieras populares, sociedades financieras comunitarias y sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, a registrar ante la CONDUSEF las comisiones que cobran por los servicios de pago y créditos. Permitir a los usuarios, transferir sus créditos a otra entidad financiera. Prohibir a las entidades financieras condicionar la contratación de operaciones o servicios financieros a la contratación de otra operación o servicio.
Ley de Instituciones de Crédito: obligar a las instituciones de crédito a cancelar las operaciones pasivas a solicitud del cliente, en un máximo de tres días hábiles y dar a conocer a la institución encargada de realizar los trámites de terminación, la información necesaria para ello.
Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores: ampliar el plazo de los créditos que otorgue el Instituto. Eliminar el supuesto de no endeudamiento en el cierre fiscal del Instituto en el caso de las garantías y financiamientos que éste otorgue.
Aprobada
con fecha 10-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 17-Mayo-2013
157   Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Ahorro y Crédito Popular y la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Justicia
Establecer que las Sociedades Financieras Populares, las Sociedades Financieras Comunitarias y las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, podrán contratar con terceros la prestación de los servicios necesarios para su operación, de conformidad con las disposiciones que emita la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, así como explicitar los elementos que dichas disposiciones deberán contener. Establecer que las operaciones que lleven a cabo los comisionistas deberán realizarse a nombre y por cuenta de las Sociedades Financieras Populares, asimismo, prever que éstas responderán por las operaciones que los comisionistas celebren por cuenta de dichas Sociedades. Facultar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para efectuar actos de supervisión, inspección y vigilancia respecto de los prestadores de servicios o comisionistas que las Sociedades Financieras Populares contraten, así como a practicar inspecciones a terceros o bien, ordenar a las sociedades realizar auditorías a dichos terceros. Establecer que, cuando se incumplan determinadas disposiciones legales o pueda verse afectada la operación de la Sociedad Financiera Popular o en protección de los intereses del público, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, previo derecho de audiencia de aquélla, podrá ordenar la suspensión parcial o total, temporal o definitiva, de la prestación de los servicios o comisiones. Establecer las prohibiciones que tiene la persona que auxilie a los clientes de las Sociedades Financieras Populares en la realización de operaciones propias de éstas. Establecer que las Sociedades Financieras Populares que acuerden con algún tercero la recepción masiva de recursos en efectivo, deberán celebrar con dichos terceros, un contrato de comisión mercantil. Impulsar el desarrollo del sector de ahorro y crédito popular, en especial el concerniente a las Sociedades Financieras Populares, las Sociedades Financieras Comunitarias y las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, mediante la incorporación de mecanismos que les permitan ampliar su cobertura y participar de mejor forma en las acciones de inclusión financiera. Establecer límites individuales y agregados a las operaciones que se realicen a través de los comisionistas. Establecer que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores puede solicitar a los prestadores de servicios, por conducto de las Sociedades Financieras Populares, de las Sociedades Financieras Comunitarias y de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, información y documentación respecto de los servicios que provean, así como realizar visitas de inspección y decretar las medidas que estime necesarias para asegurar la continuidad de los servicios que las Sociedades proporcionan. Facultar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para efectuar actos de supervisión respecto de los prestadores de servicios o comisionistas que las Sociedades contraten. Explicitar los requisitos que deberán incluir las publicaciones que haga la Comisión Nacional Bancaria y de Valores en su página de Internet, respecto de las sanciones que imponga a las entidades de ahorro y crédito popular, por infracciones a la Ley. En materia de sanciones, crear programas de autocorrección con la finalidad de subsanar infracciones no graves a la Ley, y Facultar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para abstenerse de imponer las sanciones correspondientes, cuando los hechos, actos u omisiones de que se trate no revistan gravedad, no haya reincidencia y no constituyan un delito. Calificar expresamente las conductas o infracciones graves, a efecto de evitar discrecionalidad por parte de la autoridad al momento de imponer sanciones. Reforzar el sistema de intercambio de información de las autoridades financieras nacionales entre sí y con autoridades financieras del exterior en ciertos supuestos y bajo el principio de reciprocidad. Aprobada
con fecha 10-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 17-Mayo-2013
158   Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Uniones de Crédito.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Justicia
Establecer que las operaciones con personas relacionadas, sean sometidas a la aprobación previa del Comité de Crédito, y una vez aprobadas por el Consejo de Administración, se presente a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores copia del acuerdo certificado por el Secretario del Consejo, informando de los términos en que fueron autorizadas. Prever que tratándose de operaciones por montos inferiores al equivalente en moneda nacional a quinientas mil unidades de inversión (UDIS) o el 5% del capital pagado de la unión de que se trate, éstas podrán ser autorizadas por el Comité de Crédito, debiendo informarse al Consejo de Administración sobre su celebración, así como a la asamblea ordinaria de accionistas. Modificar la limitación que tienen familiares hasta el cuarto grado de parentesco para obtener financiamiento. Establecer que las operaciones con partes relacionadas por un monto igual o menor al equivalente en moneda nacional a dos millones de UDIS, podrán ser autorizadas por un Comité de Crédito, cuya única función sea la de análisis y decisión de estas operaciones. Prever la capitalización de las Uniones de Crédito, a través de la emisión y suscripción de acciones preferentes hasta por un monto equivalente al 25% del capital ordinario. Homologar el régimen de la Ley de Uniones de Crédito con el de las diversas leyes financieras, a fin de definir de manera clara y precisa la prohibición general respecto de la participación de gobiernos extranjeros en el capital social de entidades financieras en México. Adicionar el concepto de experiencia empresarial al perfil de conocimientos necesarios para participar en el Consejo de Administración de las Uniones de Crédito. Prever que el Comité de Auditoría que asista con carácter consultivo al Consejo de Administración, deba ser presidido por un consejero independiente. Incluir en el catálogo de operaciones permitidas a las Uniones de Crédito, el arrendamiento puro de activos. Facultar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, para solicitar al comisario que convoque a asamblea e informe a los accionistas respecto de la situación que guarde la sociedad; así como para abstenerse de imponer las sanciones respectivas, siempre y cuando los hechos, actos u omisiones de que se trate no revistan gravedad o no constituyan un delito y ampliando los supuestos para revocar una autorización. Facultar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, para difundir a través de su sitio electrónico, las resoluciones que emita como consecuencia de la substanciación de los procedimientos administrativos de sanción de las Uniones de Crédito. Incluir en la figura de los programas de autocorrección a los que podrán sujetarse las Uniones de Crédito, con el objeto de subsanar incumplimientos a la Ley, siempre que tales conductas no sean consideradas como infracciones graves. Aprobada
con fecha 10-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 17-Mayo-2013
159   Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito, de la Ley Reglamentaria de la fracción XIII bis del Apartado B, del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica de Nacional Financiera, de la Ley Orgánica del Banco Nacional de Comercio Exterior, de la Ley Orgánica del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, de la Ley Orgánica del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, de la Ley Orgánica del Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, de la Ley Orgánica de Sociedad Hipotecaria Federal, de la Ley Orgánica de la Financiera Rural y de la Ley General deTítulos y Operaciones de Crédito.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Justicia
Fortalecer y modernizar la operación de la Banca de Desarrollo, mediante modificaciones a diversos ordenamientos jurídicos, dotándola de mayor autonomía de gestión y facilitando el otorgamiento de crédito por parte de sus instituciones, así como flexibilizar sus inversiones y liberarla de restricciones adicionales a las de la banca múltiple. Prever que las instituciones de Banca de Desarrollo tendrán por objeto facilitar el acceso al crédito y a los servicios financieros, determinando tasas, plazos, riesgos de las operaciones y tipos de negocio. Establecer que la Banca de Desarrollo debe crear programas para la atención de las áreas prioritarias del desarrollo nacional que promuevan la inclusión financiera, así como productos específicos para atender la perspectiva de género. Prever que las instituciones de Banca de Desarrollo deberán establecer un manual de remuneraciones, jubilaciones, derechos y obligaciones específico para los trabajadores de confianza, para lo cual contarán con comités de recursos humanos que tomen en cuenta la situación del mercado laboral en el sistema financiero mexicano, conforme a los criterios que determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que opinarán y propondrán en términos de las condiciones generales de trabajo, los tabuladores de sueldos y prestaciones, política salarial y el otorgamiento de percepciones extraordinarias por el cumplimiento de metas sujetas a la evaluación del desempeño; políticas de ascensos, promociones y jubilaciones; lineamientos de selección, reclutamiento y capacitación; criterios de separación y demás prestaciones económicas y de seguridad social establecidas en beneficio de los servidores públicos que laboren en cada Sociedad, lo cual deberá aprobarse por el Consejo Directivo. Establecer que el Subsecretario de Hacienda y Crédito Público será quien presida el Comité, contando con voto de calidad en caso de empate, que en caso de ausencia del Subsecretario, presidirá el Comité y ejercerá el voto de calidad el Titular de la Unidad de Banca de Desarrollo. Prever que en las inversiones de la Banca de Desarrollo, las instituciones podrán realizarlas en el capital social o empresas de diversos tipos de sociedades. Facultar al Consejo Directivo para emitir normas o bases generales para la contratación de servicios, así como para la cesión de activos y pasivos de la institución. Considerar que las reuniones del Consejo Directivo sean una vez cada dos meses, sesionando válidamente con por lo menos la mitad del número de consejeros que integren el Consejo Directivo en cada uno de los bancos y la Financiera Rural, siempre y cuando se reúnan de entre los consejeros las dos terceras partes de los mismos, representando a la serie ¿A¿. Establecer el procedimiento para la designación de los delegados fiduciarios especiales de los fideicomisos públicos que sean considerados entidades paraestatales. Prever que las Sociedades Nacionales de Crédito se encuentren facultadas para prestar los servicios de asistencia y defensa legal a los integrantes de su Consejo Directivo, comités establecidos por el mismo o previstos por disposición normativa, así como a los servidores públicos que laboren o hubieren laborado en la propia institución; con respecto a los actos que dichas personas realicen en el ejercicio de las funciones que tengan encomendadas por ley y de conformidad con los lineamientos que para tal efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Prever que en aquellos casos en los que se requiera atención inmediata, las instituciones de banca de desarrollo podrán otorgar créditos considerando integralmente sólo la viabilidad del crédito con lo adecuado y suficiente de las garantías, previa autorización del Consejo Directivo de la institución. Se considera que los cambios jurídicos beneficiarán a la Banca de Desarrollo, eliminando restricciones de la Banca Múltiple innecesariamente extendidas a ésta; evitará la concentración de capital; se posibilitará la adquisición de acciones de otras instituciones de crédito o recibirlas en garantía; permitirá que la Banca de Desarrollo cuente con una mayor independencia en la estructura y operación de su administración interna.
Ley Orgánica del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada.
Incluir los préstamos a mediano plazo, los términos y condiciones del otorgamiento de préstamos y otras facultades del Consejo Directivo; eliminar los topes máximos de préstamos a corto plazo así como la prohibición que impedía el otorgamiento de otro préstamo mientras uno anterior permaneciera insoluto.
Ley Orgánica del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos.
Prever que aunado al financiamiento y refinanciamiento, se le de apoyo a los proyectos relacionados directa o indirectamente con la inversión pública o privada. Facultar a BANOBRAS para que pueda otorgar garantías y avales sin necesidad de obtener autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en igualdad jurídica con las demás entidades de la Banca de Desarrollo y para que pueda actuar como fiduciario y fideicomisario y realizar operaciones con la propia sociedad en cumplimiento de fideicomisos.
Ley Orgánica de Sociedad Hipotecaria Federal.
Derogar la disposición transitoria del Decreto por el que se expide la Ley Orgánica de Sociedad Hipotecaria Federal, por el que se establece que las obligaciones que contrajera la Sociedad Hipotecaria Federal a partir del 1 de enero de 2014, no contarían con la garantía del Gobierno Federal. Establecer que el Gobierno Federal responderá en todo tiempo por las operaciones pasivas concertadas por Sociedad Hipotecaria Federal, con personas físicas o morales nacionales y con instituciones del extranjero privadas, gubernamentales e intergubernamentales.
Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
Establecer que el monto total nominal de una emisión de certificados de participación será fijado mediante dictamen que formule alguna Sociedad Nacional de Crédito, previo peritaje que practique de los bienes fideicomitidos materia de esa emisión. Considerar que la Sociedad Nacional de Crédito, al formular su dictamen y fijar el monto tomará como base el valor comercial de los bienes y, si se tratare de certificados amortizables, estimarán sobre éste un margen prudente de seguridad para la inversión de los tenedores correspondientes.
Aprobada
con fecha 10-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 17-Mayo-2013
160   Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código de Comercio, de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Justicia
Código de Comercio: fortalecer los procesos mercantiles para facilitar el cobro de créditos y la ejecución de garantías en caso de incumplimiento; posibilitar al actor para que elija la vía en la que ha de ejercitar su acción, en los casos en que el crédito cuente con garantía real. Obligar al juez a efectuar la notificación de las resoluciones que emite, al día siguiente al en que se dicten; para el caso de notificación de admisión de demanda reconvencional, esta deberá hacerse personalmente. Incluir en las causas de impedimento que puede alegar el juzgador para no conocer de un proceso, cuando participen en la mediación o conciliación. Reducir de ¿ocho¿ a ¿cinco¿ días, el plazo para celebrar la audiencia de admisión de pruebas. Admitir recurso de revocación en contra de los decretos que impliquen determinaciones de trámite. Salvaguardar los derechos del actor en la reconvención, cuando la demanda reconvencional sea superior a lo requerido para establecerse juicio oral, y brindar la oportunidad al actor para hacerlos valer en la vía ordinaria. Facultar al juzgador para que en caso de que no pueda resolverse un incidente interpuesto dentro de la audiencia de juicio, éste pueda ser resuelto en la sentencia definitiva del juicio principal. Dotar de fuerza ejecutoria a los documentos públicos en los que consten obligaciones exigibles y a los convenios celebrados ante la Procuraduría Federal del Consumidor y la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros. Precisar las providencias precautorias en un juicio en materia mercantil (embargo, arraigo y secuestro provisional de bienes), establecer los supuestos en los que proceden, así como los requisitos. Permitir acceso al acreedor a los bienes embargados, a fin de practicar avalúos y probar la suficiencia para el pago del adeudo.
Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito: establecer que cuando las partes hubieren pactado la transferencia de propiedad del efectivo y exista un incumplimiento de las obligaciones garantizadas, el acreedor prendario conservará el efectivo, hasta por la cantidad que importen las obligaciones garantizadas, sin necesidad de que exista un procedimiento de ejecución o resolución judicial, extinguiéndose éstas por dicho monto.
Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación: regular la competencia de los Juzgados de Distrito que se especializarán en materia mercantil.
Aprobada
con fecha 10-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 17-Mayo-2013
161   Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Concursos Mercantiles.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Justicia
Adicionar los principios de ¿trascendencia¿, ¿economía procesal¿, ¿celeridad¿, ¿publicidad¿ y ¿buena fe¿, bajo los cuales, el juez y los demás sujetos del proceso deberán regir sus actuaciones. Establecer el concepto de ¿firma electrónica¿, entendida como el medio de ingreso al sistema electrónico del Poder Judicial de la Federación, como opción para intervenir en diferentes etapas del proceso judicial. Permitir a cualquier persona solicitar al juez información sobre el procedimiento de concurso mercantil, en virtud de que éste es un procedimiento público. Establecer que los comerciantes que formen parte del mismo grupo societario, podrán solicitar la declaración judicial conjunta de concurso mercantil. Adicionar a los anexos que se deben acompañar en la solicitud de declaración de concurso mercantil, la obligación de presentar propuesta de convenio preliminar de pago a acreedores y de conservación de la empresa, así como los acuerdos corporativos sobre el concurso mercantil, en caso de personas morales. Otorgar al acreedor, la posibilidad de solicitar el concurso mercantil iniciando directamente en etapa de quiebra. Establecer que los titulares de los órganos jurisdiccionales serán responsables de vigilar la digitalización de todas las promociones y documentos que se presenten. Permitir que el comerciante pueda solicitar al juez la contratación inmediata de créditos indispensables para mantener la operación de la empresa durante la tramitación del concurso mercantil. Prever la posibilidad de que los acreedores que representen el 10% del pasivo a cargo del comerciante, podrán nombrar a un interventor. Facultar a los acreedores, interventores, comerciantes o accionistas, a ejercer la acción de responsabilidad. Disminuir la cantidad mínima de acreedores reconocidos que podrán solicitar al juez, prórroga o ampliación de la etapa de conciliación. Facultar a comerciantes y acreedores para designar de común acuerdo, a la persona física o moral que fungirá como conciliador. Establecer reglas a seguir para el proceso de suscripción del convenio, cuando se trate de créditos colectivos cuyos títulos o instrumentos hayan sido emitidos a través del mercado de valores. Crear la figura de ¿acreedores subordinados¿, que serán aquéllos que designe el comerciante, cuyos créditos no hubieren sido reconocidos dentro de los plazos que maraca la ley, o aquéllos acreedores titulares de créditos sin garantía real. Adicionar a la ley, un Título relativo a la responsabilidad de los administradores, entendiéndose por éstos, los miembros del consejo de administración y los empleados relevantes del comerciante, establecer los supuestos bajo los cuales, dichos administradores incurrirán en responsabilidad. Sancionar de tres a doce años de prisión, al administrador o representante legal del comerciante que realice cualquier acto u operación ilícita que genere un daño en el patrimonio del comerciante, en beneficio propio o de terceros. Otorgar al Consejo de la Judicatura Federal, un plazo de ciento ochenta días naturales, para emitir los acuerdos que considere necesarios a efecto de establecer las bases que permitan el correcto funcionamiento del juicio a través de medios electrónicos. Aprobada
con fecha 10-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 17-Mayo-2013
162   Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Justicia
Reordenar el marco regulatorio aplicable a las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (SOFOM), y el marco de inversión extranjera vigente, al sistema financiero. Establecer como requisito para ser considerada SOFOM, tener acceso a los beneficios fiscales, el registro ante la Comisión para la Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros (CONDUSEF). Será obligación de las SOFOM, mantener actualizada su información ante la CONDUSEF, pudiendo cancelar el registro por su incumplimiento. Facultar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y al Banco de México, para requerir información a las SOFOM para el adecuado desempeño de sus funciones; asimismo, establecer la atribución de la CONDUSEF para solicitar información a las SOFOM, con fines estadísticos. Actualizar los aspectos regulatorios aplicables a las casas de cambio. Eliminar la restricción a la inversión extranjera. Establecer los capitales mínimos con que deberán contar las casas de cambio y los almacenes generales de depósito. Prever los requisitos para las personas que desempeñen el papel de bodegueros habilitados. Modificar los procedimientos de remate de mercancías en caso de abandono o incumplimiento por parte de los depositantes. Crear el Sistema de Información de Almacenamiento de Productos Agropecuarios, que dependa de la SAGARPA, además de un Registro Público, denominado Registro Único de Certificados, Almacenes y Mercancías (RUCAM) que estará a cargo de la Secretaría de Economía. Prohibir la participación de gobiernos extranjeros en el capital social de entidades financieras en territorio nacional. Incrementar el monto de las multas que pueden ser impuestas, a efecto de inhibir la comisión de conductas infractoras. Facultar a la CNBV para establecer las conductas que se consideran nocivas para el sano desarrollo y funcionamiento del sistema financiero. Facultar a la CNBV para llevar a cabo visitas de inspección a emisoras de valores inscritos en el Registro Nacional de Valores. Aprobada
con fecha 10-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 17-Mayo-2013
163   Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito, la Ley de Concursos Mercantiles, la Ley de Protección al Ahorro Bancario y la Ley del Mercado de Valores.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Justicia
Ley de Instituciones de Crédito: Establecer un esquema específico para el tratamiento de instituciones bancarias insolventes, entendidas como aquellas cuyos activos sean insuficientes para cumplir con sus obligaciones de pago. Crear el proceso de liquidación judicial bancaria, que permita maximizar la recuperación del valor de los activos de una institución bancaria con problemas de insolvencia. Establece causales de revocación e inicio del proceso, mismo que se actualizará cuando los activos de la institución bancaria de que se trate, no sean suficientes para cubrir sus pasivos de conformidad con un dictamen que elabore la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, o en su caso, el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, que fungirá como liquidador judicial. Prever el plazo para llevar a cabo el procedimiento de reconocimiento de créditos, mismo que no puede exceder de cincuenta y cinco días contados a partir de que la institución sea declarada en liquidación judicial. En materia de enajenación de activos, establecer que durante todo el procedimiento el IPAB informará al juez que conozca del proceso, sobre los procesos que se lleven a cabo para la enajenación de los bienes de la institución. Modificar el orden de prelación de pago que existe actualmente en la liquidación administrativa e incluirla en los mismos términos en el proceso de liquidación judicial.
Establecer que ningún Juez podrá suspender la ejecución de las resoluciones que se dicten en el proceso de liquidación judicial, únicamente cuando lo solicite el IPAB y que dicha ejecución pudiese causar daños y perjuicios de difícil reparación. Se establecen disposiciones relacionadas con la responsabilidad patrimonial del Estado. Tipificar como delito ciertas conductas que pudieran realizarse en relación con los supuestos de la liquidación judicial, como son: alteración de contabilidad, realización de algún acto que cause la extinción del capital de la institución de banca múltiple; solicitar el reconocimiento de un crédito inexistente dentro del procedimiento de liquidación; entre otros. En materia de resoluciones bancarias, modificar los plazos de audiencia para la revocación, establecer plazos diferenciados para que las instituciones de banca múltiple manifiesten lo que a su derecho convenga. Incorporar la opción de llevar a cabo operaciones de transferencia de activos y pasivos a un Banco Puente, en aquellos casos en los que le Comité de Estabilidad Bancaria lo determine. Eliminar el requisito de que el depositante tenga que presentar una solicitud de pago por concepto de obligaciones garantizadas, especificando que dicho pago se realizará con base en la información que los bancos clasifican en sus sistemas. Sustituir el nombre de Comité de Estabilidad Financiera por el de Comité de Estabilidad Bancaria. Establecer que en caso de que el IPAB no cuente con el personal suficiente, a solicitud de la Junta de Gobierno del Instituto, se comisione temporalmente a personal de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y del Banco de México para auxilio de éste. Integra un método de resolución específico para el tratamiento de instituciones de banca múltiple ilíquidas cuyo cumplimiento de pagos pudiera tener efectos sistémicos, a criterio del Comité de Estabilidad Bancaria. Crear el Comité de Regulación de Liquidez Bancaria, encargado de dictar las directrices sobre las cuales se determinarán los requerimientos de liquidez que deberán cumplir las instituciones de banca múltiple. Facultar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para ordenar a las instituciones de banca múltiple requerimientos de capital, adicionales a los previstos en la Ley de Instituciones de Crédito; y para establecer medidas aplicables a las instituciones de crédito a efecto de incentivar la canalización de mayores recursos al financiamiento del sector productivo. Prohibir la participación de gobiernos extranjeros en el capital social de instituciones de banca múltiple en México. Homologar las disposiciones aplicables a la participación de gobiernos extranjeros para que sean aplicables también a las filiales de instituciones financieras del exterior.
Ley de Concursos Mercantiles: Modificar la denominación y las disposiciones del Capítulo II del Título Octavo ¿Del concurso mercantil de las instituciones de crédito¿ por el de ¿Del concurso mercantil de las Instituciones Financieras¿, a efecto de que sean aplicables a instituciones financieras cuyas leyes que las regulan remitan expresamente a dichas disposiciones y extraer de su ámbito de aplicación a las instituciones de banca múltiple.
Ley de Protección del Ahorro Bancario: Derogar diversas disposiciones relativas al pago de obligaciones garantizadas y a la enajenación de bienes por parte del IPAB, en razón de que éstas se integrarán a la Ley de Instituciones de Crédito. Prever que el IPAB establezca el tratamiento de cuentas mancomunadas o que tengan más de un titular.
Ley del Mercado de Valores: Establecer que el Gobierno Federal podrá otorgar recursos al SAE dentro de los procedimientos de liquidación o concurso mercantil en los que éste último se desempeñe como liquidador o síndico.
Aprobada
con fecha 10-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 17-Mayo-2013
164   Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Sociedades de Inversión y la Ley del Mercado de Valores.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Justicia
Ley de Sociedades de Inversión: Modificar la denominación del ordenamiento jurídico, para quedar como ¿Ley de Fondos de Inversión¿, asimismo, actualizar la denominación de ¿sociedades de inversión¿ por ¿fondos de inversión¿, (salvo las sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro), e integrar conceptos relacionados con su naturaleza jurídica. Definir los fondos de inversión, como una sociedad anónima de capital variable con el objeto exclusivo de adquirir o vender activos a persona indeterminada a través de servicios de intermediación financiera, sujetándose a la supervisión, regulación y sanción de la Comisión Nacional de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Establecer un procedimiento expedito y flexible para la escisión de sociedades y concentrar en ellas activos de los que no fue posible realizar valuación. Crear un subtipo de sociedad anónima similar al plasmado en la Ley del Mercado de Valores respecto de las sociedades anónimas bursátiles, conservando la naturaleza societaria de estas entidades financieras. Permitir que las sociedades de inversión, se constituyan ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, solo con un socio fundador, que tendrá a su cargo: la toma de decisiones que corresponden a la asamblea de accionistas y las funciones del consejo de administración. Otorgar a los accionistas de las sociedades de inversión únicamente derechos patrimoniales sin que puedan decidir el rumbo de ésta. Actualizar la regulación de los órganos societarios de las sociedades operadoras distribuidoras de acciones de y valuadoras de acciones de sociedades de inversión. Fijar las reglas para la participación del auditor externo en las sociedades de inversión. Permitir a las sociedades de inversión, elegir la distribuidora o entidad en que deseen depositar sus acciones para su custodia y distribución, precisando el alcance y responsabilidad en la prestación de dichos servicios. Homologar conceptos y normas establecidas en leyes relativas al sistema financiero mexicano, y a los procedimientos administrativos de sanción de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores relativas a incorporar sanciones que se considerarán como graves, adicionar el ejercicio de la facultad de amonestar, posibilitar la divulgación de sanciones impuestas, incorporar el régimen de programas de autocorrección e incrementar el monto de las multas a infracciones que consistan en realizar operaciones prohibidas o no autorizadas, exceder porcentajes máximos o no respetar los mínimos previstos en las normas de carácter general derivadas de éste ordenamiento, pasando de ¿100 a 10,000¿ a ¿10,000 a 100,000¿ días de salario mínimo.
Ley del Mercado de Valores: Incluir la inscripción en el Registro Nacional de Valores, de los fondos de inversión constituidos y organizados en términos de la Ley de Fondos de Inversión, así como los actos que la misma ley indique deban ser inscritos, como son los asientos y anotaciones registrales relativos a su constitución, así como a sus demás hechos y actos corporativos. Se establece que la sección del Registro en la que se inscriban los fondos de inversión, se llevará mediante la asignación de folios electrónicos por cada uno, en los que constarán los asientos relativos a la constitución, revocación, fusión, escisión y demás actos de carácter registral, relativos a los fondos de inversión; así como un apéndice por cada folio, en el que se incorporen las actas del consejo de administración de la sociedad operadora que les proporcione servicios de administración que hayan servido de base para llevar a cabo la inscripción de que se trate.
Aprobada
con fecha 10-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 17-Mayo-2013
165   Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Mercado de Valores.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Justicia
Adicionar un régimen especial mediante el cual las emisoras de valores puedan realizar ofertas públicas dirigidas a determinada clase de inversionistas. Incrementar de ¿3¿ a ¿10¿ años, el plazo otorgado para que las Sociedades Anónimas Promotoras de Inversión Bursátil modifiquen su modalidad a Sociedades Anónimas Bursátiles. Establecer al capital contable, con un mínimo de doscientos cincuenta millones de unidades de inversión, como la medida para cuantificar el valor para que las sociedades anónimas promotoras de inversión bursátil deban transformarse en sociedades anónimas bursátiles. Otorgar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), la emisión de atribuciones tendientes a incrementar la transparencia, la efectividad de controles internos que permitan determinar responsabilidades de la administración, entre otras. Establecer normas a las que deberán sujetarse las instituciones de crédito y casas de bolsa, respecto de la prestación de servicios de inversión a sus clientes. Facultar a la CNBV para regular la actuación de las instituciones de crédito y casas de bolsa en determinadas materias, y para supervisar a los asesores en inversiones que proporcionen de manera habitual y profesional, servicios de administración de cartera de valores u otorguen asesoría de inversión. Establecer que las sociedades que administran sistemas para facilitar operaciones con valores puedan prestar sus servicios a inversionistas nacionales o extranjeros. Facultar a la CNBV, para emitir normas relativas a controles internos, prevención de conflictos de interés, prácticas societarias y de auditoría, transparencia y equidad, dirigidas a todos los agentes que participan en el mercado de valores; para permitir la celebración de acuerdos con bolsas de valores del exterior. Eliminar la limitación que restringe a cada accionista, ser propietario de una sola acción. Establecer que los subyacentes de los títulos opcionales, puedan ser determinados por el Banco de México. Explicitar que los derechos para designar comisarios y consejeros en las sociedades anónimas bursátiles y sociedades anónimas promotoras de inversión, se podrán ejercer por cada diez por ciento de acciones representadas en el capital social de la sociedad. Obligar a las emisoras a llevar un control sobre las personas que tengan acceso a información relevante, así como aquellas con valores inscritos en el Registro Nacional de Valores, a informar a la CNBV y a la bolsa en la que listen sus valores, los eventos relevantes o información relativa a movimientos inusitados en el mercado. Incorporar las reglas que la CNBV deberá valorar en la imposición de sanciones, así como disposiciones relacionadas con multas, faltas graves y el régimen de programas de autocorrección. Aprobada
con fecha 10-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 17-Mayo-2013
166   Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, de la Ley del Banco de México, de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, de la Ley de Inversión Extranjera y del Código Federal de Procedimientos Penales.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Justicia
Facultar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para difundir a través de su portal de Internet las resoluciones que emita como consecuencia de la substanciación de los procedimientos administrativos de sanción; elaborar y publicar estadísticas de las entidades y mercados financieros, indicadores de solvencia, estabilidad y liquidez, así como para publicar muestras representativas de bases de datos; y ordenar medidas correctivas, respecto de diversos aspectos en materia prudencial, registros contables y estados financieros, así como en relación con el cálculo del índice o nivel de capitalización. Facultar a la Junta de Gobierno de la CNBV para revocar las autorizaciones de las entidades que dicho órgano colegiado haya otorgado. Prever el fortalecimiento del régimen de intercambio de información de la CNBV con autoridades financieras del exterior, por lo que podrá brindar información que se encuentre protegida por disposiciones de confidencialidad, siempre que haya un acuerdo en donde se contemple el principio de reciprocidad. Facultar a la CNBV para realizar visitas de inspección a emisores con valores inscritos en el Registro Nacional de Valores o tratándose de filiales, para procurar el mejor entendimiento entre las autoridades financieras. Delimitar la restricción consistente en contar con la ciudadanía mexicana por nacimiento y no haber adquirido otra nacionalidad, para ser Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Considerar en la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, la facultad de la CNBV para abstenerse de imponer las sanciones respectivas. Prever la liberación de los límites a la inversión extranjera en entidades financieras. Establecer medidas para fortalecer la actividad supervisora y el marco normativo que regula la imposición de sanciones administrativas a los participantes en los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Establecer que para poder participar en entidades financieras en México, las personas oficiales extranjeras deberán, además de no ejercer funciones de autoridad y acreditar la independencia de sus órganos de decisión. Aprobada
con fecha 10-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 17-Mayo-2013
167   Proyecto de decreto por el que se expide la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
  - Justicia
Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto regular las bases de organización de las Sociedades Controladoras y el funcionamiento de los Grupos Financieros, así como establecer los términos bajo los cuales habrán de operar, buscando la protección de los intereses de quienes celebren operaciones con las entidades financieras integrantes de dichos Grupos Financieros. Establecer la posibilidad de que la Sociedad Controladora pueda realizar inversiones indirectas, a través de Subcontroladoras, en entidades financieras que integren el Grupo Financiero de que se trate, así como en otras entidades financieras sobre las cuales no tengan el control y por tanto no sean consideradas como integrantes del respectivo Grupo Financiero. Realizar mejoras sustanciales en Gobierno Corporativo, con la finalidad de contar con una estructura solida que establezca los principios y normas para la organización de dichas sociedades, así como la constitución y funcionamiento de los Grupos Financieros, mediante una adecuada integración de los órganos de la sociedad, tales como el consejo de administración y la dirección general. Implementar mejoras en procedimientos administrativos para fortalecer los actos corporativos que se pueden llevar a cabo en un Grupo Financiero, como son la incorporación, separación y fusión al precisar los requisitos necesarios para obtener las autorizaciones correspondientes. Reforzar las facultades de las autoridades encargadas de la supervisión de los Grupos Financieros, para que mediante instrumentos de colaboración que al efecto elaboren, y el intercambio efectivo de información tanto entre autoridades nacionales como extranjeras, se logre una supervisión consolidada efectiva. Facultar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para emitir disposiciones que establezcan las medidas correctivas que deberán cumplir las Sociedades Controladoras, a fin de asegurar que las entidades financieras integrantes del Grupo Financiero de que se trate, cumplan con los requerimientos previstos en sus respectivas leyes especiales, señalando un catálogo de las medidas correctivas que se pudieran implementar. Facultar al ejecutivo Federal para constituir consejos que sirvan como foro de coordinación de las medidas y acciones que, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, deban realizar o implementar la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, las dependencias o entidades de la Administración Pública Federal respectivas y el Banco de México. Crear el Consejo de Estabilidad del Sistema Financiero, como un órgano de coordinación permanente, evaluación y análisis que vele por la seguridad del sistema financiero del país. Aprobada
con fecha 10-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 17-Mayo-2013
168   Proyecto de decreto por el que se adicionan y reforman diversas disposiciones de la Ley de Transparencia y de Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Justicia
Establecer la figura del acreedor subrogante, que será titular de los derechos de la entidad con quien se haya contratado un nuevo crédito garantizado, mediando el pago del primer crédito anticipadamente, con el fin de incrementar la competencia entre acreedores y mejorar las condiciones de financiamiento para los deudores. Otorgar el carácter de acreedor subrogado a una sociedad financiera de objeto múltiple de las reguladas por tener vínculos con una institución de banca múltiple. Permitir fungir como acreedores subrogados, siempre que hayan cumplido con los requisitos legales, al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y al Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas. Disminuir los costos de transacción para la subrogación de deudor y la subrogación de acreedor a cargo de la Secretaria de Economía, mediante la celebración de convenios de coordinación con los Estados y municipios. Establecer que en caso de subrogación de acreedor, el acreedor subrogado deberá observar las disposiciones aplicables a las Entidades, entendidas como aquellas empresas mercantiles, que directamente o a través de figura jurídica, se dediquen habitualmente al otorgamiento de créditos garantizados. Fijar en caso de incumplimiento multa administrativa de ¿15,000 a 21,000¿ días de salario mínimo, calculada en la fecha de la infracción, que será impuesta por la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros respecto de las entidades financieras, y por la Procuraduría Federal de Protección al Consumidor respecto de las demás Entidades. Prever la hipótesis de que si en la contratación del Crédito Garantizado se ofrece al deudor un seguro con cargo a éste, el costo y consentimiento para contratar dicho seguro deberá constar expresamente en la misma sección en la que habrá de recabarse su consentimiento; y que si tal seguro es un requisito para la contratación del crédito, se deberá informar al deudor que la contratación es opcional con la Entidad. Aprobada
con fecha 10-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 17-Mayo-2013
169   Proyecto de decreto que adiciona una fracción XVIII bis al artículo 5 de Ley Federal de Fomento a las Actividades realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil.


Proponente: Velasco Orozco Víctor Hugo (PRI)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

  - Seguridad Pública
Incluir en las actividades de las organizaciones de la sociedad civil, la atención, búsqueda y localización de menores de edad sustraídos o extraviados y de personas mayores de edad desaparecidas. Aprobada
con fecha 7-Noviembre-2013



Publicación en Gaceta: 20-Mayo-2013
170   Proyecto de decreto que adiciona la fracción X del artículo 9 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.


Proponente: Angulo Parra Carlos Fernando (PAN)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer que no se pagará el Impuesto al Valor Agregado, por la enajenación de mercancías extranjeras, que se encuentren declaradas y depositadas bajo régimen de depósito fiscal por un residente en el extranjero en un almacén general de depósito. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 20-Mayo-2013
171   Proyecto de decreto que reforma la fracción V del artículo 176 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.


Proponente: Ortiz González Graciela (Senadores)


Fecha de presentación: 22-Mayo-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Precisar que para efecto de las deducciones personales de las personas físicas, las aportaciones complementarias de retiro realizadas en la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro, así como las aportaciones voluntarias realizadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias, se podrán efectuar antes de que se presente la declaración respectiva. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 28-Mayo-2013
172   Proyecto de decreto que se reforma diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única y del Código Fiscal de la Federación.


Proponente: Robles Montoya Angel Benjamín (Senadores)


Fecha de presentación: 22-Mayo-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Derogar el régimen de consolidación fiscal. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 28-Mayo-2013
173   Proyecto de decreto por el que se expide la Ley Reglamentaria del artículo 6º Constitucional en materia de Derecho de Réplica.


Proponente: Escobar y Vega Arturo (PVEM)


Fecha de presentación: 22-Mayo-2013

  - Gobernación
Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto garantizar y reglamentar el ejercicio del derecho de réplica. Definir como derecho de réplica, aquel que tiene toda persona a que sean publicadas las aclaraciones respecto de información falsa que haya sido divulgada en medios de comunicación en perjuicio y que cause agravio político, económico, en su honor, vida privada y/o imagen. Facultar a terceros para ejercer el derecho de réplica en caso de que el agraviado esté imposibilitado. Permitir que las personas morales ejerzan dicho derecho a través de su representante legal. Otorgar a los partidos políticos, precandidatos y candidatos a puestos de elección popular, que durante el tiempo de precampaña y campaña y hasta el día de la jornada electoral respectiva, puedan ejercer el derecho. Normar el procedimiento para ejercer el derecho de réplica ante los sujetos obligados. Establecer que en los procedimientos judiciales del derecho de réplica, se admitirán toda clase de pruebas conforme a derecho. Establecer que los tribunales de la Federación serán competentes para conocer de los procedimientos judiciales que se promuevan con motivo del ejercicio del citado derecho. Fijar las sanciones que ha de aplicar el Juez de Distrito con independencia de las previstas en leyes relativas, a quienes hagan caso omiso del ejercicio de derecho de réplica. Aprobada
con fecha 5-Diciembre-2013



Publicación en Gaceta: 28-Mayo-2013
174   Proyecto de decreto que reforma y adiciona el párrafo segundo del inciso c) del artículo 2 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.


Proponente: Garay Cabada Marina (PRI)


Fecha de presentación: 22-Mayo-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Exceptuar a los puros y otros tabacos labrados que sean hechos enteramente a mano, al pago de la cuota establecida en la Ley, por cigarro enajenado o importado. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 28-Mayo-2013
175   Proyecto de decreto que se reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal; del Código Federal de Procedimientos Penales; de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, del Código Fiscal de la Federación y de la Ley Federal de Extinción de Dominio, Reglamentaria del artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 5-Junio-2013

  - Justicia
Código Penal Federal: fortalecer el marco jurídico para el combate del terrorismo y su financiamiento. Aumentar la pena mínima de prisión pasando de cinco a quince años en el delito de terrorismo. Establecer que las acciones terroristas también podrán ser consideradas como tales cuando para su comisión se empleen o utilicen material nuclear, combustible nuclear, mineral radiactivo o fuentes diversas de radiación. Salvaguardar el bien jurídico tutelado referente a la integridad física, emocional y la vida de las personas que puedan ser perjudicadas por actos terroristas; así como la protección de bienes o servicios de carácter público o privado. Considerar como agravante, cuando el delito sea cometido en contra de un bien de acceso público, cuando se genere un perjuicio a la economía nacional o, cuando se detenga en calidad de rehén a una persona durante la comisión de un delito. Establecer que las manifestaciones que realicen grupos sociales en el ejercicio de los derechos humanos, sociales o de cualquier otro derecho constitucional con el fin de presionar a la autoridad para que tome una determinación, sin atentar contra bienes jurídicos de personas, no se considerarán como terrorismo. Considerar como un delito autónomo la conducta de ¿Financiamiento al Terrorismo¿, mediante la cual se pretende sancionar con prisión de quince a cuarenta años, al que por cualquier medio que fuere, ya sea directa o indirectamente, aporte o recaude fondos económicos o recursos de cualquier naturaleza, para financiar o apoyar actividades de individuos o agrupaciones terroristas. Tipificar como delito, el encubrimiento de personas que hayan participado en el financiamiento de actos terroristas, imponiendo una pena de prisión de uno a nueve años y la correspondiente multa. Prever aspectos relacionados con el terrorismo internacional. Tipificar aquellos actos que se realicen en territorio mexicano de características violentas cometidos en contra de locales oficiales, residencias particulares o medios de transporte de una persona internacionalmente protegida, que la pueda privar de su vida o su libertad. Se define en el Código la figura de ¿persona internacionalmente protegida¿. Respecto a los delitos relacionados con ataques a las vías de comunicación y violación de correspondencia, incluir que la afectación puede ir dirigida a instalaciones o servicios de navegación aérea o marítima o de aeropuertos que presten servicios a la aviación civil, o a alguna plataforma fija. Modificar el tipo penal de operaciones con recursos de procedencia ilícita, incluyendo en el tipo a quien posea, convierta, retire, reciba por cualquier motivo o traspase dentro del territorio nacional, de éste hacia el extranjero o a la inversa, recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando proceden o representan el producto de una actividad ilícita. Incluir como conducta punible autónoma, el testaferrato, mismo que se configura cuando una persona permite que se intitulen bajo su nombre bienes o derechos adquiridos con recursos, derechos o bienes que procedan o representen el producto de una actividad ilícita, estableciendo sus características y agraviantes.
Código Federal de Procedimientos Penales: incluir en el catálogo de delitos graves, el de financiamiento al terrorismo y su encubrimiento; el robo de material radioactivo, material nuclear, combustible nuclear, mineral radiactivo o fuente de radiación; así como la conducta de testaferrato.
Ley Federal contra la Delincuencia Organizada: incluir en el catálogo de delitos cometidos bajo el régimen de delincuencia organizada, el tipo propuesto de financiamiento al terrorismo y el encubrimiento del mismo.
Código Fiscal de la Federación: establecer la excepción sobre la reserva de la información fiscal proporcionada por contribuyentes o terceros, que tenga relación con los delitos de terrorismo y su financiamiento, así como los tipos penales relacionados con operaciones con recursos de procedencia ilícita, y aquella información que la autoridad fiscal obtenga en el ejercicio de sus facultades de comprobación.
Ley Federal de Extinción de Dominio, Reglamentaria del artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: establecer la facultad del Ministerio Público para ordenar la inmovilización provisional e inmediata de fondos o activos ante el conocimiento de reportes, informes o resoluciones de las autoridades nacionales de vigilancia financiera y de los organismos internacionales competentes, cuando estén vinculados con los delitos materia de la extinción de dominio.
Aprobada
con fecha 3-Diciembre-2013



Publicación en Gaceta: 6-Junio-2013
176   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento de la Cámara de Diputados.


Proponente: Zavaleta Salgado Ruth (PVEM)


Fecha de presentación: 5-Junio-2013

  - Gobernación
Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales: adicionar a los derechos de los ciudadanos mexicanos, el de postularse como candidatos independientes a cargos de elección popular y el de presentar iniciativas de consulta popular. Establecer, entre otros puntos, los requisitos que deberá cumplir un candidato independiente para competir en las elecciones federales; el proceso de registro de las candidaturas independientes y sus restricciones; los derechos y obligaciones de los candidatos independientes. Homologar las disposiciones en materia electoral de los partidos políticos y de los candidatos independientes, como son las obligaciones en materia de transparencia, las prerrogativas y el acceso a los medios de comunicación. Establecer que los aspirantes a candidaturas independientes podrán adquirir financiamiento privado sólo para lograr el registro como
candidatos independientes, sin embargo, para el desarrollo de las campañas electorales éstos contarán exclusivamente con financiamiento público. Establecer el tope de gastos, respecto del financiamiento privado. Modificar el nombre de la ¿Dirección Ejecutiva de Organización Electoral¿ por el de ¿Dirección Ejecutiva de Organización Electoral y Consultas Ciudadanas¿. Permitir a los candidatos independientes con registro, tener un representante dentro del Consejo General del Instituto Federal Electoral y de los Consejos Locales y Distritales, mismos que participarán con voz, pero sin voto. Incorporar a la legislación electoral, la consulta popular, así como regular y definir la implementación de la misma. Incluir las infracciones aplicables para los candidatos independientes.

Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos: establecer como atribución del Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, recibir las iniciativas ciudadanas, verificar su validez y dictar el trámite correspondiente, de acuerdo a los criterios definidos en el Reglamento de la Cámara de Diputados, así como para recibir las iniciativas para la consulta popular provenientes de la ciudadanía.

Reglamento de la Cámara de Diputados: establecer como derecho de los Diputados, presentar iniciativas de consulta popular. Establecer que las iniciativas de consulta popular presentadas por el Ejecutivo Federal y los legisladores tendrán el mismo trámite que una iniciativa. Permitir a los organizadores de la iniciativa ciudadana, enviar hasta tres personas a la reunión de la Comisión en que se dictamine dicha iniciativa.
Aprobada
con fecha 10-Diciembre-2013



Publicación en Gaceta: 11-Junio-2013
177   Proyecto de decreto que reforma el artículo 115 de la Ley Agraria.


Proponente: Ramírez Diez Gutiérrez María Concepción (PAN)


Fecha de presentación: 5-Junio-2013

  - Reforma Agraria
Establecer la prohibición de los latifundios en las superficies de tierras agrícolas, ganaderas o forestales que, siendo propiedad de un solo individuo, excedan los límites de la pequeña propiedad. Aprobada
con fecha 21-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 11-Junio-2013
178   Proyecto de decreto que reforma el artículo 123, Apartado A, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 12-Junio-2013

  - Puntos Constitucionales
Aumentar la restricción de edad constitucional establecida para el trabajo de menores, pasando de ¿catorce¿ a ¿quince¿ años. Aprobada
con fecha 5-Marzo-2014



Publicación en Gaceta: 17-Junio-2013
179   Proyecto de decreto que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Alavez Ruiz Aleida (PRD)

A nombre propio y de la Dip. Verónica Beatriz Juárez Piña (PRD) y suscrita por diversos diputados integrantes del grupo parlamentario PRD
Fecha de presentación: 12-Junio-2013

  - Puntos Constitucionales
Aumentar la edad para la jornada laboral nocturna de ¿dieciséis¿ a ¿dieciocho¿ años. Aumentar la edad mínima para trabajar de ¿catorce¿ a ¿quince¿ años. Establecer que el Estado mexicano elevará progresivamente la edad mínima de admisión al trabajo, a un nivel que haga posible el más completo desarrollo físico y mental de los menores. Aprobada
con fecha 5-Marzo-2014



Publicación en Gaceta: 17-Junio-2013
180   Proyecto de decreto que adiciona la fracción vii al artículo 17 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.


Proponente: Durazo Montaño Francisco Alfonso (MC)

Suscrita por los Diputados Ricardo Monreal Ávila y Ricardo Mejía Berdeja (MC)
Fecha de presentación: 12-Junio-2013

  - Igualdad de Género
Considerar en la política nacional en materia de igualdad entre mujeres y hombres que desarrolle el Ejecutivo Federal, promover que las prácticas y la comunicación social de las dependencias públicas, así como los medios electrónicos e impresos, se eliminen estereotipos sexistas y discriminatorios e incorporen un lenguaje incluyente. Aprobada
con fecha 4-Diciembre-2013



Publicación en Gaceta: 17-Junio-2013
181   Proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 5 de la Ley de Organizaciones Ganaderas.


Proponente: López López Raudel (PAN)


Fecha de presentación: 12-Junio-2013

  - Ganadería
Establecer que las organizaciones ganaderas tendrán entres sus objetivos, difundir entre todos sus asociados los programas de apoyos gubernamentales encaminados hacia su sector. Aprobada
con fecha 8-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 24-Junio-2013
182   Proyecto de decreto que abroga la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única.


Proponente: Gaudiano Rovirosa Gerardo (PRD)


Fecha de presentación: 12-Junio-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Abrogar la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 17-Junio-2013
183   Proyecto de decreto que reforma el artículo 16 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Villaseñor Vargas Paloma (PRI)


Fecha de presentación: 19-Junio-2013

  - Derechos de la Niñez
Cambiar ¿discapacidad física¿ por ¿discapacidad¿ respecto de los conceptos considerados discriminatorios a los que pueden ser sujetos las niñas, niños y adolescentes, por considerar que existen otros tipos de discapacidad. Aprobada
con fecha 31-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 24-Junio-2013
184   Proyecto que reforma la Ley General de Cambio Climático.


Proponente: Pérez Hernández Rosa Elba (PVEM)


Fecha de presentación: 3-Julio-2013

  - Cambio Climático
Contemplar en la atribución que tiene la federación de realizar campañas de educación e información para sensibilizar a la población sobre los efectos de la variación del clima, que se realicen campañas sobre las causas que propician tal variación. Aprobada
con fecha 29-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 8-Julio-2013
185   Proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 28, inciso k) de la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y 185, fracción l de la Ley General de Salud.


Proponente: Mejía Berdeja Ricardo (MC)

A nombre propio y de los Diputados Ricardo Monreal Ávila y Alfonso Durazo Montaño (MC)
Fecha de presentación: 3-Julio-2013

  - Derechos de la Niñez
Incluir en las acciones de coordinación entre la Secretaría de Salud, los gobiernos de las entidades federativas y el Consejo de Salubridad General, para la ejecución del programa contra el alcoholismo y el abuso de bebidas alcohólicas, el fomentar estrategias, programas y acciones de orientación, prevención, tratamiento y rehabilitación de las adicciones, elaborándolas a partir de las formas de uso y patrones de consumo, como el eyeballing y tampodka. Aprobada
con fecha 23-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 8-Julio-2013
186   Proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 17 de la Ley de Pesca y Acuacultura Sustentables.


Proponente: Moreno Cárdenas Rafael Alejandro (PRI)


Fecha de presentación: 10-Julio-2013

  - Pesca
Adicionar a los principios que se deben observar para la formulación y conducción de la Política Nacional de Pesca y Acuacultura Sustentables, en la aplicación de los programas y los instrumentos que se deriven de la Ley: posicionar los productos pesqueros y acuícolas nacionales en los mercados de alto valor; impulsar el establecimiento de una cultura de inocuidad en el manejo, distribución y comercialización de productos pesqueros y acuícolas; considerar que los sectores pesquero y acuícola se desarrollarán desde una perspectiva sostenible, que integre y concilie los factores económicos, sociales y ambientales; instrumentar políticas públicas con enfoque interdisciplinario para el fortalecimiento y desarrollo de una cultura empresarial pesquera y acuícola; impulso regional equilibrado y equitativo; así como financiar el desarrollo y la innovación tecnológica y científica, modernizar la flota pesquera, unidades de cultivo, técnicas ecoeficientes, plantas procesadoras, métodos y artes de captura. Aprobada
con fecha 4-Diciembre-2013



Publicación en Gaceta: 15-Julio-2013
187   Proyecto de decreto que reforma el artículo 109 del Código Fiscal de la Federación.


Proponente: Congreso del Estado de Jalisco (Congresos Locales)


Fecha de presentación: 17-Julio-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer que cuando el autor de un delito sea el titular o responsable de una entidad pública y el delito se cometa en el ejercicio de sus funciones, las penas podrán duplicarse y el servidor público responsable será inhabilitado hasta por seis años para ejercer cualquier cargo público. Prever que para quien se beneficie sin derecho de un subsidio o estímulo fiscal, la denuncia podrá ser presentada además, por las personas a quienes les fue retenida la contribución no enterada. Aprobada
con fecha 15-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 25-Julio-2013
188   Proyecto de decreto que reforma los artículos 20 y 62 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.


Proponente: Alcalá Padilla Leobardo (PRI)

A nombre propio y del Dip. Williams Oswaldo Ochoa Gallegos (PRI)
Fecha de presentación: 24-Julio-2013

  - Transportes
Precisar que las tarifas aplicables para la operación de las Unidades de Verificación, así como las bases de regulación tarifaria de los servicios de arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos, deberán proteger en todo momento el interés del usuario. Prever que los prestadores de servicios auxiliares al autotransporte federal, protegerán a los viajeros, usuarios y sus bienes por los daños que sufran con motivo de la prestación de sus servicios. Aprobada
con fecha 20-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 2-Agosto-2013
189   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.


Proponente: García Fernández María de las Nieves (PRI)

A nombre propio y de la Dip. María de la Paloma Villaseñor Vargas (PRI)
Fecha de presentación: 31-Julio-2013

  - Atención a Grupos Vulnerables
Hacer explícita la obligatoriedad de la ley en todo el territorio nacional y hacer imperativo que las medidas administrativas, legislativas y judiciales que sean pertinentes, deben llevarse a cabo para lograr los objetivos de la Ley. Reconocer la responsabilidad de toda la federación para el cumplimiento de los objetivos de la Ley. Señalar que las políticas públicas, especialmente las que refuerzan derechos sociales, deben ser coordinadas por el Ejecutivo Federal. Reconocer ampliamente los derechos de salud, educación, vivienda, transporte y justicia. Adecuar la norma para que la Clasificación Nacional de las Discapacidades sea actualizada periódicamente. Facultar a la Secretaría de Educación Pública, para celebrar convenios con instituciones de educación superior para que los estudiantes que realicen el servicio social apoyen a las personas con discapacidad; además de incluir en los libros de texto gratuitos, la información e imagen de las personas con discapacidad. Hacer explícita la importancia y obligatoriedad de respetar el derecho a la accesibilidad a las personas con discapacidad en la vivienda y su entorno, en los tres niveles de gobierno. Establecer que Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad pueda recibir y dar trámite a quejas o denuncias por la violación a los derechos humanos o actos de discriminación en agravio de personas con discapacidad, por parte de servidores públicos de la administración pública de cualquiera de los tres niveles de gobierno. Establecer que los representantes de las organizaciones de y para personas con discapacidad, tanto en la Asamblea Consultiva, como los representantes de la asamblea en la Junta de Gobierno del Consejo, deberán ser miembros de organizaciones de y para personas con discapacidad y no podrán ser funcionarios públicos en activo. Aprobada
con fecha 4-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 8-Agosto-2013
190   Proyecto de decreto que reforma la fracción I y el párrafo sexto del artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación.


Proponente: Aguilar Vega Marcos (PAN)


Fecha de presentación: 31-Julio-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Disminuir la cantidad de ingresos acumulables condicionante para realizar el dictamen de estados financieros para efectos fiscales, respecto a la obligación que tienen las personas físicas con actividad empresarial y las personas morales que se encuentren bajo ciertos supuestos, para que se dictaminen sus estados financieros del ejercicio inmediato anterior a través de contador público autorizado. Ampliar el plazo para que los contribuyentes presenten el dictamen fiscal, extendiendo la fecha de presentación para que se realice a más tardar el 31 de julio del año inmediato posterior a la terminación del ejercicio de que se trate. Aprobada
con fecha 15-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 8-Agosto-2013
191   Proyecto de decreto que reforma el artículo 9 fracción ii de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y el penúltimo párrafo del artículo 33 del Código Fiscal de la Federación.


Proponente: Aguilar Vega Marcos (PAN)


Fecha de presentación: 31-Julio-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Exentar del pago del IVA la prestación de los servicios de construcción de inmuebles destinados a casa habitación, ampliación de ésta, así como la instalación de casas prefabricadas que sean utilizadas para este fin; asimismo, aquellas instalaciones adheridas a la construcción en forma permanente y fija, de tal manera que no puedan separarse sin causar daño material o estético a la construcción y cuya finalidad sea hacerla funcional para destinarla a una vivienda digna y decorosa. Establecer que las autoridades fiscales estarán impedidas para emitir criterios de carácter interno para el cumplimiento de las disposiciones fiscales que sean contrarios a la interpretación que la Suprema Corte de Justicia de la Nación haya emitido mediante Jurisprudencia. El funcionario público que violente esta disposición será sancionado con la inhabilitación por seis meses y hasta seis años dependiendo de la gravedad de la falta y la reiteración en la conducta. Aprobada
con fecha 15-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 8-Agosto-2013
192   Proyecto de decreto que reforman los párrafos primero, tercero y quinto del artículo 69 del Código Fiscal de la Federación.


Proponente: Antonio Altamirano Carol (PRD)


Fecha de presentación: 31-Julio-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Obligar al personal oficial que intervenga en los trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias, a guardar reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos personales suministrados por los contribuyentes personas físicas o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación, en términos de lo dispuesto por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares. Fijar que la información que deba suministrarse, sólo deberá utilizarse para los fines que dieron origen a la solicitud de información. Incluir en los datos que se pueden publicar pro grupos de contribuyentes, el relativo a la localidad.
Obligar al personal oficial que intervenga en los trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias, a guardar reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos personales suministrados por los contribuyentes personas físicas o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación, en términos de lo dispuesto por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares. Fijar que la información que deba suministrarse, sólo deberá utilizarse para los fines que dieron origen a la solicitud de información. Incluir en los datos que se pueden publicar pro grupos de contribuyentes, el relativo a la localidad.
Aprobada
con fecha 15-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 8-Agosto-2013
193   Proyecto de decreto que reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal.


Proponente: Aguilar Vega Marcos (PAN)


Fecha de presentación: 31-Julio-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Desarrollo Municipal
Incrementar el porcentaje de distribución de los recursos que recibirán los municipios. Establecer la fórmula para el cálculo y asignación de los recursos que recibirán los municipios. Incorporar a los municipios como participantes en la recaudación del Impuesto Especial sobre Productos y Servicios. Prever que el porcentaje de distribución de los recursos que recibirán los municipios, nunca será inferior al 25% de las cantidades que correspondan al Estado. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 9-Agosto-2013
194   Proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 2 y 6 de la Ley de Coordinación Fiscal.


Proponente: Blanco Deaquino Silvano (PRD)


Fecha de presentación: 31-Julio-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Incrementar el porcentaje de la recaudación federal participable que corresponde al Fondo General de Participaciones pasando del 20 al 25% en un ejercicio.
Acrecentar la cuota mínima de participación que las entidades adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal otorgan a los municipios del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos, al pasar del 20 al 35%.
Aumentar del 20 al 35% la participación mínima que reciban los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, del Fondo General de Participaciones.
Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 8-Agosto-2013
195   Proyecto de decreto que modifica el artículo 13 de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción xxi del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Prieto Herrera Humberto Armando (PAN)


Fecha de presentación: 31-Julio-2013

  - Seguridad Pública
Modificar la sanción prevista para la persona que simule por sí o por interpósita persona, la privación de su libertad, pasando de cien a trescientas cincuenta jornadas de trabajo a favor de la comunidad, a prisión de dos a ocho años. Aprobada
con fecha 11-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 8-Agosto-2013
196   Proyecto de decreto por el que se abroga la Ley de Amnistía de 1978.


Proponente: Monreal Ávila Ricardo (MC)

Suscrita por el Dip. Alfonso Durazo Montaño (MC)
Fecha de presentación: 7-Agosto-2013

  - Justicia
Abrogar la Ley de Amnistía de 1978, en virtud de que a más de treinta años de su promulgación ha cumplido con el propósito de su creación, al reincorporar a la vida pública a los integrantes de aquellos grupos disidentes, así como aplicarse a los hechos y situaciones que le dieron origen, por lo que su prevalencia en el sistema jurídico mexicano resulta irrelevante. No obstante, resulta menester la creación de un nuevo ordenamiento que contemple las actuales situaciones políticas del país. Aprobada
con fecha 13-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 16-Agosto-2013
197   Proyecto de decreto que adiciona la fracción IX del artículo 2 y la fracción XVII del artículo 42 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad


Proponente: Ramírez Diez Gutiérrez María Concepción (PAN)


Fecha de presentación: 7-Agosto-2013

  - Atención a Grupos Vulnerables
Incluir el concepto de Credencial Nacional para las Personas con Discapacidad, entendiéndose como un documento oficial, con el que se identifica el estado de discapacidad permanente de las personas, que además servirá para obtener diversos beneficios en adquisición de bienes y/o pago de servicios. Facultar al Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad para emitir, en coordinación con la dependencia o entidad correspondiente, la credencial de identidad que acredite la discapacidad de las personas con validez nacional. Aprobada
con fecha 4-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 16-Agosto-2013
198   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a los artículos 25 y 33 de la Ley de Coordinación Fiscal.


Proponente: Méndez Martínez Mario Rafael (PRD)


Fecha de presentación: 7-Agosto-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Considerar a las ¿Agencias Municipales¿ y ¿Tenencias Municipales¿ o su equivalente, como instancias susceptibles de recibir aportaciones federales. Establecer que los Fondos comprendidos en la Ley, en calidad de recursos que la Federación transfiere a las haciendas públicas de los Estados, Distrito Federal y municipios, contemplen también, en su caso, a las Agencias Municipales, Tenencias Municipales o su equivalente. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 16-Agosto-2013
199   Proyecto de decreto por el que se reforman el párrafo quinto de la fracción I del artículo 31, el párrafo séptimo del artículo 93, la fracción I y el primer párrafo de la fracción II, ambos del artículo 97, el párrafo cuarto de la fracción III del artículo 176; se adiciona la fracción XXI al artículo 95; y se deroga el párrafo segundo de la fracción II del artículo 97, todos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.


Proponente: Torres Peimbert María Marcela (Senadores)

A nombre propio y de los Senadores Javier Corral Jurado, Ernesto Ruffo Appeal, Francisco Domínguez Servién, Víctor Hermosillo y Celada, Héctor Larios Córdova, Dolores Padierna Luna, Armando Ríos Piter, Mario Delgado Carrillo, María Lucero Saldaña Pérez, Ma. Del Rocío Pineda Gochi, Ana Gabriela Guevara, Luis Sánchez Jiménez y Martha Palafox Gutiérrez.
Fecha de presentación: 7-Agosto-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Incrementar el monto total de los donativos deducibles autorizados del ¿7¿ al ¿25%¿ de la utilidad fiscal obtenida por el contribuyente en el ejercicio inmediato anterior a aquél en el que se efectúe la deducción. Permitir que las personas morales y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles de impuestos puedan obtener ingresos por actividades con fines no lucrativos, susceptibles de ser consideradas para recibir donativos siempre que no excedan de una tercera parte de sus ingresos totales en el ejercicio de que se trate. Establecer que no se consideran ingresos por actividades distintas a los referidos fines los que reciban por donativos; apoyos o estímulos proporcionados por la Federación, las entidades federativas, o municipios, así como aquellos establecidos en los ordenamientos fiscales federales que así lo determinen. Considerar personas morales con fines no lucrativos, además de las que ya contempla la ley, a las asociaciones y sociedades que se encuentren debidamente inscritas en el Registro Federal de Organizaciones de la Sociedad Civil. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 16-Agosto-2013
200   Proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 29 bis a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.


Proponente: Niaves López Ossiel Omar (PRI)

A nombre propio y de los Diputados Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez y Patricio Flores Sandoval (PRI)
Fecha de presentación: 7-Agosto-2013

  - Vivienda
Establecer la obligación que tendrá el patrón o patrones con aquellos trabajadores contratados bajo el régimen de subcontratación, relacionados con la adquisición de vivienda. Fijar la obligación de comunicar trimestralmente ante la delegación de recaudación que corresponda al domicilio del patrón o sujeto obligado, información relacionada con las partes en el contrato y las especificidades del mismo, debiendo el patrón contratista incorporar por cada trabajador, el nombre del beneficiario de los servicios o trabajos contratados en el sistema de cómputo autorizado por el Instituto. Aprobada
con fecha 11-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 16-Agosto-2013
201   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Educación.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 14-Agosto-2013

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Instituir el Sistema de Información y Gestión Educativa (SIGED). Precisar que el Sistema Educativo Nacional (SEN) deberá asegurar la participación activa y con responsabilidad social de todos los involucrados en el proceso educativo. Prohibir el pago de cualquier contraprestación que impida o condicione la prestación del servicio educativo. Reiterar que se brindará una educación de calidad, entendida por ésta como la congruencia entre los objetivos, resultados y procesos del sistema educativo desde la perspectiva de eficacia, eficiencia, pertinencia y equidad. Incluir como integrantes del SEN a los padres de familia, al Servicio Profesional Docente (SPD), al SIGED y la infraestructura educativa. Sustituir al Consejo Nacional Técnico de la Educación por el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE), cuyas funciones principales serán coordinar el Sistema Nacional de Evaluación Educativa, evaluar la calidad, el desempeño el resultado del SEN en la educación básica y media superior. Facultar a la SEP para emitir, en las escuelas de educación básica, lineamientos generales para formular los programas de gestión escolar, mismos que tendrán como finalidad mejorar la infraestructura, comprar materiales educativos, resolver problemas de operación básicos y propiciar condiciones de participación entre los alumnos, maestros y padres de familia bajo el liderazgo del director. Precisar que en las escuelas de educación media superior, la SEP establecerá los mecanismos de colaboración necesarios para que los programas de gestión escolar formulados por las autoridades educativas y los organismos descentralizados, en el ámbito de sus atribuciones, propicien el mantenimiento de elementos comunes. Determinar que el sistema nacional de formación, actualización, capacitación y superación profesional para maestros de educación básica, deberá sujetarse a los lineamientos, medidas, programas y demás disposiciones generales que resulten de la aplicación de la Ley General del Servicios Profesional Docente. Fortalecer las atribuciones exclusivas de la SEP en materia de: actualización y revisión de planes de estudio para la educación básica, media superior y formación de docentes; planeación y evaluación educativa; establecer los lineamientos que deberán sujetarse el expendio y distribución de los alimentos y bebidas preparados y procesados dentro de las escuelas, en cuya elaboración se cumplirán los criterios nutrimentales que para tal efecto determine la Secretaría de Salud. Establecer la corresponsabilidad de la SEP y las autoridades educativas locales para garantizar la operatividad del Servicio Profesional Docente. Indicar que el INEE y las autoridades educativas evaluarán los resultados de calidad educativa de los programas. Aprobada
con fecha 21-Agosto-2013



Publicación en Gaceta: 16-Agosto-2013
202   Proyecto de Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 14-Agosto-2013

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto regular el Sistema Nacional de Evaluación Educativa y al Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación. Prever como finalidad del Sistema, garantizar la calidad de los servicios educativos prestados por el Estado y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios. Prever la estructura del Sistema Nacional de Evaluación Educativa. Precisar que los proyectos y acciones que se realicen en materia de evaluación se llevarán a cabo conforme a una política nacional de evaluación de la educación, de manera que sean pertinentes a las necesidades de mejoramientos de los servicios educativos. Facultar al Instituto para coordinar el Sistema, así como evaluar la calidad, desempeño y los resultados del Sistema en lo que se refiere a la educación básica, media y superior, tanto pública como privada en todas sus modalidades y servicios. Establecer la estructura del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación. Prever que toda información relacionada con el Sistema será de interés social y de utilidad pública y quedará sujeta a las disposiciones en materia de información pública, transparencia y protección de datos personales, para ello el Instituto garantizará el acceso a la información que tenga en posesión. Facultar al Instituto para emitir los lineamientos a los que se sujetarán las autoridades educativas federales y locales para llevar a cabo las funciones de evaluación que les correspondan. Prever las causales de responsabilidad administrativa de los servidores públicos por incumplimiento de sus obligaciones. Crear el Consejo Consultivo con el objeto de facilitar la participación activa y equilibrada de los actores del proceso educativo, de los sectores social, público y privado, su finalidad será conocer, opinar y dar seguimiento a los resultados de las evaluaciones que realice el Instituto, las directrices que de ellas deriven así como las acciones de difusión. Aprobada
con fecha 21-Agosto-2013



Publicación en Gaceta: 16-Agosto-2013
203   Proyecto de Ley General del Servicio Profesional Docente.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 14-Agosto-2013

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Crear un ordenamiento jurídico, reglamentario de la fracción III del artículo 3o. de la Constitución, que tenga por objeto regular el servicio profesional docente en la educación básica y media superior; establecer los perfiles, parámetros e indicadores del servicio profesional docente; regular los derechos, obligaciones y sanciones derivados de dicho servicio; asegurar la transparencia y rendición de cuentas en el servicio. Establecer los criterios, términos y condiciones para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el servicio. Delimitar las atribuciones en la materia del Instituto Nacional para la Educación de la Evaluación, de las autoridades educativas locales, de los organismos descentralizados y de la Secretaría de Educación Pública. Establecer los propósitos del servicio profesional docente, como son: mejorar la calidad de la educación; mejorar la práctica profesional mediante la evaluación en las escuelas; asegurar la idoneidad de los conocimientos y capacidades del personal docente, entre otros. Aprobada
con fecha 1-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 16-Agosto-2013
204   Proyecto de decreto que reforma el artículo 11 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.


Proponente: Mejía Berdeja Ricardo (MC)

A nombre propio y del Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)
Fecha de presentación: 14-Agosto-2013

  - Igualdad de Género
Considerar como violencia laboral, exigir la presentación de certificados médicos de no embarazo para el ingreso, o ascenso en el empleo; y despedir a una trabajadora o coaccionarla directa o indirectamente para que renuncie por estar embarazada, por cambio de estado civil o por tener el cuidado de hijos menores. Aprobada
con fecha 13-Marzo-2014



Publicación en Gaceta: 27-Agosto-2013
205   Proyecto de decreto que adiciona el inciso c) al artículo 11 y un Capítulo V Bis, denominado "Del Derecho a la Navegación Segura en Internet" a la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Núñez Monreal Magdalena del Socorro (PT)


Fecha de presentación: 14-Agosto-2013

  - Derechos de la Niñez
Adicionar como obligación de las madres, los padres y de todas las personas que tengan a su cuidado niñas, niños y adolescentes, la de supervisar los contenidos de la información a la que acceden las niñas, niños y adolescentes a través del internet. Adicionar un Capítulo V Bis a la Ley, a efecto de prever el derecho a la navegación segura en internet. Aprobada
con fecha 9-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 27-Agosto-2013
206   Proyecto de decreto que expide la Ley General del Sistema Nacional de Participación Ciudadana.


Proponente: Rosas Montero Lizbeth Eugenia (PRD)


Fecha de presentación: 14-Agosto-2013

  - Gobernación
Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto instaurar las bases de coordinación entre la Federación, los Estados, el Distrito Federal, los Municipios y las delegaciones del Distrito Federal para la constitución, integración y funcionamiento del Sistema Nacional de Participación Ciudadana; así como establecer las normas y principios elementales acorde a los cuales se realizará la participación ciudadana de democracia directa en materias del orden federal. Estatuir un Fondo Municipal de Participación Ciudadana de aportaciones federales que llegue directo a los municipios de los Estados y a las delegaciones del Distrito Federal, para que se ponga a disposición de la ciudadanía, bajo reglas de operación mínimas y simples. Establecer un Sistema Nacional de Participación Ciudadana. Establecer como mecanismos de participación ciudadana el plebiscito; el referéndum; la iniciativa popular; y el presupuesto Participativo, estableciendo en cada caso los requisitos, elementos, tramitación, desarrollo y administración de recursos. Se establecen disposiciones referentes a la iniciativa popular. Aprobada
con fecha 10-Diciembre-2013



Publicación en Gaceta: 27-Agosto-2013
207   Proyecto de decreto que adicionan los artículos 45 Bis, 45 Ter, 55 Bis, 55 Ter, 55 Quater y 55 Quinquies de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.


Proponente: Maldonado Hernández Fernando Alfredo (PRI)


Fecha de presentación: 20-Agosto-2013

  - Transportes
Prever el procedimiento por el cual la autoridad competente pueda disponer de los vehículos abandonados que no son reclamados por quienes tienen derechos a los mismos. Establecer el mecanismo de notificación que la autoridad tiene que llevar a cabo frente a los particulares de vehículos retirados de la circulación. Aprobada
con fecha 16-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 29-Agosto-2013
208   Proyecto de decreto que reforma el cuarto párrafo del artículo 2 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.


Proponente: Aquino Calvo Juan Jesús (PAN)


Fecha de presentación: 20-Agosto-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Incluir al Estado de Chiapas en las entidades consideradas como región fronteriza para efectos y aplicación de la tasa de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 29-Agosto-2013
209   Proyecto de decreto que reforma los artículos 109 y 158 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.


Proponente: Oviedo Herrera J. Jesús (PAN)


Fecha de presentación: 20-Agosto-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Simplificar el esquema de tributación de los recursos provenientes de las subcuentas para el retiro, gravando como ingresos por intereses los rendimientos generados por la inversión de los recursos existentes en la subcuenta SAR IMSS, SAR ISSSTE y/o RCV (Retiro, Cesantía y Vejez) según corresponda y liberando las aportaciones efectuadas por el trabajador, el patrón y el Gobierno Federal del pago de impuestos en razón de no integrar salario para el trabajador. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 29-Agosto-2013
210   Proyecto de decreto que reforma el párrafo primero de la fracción XX del artículo 32 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.


Proponente: González Canto Félix Arturo (Senadores)


Fecha de presentación: 3-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Incrementar el porcentaje deducible de consumo en restaurantes del 50 al 87.5 %. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 3-Septiembre-2013
211   Proyecto de decreto que reforma la fracción I del artículo 5 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.


Proponente: Orozco Sandoval Martín (Senadores)


Fecha de presentación: 3-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer que los contribuyentes puedan acreditar el IVA que les fue trasladado en gastos relacionados con las deducciones personales a que se refiere el artículo 176 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, contra el IVA que causen por actividades gravadas, y en caso de que no tuvieran dichas actividades gravadas por IVA los contribuyentes deduzcan el gasto con su respectivo IVA en la declaración anual. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 3-Septiembre-2013
212   Proyecto de decreto que reforma la fracción VIII del artículo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.


Proponente: Orozco Sandoval Martín (Senadores)


Fecha de presentación: 3-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer la exclusión de pagar el impuesto sobre la renta, por la obtención de las cantidades que el trabajador aporte a las cajas y fondos de ahorro establecidos por las empresas para sus trabajadores cuando reúnan los requisitos de deducibilidad de las personas morales. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 3-Septiembre-2013
213   Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de la Ley Federal de Derechos y de la Ley de Coordinación Fiscal, para establecer un Derecho Minero al Valor de la Producción.


Proponente: Ríos Piter Armando (Senadores)


Fecha de presentación: 3-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Reducir de 77 a 65 el porcentaje en la industria minera que los contribuyentes podrán deducir en la inversión de bienes nuevos de activo fijo. Modificar los sujetos obligados al pago de derechos sobre minería, siendo estos las personas físicas o morales, titulares de concesiones y asignaciones otorgadas por el Estado por la explotación y obtención de sustancias y minerales sujetos a la Ley Minera y su respectivo reglamento. Establecer que el objeto del derecho sobre minería, es la producción u obtención de sustancias o minerales mencionados anteriormente. Eliminar las cuotas del derecho sobre minería que los titulares de concesiones y asignaciones mineras pagarán semestralmente por cada hectárea o fracción concesionada o asignada. Establecer que para calcular el pago de derechos sobre minería se aplicará al volumen de la producción mensual de sustancias y minerales metálicos, respecto del cual, el precio promedio que resulte de la cotización más baja y la más alta que se dé a conocer en dólares americanos en el mercado de metales de Nueva York, en ese mismo mes, haciendo la conversión a moneda nacional, y tratándose de minerales no metálicos, la base de cálculo será el valor de la producción mensual facturada por el productor. Establecer el tipo de información que deberán proporcionar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los contribuyentes del derecho sobre minería. Establecer que las entidades federativas participarán con el 86 por ciento de los recursos generados por el derecho sobre minería. Eliminar el pago del derecho por el uso, goce o aprovechamiento del gas asociado a los yacimientos de carbón mineral. Establecer que las entidades federativas participarán en los ingresos del derecho sobre minería en los términos que la Ley de Coordinación Fiscal y la Ley Federal de Derechos determinen, para tal efecto se establece la distribución que genere la recaudación del derecho sobre minería. Crear el Fondo de Aportaciones para el Desarrollo Regional Sustentable de Estados y Municipios Mineros, conformado por recursos provenientes por la recaudación del derecho sobre minería, el cual se distribuirá y enterará mensualmente a las entidades federativas y municipios, en proporción directa a la recaudación obtenida en cada una de ellas. Establecer los fines específicos a los que deberá destinarse dicho fondo. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 3-Septiembre-2013
214   Proyecto de decreto que reforma los artículos 17, 45 y 84 de la Ley General de Cambio Climático.


Proponente: Pérez Hernández Rosa Elba (PVEM)


Fecha de presentación: 3-Septiembre-2013

  - Cambio Climático
Considerar a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, como integrante de la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, de la Comisión Intersecretarial de Cambio Climático, y del Comité Técnico del Fondo para el Cambio Climático. Aprobada
con fecha 19-Marzo-2014



Publicación en Gaceta: 3-Septiembre-2013
215   Proyecto de decreto que deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.


Proponente: Cerda Franco María Sanjuana (NUEVA ALIANZA)


Fecha de presentación: 5-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Se deroga el Capítulo VI ¿Del Régimen de Consolidación Fiscal¿. Ya que el régimen de consolidación puede considerarse una práctica evasiva, pues las empresas que se encuentran bajo dicho supuesto, se aprovechan de las pérdidas fiscales, y aparentan no generar utilidades, con la intención de amortizar sus pérdidas sufridas en años anteriores, situación que beneficia únicamente a los grandes empresarios. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 3-Septiembre-2013
216   Proyecto de ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 8-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Con Opinión de  - Medio Ambiente y Recursos Naturales
Crear impuestos especiales a los combustibles con contenido de carbono, a los plaguicidas y a las bebidas azucaradas. Un desliz de 6 centavos mensuales para la gasolina magna y 8 centavos para la gasolina Premium y el diesel. Modernizar el cobro de derechos, destacando aquéllos cobrados al sector minero, al uso de aguas nacionales y por el espectro radioeléctrico. Eliminar o acotar el Régimen de Consolidación, la deducción inmediata de la inversión; el Régimen Simplificado, el Régimen de Sociedades Cooperativas de Producción, el tratamiento de las ventas a plazos, la deducción de operaciones con partes relacionadas, y la deducción del consumo en restaurantes. Eliminar el IETU (Impuesto Especial a Tasa Única) y el IDE (Impuesto de Depósitos en Efectivo). Establecer un gravamen a los ingresos de las personas físicas por enajenación de acciones en bolsa y un impuesto adicional a los dividendos que distribuyan personas morales. Homologar la tasa fronteriza del IVA con la del resto del país. Crear un Régimen de Incorporación, en el que solamente podrán participar contribuyentes con ingresos anuales de hasta 1 millón de pesos. Crear un Régimen de Incorporación a la Seguridad Social, por el que las personas recibirán los servicios de seguridad social con descuentos sobre las obligaciones por pago de cuotas. Establecer un nuevo régimen fiscal a PEMEX. Aprobada
con fecha 18-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013
217   Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 8-Septiembre-2013

  - Presupuesto y Cuenta Pública
Establecer como gasto total neto: 4 billones 479 mil 954.2 millones de pesos; distribuido conforme a lo establecido en los anexos correspondientes y observando lo siguiente: erogaciones de los ramos autónomos, administrativos y generales (Anexo 1); erogaciones correspondientes a los gastos obligatorios, (Anexo 2); proyectos de inversión en infraestructura (Anexo 3); erogaciones correspondientes a los compromisos plurianuales, sujetos a la disponibilidad presupuestaria de los años subsecuentes (Anexo 4); obligaciones presupuestarias de los proyectos de asociación público-privada (Anexo 4.A); erogaciones correspondientes a los compromisos derivados de proyectos de infraestructura productiva de largo plazo (Anexo 5); previsiones salariales y económicas (Anexos 6 y 23); erogaciones derivadas de operaciones y programas de saneamiento financiero, así como aquéllas para programas de apoyo a ahorradores y deudores de la banca (Anexo 7); montos máximos de adjudicación directa y los de adjudicación (Anexo 8); recursos para el desarrollo integral de los pueblos y comunidades indígenas (Anexo 9); recursos que conforman el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable (Anexo 10); recursos para el programa en materia de ciencia, tecnología e innovación (Anexo 11); erogaciones de los programas para la Igualdad entre Mujeres y Hombres (Anexo 12); presupuesto consolidado de la Estrategia Nacional para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía (Anexo 14); erogaciones para el Ramo General 23 Provisiones Salariales y Económicas (Anexo 19); erogaciones para el Ramo General 25 Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos (Anexo 20); erogaciones para el Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios (Anexo 21); límites de las remuneraciones de los servidores públicos de la Federación (Anexo 22); previsiones para sufragar las erogaciones correspondientes a las medidas salariales y económicas para los Ramos Generales 25 Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos, y 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios (Anexo 23); programas sujetos a reglas de operación (Anexo 24); detalle de programas (Anexo 25); presupuesto del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades (Anexo 26); y los Anexos 13, 15, 16, 17, 18 y 27 al 30, comprenden los recursos para la atención a grupos vulnerables; la mitigación de los efectos del cambio climático; el desarrollo de los jóvenes; la atención de niñas, niños y adolescentes; la prevención del delito, combate a las adicciones, rescate de espacios públicos y promoción de proyectos productivos; conservación, mantenimiento carretero y empleo temporal; subsidio ordinario para organismos descentralizados estatales; distribución de los programas de salud y medio ambiente y recursos naturales. Aprobada
con fecha 13-Noviembre-2013



Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013
218   Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y del Código Fiscal de la Federación.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 8-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Con Opinión de  - Economía
Ley del Impuesto al Valor Agregado: Homologar la tasa del IVA de la región fronteriza con el resto del país al 16 %. Ampliar la base gravable del IVA, a través de la eliminación de diversos regímenes especiales de enajenación, prestación y arrendamiento de diversos bienes y servicios: enajenación de casa habitación, interés de créditos hipotecarios y el uso o goce de casa habitación; servicios de educación; mantener exento del pago del IVA en el transporte público terrestre de personas, prestado exclusivamente en áreas urbanas, suburbanas o en zonas metropolitanas; todo tipo de espectáculos públicos, excepto el teatro y el circo; introducción temporal de mercancías; enajenación de bienes entre residentes en el extranjero o por un residente en el extranjero a empresas maquiladoras; los servicios de hotelería y conexos realizados por empresas hoteleras a turistas extranjeros para participar exclusivamente en congresos, convenciones, exposiciones o ferias; la compra de chicles o gomas de mascar; la enajenación alimentos procesados para perros, gatos y pequeñas especies, utilizadas como mascotas en el hogar; la enajenación de oro, joyería, orfebrería, piezas artísticas u ornamentales y lingotes, cuyo contenido mínimo de dicho material sea del 80%.
Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios: Aplicar una tasa para la enajenación o importación de bebidas con contenido alcohólico y cerveza con una graduación alcohólica de hasta 14º G.L. del 26.5 % y aquellas con una graduación alcohólica mayor de 20º G.L. una tasa del 53%. Prever la devolución del IEPS cuando los bienes introducidos al país retornen al extranjero y no se consuman en territorio nacional. Precisar que no se pagará el IEPS en las importaciones definitivas de los bienes por los que se pagó el impuesto. Suprimir la exención para la enajenación de cualquier tipo de bienes que se encuentren sujetos al régimen aduanero de recinto fiscalizado estratégico. Aplicar una tasa a todo tipo de saborizantes y bebidas energetizantes exclusivamente al importador y al fabricante o productor, según el cálculo previsto, indicando que estos grupos de bienes estarán gravados cuando contengan cualquier tipo de azúcares añadidas. El impuesto se calculará mediante la aplicación de una cuota de $1.00 por litro de bebidas saborizadas. Exentar la leche en cualquier presentación del pago de este impuesto. Aplicar impuesto a los fabricantes, productores e importadores de combustibles fósiles de acuerdo con su contenido de carbono, así como a los plaguicidas. Actualizar el procedimiento para determinar las tasas aplicables a gasolinas y diesel. Aplicar el IEPS a la importación de bienes en franquicia.
Código Fiscal de la Federación: Establecer procedimientos simplificados para pagar impuestos y la utilización de tecnologías para tal fin. Brindar herramientas y mecanismos que procuren la eficiencia en el control y fiscalización. Prever medidas contra contribuyentes defraudadores. Establecer la obligatoriedad de presentar comprobantes fiscales digitales para deducir erogaciones. Implementar el buzón tributario. Prever infracciones relacionadas con cigarros y tabacos labrados. Modificar el actual procedimiento administrativo de ejecución a efecto de hacerlo más eficiente y oportuno. Establecer la facilidad al contribuyente para promover la impugnación correspondiente en un sólo momento por diferentes causas. Prever que la regla de la notificación personal aplica de manera general y no sólo para los actos relativos al procedimiento administrativo de ejecución. Establecer un plazo máximo de diez años para que se configure la extinción de los créditos fiscales mediante la figura de prescripción.
Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013
219   Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Aduanera.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 8-Septiembre-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Economía
Incluir en la ley los siguientes conceptos: documento electrónico, documento digital, reconocimiento aduanero, pedimento y aviso consolidado. Establecer la coordinación de la Administración Pública Federal, las entidades federativas y municipios, así como con las autoridades fiscales y aduaneras de otros países con arreglo a lo dispuesto por los tratados internacionales de que México sea Parte y estén en vigor, para intercambiar información a través de centros o sistemas electrónicos. Permitir el despacho aduanero en lugar distinto al autorizado, independientemente de la naturaleza o volumen de las mercancías de que se trate. Posibilitar a los particulares promuevan directamente el despacho aduanero de sus mercancías sin la intervención obligatoria de los servicios profesionales prestados por los agentes aduanales. Eliminar de la legislación, la figura del agente aduanal sustituto y del apoderado aduanal e implementar el mecanismo de firma electrónica y sello digital para validar los trámites que correspondan. Fijar el procedimiento y supuestos para las notificaciones electrónicas. Beneficiar a aquellos contribuyentes que paguen créditos fiscales adeudados, con la reducción en un 50% de la multa impuesta, siempre que se realice su pago previo a la notificación de la resolución por la que se imponga la sanción. Aprobada
con fecha 15-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013
220   Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 8-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer que las dependencias y entidades de la administración pública federal deberán informar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sobre los ingresos que hayan percibido por derechos, durante el primer semestre del ejercicio fiscal en curso y sobre los que tengan programados percibir durante el segundo semestre. Establecer que las empresas de transporte aéreo internacional de pasajeros, recauden y enteren el derecho por visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas. Exentar el cobro del derecho por la expedición del documento migratorio, al residente temporal bajo los convenios de cooperación o intercambio educativo, cultural o científico. Establecer un derecho por el estudio, trámite, autorización o renovación que emita el Instituto Nacional de Migración para ser miembro del programa viajero confiable. Eliminar el certificado de importación de armas, municiones, detonantes, explosivos y artificios químicos. Exentar a los miembros del Servicio Exterior Mexicano del derecho por la expedición del certificado de lista de menaje de casa. Establecer que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, tendrá derecho al pago por el estudio, trámite, emisión o renovación del dictamen técnico mediante el cual se podrán prever, detectar y reportar actos en materia de terrorismo u operación con recursos de procedencia ilícita. Eliminar el derecho por los servicios de inspección y vigilancia que presta la Comisión Nacional Bancaria y de Valores a las arrendadoras financieras, empresas de factoraje financiero y sociedades financieras de objeto limitado. Exentar del pago del derecho de certificación en materia de sanidad agropecuaria, a las instituciones de enseñanza e investigación, por la expedición de certificados zoosanitarios y fitosanitarios. Implementar el pago de un solo derecho que comprenda la operación y explotación de los servicios de autotransporte federal. Adecuar Ley Federal de Derechos con los servicios que presta la Dirección General de Aeronáutica Civil. Modificar el derecho para el uso o aprovechamiento de recursos naturales dentro de las áreas naturales protegidas. Cobrar una sola cuota por los derechos de extensión de horario de los servicios de control de tránsito aéreo. Reducir las cuotas de los derechos por determinados servicios sanitarios. Establecer un derecho por la prestación de servicios privados de seguridad, bajo el concepto de ¿servicios de alarmas y de monitoreo electrónico¿. Disminuir al 1% la tasa sobre los ingresos por la venta de bienes y servicios que se obtenga CAPUFE por el uso de las carreteras y puentes federales. Establecer derechos por el uso, explotación o aprovechamiento de aguas nacionales y de los cuerpos receptores de aguas residuales. Establecer el método para determinar la clasificación de las zonas de disponibilidad agua superficial o subterránea. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013
221   Proyecto de decreto por el que se Expide la Ley del Impuesto sobre la Renta.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 8-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Incluir una norma de procedimiento para efecto de que tratándose de operaciones entre partes relacionadas, las autoridades fiscales puedan solicitar a residentes en el extranjero que le informen de las disposiciones legales del derecho extranjero cuya aplicación pueda generarle una doble tributación con la finalidad de que la obtención de los beneficios de este tipo de tratados se otorguen a los contribuyentes a quienes realmente van dirigidos. Eliminar las disposiciones que permiten deducir en un sólo ejercicio el 100% de la inversión realizada en la adquisición de activos, que podrán seguir deduciéndose conforme a las tasas de depreciación lineal. Eliminar la posibilidad de deducir en forma inmediata el valor presente de las inversiones. Aumentar la tasa máxima del ISR para personas físicas aplicable con ingresos anuales de hasta 500 mil pesos a una tasa máxima de 30% y para ingresos mayores a ese nivel con una tasa máxima de 32%. Derogar el beneficio de permitir la deducción en forma inmediata y hasta por el 100% de las inversiones que se efectúen en bienes inmuebles ubicados en las zonas de monumentos históricos de las ciudades de México, Mazatlán, Mérida, Morelia, Oaxaca de Juárez, Puebla de Zaragoza y Veracruz, en términos del Decreto Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 30 de marzo de 2012. Establecer la deducción de las aportaciones que realicen las empresas a los fondos de pensiones y jubilaciones complementarias a aquéllas que son obligatorias por ley, en el momento en que la empresa realice una erogación real a favor de sus trabajadores. Establecer que los bienes que se donen sean básicos para la subsistencia humana en materia de alimentación, vestido, vivienda y salud y, además, que no puedan ofrecerse en donación aquellos bienes que conforme a otro ordenamiento jurídico relacionado con el manejo, cuidado o tratamiento de dicho bienes, se encuentre prohibida expresamente su venta, suministro, uso o se establezca otro destino para los mismos. Prohibir la deducción de pagos efectuados a partes relacionadas residentes en México o en el extranjero que no se encuentren gravados o lo estén con un impuesto inferior al 75% del ISR causado en México de conformidad con la nueva Ley del ISR. Prohibir la deducción de pagos que también sean deducibles para partes relacionadas residentes en México o en el extranjero. Establecer un Límite de 4% a las deducciones por donativos a la Federación, entidades federativas, municipios y sus organismos descentralizados. Establecer a las instituciones del sistema financiero la obligación de informar una vez al año, sobre los depósitos en efectivo que reciban los contribuyentes en cuentas abiertas a su nombre cuando el monto acumulado supere los $15,000.00 mensuales. Asentar la deducibilidad de los vales de despensa cuando se otorguen a través de monederos electrónicos autorizados por el SAT. Acotar la deducción de las erogaciones por remuneraciones que a su vez sean ingreso para el trabajador considerados total o parcialmente exentos por la Ley del ISR por lo que sólo procederá la deducción de hasta el 41% de las remuneraciones exentas otorgadas al trabajador. Considerar como no deducibles las cuotas de seguridad social del trabajador pagadas por el patrón. Ajustar el monto de deducibilidad por adquisición de automóviles hasta 130 mil pesos por unidad sin IVA. Ajustar el monto deducible por renta de automóviles a 200 pesos diarios por unidad. Eliminar la deducibilidad de los consumos en restaurantes a personas morales y físicas con actividades empresariales y profesionales. Eliminar el tratamiento preferencial para las sociedades cooperativas de producción. Derogar el régimen aplicable a las Sociedades Inmobiliarias de Bienes Raíces. Eliminar la opción para que los Desarrolladores inmobiliarios y fabricantes de bienes de largo proceso de producción deduzcan las erogaciones estimadas relativas a los costos directos e indirectos de esas obras o de la prestación del servicio. Eliminar la excepción aplicable a la deducción del costo de adquisición de los terrenos en los que realicen obras consistentes en desarrollos inmobiliarios o fraccionamientos de lotes, contratos de obra inmueble o de fabricación de bienes de activo fijo de largo proceso de fabricación y los prestadores del servicio turístico del sistema de tiempo compartido. Eliminar la deducción de gastos de exploración del sector minero. Eliminar para las personas morales la facilidad de considerar como ingreso obtenido solamente la parte del precio cobrado durante el ejercicio. Reincorporar en la definición de ¿ingresos pasivos¿ los conceptos: enajenación de bienes inmuebles, otorgamiento del uso o goce temporal de bienes y los ingresos percibidos a título gratuito. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013
222   Proyecto de decreto por el que se Expide la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las Leyes Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, General de Deuda Pública y de Petróleos Mexicanos.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 8-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Con Opinión de  - Energía
Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos: Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de establecer el régimen fiscal aplicable a Petróleos Mexicanos (PEMEX) y sus organismos subsidiarios, así como el régimen de ingresos del Estado Mexicano derivado de la exploración y extracción de hidrocarburos. Prever que PEMEX y sus organismos subsidiarios estarán sujetos al pago del Impuesto Sobre la Renta por las actividades de transformación industrial. Establecer los casos por los que el Estado percibirá ingresos por las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos que realice PEMEX. Prever los preceptos a observar de los ingresos derivados de las asignaciones, tales como el pago anual del derecho ordinario sobre hidrocarburos; investigación científica y tecnológica en materia de energía; fiscalización petrolera; del derecho para regular y supervisar la exploración y extracción de hidrocarburos. Establecer las obligaciones en materia de transparencia, fiscalización e informes en materia de ingresos petroleros.
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: Incluir un régimen presupuestario especial y exclusivo para PEMEX, con el objeto de excluir a PEMEX y sus organismos subsidiarios de la aplicación del excesivo número de controles a los que se encuentran sujetos.
Ley General de Deuda Pública: Concentrar las disposiciones relativas al régimen de deuda de PEMEX.
Ley de Petróleos Mexicanos: Derogar las disposiciones que se abordan en materia de presupuesto y deuda, por estar consideradas en las modificaciones propuestas.
Aprobada
con fecha 1-Agosto-2014



Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013
223   Proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 4o., 73 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 8-Septiembre-2013

  - Puntos Constitucionales
Incluir el derecho de los adultos mayores a recibir una pensión en los términos que determinen las leyes que expida el Congreso de la Unión. Establecer la protección de los derechos de los adultos mayores a cargo del Estado, quien velará para que reciban servicios de salud, promoverá su integración social y participación en las actividades económicas, políticas, educativas y culturales de su comunidad. Facultar al Congreso de la Unión para legislar en materia de protección de los adultos mayores, así como en materia de seguro de desempleo. Facultar al Congreso de la Unión para expedir la ley que establezca un seguro de desempleo para los trabajadores, en la que se preverán las condiciones de financiamiento y los requisitos para acceder al mismo Aprobada
con fecha 24-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013
224   Proyecto de decreto por el que se Expide la Ley de la Pensión Universal y la Ley del Seguro de Desempleo, y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 8-Septiembre-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Seguridad Social
Instaurar la Pensión Universal personal, intransferible e inextinguible para quienes no puedan obtener una pensión de carácter contributivo, cuyo monto sería de 1,092 pesos mensuales, actualizados anualmente conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor. Inicialmente considerada para otorgarse a los residentes a partir de 65 años -pero estableciendo que la edad sería revisable a la luz de la variación en la esperanza de vida de los mexicanos-, otorgable para los residentes registrados ante el Registro Nacional de Población que tengan un ingreso mensual igual o inferior a quince salarios mínimos. Establecer los requisitos de registro y trámite para su obtención, las autoridades encargadas de llevarlo a cabo, los medios de defensa que pueden tener los solicitantes en caso de negativa, así como el régimen de responsabilidades y sanciones a quienes violenten las disposiciones. Aprobada
con fecha 18-Marzo-2014



Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013
225   Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 8-Septiembre-2013

  - Presupuesto y Cuenta Pública
Robustecer el marco jurídico relativo al manejo de la política fiscal, convirtiendo la salud de las finanzas públicas en una política de estado. Establecer una regla de balance estructural, añadiendo un límite máximo de crecimiento al gasto corriente para generar ahorro en la parte alta del ciclo económico y garantizar una mayor calidad del gasto público. Establecer una medida de balance como una alternativa para el análisis de la relación estructural entre los ingresos y el gasto público. Incluir los siguientes conceptos: gasto corriente estructural, entendido como el monto correspondiente al gasto neto total, excluyendo determinadas particularidades; inversión física y financiera directa, siendo las erogaciones que tienen como contraprestación la constitución de un activo; y, límite máximo del gasto corriente estructural, concebido como el gasto corriente estructural del último ejercicio fiscal, más un incremento que contribuya a mejorar el balance presupuestario. Adicionar que la meta anual de los requerimientos financieros del sector público y el límite máximo del gasto corriente estructural para cada ejercicio fiscal, serán elementos mínimos que deberán contemplar la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación. Eliminar el Fondo de Estabilización para la Inversión en Infraestructura de Petróleos Mexicanos y el Fondo de Apoyo para la Reestructura de Pensiones. Incrementar de ¿40¿ a ¿65¿ por ciento los recursos del Fondo de Estabilización de los Ingresos Petroleros. Crear el Fondo de Ahorro Soberano. Establecer los casos y procedimientos en los que se podrá utilizar los precios de otras mezclas de crudo de petróleo, siempre que éstas coticen en los mercados reconocidos en la Ley del Mercado de Valores. Eliminar la restricción al monto de diferimiento de pago autorizado del año anterior que podrá considerarse como adeudos del ejercicio fiscal anterior en el ejercicio fiscal en curso. Eliminar de la Ley, la participación del Banco de México en la expedición de lineamientos relativos al funcionamiento, organización y requerimientos del sistema integral de información de los ingresos y gasto público. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013
226   Proyecto de decreto que reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 8-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Fortalecer los incentivos recaudatorios que deben tener las Participaciones Federales, tanto a nivel estatal como municipal. Prever los conceptos que no serán incluidos en la recaudación federal participable. Modificar la fórmula del Fondo de Fomento Municipal con el objeto de incentivar a que las entidades federativas puedan asumir, mediante la firma de convenios, la operación del cobro del impuesto predial de sus municipios. Incluir al Presidente de la Conferencia Nacional de Municipios de México, como invitado permanente a las reuniones de los Funcionarios Fiscales. Modificar la forma de distribución del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social. Prever que los gobiernos de las entidades federativas deberán transferir a los ejecutores del gasto, los recursos que reciban de la federación por concepto de los Fondos de Aportaciones Federales, en un plazo máximo de 5 días naturales. Establecer la obligación de las entidades federativas y municipios para presentar informes relacionados con el uso de los recursos a las Delegaciones Estatales de la Secretaría de Desarrollo Social y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Facultar a la Secretaría de Desarrollo Social para publicar un Informe anual sobre la situación de pobreza y rezago social de los estados y sus respectivos municipios, con base en lo que establece la Ley General de Desarrollo Social para la medición de la pobreza. Prever que las secretarías de Estado correspondientes deberá proporcionar la información necesaria para el cálculo de los fondos a más tardar el 31 de enero de cada año. Establecer que los coeficientes de la fórmula de distribución del Fondo General de Participaciones sean incentivos recaudatorios. Precisar las reglas de operación del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del D.F. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013
227   Proyecto de decreto que reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal y de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, en materia de financiamiento educativo.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 8-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Ley de Coordinación Fiscal: Crear el Fondo de Aportaciones de Nómina Educativa y Gasto Operativo (FONE), administrado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que sustituirá al Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal. Otorgar facultades a la Secretaría de Educación Pública para crear un sistema de administración de nómina; conciliar y mantener registro actualizado sobre el número y tipo de plazas docentes administrativas y directivas de educación tecnológica y de adultos por escuela en las entidades federativas, debiendo informar a la Cámara de Diputados, a la SHCP y a la Secretaría de la Función Pública; definir el método para calcular el monto de dicho Fondo; señalar que el aumento salarial de las plazas transferidas dependerá de la disponibilidad de recursos, de los objetivos, metas y resultados alcanzados por el Servicio Profesional Docente y de la negociación entre representantes de los trabajadores y autoridades educativas federales y locales; y precisar que los Estados deberán utilizar los recursos del Fondo exclusivamente a los fines establecidos, y en caso de no hacerlo, el Congreso local deberá hacerlo del conocimiento inmediato de la Auditoria Superior de la Federación.
Ley General de Contabilidad Gubernamental: Mandatar a las Entidades Federativas, a que presenten información, conciliación del número y tipo de plazas docentes, así como la publicación en la página de internet de la Secretaría de Educación Pública, sobre ésta y otra información referente al sector educativo. Sustituir la Fórmula del Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal por el Fondo de Aportaciones de Nómina Educativa y Gasto Operativo, con el objeto de que sea éste el encargado de contener la información mencionada.
Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013
228   Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los Títulos Tercero Bis y Décimo Octavo de la Ley General de Salud.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 8-Septiembre-2013

  - Salud
Establecer una serie de elementos que permitan consolidar a la Secretaría de Salud como instancia rectora y articuladora del Sistema de Protección Social en Salud. Definir a los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud como las estructuras administrativas que proporcionen las acciones que en dicha materia, provea la Secretaría de Salud, o que dependan o sean coordinadas por la encargada de conducir la política en materia de salud en las entidades federativas. Mejorar la transparencia, supervisión, control y fiscalización del manejo de los recursos del sistema. Establecer que los recursos que transfiera el Gobierno Federal a las entidades federativas por concepto de cuota social y de aportación solidaria, podrán realizarse en numerario o en especie, a fin de garantizar que la población cuente con los medicamentos y demás insumos para su atención. Eliminar al Consejo Nacional de Protección Social en Salud. Fortalecer los beneficios que otorga la afiliación al sistema. Homologar la Ley General de Salud y la Ley General de Contabilidad Gubernamental, en cuanto a la transferencia de recursos federales a las entidades federativas. Establecer la obligación de informar a la autoridad competente, cuando se tenga conocimiento de que alguna entidad federativa no haya comprobado que los recursos que aporta el Gobierno Federal para el Sistema de Protección Social en Salud, se destinaron para los fines que le fueron transferidos. Sancionar con prisión de dos a siete años y con multa de mil a quinientos mil días de salario mínimo general vigente, a la persona que desvíe los recursos del objeto para el cual fueron entregados. Aprobada
con fecha 22-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013
229   Proyecto de decreto que reforma los artículos 22 y 25 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el artículo 17 de la Ley de la Policía Federal.


Proponente: Coronato Rodríguez José Francisco (MC)


Fecha de presentación: 10-Septiembre-2013

  - Seguridad Pública
Prever que las evaluaciones para los servidores públicos de las Instituciones de Seguridad Pública, se realizarán con base a las normas técnicas que deberán garantizar la cientificidad y objetividad de los procesos de evaluación y control de confianza; asimismo, deberán ser con total apego al respeto de los derechos humanos y a la dignidad del evaluado. Aprobada
con fecha 12-Noviembre-2013



Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013
230   Proyecto de decreto que adiciona el inciso i) a la fracción VI del artículo 95 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.


Proponente: Gómez Del Campo Gurza Mariana (Senadores)


Fecha de presentación: 10-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Considerar como personas morales con fines no lucrativos a las instituciones, sociedades o asociaciones, que se dediquen al desarrollo de la educación financiera para niños y adolescentes, mediante la que se fomente la cultura del ahorro, el sano y responsable manejo y distribución de los recursos económicos y el bienestar financiero en general. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013
231   Proyecto de decreto que adiciona el sexto párrafo al artículo 79 y el sexto párrafo al artículo 216 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y la fracción IX al artículo 4 del Impuesto Empresarial a Tasa Única.


Proponente: Domínguez Servién Francisco (Senadores)


Fecha de presentación: 12-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer que las personas morales que se integren en una sociedad para procesar, transportar y comercializar productos agrícolas, pecuarios o pesqueros, podrán trasladar el precio final de venta a sus socios, manteniendo el régimen fiscal simplificado. Establecer que a dichas sociedades, no les serán aplicables las Guías Sobre Precios de Transferencia para las Empresas Multinacionales y las Administraciones Fiscales, aprobadas por el Consejo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico en 1995. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 12-Septiembre-2013
232   Proyecto de decreto que expide la Ley del Defensor de los Derechos del Menor.


Proponente: Salinas Narváez Javier (PRD)


Fecha de presentación: 12-Septiembre-2013

Unidas  - Derechos de la Niñez
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de regular la organización y el funcionamiento de la Defensoría de los Derechos del Menor, a fin de garantizar los derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes en el orden federal. Crear la Defensoría de los Derechos del Menor, como un organismo público descentralizado, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con autonomía técnica, funcional y de gestión, facultado para vigilar y evaluar las condiciones en que viven las niñas, niños y adolescentes en nuestro país, así como para conocer e investigar las presuntas violaciones a los derechos de los menores por actos u omisiones de autoridades federales. Aprobada
con fecha 23-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 12-Septiembre-2013
233   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.


Proponente: Blanco Deaquino Silvano (PRD)


Fecha de presentación: 12-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer que para que aplique la tasa del 0% que fija la ley para ciertos actos o actividades de enajenación y prestación de bienes o servicios, debe actualizarse el supuesto de exportación de los mismos; fijar para tales casos, los mismos efectos legales que aquellos por los que se deba pagar el impuesto conforme a la ley. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013
234   Proyecto de decreto que reforma el artículo 254 y adiciona un artículo 254 Quintus a la Ley Federal de Derechos.


Proponente: Salinas Narváez Javier (PRD)


Fecha de presentación: 12-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer un nuevo Derecho para Apoyar el Pago de los Pasivos de Petróleos Mexicanos, de manera que Pemex Exploración y Producción pague anualmente el Derecho Adicional, aplicando la tasa del 10 por ciento a la diferencia que resulte entre el valor anual del petróleo crudo y gas natural extraídos en el año y las deducciones permitidas. Establecer la obligación del Ejecutivo federal de someter a la consideración del Congreso una propuesta para reestructurar el sistema de pensiones de Pemex, en un plazo que no exceda de 90 días naturales posteriores a la publicación del decreto de reforma. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 3-Septiembre-2013
235   Proyecto de decreto que reforma el artículo 176 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.


Proponente: Pérez Tejada Padilla David (PVEM)


Fecha de presentación: 12-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Incluir a los gastos hospitalarios, los tratamientos y la adquisición de medicamentos en farmacias o boticas que sean originados por enfermedades crónicas y/o degenerativas, dentro de las deducciones personales que podrán hacer las personas físicas, en determinadas circunstancias. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 5-Septiembre-2013
236   Proyecto de decreto que reforma el artículo 9° de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.


Proponente: Murguía Lardizabal Luis Alfredo (PRI)

Suscrita por diputados integrantes de la Comisión Especial de la Industria Manufacturera y Maquiladora de Exportación.
Fecha de presentación: 12-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer que no se pagará el impuesto en la enajenación de los bienes efectuada por un residente en el extranjero a una persona moral residente en territorio nacional, para su importación definitiva, cuando la entrega material o envío del bien enajenado al adquirente se realice por una persona moral residente en territorio nacional que cuente con un programa autorizado conforme al decreto para el fomento de la industria manufacturera, maquiladora y de servicios de exportación o por empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte o de autopartes para su introducción a depósito fiscal, o por empresas en un régimen similar en los términos de la Ley Aduanera, cuando los bienes enajenados sean resultado de su proceso de elaboración, transformación o reparación y su transferencia se realice mediante pedimentos que amparen operaciones virtuales de acuerdo a las disposiciones previstas en la Ley Aduanera o que establezca mediante reglas el Servicio de Administración Tributaria y mediante la cual se pague el impuesto al valor agregado aplicable a la importación definitiva en los términos de esta ley. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013
237   Proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única.


Proponente: Pérez Tejada Padilla David (PVEM)


Fecha de presentación: 12-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Adicionar el Capítulo VIII, denominado de los estímulos fiscales para operaciones de maquila, tal operación comprendida en el Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación; dicho capítulo tiene como finalidad otorgar un estímulo fiscal a las empresas que lleven a cabo operaciones de maquila en los términos que señala la Ley del Impuesto sobre la Renta. Exceptuar del estimulo fiscal, el impuesto empresarial a tasa única que se determine por las actividades distintas a las operaciones de manufactura o maquila. Establecer los supuestos, requisitos, mecánica, restricciones y forma en que procederán los estímulos en cuestión, el método para calcular la utilidad fiscal, la acreditación del pago provisional del impuesto empresarial a tasa única, la parte proporcional del impuesto sobre la renta que deba acreditar el contribuyente. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013
238   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única.


Proponente: Antonio Altamirano Carol (PRD)


Fecha de presentación: 12-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Eliminar de la Ley del Impuesto sobre la Renta, el Capitulo VI, denominado ¿del régimen de consolidación fiscal¿, y en correlación, eliminar de la Ley Empresarial a Tasa Única, la sección II, denominada ¿del acreditamiento del Impuesto Sobre la Renta por las sociedades que consolidan fiscalmente¿. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013
239   Proyecto de decreto que reforma el cuarto párrafo y se adicionan los párrafos quinto y sexto al artículo 2o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; y se reforman los artículos 136, y 137 bis 1 de la Ley Aduanera.


Proponente: Ruffo Appel Ernesto (Senadores)

A nombre propio y de los Senadores Raúl Gracia Guzmán, Javier Corral Jurado, Víctor Hermosillo y Celada, Silvia Guadalupe Garza Galván, Francisco de Paula Búrquez Valenzuela, Maki Esther Ortiz Domínguez, Héctor Larios Córdova y Marco Antonio Blásquez Salinas.
Fecha de presentación: 18-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Puntualizar los conceptos de franja y región fronteriza. Establecer los estados y municipios en los cuales las personas físicas podrán efectuar la importación definitiva de vehículos automotores usados siempre y cuando permanezcan en dichos lugares y acrediten su residencia. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 18-Septiembre-2013
240   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley de Puertos y de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos.


Proponente: Galván Villanueva Raúl Santos (PRI)


Fecha de presentación: 18-Septiembre-2013

  - Marina
Facultar a la Secretaría de Marina para ejercer la autoridad en las zonas marinas mexicanas en materia de cumplimento del orden jurídico nacional; búsqueda y rescate para la salvaguarda de la vida humana en la mar; vertimiento de desechos al mar; y protección marítima y portuaria en coordinación con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Establecer que el Centro Unificado para la Protección Marítima y Portuaria (CUMAR) es un grupo de coordinación interinstitucional entre la Secretaría de Marina y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para la aplicación de las medidas de Protección Marítima y Portuaria y la atención eficaz de incidentes marítimos y portuarios. Establecer las funciones del CUMAR. Adicionar como atribución de la capitanía de puerto, la de ordenar las medidas que le sean requeridas por el CUMAR. Aprobada
con fecha 5-Noviembre-2013



Publicación en Gaceta: 18-Septiembre-2013
241   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal.


Proponente: Salinas Garza José Arturo (PAN)

Suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Fortalecimiento al Federalismo.
Fecha de presentación: 18-Septiembre-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Fortalecimiento del Federalismo
Prever la obligación de las entidades federativas a publicar en el Diario o Periódico Oficial del estado el calendario de entrega, porcentaje, fórmulas, variables utilizadas, y montos, estimados, que recibirá cada municipio o demarcación territorial, en cada ejercicio fiscal a más tardar el 15 de febrero del ejercicio de que se trate; de no ser así, la SHCP retendrá los recursos hasta que la entidad federativa realice la publicación. Facultar a las legislaturas locales para establecer la distribución de las participaciones federales entre los municipios de cada entidad. Crear el Fondo de Aportaciones para la Atención de la Pobreza (FAAP) mismo que se determinará anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación. Establecer las formulas para la distribución del Subfondo para la Atención de la Pobreza por Intensidad entre los Municipios y Estados. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 18-Septiembre-2013
242   Proyecto de decreto que reforma el artículo 176 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.


Proponente: González Luna Bueno Federico José (PVEM)


Fecha de presentación: 18-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Considerar como deducción para las personas físicas, los pagos destinados a los estudios de idiomas extranjeros que cursen el propio contribuyente, su cónyuge o la persona con quien viva en concubinato y sus hijos menores de edad. Prever los requisitos para deducir los estudios de idiomas extranjeros. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 5-Septiembre-2013
243   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal.


Proponente: Aguilar Gil Lilia (PT)


Fecha de presentación: 18-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Incrementar de 20 al 25% los recursos asignados a los municipios de las entidades adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 18-Septiembre-2013
244   Proyecto de decreto que expide la Ley General para la Protección y Asistencia de Niñas, Niños y Adolescentes Migrantes no Acompañados.


Proponente: García Medina Amalia Dolores (PRD)

A nombre propio y de la Dip. Verónica Beatriz Juárez Piña (PRD)
Fecha de presentación: 18-Septiembre-2013

Unidas  - Asuntos Migratorios
- Derechos de la Niñez
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Crear un ordenamiento jurídico, con el objeto de establecer acciones de protección, atención y asistencia que deben implementar las autoridades de los tres órdenes de gobierno para salvaguardar el interés superior de la infancia. Establecer los derechos de las niñas, niños y adolescentes migrantes no acompañados sin perjuicio de los establecidos en otras disposiciones legales nacionales o instrumentos internacionales. Prever quien ejercerá la representación legal, tutela, asesoría y acompañamiento de las niñas, niños y adolescentes migrantes no acompañados durante los procedimientos. Establecer las competencias y facultades de las autoridades responsables de la protección derechos de las niñas, niños y adolescentes migrantes no acompañados. Señalar la obligatoriedad de la norma en esta materia para los tres órdenes de gobierno. Establecer las reglas para que las organizaciones de la sociedad civil puedan coadyuvar a hacer efectiva la atención y protección de este grupo. Crear un sistema informático y mecanismos interinstitucionales para dar un seguimiento integral y personalizado a cada caso. Facultar al DIF para formular un Programa Nacional en materia de Protección y Atención para las niñas, niños y adolescentes migrantes no acompañados, tomando en cuenta la opinión de autoridades estatales, del Distrito Federal y municipales, así como de las organizaciones de la sociedad civil involucradas. Indicar las facultades y obligaciones de las dependencias de los tres órdenes de gobierno para la protección y asistencia de las niñas, niños y adolescentes migrantes no acompañados. Implementar acciones iniciales de seguimiento y procedimientos para la protección, atención y asistencia. Aprobada
con fecha 23-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 18-Septiembre-2013
245   Proyecto de decreto que reforma el primer párrafo y se adiciona el segundo párrafo del artículo 3° de la Ley de la Policía Federal.


Proponente: Mejía Berdeja Ricardo (MC)

Suscrita por el Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)
Fecha de presentación: 19-Septiembre-2013

  - Seguridad Pública
Establecer el respeto a las garantías individuales y a los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales celebrados por el Estado mexicano, en el ejercicio de las funciones y acciones que en materia de prevención y combate de los delitos le competen a la Policía Federal, adicionalmente, en colaboración con la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, se capacitará a los elementos policiacos en relación al respeto a los derechos humanos y su relación con las tareas de seguridad. Aprobada
con fecha 11-Marzo-2014



Publicación en Gaceta: 19-Septiembre-2013
246   Proyecto de decreto que reforma el artículo 40 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.


Proponente: Villarreal García Ricardo (PAN)


Fecha de presentación: 19-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Otorgar estímulos fiscales a las personas físicas o morales que efectúen la inversión de los bienes nuevos de activo fijo y/o de las inversiones que efectúen en bienes inmuebles ubicados en ciudades denominadas ¿Patrimonio Cultural de la Humanidad¿. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 19-Septiembre-2013
247   Proyecto de decreto que reforma los artículos 29 y 32 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.


Proponente: Vargas Martín del Campo Elizabeth (PAN)


Fecha de presentación: 24-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer que serán deducibles los consumos en restaurantes, al 100%, mediante el pago realizado invariablemente con tarjeta de crédito, de debito o de servicios, o a través de los monederos electrónicos que al efecto autorice el Servicio de Administración Tributaria, siempre y cuando reúnan los requisitos establecidos por la ley y no excedan los límites establecidos. No serán deducibles los consumos en bares. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 5-Septiembre-2013
248   Proyecto de decreto Que reforma los artículos 11 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Aguilar Vega Marcos (PAN)


Fecha de presentación: 24-Septiembre-2013

  - Puntos Constitucionales
Prever que el Estado garantizará y promoverá las acciones necesarias para que, toda persona pueda gozar del derecho a la movilidad atendiendo a los principios de igualdad, accesibilidad, disponibilidad, sustentabilidad y equilibrio. Facultar al Congreso de la Unión para expedir la Ley General de Movilidad que haga efectivo el pleno ejercicio del derecho a la movilidad. Aprobada
con fecha 2-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013
249   Proyecto de decreto que adiciona un artículo 221-B a la Ley del Impuesto sobre la Renta.


Proponente: Rodríguez Vallejo Diego Sinhué (PAN)


Fecha de presentación: 24-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Otorgar un estímulo fiscal a los contribuyentes, personas físicas ó morales, relativo a deducciones o ajustes por inflación; consistente en la posibilidad de efectuar la deducción inmediata hasta por el 100% de las inversiones que efectúen en bienes inmuebles ubicados en municipios con una población mayor de 300,000 habitantes y dentro de un perímetro de 2.5 km del domicilio del Ayuntamiento, siempre que éste no sea modificado con posterioridad a la entrada en vigor de la disposición y se ubique dentro del perímetro de fundación del municipio. Establecer que dichas inversiones incluyen construcciones nuevas, así como las reparaciones y adaptaciones a los bienes inmuebles mencionados, precisando que los datos de población y distancias serán los que el INEGI tenga reconocidos; para tal caso, el enajenante podrá considerar que el costo comprobado de adquisición actualizado del inmueble sea cuando menos el equivalente al 40% del monto de enajenación de que se trate, siempre que sea comprobable que el adquirente efectúe, adicionalmente a la compra, una inversión mínima en el inmueble equivalente al monto de enajenación señalada, dentro de los dos años inmediatos siguientes a la fecha de enajenación. Condicionar la aplicación del estímulo en cuestión, a que el adquirente acepte en forma incondicional la responsabilidad solidaria de pago del impuesto sobre la renta que se haya dejado de pagar por el enajenante del inmueble, mismo que le será exigido en caso de no cumplir en tiempo y forma con la inversión exigida en el inmueble. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013
250   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta.


Proponente: Quintana Salinas Esther (PAN)


Fecha de presentación: 24-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Adicionar un Capítulo IX denominado ¿de los patrones que emplean a personas de 40 años o más de edad¿, con el objeto de incentivar la contratación permanente, para otorgar un estímulo fiscal a los contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta que empleen a personas mayores de 40 años. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013
251   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.


Proponente: Ramírez Romero Luis Miguel (PAN)


Fecha de presentación: 24-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer una tasa de 20% por la enajenación o importación de leche descremada en polvo o en pastillas. Incluir la leche descremada en polvo o en pastilla en los casos en los que la tasa aplicable sea la que le corresponda a la enajenación en territorio nacional y en los que no se pagará el impuesto cuando los servicios sean con motivo de las enajenaciones de bienes por los que no se esté obligado al pago de este impuesto. Establece la definición de los productos o subproductos que son considerados leche en polvo descremada o en pastillas para efectos de este impuesto. Incorpora la leche en polvo descremada o en pastillas dentro del caso en que proceda el acreditamiento del impuesto pagado por el propio contribuyente en la importación cuando sea acreditable. Establecer que los fabricantes, productores, envasadores o importadores, que a través de comisionistas, mediadores, agentes, representantes, corredores, consignatarios o distribuidores, enajenen la leche descremada en polvo o en pastilla, están obligados a retener el impuesto sobre la contraprestación que correspondan y enterarlo mediante declaración. Señalar que los contribuyentes de los bienes de la leche en polvo descremada o en pastillas obligados al pago del impuesto especial sobre producción y servicios deben proporcionar al Servicio de Administración Tributaria, trimestralmente, en los meses de abril, julio, octubre y enero, la información sobre sus 50 principales clientes y proveedores del trimestre inmediato anterior al de su declaración, respecto de dichos bienes. Prescribir que los importadores o exportadores de leche en polvo descremada o en pastilla deben estar inscritos en el padrón de importadores y exportadores sectorial, según sea el caso, a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 10-Septiembre-2013
252   Proyecto de decreto que reforma el artículo 118 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.


Proponente: Sotomayor Chávez Jorge Francisco (PAN)


Fecha de presentación: 24-Septiembre-2013

  - Distrito Federal
Incluir las materias de transporte público, movilidad y accesibilidad para el desarrollo y bienestar social en la Ciudad de México. Aprobada
con fecha 11-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 12-Septiembre-2013
253   Proyecto de decreto que reforma el artículo 8° de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.


Proponente: Oliveros Usabiaga José Luis (PAN)


Fecha de presentación: 24-Septiembre-2013

  - Juventud
Establecer que la junta directiva podrá invitar a los representantes de otras dependencias e instituciones públicas, privadas y sociales, quienes tendrán derecho a voz, pero sin voto, dentro de lo cual, será invitado permanente el titular de la Presidencia de la Comisión de Juventud en la Cámara de Diputados. Aprobada
con fecha 17-Febrero-2015



Publicación en Gaceta: 18-Septiembre-2013
254   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud y reforma el artículo 73 de la Ley de Premios Estímulos y Recompensas Civiles.


Proponente: Oliveros Usabiaga José Luis (PAN)


Fecha de presentación: 24-Septiembre-2013

Unidas  - Juventud
- Gobernación
Establecer que el Injuve deberá trabajar en colaboración con la Secretaría de Desarrollo Social en la definición e instrumentación de la política nacional de juventud. Señalar como atribuciones que tiene el Injuve para cumplir con sus fines el elaborar programas y cursos de orientación e información sobre adicciones, nutrición, educación sexual y sobre salud reproductiva, derechos humanos, cultura de la no violencia y no discriminación, equidad de género, medio ambiente, apoyo a jóvenes en situación de exclusión y vivienda, en coordinación con la Secretaría de Desarrollo Social y demás dependencias y entidades de la administración pública federal. Asentar que los siete miembros que forman parte de la Junta Directiva a invitación del titular de la Secretaría de Desarrollo Social, durarán en su encargo un año y serán designados de acuerdo al procedimiento que se señale en el Estatuto Orgánico. Añadir a las siguientes facultades indelegables que tiene la Junta Directiva el aprobar las normas y bases para la cancelación de adeudos a favor del Instituto y con su cargo a terceros, cuando fuere notoria la imposibilidad práctica de su cobro, informando lo conducente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por conducto de la Secretaría de Desarrollo Social. Aprobada
con fecha 4-Marzo-2014



Publicación en Gaceta: 18-Septiembre-2013
255   Proyecto de decreto que reforma el artículo 101 del Código Fiscal de la Federación.


Proponente: Flores Flores Enrique Alejandro (PAN)


Fecha de presentación: 24-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer que para la procedencia de la substitución y conmutación de sanciones o cualquier otro beneficio a los sentenciados por delitos fiscales, además de los requisitos señalados en el Código Penal aplicable en materia federal, será necesario comprobar que los adeudos fiscales están cubiertos a satisfacción de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Aprobada
con fecha 15-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 18-Septiembre-2013
256   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos y de la Ley de Coordinación Fiscal.


Proponente: Torres Mercado Tomás (PVEM)


Fecha de presentación: 24-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Ley Federal de Derechos: Prever que las personas físicas o morales titulares de una concesión o asignaciones, que desarrollen trabajos relacionados con la exploración o explotación de sustancias o minerales, pagarán el derecho adicional sobre minería, aplicando la tasa de 3% al valor promedio del volumen de producción obtenido de sustancias o minerales de cada mes calendario. Para calcular el pago de este derecho se utilizarán los datos que para tal efecto emita la Secretaría de Economía.
Ley de Coordinación Fiscal: Establecer que la recaudación obtenida por el cobro del derecho adicional sobre minería se destinará a la constitución del Fondo para el Desarrollo Sustentable de Entidades Federativas y Municipios Mineros. Prever la distribución del Fondo.
Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 5-Septiembre-2013
257   Proyecto de decreto que reforma el artículo 2-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.


Proponente: Navarrete Vital Ma. Concepción (PRI)


Fecha de presentación: 24-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Considerar la tasa del 0% del IVA a la enajenación de tractores de oruga, así como refacciones para los mismos, siempre y cuando se acredite que serán utilizados con una vocación totalmente agrícola. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 24-Septiembre-2013
258   Proyecto de decreto Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios.


Proponente: Adame Alemán Juan Pablo (PAN)

Suscrita por diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del PAN y PRD
Fecha de presentación: 26-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Eliminar el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios a las Actividades que se proporcionen en territorio nacional a través de una o más redes públicas de telecomunicaciones. Eliminar las definiciones de ¿Red pública de telecomunicaciones¿, ¿Red de telecomunicaciones¿ y ¿Equipo terminal de telecomunicaciones¿. Suprimir las excepciones al pago de IEPS establecidas para la telefonía rural, y la obligación del Servicio de Administración Tributaria para dar a conocer en su página electrónica el listado de las poblaciones con servicio de telefonía rural, exceptuados del pago del IEPS. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 26-Septiembre-2013
259   Proyecto de decreto que reforma el artículo 2-A de la Ley de Impuesto al Valor Agregado.


Proponente: Adame Alemán Juan Pablo (PAN)

Suscrita por diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del PAN y PRD
Fecha de presentación: 26-Septiembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer la aplicación de la tasa del 0 del Impuesto al Valor Agregado a equipos terminales móviles de telecomunicaciones, teléfonos móviles y equipos portátiles de cómputo electrónico con capacidad técnica para conectarse a internet. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 26-Septiembre-2013
260   Proyecto de decreto que reforma el artículo 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del apartado B del artículo 123 Constitucional.


Proponente: Quintana Salinas Esther (PAN)


Fecha de presentación: 26-Septiembre-2013

  - Trabajo y Previsión Social
Otorgar permiso de paternidad de cinco días laborables con goce de sueldo, a los hombres trabajadores, por el nacimiento de sus hijos y de igual manera en el caso de la adopción de un infante. Aprobada
con fecha 19-Marzo-2014



Publicación en Gaceta: 26-Septiembre-2013
261   Proyecto de decreto que reforma el artículo 58 del Código Civil Federal.


Proponente: González Magallanes Alfa Eliana (PRD)


Fecha de presentación: 26-Septiembre-2013

  - Justicia
Establecer que el orden de los apellidos de una persona, podrán ser a elección de los padres, manteniendo el mismo orden para todos sus hijos. Aprobada
con fecha 15-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 26-Septiembre-2013
262   Proyecto de decreto que reforma el artículo 8 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.


Proponente: Benavides Castañeda José Alberto (PT)


Fecha de presentación: 26-Septiembre-2013

  - Transparencia y Anticorrupción
Establecer que la Secretaría de Economía dictará las reglas que deban observar las sociedades cooperativas y las demás formas de organización social que conforman el sector social de la economía, de acuerdo a lo establecido en la Ley de la Economía Social y Solidaria, en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público; asimismo, dichas sociedades y demás formas de organización social, deberán diseñar y ejecutar programas de desarrollo de proveedores de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales. Aprobada
con fecha 18-Septiembre-2014



Publicación en Gaceta: 26-Septiembre-2013
263   Proyecto de decreto que reforma el artículo 191 de la Ley de la Propiedad Industrial.


Proponente: Mejía Berdeja Ricardo (MC)

Suscrita por el Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)
Fecha de presentación: 26-Septiembre-2013

  - Economía
Establecer el desechamiento de la promoción de solicitud de declaración administrativa, cuando el registro, patente, autorización o publicación que sea base de la acción, no se encuentre vigente Aprobada
con fecha 12-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 26-Septiembre-2013
264   Proyecto de decreto que reforma el artículo 2-A y adiciona un artículo 2-B a la Ley del Impuesto al Valor Agregado.


Proponente: Rodríguez Vallejo Diego Sinhué (PAN)

Suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
Fecha de presentación: 1-Octubre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer como productos con tasa 0 de IVA, la carne y cualquier producto animal como huevo, manteca, gelatina, leche, crema, mantequilla, queso y derivados lácteos no edulcorados ni mezclados con otros productos; la margarina, azúcar de caña o remolacha, sal de mesa y aceites sin mezclar con otros ingredientes ni aditivos; las tortillas y pan enajenados por el fabricante, así como aquellos enajenados por terceros cuyas presentaciones para venta individual no excedan 100 calorías; los vegetales en estado natural, descascarados, cocidos, tostados, en masa o pasta, molidos o bajo otro proceso que permita su preservación y que no implique la adición de otras grasas, harinas, sales o azúcares, exceptuando las indispensables para su conservación. Exceptuar de esta tasa 0, el agua compuesta, cuando su presentación sea en envases menores de diez litros. Establecer una tasa de IVA de 20% a bebidas distintas del agua pura, la leche y derivados lácteos no edulcorados, inclusive cuando las mismas tengan la naturaleza de alimentos; los jugos, los néctares o los concentrados de frutas, mezclados con azúcar u otros edulcorantes, cualquiera que sea su presentación, densidad o el peso del contenido de estas materias; los jarabes o concentrados para preparar refrescos que se expendan en envases abiertos utilizando aparatos eléctricos o mecánicos, así como los concentrados, polvos, jarabes esencias o extractos de sabores que al diluirse permitan obtener refrescos; las galletas, golosinas, pasteles, botanas o cualquier alimento distinto a los indicados en el artículo 2-A, empacados para poder ser enajenados al consumidor final por intermediarios o personas distintas al productor y cuya presentación para venta al público, con independencia de las porciones incluidas, exceda en su totalidad 100 kilocalorías. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 1-Octubre-2013
265   Proyecto de decreto que reforma el artículo 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Cruz Mendoza Eufrosina (PAN)


Fecha de presentación: 1-Octubre-2013

Unidas  - Puntos Constitucionales
- Igualdad de Género
Con Opinión de  - Asuntos Indígenas
Precisar que las mujeres indígenas disfrutarán y ejercerán su derecho a votar y ser votadas en condiciones de igualdad con los varones. Establecer que en ningún caso las prácticas comunitarias podrán limitar los derechos políticos y electorales de los ciudadanos en la elección de sus autoridades municipales. Aprobada
con fecha 2-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 5-Septiembre-2013
266   Proyecto de decreto que reforma los artículos 6°, 14, 19 y 36 de la Ley General de Desarrollo Social.


Proponente: Olvera Barrios Cristina (NUEVA ALIANZA)


Fecha de presentación: 1-Octubre-2013

  - Desarrollo Social
Incluir la alimentación nutritiva y de calidad, en los derechos para el desarrollo social, en la Política Nacional de Desarrollo Social, en los temas prioritarios y de interés público, así como en la información que la información que genere el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática al respecto. Aprobada
con fecha 6-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 1-Octubre-2013
267   Proyecto de decreto que reforma los artículos 12, 17, y 18 de la Ley Agraria.


Proponente: Nava Gómez José Everardo (PRI)


Fecha de presentación: 2-Octubre-2013

  - Reforma Agraria
Establecer la igualdad de condiciones de hombres y las mujeres en calidad de titulares de derechos ejidales. Señalar que al sucesor o sucesores que reciban los derechos del ejidatario fallecido, corresponderá la obligación de proporcionar educación y alimentos a los hijos e hijas menores de 18 años no emancipados, hasta en tanto no cumplan la mayoría de edad, así como a los impedidos para trabajar por alguna discapacidad total, al padre o a la madre que dependan económicamente del fallecido y a la cónyuge, concubina o concubinario hasta no contraer nuevo matrimonio o concubinato Aprobada
con fecha 20-Marzo-2014



Publicación en Gaceta: 19-Septiembre-2013
268   Proyecto de decreto que adiciona un artículo 34 Bis 2 a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Alvarado Sánchez Brenda María Izontli (PRI)

A nombre propio y del Dip. Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza (PRI)
Fecha de presentación: 2-Octubre-2013

  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Establecer que la convocatoria para la designación de los titulares de las Contralorías Internas de la Comisión Federal de Competencia Económica y del Instituto Federal de Telecomunicaciones deberá contener, al menos: el proceso de designación para el que se convoca, los requisitos legales que deben satisfacer los aspirantes y los documentos que deben presentar para acreditarlos; las reglas y los plazos para consultar, según el caso, a la ciudadanía o a las instituciones públicas de educación superior; el órgano o la comisión que se encargará de la integración de los expedientes, revisión de documentos, entrevistas, procesos de evaluación y formulación del dictamen que contenga los candidatos aptos para ser votados por la Cámara; convocar a las instituciones públicas de educación superior, para que realicen sus propuestas; los criterios específicos con que se evaluará a los aspirantes y procurará la inclusión paritaria de hombres y mujeres. Señalar que la elección se hará por las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara y podrá realizarse por cédula o utilizando el sistema de votación electrónica. Aprobada
con fecha 3-Diciembre-2013



Publicación en Gaceta: 1-Octubre-2013
269   Proyecto de decreto que reforma los artículos 3º y 5º de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.


Proponente: Aguilar Vega Marcos (PAN)


Fecha de presentación: 2-Octubre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Agregar a los requisitos para que sea acreditable el impuesto al valor agregado, tratándose de ingresos obtenidos por el cumplimiento de las actividades de las instituciones y asociaciones civiles con fines no lucrativos y de asistencia a grupos vulnerables y en general, a través de uno de los siguientes dos mecanismos: en el caso de que el impuesto al valor agregado sea mayor al monto acreditable, la diferencia será entregada a la Federación a través de la autoridad fiscal correspondiente; y si el impuesto al valor agregado acreditable es mayor que el impuesto trasladado, se determinará el saldo a favor y se podrá solicitar la devolución correspondiente en términos de lo que establece la Ley. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 24-Septiembre-2013
270   Proyecto de decreto que reforma los artículos 9, 15 y 41 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.


Proponente: Aguilar Vega Marcos (PAN)

Suscrita por el Dip. Diego Sinhué Rodríguez Vallejo (PAN)
Fecha de presentación: 2-Octubre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Eliminar la salvedad de pagar el impuesto en la enajenación de billetes y demás comprobantes que permitan participar en loterías, rifas, sorteos o juegos con apuestas y concursos de toda clase, así como los premios respectivos, a que se refiere la Ley del Impuesto sobre la Renta. Exentar del pago del impuesto, por la presentación de espectáculos públicos en restaurantes, bares, cabarets, salones de fiesta o de baile y centros nocturnos. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 24-Septiembre-2013
271   Proyecto de decreto que reforma los artículos 32 y 42 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.


Proponente: Aguilar Vega Marcos (PAN)


Fecha de presentación: 2-Octubre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Aumentar los montos de deducción de inversión en automóviles e inversión en aviones, así como los montos permitidos para gastos de viaje y viático, pagos por alimentación y arrendamiento. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 24-Septiembre-2013
272   Proyecto de decreto que reforma el artículo 45 de la Ley de Coordinación Fiscal.


Proponente: Quintana Salinas Esther (PAN)


Fecha de presentación: 2-Octubre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer la obligación de las entidades federativas, de los municipios y de las demarcaciones del Distrito Federal, en el ejercicio de sus atribuciones de control y supervisión, de informar al Pleno del Consejo Nacional de Seguridad Pública acerca de los recursos de los Fondos de Aportaciones para la Seguridad Pública que no han sido aplicados a los fines que señala la Ley. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 24-Septiembre-2013
273   Proyecto de decreto que reforma el artículo 2 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.


Proponente: Larrazabal Bretón Fernando Alejandro (PAN)


Fecha de presentación: 2-Octubre-2013

  - Deporte
Establecer dentro de las finalidades generales de la ley, el garantizar a todas las personas sin distinción de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidades, condición social, de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales o estado civil, la igualdad de oportunidades dentro de los programas de desarrollo que en materia de cultura física y deporte se implementen. Aprobada
con fecha 11-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 24-Septiembre-2013
274   Proyecto de decreto que reforma el artículo 2 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.


Proponente: Pantoja Hernández Leslie (PAN)


Fecha de presentación: 2-Octubre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Incrementar de ¿$0.35¿ a ¿$0.90¿ la cuota por cigarro enajenado o importado. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 24-Septiembre-2013
275   Proyecto de decreto que reforma los artículos 28, 38 y 59 de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario.


Proponente: Quintana Salinas Esther (PAN)


Fecha de presentación: 2-Octubre-2013

  - Transportes
Establecer que los concesionarios en coordinación con la Secretaría, realizarán la instalación, conservación y mantenimiento de señalamientos como semáforos, barreras y campanas electrónicas en los cruces con otras vías de comunicación. Asentar que los concesionarios que presten el servicio público de transporte ferroviario deberán respetar los límites máximos y establecidos para la emisión de ruido y los horarios para el uso de silbato establecido en el reglamento respectivo. Aprobada
con fecha 4-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 24-Septiembre-2013
276   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta.


Proponente: Abreu Artiñano Rocío Adriana (PRI)


Fecha de presentación: 2-Octubre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Agregar un capítulo encaminado al fomento del empleo de personas de 40 años y más.
Establecer la deducción adicional del impuesto sobre la renta, como un incentivo a los patrones que contraten a trabajadores de 40 años y más.
Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 1-Octubre-2013
277   Proyecto de decreto que reforma el artículo 9 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013.


Proponente: Monreal Ávila Ricardo (MC)

Suscrita por el Dip. Ricardo Mejía Berdeja (MC)
Fecha de presentación: 2-Octubre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Eliminar la disposición según la cual las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, incluyendo sus organismos descentralizados y autónomos que se hubieran adherido al ¿Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales en materia del impuesto sobre la renta, de derechos y aprovechamientos¿, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de diciembre de 2008, se les extendería el beneficio de la Condonación del total de los adeudos, incluyendo sus accesorios, que tengan por la omisión total o parcial del entero del impuesto sobre la renta a cargo de sus trabajadores, correspondientes a los ejercicios fiscales de 2005 y anteriores, hasta el ejercicio fiscal de 2012 y anteriores. Aprobada
con fecha 18-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 1-Octubre-2013
278   Proyecto de decreto que reforma los artículos 2-A, 9° y 15 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.


Proponente: Rodríguez Vallejo Diego Sinhué (PAN)

Suscrita por el Dip. Marcos Aguilar Vega (PAN)
Fecha de presentación: 3-Octubre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Incluir la tasa del 0% al calcular el Impuesto al Valor Agregado, en la enajenación de Construcciones adheridas al suelo, destinadas o utilizadas para casa habitación, exceptuando a los hoteles; y la prestación de servicios independientes a cargo de las comisiones y otras contra prestaciones que cubra el acreditado a su acreedor con motivo del otorgamiento de créditos hipotecarios para la adquisición, ampliación, construcción o reparación de bienes inmuebles destinados a casa habitación, salvo aquellas que se originen con posterioridad a la autorización del citado crédito o que se deban pagar a terceros por el acreditamiento. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 3-Octubre-2013
279   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley Federal de Derechos, de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios y del Código Fiscal de la Federación.


Proponente: Bautista Bravo Alliet Mariana (PRD)


Fecha de presentación: 3-Octubre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Ley del Impuesto Sobre la Renta: incluir a las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo en su carácter de integrantes del sector social de la economía, en el Sistema Financiero Mexicano, sin ánimo especulativo y reconociendo que no son intermediarios financieros con fines de lucro. Exentar de la retención de impuestos a los intereses que paguen las cooperativas de ahorro y préstamo.
Ley del Impuesto al Valor Agregado: declarar exentos los intereses que cobren las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo a sus socios por el otorgamiento de préstamos, así como las cuotas que los miembros de diversas Instituciones pagan a cambio de recibir los servicios que le sean propios a la Institución de que se trate. Ley Federal de Derechos: eliminar de aquellos sujetos que deban pagar por los servicios de inspección y vigilancia que presta la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, al Fondo de Supervisión Auxiliar de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Protección a sus Ahorradores. Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios: incluir entre los productos exentos del impuesto en cuestión, a las bebidas que demuestren en su elaboración el uso de productos naturales y en su integración el contenido de vitaminas y minerales. Código Fiscal de la Federación: establecer que las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, son integrantes del Sistema Financiero Mexicano, independientemente de la denominación social que utilicen o empleen como atributo de la personalidad.
Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 3-Octubre-2013
280   Proyecto de decreto que reforma los artículos 54 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 78 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.


Proponente: Quiñones Canales Lourdes Eulalia (PRI)


Fecha de presentación: 3-Octubre-2013

  - Transparencia y Anticorrupción
Las responsabilidades resarcitorias son complementarias y no excluyen la exigencia de otras responsabilidades. Ampliar las facultades de la Auditoría Superior y restringir las atribuciones de las unidades y órganos de control. Evitar que tanto los servidores públicos como los particulares ya sean personas físicas o morales públicas o privadas, sancionados por resolución definitiva firme, a través del procedimiento resarcitorio sean contratadas, ni presten servicio o encargo alguno a la federación, en tanto no hayan solventado totalmente el monto a resarcir y -de ser el caso-, el contrato cesará de inmediato y se considerarán inhabilitados. Indicar que la Secretaría de la Función Pública, además de la sanción que corresponda, inhabilitará temporalmente para participar de manera directa o por interpósita persona en procedimientos de contratación o celebrar contratos a los licitantes o proveedores que omitan el pago de las sanciones resarcitorias firmes impuestas por la Auditoría Superior de la Federación, en cuyo caso, la inhabilitación cesará hasta que se efectúe el pago respectivo ante la Tesorería de la Federación en su totalidad. Aprobada
con fecha 25-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 3-Octubre-2013
281   Proyecto de decreto que reforma el artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.


Proponente: Uribe Padilla Juan Carlos (PAN)


Fecha de presentación: 8-Octubre-2013

  - Gobernación
Incorporar dentro de las fechas en las que la bandera deba izarse a toda asta el 13 de agosto: Aniversario de la firma de los Tratados de Teoloyucan, en 1914. Aprobada
con fecha 4-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 8-Octubre-2013
282   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios.


Proponente: Diputados integrantes del PVEM (PVEM)

Suscrita por los diputados Carlos Octavio Castellanos Mijares y Rubén Acosta Montoya (PVEM)
Fecha de presentación: 8-Octubre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer la aplicación de una tasa de 5 pesos por envase no reciclado por la enajenación o, en su caso, en la importación de envases fabricados con tereftalato de polietileno (PET) que cumplan la función de contener y proteger un producto para su distribución, comercialización y consumo, retornables o no retornables. Asentar que las personas físicas y las morales que lleven a cabo dentro del territorio nacional la enajenación o, en su caso, la importación definitiva de envases de PET o productos cuyo consumo implique el desecho de éstos, estarán obligadas a establecer los mecanismos necesarios para la adecuada disposición final y el reciclamiento de 2 de cada 4 envases. Señalar que sólo en caso de no realizarse la cuota de reciclamiento anterior, las personas físicas y las morales correspondientes, estarán obligadas al pago de la tasa por cada envase no reciclado. Prescribir que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, tendrá la obligación de establecer un mecanismo de control de producción y reciclamiento, a fin de que se pueda llevar a cabo la fiscalización correspondiente. Indicar que los recursos provenientes por la aplicación de esta cuota se destinarán de manera íntegra a la tecnificación y mejoramiento del control y manejo de residuos sólidos y rellenos sanitarios de los municipios con mayor grado de marginación. Establecer que No se pagará el impuesto establecido por las enajenaciones de los envases de PET, cuando su producción se lleve a cabo a partir de material reciclado o de re uso. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 8-Octubre-2013
283   Proyecto de decreto que reforma el artículo 177 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.


Proponente: Ceseñas Chapa María del Socorro (PRD)


Fecha de presentación: 8-Octubre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Modificar en la tabla para calcular el Impuesto sobre la Renta para el ejercicio anual, la cuota fija de las últimas 5 categorías vigentes. Agregar 4 categorías más a la tabla incluyendo en ellas a quienes tengan ingresos de 500 a 750 mil; quienes tengan ingresos de 750 mil con un centavo a 1 millón; quienes ingresen de 1 millón 1 centavo a 10 millones y quienes ingresen de 10 millones 1 centavo en adelante. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 8-Octubre-2013
284   Proyecto de decreto que reforma el artículo 25 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.


Proponente: Cerda Franco María Sanjuana (NUEVA ALIANZA)


Fecha de presentación: 8-Octubre-2013

  - Trabajo y Previsión Social
Eliminar de la legislación, la facultad del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de suspender, parcial o totalmente, los seguros, prestaciones y servicios que está obligado a prestar. Aprobada
con fecha 20-Marzo-2014



Publicación en Gaceta: 8-Octubre-2013
285   Proyecto de decreto que reforma los artículos 2°, 3°, 4°, 5-A, 8° y 19 de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios.


Proponente: Zárate Salgado Fernando (PRD)


Fecha de presentación: 9-Octubre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Aplicar una cuota de $2.00 por litro a la enajenación o importación de bebidas azucaradas, saborizadas, concentrados, polvos, jarabes, esencias o extractos de sabores, jarabes o concentrados para preparar bebidas saborizadas. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 9-Octubre-2013
286   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios.


Proponente: Zárate Salgado Fernando (PRD)


Fecha de presentación: 9-Octubre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer un impuesto a las bebidas con contenido alcohólico de hasta 14 º Gay-Lussac y cerveza de un peso por el volumen equivalente de 333 a 355 mililitros, o la parte proporcional cuando el envase sea de diferente capacidad y tratándose de bebidas comercializadas a granel o en barril, la cantidad proporcional al total del volumen contenido en el mismo. Asignar el monto recaudado por este incremento a las entidades federativas. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 9-Octubre-2013
287   Proyecto de decreto que reforma el artículo 1º de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2013.


Proponente: Astudillo Suárez Ricardo (PVEM)


Fecha de presentación: 10-Octubre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Dar carácter de precio único a los precios de venta de primera mano del gas licuado de petróleo que el Poder Ejecutivo fije por razones de interés público y cuando se considere necesario evitar aumentos desproporcionados en el precio al usuario final. Aprobada
con fecha 18-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 10-Octubre-2013
288   Proyecto de decreto que reforma los artículos 61 y 71 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Articulo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Orozco Gómez Javier (PVEM)


Fecha de presentación: 10-Octubre-2013

  - Justicia
Incorporar a los requisitos la demanda por la que se ejercita la acción de inconstitucionalidad, el señalamiento de los preceptos constitucionales que se estimen violados, y en su caso, los derechos humanos consagrados en los tratados internacionales de los que México sea parte que se estimen vulnerados. Señalar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá fundar su declaración de invalidez en la violación de los derechos humanos consagrados en cualquier tratado internacional del que México sea parte, haya o no sido invocado en el escrito inicial. Aprobada
con fecha 12-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 10-Octubre-2013
289   Proyecto de decreto que reforma los artículos 6°, 25, 35 y 36 de la Ley de Coordinación Fiscal.


Proponente: Cuevas Mena Mario Alejandro (PRD)


Fecha de presentación: 10-Octubre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dará a conocer a través del Diario Oficial de la Federación, los calendarios para la ministración de los fondos en la entidades federativas, dentro de los 15 días hábiles posteriores a la publicación del Presupuesto de Egresos de la Federación y al mismo tiempo los pondrá a disposición del público en general en un apartado o liga especial, a través de sus respectivas páginas electrónicas oficiales de Internet. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 3-Octubre-2013
290   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios.


Proponente: Rosas Montero Lizbeth Eugenia (PRD)


Fecha de presentación: 10-Octubre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Aplicar una cuota de $3 x kilo (producido o importado) en los alimentos con escaso nivel nutricional. Incluir el concepto ¿Alimentos con escaso nivel nutricional¿, como aquellos que tienen un alto contenido de ácidos grasos, ácidos grasos trans, ácidos grasos saturados, azúcares, azúcares añadidos y lípidos. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 8-Octubre-2013
291   Proyecto de decreto que reforma los artículos 2°, 3°, 5-A y 19 de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios.


Proponente: Morales López Carlos Augusto (PRD)


Fecha de presentación: 10-Octubre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Aplicar una tasa de 20 por ciento a la enajenación o importación de alimentos no saludables. Establecer el concepto de ¿alimentos no saludables¿, entendido como aquellos que no aportan nutrientes esenciales y que contienen elevadas cantidades de grasas saturadas o trans, azúcares, sodio, preservantes, saborizantes y colorantes Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 9-Octubre-2013
292   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte.


Proponente: Gutiérrez De la Garza Héctor (PRI)

Suscrita por los diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera, Gerardo Francisco Liceaga Arteaga y José Alberto Rodríguez Calderón (PRI)
Fecha de presentación: 15-Octubre-2013

Unidas  - Justicia
- Deporte
Imponer sanciones a quienes ejerzan violencia en la práctica de actividades físicas, recreativas o deportivas. Establecer coordinación de los tres niveles de gobierno, para prevenir la violencia en el deporte y garantizar el desarrollo pacífico en los recintos donde se celebren eventos deportivos masivos y en sus inmediaciones, así como la seguridad y patrimonio de las personas, fijar asimismo las responsabilidades, forma de colaboración y requisitos mínimos para garantizar dicha seguridad. Determinar responsabilidad solidaria a los organizadores y propietarios de las instalaciones donde se desarrollen eventos deportivos, por los daños y perjuicios que se generen en contra de los asistentes y de sus bienes al interior de las instalaciones por omisiones en las reglas y medidas de seguridad. Imponer en caso de incumplimiento las siguientes sanciones: a las asociaciones y sociedades deportivas, deportivas nacionales, recreativo-deportivas, del deporte en la rehabilitación y de cultura física-deportiva, así como a los organizadores de eventos o espectáculos deportivos, con fines de espectáculo, suspensión temporal o definitiva de la organización de espectáculos deportivos en las instalaciones donde se hayan suscitado actos de violencia; y a los espectadores, amonestación privada o pública, expulsión de las instalaciones, la reparación del daño, y suspensión de uno a cinco años del acceso a espectáculos y su incorporación al padrón de aficionados. Aprobada
con fecha 27-Marzo-2014



Publicación en Gaceta: 10-Octubre-2013
293   Proyecto de decreto que reforma los artículos 3° y 111 de la Ley de Migración.


Proponente: Miranda Salgado Marino (PRD)


Fecha de presentación: 16-Octubre-2013

  - Asuntos Migratorios
Modificar el término ¿migrante¿ por el de ¿situación migratoria¿, entendiéndola como la hipótesis jurídica en la que se ubica un extranjero en función del cumplimiento o incumplimiento de las disposiciones migratorias para su internación y estancia en el país. Aprobada
con fecha 22-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 1-Octubre-2013
294   Proyecto de decreto que reforma el artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Guillén Guillén Mario Francisco (PVEM)


Fecha de presentación: 16-Octubre-2013

  - Puntos Constitucionales
Establecer que desde el primer año de primaria se impartirá la educación con responsabilidad ambiental, bajo un programa que desarrolle contenidos educativos que estimule la generación de nuevos conocimientos, valores y actitudes que fomenten prácticas sustentables y saludables con el medio ambiente. Aprobada
con fecha 24-Abril-2014



Publicación en Gaceta: 10-Octubre-2013
295   Proyecto de decreto que reforma el artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Vega Vázquez José Humberto (PRD)


Fecha de presentación: 16-Octubre-2013

Con Opinión de  - Educación Pública y Servicios Educativos
- Medio Ambiente y Recursos Naturales
  - Puntos Constitucionales
Incorporar el cuidado al medio ambiente a las materias que fomente la educación que imparta el Estado. Aprobada
con fecha 24-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 15-Octubre-2013
296   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales y del Código Federal de Procedimientos Civiles.


Proponente: González Magallanes Alfa Eliana (PRD)

Suscrita por el Dip. Luis Ángel Xariel Espinosa Cházaro (PRD)
Fecha de presentación: 17-Octubre-2013

  - Justicia
Establecer sanción de a tres años de prisión o de ciento cincuenta a trescientos días de trabajo a favor de la comunidad y hasta doscientos días multa al que por razones de discapacidad, atente contra la dignidad humana o anule o menoscabe los derechos y libertades de las personas. Designar interpretes en los juicios en materia penal y civil, cuando el inculpado, el actor, el ofendido o algún testigo sea persona con discapacidad visual auditiva y/o silente, asimismo, prever que las comunicaciones, promociones ó el desahogo de pruebas, se haga mediante escritura braille, o lengua de señas según el caso. Aprobada
con fecha 13-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 10-Octubre-2013
297   Proyecto de decreto que reforma el artículo 3º de La Ley General de Cambio Climático.


Proponente: Nolasco Ramírez Yesenia (PRD)


Fecha de presentación: 18-Octubre-2013

  - Cambio Climático
Incluir en el concepto de mitigación que utiliza el ordenamiento jurídico, la aplicación de políticas y acciones de intervención antropogénica destinadas a reducir las emisiones de las fuentes, o mejorar los sumideros de gases y compuestos de efecto invernadero; y en el concepto de vulnerabilidad, el grado de susceptibilidad o incapacidad de los sistemas naturales, humanos y productivos para soportar los efectos adversos del cambio climático. Aprobada
con fecha 13-Marzo-2014



Publicación en Gaceta: 1-Octubre-2013
298   Proyecto de decreto que reforma los artículos 59, 62, 63 y 63 Bis de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.


Proponente: Sosa Altamira William Renan (PRI)

Suscrita por el Dip. Felipe de Jesús Muñoz Kapamas (PRI)
Fecha de presentación: 18-Octubre-2013

  - Gobernación
Actualizar con el Reglamento de las Cámaras de Diputados y Senadores, los nombres de las Comisiones que integrarán el Consejo de Premiación, determinando el nombre de la Comisión en la Cámara de Diputados de ¿Deporte¿ y manteniendo en la Cámara de Senadores ¿Juventud y Deporte¿. Modificar los plazos en los que deban proponerse las candidaturas al consejo, pasando del primero de octubre al cinco de noviembre, por el periodo del 15 de septiembre al 20 de octubre de cada año. Modificar la fecha en que se entregarán los premios pasando del primer domingo de diciembre por el 20 de noviembre de cada año. Aprobada
con fecha 20-Noviembre-2013



Publicación en Gaceta: 9-Octubre-2013
299   Proyecto de decreto que expide el Reglamento Interior de la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia de la Auditoria Superior de la Federación de la Cámara de Diputados.


Proponente: Muñoz Soria José Luis (PRD)

Suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.
Fecha de presentación: 18-Octubre-2013

  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto regular la organización, atribuciones y competencia de la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados. Establecer, entre otras cosas: la estructura orgánica de dicha Unidad; atribuciones de su Titular y de sus áreas administrativas; régimen laboral de los servidores públicos; requisitos a cumplir para ocupar determinados cargos de la Unidad; y prohibiciones de los servidores públicos adscritos a ésta. Aprobada
con fecha 15-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 1-Octubre-2013
300   Proyecto de decreto que reforma, adiciona, y deroga diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 22-Octubre-2013

  - Defensa Nacional
Adicionar a las enfermedades que causan retiro por incapacidad, el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, manifestado por la seropositividad a los anticuerpos contra el virus de la inmunodeficiencia humana, confirmada con pruebas suplementarias más infecciones por gérmenes oportunistas y/o neoplasias malignas, que impliquen la pérdida de la funcionalidad para el desempeño de los actos del servicio. Establecer que en todos los casos en que sea médicamente posible, se deberá ajustar el control y tratamiento médico de las diferentes enfermedades, a las actividades específicas del militar, sin afectar al servicio y sin ningún tipo de discriminación. Aprobada
con fecha 19-Marzo-2014



Publicación en Gaceta: 22-Octubre-2013
301   Proyecto de decreto que reforma el artículo 381 del Código Penal Federal.


Proponente: Guevara González Javier Filiberto (PRI)


Fecha de presentación: 22-Octubre-2013

  - Justicia
Imponer además de las penas previstas para el delito de robo de acuerdo al monto total del valor de lo robado, prisión de dos a siete años, cuando el objeto del robo sea cable de cobre y a consecuencia de estos comportamientos se produzca la interrupción de ciertos servicios públicos y básicos. Aprobada
con fecha 13-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 17-Octubre-2013
302   Proyecto de decreto que reforma el artículo 107 de la Ley General de Cambio Climático.


Proponente: Sampayo Ortíz Ramón Antonio (PAN)

Suscrita por el Dip. Sergio Augusto Chan Lugo (PAN)
Fecha de presentación: 29-Octubre-2013

  - Cambio Climático
Establecer que la Comisión Intersecretarial de Cambio Climático, rendirá a más tardar en el mes de agosto de cada año, un informe público anual, detallando las acciones que se efectuaron con recursos del Fondo para el Cambio Climático, así como de los recursos asignados a las diferentes Secretarías en el rubro de cambio climático, contenidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación. Aprobada
con fecha 13-Marzo-2014



Publicación en Gaceta: 17-Octubre-2013
303   Proyecto de decreto que reforma los artículos 1° y 3° de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Schroeder Verdugo María Fernanda (PRI)


Fecha de presentación: 5-Noviembre-2013

  - Derechos de la Niñez
Se modifica la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para que deje de ser una ley que se fundamenta en el párrafo sexto del artículo 4° constitucional y se convierta en una ley reglamentaria. Adiciona a su objetivo el tutelar los derechos plasmados en los tratados internacionales de los que México es parte y establece como principios rectores de los derechos de las niñas niños y adolecentes el respeto a su sexualidad, al normal desarrollo psicosexual, y al acceso a la justicia pronta y expedita. Aprobada
con fecha 23-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 24-Octubre-2013
304   Proyecto de decreto que reforma los artículos 7°, 11 y 19 de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa.


Proponente: Fuentes Téllez Adriana (PRI)

A nombre propio y de los diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera, Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, Manuel Añorve Baños y Marco Antonio Bernal Gutiérrez (PRI)
Fecha de presentación: 7-Noviembre-2013

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Incluir la oferta suficiente de agua potable para consumo humano como uno de los requisitos que debe cumplir la infraestructura física educativa del país. Adicionar la garantía de existencia de bebederos suficientes y con suministro continuo de agua potable en cada inmueble de uso escolar ¿conforme a los lineamientos que emita la Secretaría de Salud en coordinación con la Secretaría de Educación Pública¿, dentro de la planeación de los programas y proyectos para la construcción, equipamiento, mantenimiento, rehabilitación, reforzamiento, reconstrucción y habilitación de la INFE Aprobada
con fecha 13-Noviembre-2013



Publicación en Gaceta: 5-Noviembre-2013
305   Proyecto de decreto que adiciona un artículo 113 Bis a la Ley Agraria.


Proponente: Schroeder Verdugo María Fernanda (PRI)


Fecha de presentación: 7-Noviembre-2013

  - Reforma Agraria
Crear la Unidad Agrícola Industrial de la Mujer (UAIM), con el objeto de realizar y coordinar actividades productivas, de asistencia mutua, aprovechamiento de recursos, comercialización u otras actividades no prohibidas por la ley que desarrollen las mujeres dentro del núcleo agrario. La UAIM tendrá personalidad jurídica, y se constituirá con un mínimo de cinco socias. Aprobada
con fecha 7-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 31-Octubre-2013
306   Proyecto de decreto Que reforma el artículo 25 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.


Proponente: Carreño Muro Genaro (PAN)


Fecha de presentación: 7-Noviembre-2013

  - Transportes
Precisar que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes podrá convenir con los estados y municipios la conservación, reconstrucción y ampliación de tramos federales; para ello, deberán cumplir con las especificaciones técnicas y estructurales que establecen las normas federales. Aprobada
con fecha 23-Abril-2014



Publicación en Gaceta: 10-Octubre-2013
307   Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario.


Proponente: Guerra Garza Abel (PRI)

A nombre propio y del Dip. Fernando Alfredo Maldonado Hernández (PRI)
Fecha de presentación: 13-Noviembre-2013

  - Transportes
Establecer como objeto de la ley regular la construcción, operación, explotación, conservación, mantenimiento y garantía de interconexión en las vías férreas cuando sean vías generales de comunicación, así como procurar las condiciones de competencia en el servicio público de transporte ferroviario que en ellas opera y los servicios auxiliares. Atribuir a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en materia de servicio ferroviario, el garantizar la interconexión en las vías férreas cuando sean vías generales de comunicación; establecer las condiciones y contraprestaciones en los casos en que los concesionarios no lleguen a un acuerdo; y, establecer bases de regulación tarifaria cuando no existan condiciones de competencia efectiva. Determinar que todas las tarifas que apliquen los concesionarios y permisionarios deberán registrarse previamente ante la secretaría para su puesta en vigor y colocarse en lugar visible en las terminales en que presten servicios así como por medios electrónicos y por medio de Internet. Determinar que la SCT deberá establecer bases de regulación tarifaria, por sí o a petición de parte afectada, previa opinión de la Comisión Federal de Competencia Económica, cuando considere que las tarifas registradas no se apliquen en igualdad de condiciones a los usuarios para servicios comparables y que no existe competencia efectiva, o se den prácticas monopólicas relativas o absolutas.
Indicar que los concesionarios, los usuarios o la secretaría podrán solicitar a la Comisión Federal de Competencia Económica que emita juicio sobre la subsistencia de tales condiciones. Asentar que las bases tarifarias que se establezcan conforme a este artículo, se mantendrán mientras subsistan las condiciones que la motivaron. Establecer multa de mil a veinte mil salarios mínimos por aplicar tarifas distintas a las registradas ante la secretaría o si éstas no se aplican en igualdad de condiciones a los usuarios para servicios comparables.
Aprobada
con fecha 4-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 12-Noviembre-2013
308   Proyecto de decreto por el que se dispone la obligación de los editores de hacer el depósito legal digitalizado de sus publicaciones.


Proponente: Galindo Quiñones Heriberto Manuel (PRI)


Fecha de presentación: 21-Noviembre-2013

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Establecer la obligación de los editores y productores de materiales bibliográficos y documentales de entregar ejemplares de las ediciones impresas y en formatos digitales de su catálogo de publicaciones, a la Biblioteca Nacional, al Sistema de Bibliotecas del Congreso de la Unión y a las Bibliotecas de los Congresos de las entidades federativas en las que tengan sus sedes las casas editoras. Aprobada
con fecha 25-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 7-Noviembre-2013
309   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.


Proponente: Pedraza Aguilera Flor de María (PAN)


Fecha de presentación: 21-Noviembre-2013

  - Salud
Otorgar en forma expedita, los servicios de salud contemplados en la ley, a las mujeres en edad gestacional que presenten una emergencia obstétrica, independientemente de su derechohabiencia o afiliación a cualquier esquema de aseguramiento, y de forma gratuita para las mujeres en condiciones de pobreza. Establecer como obligación del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, brindar dicho servicio de salud. Aprobada
con fecha 18-Septiembre-2014



Publicación en Gaceta: 20-Noviembre-2013
310   Proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Consulta Popular.


Proponente: Esquivel Zalpa José Luis (PRD)


Fecha de presentación: 21-Noviembre-2013

  - Gobernación
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Definir la consulta popular como el derecho de los ciudadanos de los Estados Unidos Mexicanos a intervenir y participar colectivamente, en las decisiones públicas de trascendencia nacional, en la ratificación o rechazo de leyes federales aprobadas por el Congreso de la Unión y en la formulación de iniciativas de ley. Instituir y regular los instrumentos de la consulta popular (plebiscito, referéndum e iniciativa popular). Aprobada
con fecha 10-Diciembre-2013



Publicación en Gaceta: 21-Noviembre-2013
311   Proyecto de decreto que reforma los artículos 2° y 10 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.


Proponente: Villanueva Albarrán Gerardo (MC)

A nombre propio y del Dip. José Francisco Coronato Rodríguez (MC)
Fecha de presentación: 21-Noviembre-2013

  - Deporte
Adicionar como finalidad de la ley, la de fomentar el desarrollo de la activación física, la cultura física y el deporte, como medio de rehabilitación y reinserción de los reclusos en el sistema penitenciario mexicano. Facultar al Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte, para coordinar y evaluar los procedimientos y programas destinados a promover y fomentar la cultura física y el deporte como un medio de rehabilitación y reinserción de todos los reclusos en el país. Aprobada
con fecha 9-Abril-2014



Publicación en Gaceta: 7-Noviembre-2013
312   Proyecto de decreto que reforma los artículos 1º y 28 de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.


Proponente: Talamante Lemas Dora María Guadalupe (NUEVA ALIANZA)


Fecha de presentación: 21-Noviembre-2013

Con Opinión de  - Igualdad de Género
  - Defensa Nacional
Incluir el criterio de igualdad de oportunidades tanto en la educación que imparte la Secretaría de la Defensa Nacional, como en el proceso de admisión a las instituciones de educación militar. Aprobada
con fecha 3-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 5-Noviembre-2013
313   Proyecto de decreto que reforma los artículos 18 y 60 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.


Proponente: Monreal Ávila Ricardo (MC)

Suscrita por el Dip. Ricardo Mejía Berdeja (MC)
Fecha de presentación: 21-Noviembre-2013

  - Transparencia y Anticorrupción
Establecer que el procedimiento administrativo continuará de oficio, pero operará la caducidad de la instancia por la inactividad procesal de las partes, cuando en un periodo de tiempo de tres meses no existan actuaciones de las autoridades o los interesados, a solicitud de parte interesada o de oficio, en el plazo de 30 días contados a partir de la expiración del plazo para dictar resolución, así como en los casos en que la autoridad por su inactividad haya propiciado la paralización del mismo por tres meses. Aprobada
con fecha 2-Septiembre-2014



Publicación en Gaceta: 29-Octubre-2013
314   Proyecto de decreto que reforma el artículo 3° del Decreto por el que se crea la Medalla al Mérito Cívico Eduardo Neri, Legisladores de 1913.


Proponente: Monreal Ávila Ricardo (MC)

Suscrita por el Dip. Ricardo Mejía Berdeja (MC)
Fecha de presentación: 21-Noviembre-2013

  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Se propone que uno de los ejemplares de la Medalla al Merito Cívico Eduardo Neri. Legisladores de 1913, sea entregada al Museo Legislativo para su exhibición al público. Aprobada
con fecha 1-Abril-2014



Publicación en Gaceta: 20-Noviembre-2013
315   Proyecto de decreto por el que se establecen las características de una moneda conmemorativa del 100 aniversario de los Defensores de Veracruz en 1914.


Proponente: García Rojas Mariana Dunyaska (PAN)


Fecha de presentación: 26-Noviembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Establecer las características de una moneda conmemorativa del 100 aniversario de los Defensores de Veracruz en 1914. Aprobada
con fecha 20-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 12-Noviembre-2013
316   Proyecto de decreto que adiciona los artículos 10 Bis, 10 Ter y 18 Bis a la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.


Proponente: Ochoa Gallegos Williams Oswaldo (PRI)


Fecha de presentación: 26-Noviembre-2013

  - Derechos Humanos
Establecer los lineamientos a que deberá sujetarse la Comisión legislativa correspondiente de la Cámara de Senadores, para elegir al Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Establecer que el Senado de la República deberá elegir al Presidente del Consejo Consultivo de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, al menos diez días antes de que concluya el periodo del Presidente saliente. Aprobada
con fecha 22-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 12-Noviembre-2013
317   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos.


Proponente: Gauna Ruiz de León Celia Isabel (PRI)


Fecha de presentación: 26-Noviembre-2013

  - Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial
Fijar normas básicas que garanticen la seguridad y protección civil, previniendo los riesgos naturales y antropogénicos derivados de los asentamientos humanos. Establecer a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano como la encargada de conducir las políticas nacionales en materia de asentamientos humanos y desarrollo urbano, así como facultarlo para que en coordinación con la Secretaría de Gobernación, apoye en la formulación de los Atlas de Riesgo. Establecer la coordinación de los tres niveles de gobierno en el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y el desarrollo urbano de los centros de población. Adicionar un capítulo denominado ¿Prevención de Riesgos en los Asentamientos Humanos¿, que contenga las normas básicas, obligatorias y de carácter nacional, relacionadas con los procesos de ocupación del territorio en zonas sujetas a riesgos geológicos e hidrometeorológicos, a fin de prevenir riesgos a la población y evitar daños irreversibles en sus personas o sus bienes, así como para mitigar los impactos y costos económicos y sociales en los centros de población. Aprobada
con fecha 1-Abril-2014



Publicación en Gaceta: 12-Noviembre-2013
318   Proyecto de decreto que reforma el artículo 70 de la Ley General de Educación.


Proponente: Moreno Cárdenas Rafael Alejandro (PRI)


Fecha de presentación: 26-Noviembre-2013

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Mandatar al Consejo Municipal de Participación Social en la Educación, a que gestione ante el ayuntamiento y ante la autoridad educativa local, las actividades y acciones educativas que propicien el estudio y cuidado de los mares, así como del conocimiento de la pesca y acuacultura como actividades que impulsan el desarrollo integral de las comunidades; y en general, todas aquellas actividades para apoyar y fortalecer la educación en el municipio. Aprobada
con fecha 17-Septiembre-2014



Publicación en Gaceta: 20-Noviembre-2013
319   Proyecto de decreto que reforma los artículos 12, 27 y 29 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.


Proponente: Rodríguez Calderón José Alberto (PRI)


Fecha de presentación: 26-Noviembre-2013

  - Seguridad Pública
Actualizar el texto de la ley, a efecto de eliminar como integrante del Consejo Nacional de Seguridad Pública, al Secretario de Seguridad Pública, en virtud de que dicha dependencia ha desaparecido. Modificar la denominación de la ¿Conferencia Nacional de Secretarios de Seguridad Pública¿ por el de ¿Conferencia Nacional de Titulares de Seguridad Pública¿, misma que estará presidida por el Secretario de Gobernación. Aprobada
con fecha 4-Septiembre-2014



Publicación en Gaceta: 20-Noviembre-2013
320   Proyecto de decreto que reforma el artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.


Proponente: Moreno Cárdenas Rafael Alejandro (PRI)


Fecha de presentación: 26-Noviembre-2013

  - Gobernación
Establecer el izamiento de bandera a toda asta, el 26 de enero, con motivo del Aniversario del nacimiento de Justo Sierra Méndez, en 1848. Aprobada
con fecha 17-Septiembre-2014



Publicación en Gaceta: 21-Noviembre-2013
321   Proyecto de decreto que reforma el artículo 26 de la Ley General de Cambio Climático.


Proponente: Chávez Contreras Rodrigo (MC)


Fecha de presentación: 26-Noviembre-2013

  - Cambio Climático
Se propone que la transversalidad y la direccionalidad de las políticas públicas sean principios en la formulación de la política nacional de cambio climático. Aprobada
con fecha 13-Marzo-2014



Publicación en Gaceta: 26-Noviembre-2013
322   Proyecto de decreto que se establecen las características de una moneda conmemorativa del Centenario de la Gesta Histórica del Puerto de Veracruz.


Proponente: Galván Villanueva Raúl Santos (PRI)


Fecha de presentación: 3-Diciembre-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Establecer las características de una moneda conmemorativa del centenario de la gesta histórica del puerto de Veracruz. Aprobada
con fecha 20-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 20-Noviembre-2013
323   Proyecto de decreto que reforma el artículo 46 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.


Proponente: Barrera Fortoul Laura (PRI)


Fecha de presentación: 3-Diciembre-2013

  - Distrito Federal
Eliminar la limitante del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, de sólo presentar iniciativas de ley y decretos ante la Asamblea Legislativa, en todo lo relacionado con la organización y funcionamiento de la administración de justicia local. Aprobada
con fecha 9-Abril-2014



Publicación en Gaceta: 3-Diciembre-2013
324   Proyecto de decreto que reforma el artículo 43 de la Ley General de Educación.


Proponente: Coronato Rodríguez José Francisco (MC)


Fecha de presentación: 3-Diciembre-2013

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Se propone reformar el artículo 43 de la Ley General de Educación para que la educación media superior sea considerada en la educación para adultos. Aprobada
con fecha 9-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 3-Diciembre-2013
325   Proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Consulta Popular.


Proponente: Diputados integrantes del PRD (PRD)

Suscrita por los diputados Amalia Dolores García Medina y Silvano Aureoles Conejo (PRD)
Fecha de presentación: 3-Diciembre-2013

  - Gobernación
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de regular las candidaturas independientes a los cargos de elección popular. Establecer los cargos federales de elección popular que pueden ser ocupados por candidatos independientes, la posibilidad de registrar hasta tres candidatos independientes por cargo de elección popular, así como ciertas formalidades que deben observar los candidatos independientes para los cargos de diputado y senador. Definir las etapas del proceso de selección de los candidatos independientes. Determinar las formalidades y plazos en que los ciudadanos deberán manifestar su intención a ser registrados como candidatos independientes, así como los órganos ante los que debe realizarse. Establecer el catálogo de derechos y obligaciones para los candidatos independientes registrados, destacando respecto de los aspirantes; que los candidatos independientes tendrán acceso al financiamiento público en los términos de la ley; así como transparentar el manejo de dichos recursos. Aprobada
con fecha 10-Diciembre-2013



Publicación en Gaceta: 3-Diciembre-2013
326   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de iniciativa ciudadana e iniciativa preferente.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Suscrita por diputados de los Grupos Parlamentarios del PRI, PAN y PRD
Fecha de presentación: 4-Diciembre-2013

  - Gobernación
Incluir las figuras de iniciativas ciudadanas y preferentes señalando su procedencia y trámite que se dará en las Cámaras del Congreso de la Unión.
Respecto a la iniciativa ciudadana propone la adición del Título Quinto denominado ¿De la Iniciativa Ciudadana y Preferente¿, a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, dividida en dos capítulos; el Capítulo Primero se intitula ¿De la iniciativa ciudadana¿ y comprende de los artículos 130 a 133. En dicho capítulo se establece el derecho de los ciudadanos de iniciar leyes o decretos en un número equivalente a cuando menos el cero punto trece por ciento de la lista nominal de electores, de conformidad con lo señalado por la Constitución. Asimismo, prevé que en los dictámenes relativos a las iniciativas ciudadanas, una vez que las mismas sean turnadas, seguirán el procedimiento legislativo dispuesto por la propia Ley del Congreso y los reglamentos de cada Cámara del Congreso de la Unión, cuando la autoridad electoral comunique el cumplimiento del requisito porcentual. Señala cuáles son las formalidades para presentar las iniciativas ciudadanas: a) Presentarse por escrito ante el Presidente de la Cámara de Diputados o de Senadores; y en sus recesos, ante el Presidente de la Comisión Permanente; b) Contener los nombres completos de los ciudadanos y su firma, además de la clave de elector y CURP de la credencial para votar con fotografía vigente; c) Señalar el nombre completo y domicilio de representante para recibir notificaciones, y d) Identificar plenamente toda la documentación, señalando en la parte superior de cada hoja el nombre del proyecto de decreto que se propone someter.
En cuanto a la iniciativa preferente, establece cuál es su naturaleza sobre cualquier materia que proponga el Poder Ejecutivo sin límites en cuanto al número de leyes a reformar o adicionar. De igual forma, se establece el procedimiento para su discusión, votación y aprobación antes de ser remitida como minuta a la Cámara revisora. Se prevé el supuesto de que, transcurrido el plazo en la Cámara de origen y no formule el dictamen, la Mesa Directiva deberá incluir la iniciativa como primer asunto en el orden del día de la siguiente sesión del Pleno para su discusión y votación en sus términos misma que deberá ser aprobada; de lo contrario, se tendrá por desechada, conforme a la fracción G del artículo 72 constitucional.
Aprobada
con fecha 4-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 4-Diciembre-2013
327   Proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Consulta Popular.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Suscrita por diputados de los Grupos Parlamentarios del PRI, PAN y PRD
Fecha de presentación: 4-Diciembre-2013

  - Gobernación
Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto regular el procedimiento de la consulta popular, entendida como el mecanismo de participación por el cual los ciudadanos expresan su opinión respecto de uno o varios temas de trascendencia nacional. Determinar que los actos de carácter legislativo del Congreso de la Unión y los actos administrativos del Ejecutivo Federal, siempre que sean de trascendencia nacional, serán objeto de consulta popular. Definir los temas que serán considerados de trascendencia nacional. Establecer los requisitos de participación y los sujetos que podrán solicitar una consulta popular. Establecer los diferentes procedimientos para la convocatoria de la consulta popular, de acuerdo al sujeto que presente la petición. Establecer la responsabilidad del Instituto Federal Electoral de la organización y desarrollo de las consultas populares. Establecer que cuando el informe de dicho Instituto indique que la participación en la consulta popular corresponda, al menos al cuarenta por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores, el resultado será vinculatorio para los poderes Ejecutivo y Legislativo federales. Considerar al recurso de apelación, como medio de impugnación valido para la consulta popular. Aprobada
con fecha 10-Diciembre-2013



Publicación en Gaceta: 4-Diciembre-2013
328   Proyecto de decreto que reforma la base tercera, apartados A, párrafo tercero, y C, párrafo segundo del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Suscrita por diputados de los Grupos Parlamentarios del PRI, PAN y PRD
Fecha de presentación: 4-Diciembre-2013

  - Puntos Constitucionales
Establecer que ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a promover e influir en la consulta popular y en las preferencias electorales de los ciudadanos, ni a favor o en contra de partidos políticos o de candidatos a cargos de elección popular, salvo la emisión de mensajes para promover e influir durante el tiempo que comprendan las campañas electorales, información de las autoridades electorales relativas a servicios educativos y de salud, y las necesarias para la difusión de la consulta popular por parte del Presidente de la República. Aprobada
con fecha 10-Diciembre-2013



Publicación en Gaceta: 4-Diciembre-2013
329   Proyecto de decreto que reforma el artículo 26 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro.


Proponente: Dorador Pérez Gavilán Rodolfo (PAN)


Fecha de presentación: 11-Diciembre-2013

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Excluir del régimen de precio único de venta al público, los libros de texto de enseñanza, investigación y formación técnica y profesional correspondientes a la educación media superior obligatoria. Aprobada
con fecha 17-Septiembre-2014



Publicación en Gaceta: 17-Octubre-2013
330   Proyecto de decreto que reforma los artículos 3° y 13 de la Ley General de Asentamientos Humanos.


Proponente: Hernández Morales Mirna Esmeralda (PRI)


Fecha de presentación: 11-Diciembre-2013

  - Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial
El cambio climático, implica forzosamente realizar estrategias que hagan frente a sus efectos, los recientes desastres generados por los fenómenos meteorológicos Ingrid y Manuel que impactaron en el océano Pacífico y el Golfo de México dejaron miles de personas evacuadas de sus lugares de origen y en 371 municipios se mantiene una alerta de riesgo permanente además de que el gobierno de la República ha declarado en zonas de desastre a 22 entidades federativas. El ordenamiento territorial de los asentamientos humanos deberá proteger el nivel y calidad de vida, Se propone la reubicación de asentamientos impactados por los efectos del cambio climático y mantener actualizado el mapa de reservas territoriales nacionales. La creación de reservas territoriales tomara en cuenta las tendencias y consecuencias de los desastres naturales, se diseñara y aplicara el mapa de usos de suelo de los sitios desalojados por causa de desastres naturales y cambio climático. Las dependencias del Ejecutivo Federal se coordinaran con los gobiernos estatales y municipales para crear la infraestructura para mitigar los efectos desfavorables en asentamientos ya establecidos en zonas de alto riesgo. Aprobada
con fecha 21-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 22-Octubre-2013
331   Proyecto de decreto que reforma el artículo 7o. de la Ley General de Cambio Climático.


Proponente: Nolasco Ramírez Yesenia (PRD)


Fecha de presentación: 11-Diciembre-2013

  - Cambio Climático
Incluir en las atribuciones de la federación, el establecimiento, regulación e instrumentación de acciones para la mitigación y adaptación al cambio climático de conformidad con los ordenamientos jurídicos nacionales o internacionales en materia de desarrollo social y política exterior, entre otras. Aprobada
con fecha 18-Septiembre-2014



Publicación en Gaceta: 31-Octubre-2013
332   Proyecto de decreto que reforma el artículo 166 de la Ley Agraria.


Proponente: Rodríguez Calderón José Alberto (PRI)


Fecha de presentación: 11-Diciembre-2013

  - Reforma Agraria
Actualizar el texto de la Ley Agraria, en virtud de la modificación a la estructura de la Ley de Amparo abrogada, con la nueva Ley en la materia. Aprobada
con fecha 4-Septiembre-2014



Publicación en Gaceta: 12-Noviembre-2013
333   Proyecto de decreto que reforma los artículos 29 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad y 271 del Código Federal de Procedimientos Civiles.


Proponente: Lugo Barriga Patricia (PAN)


Fecha de presentación: 11-Diciembre-2013

Unidas  - Atención a Grupos Vulnerables
- Justicia
Establecer que las instituciones de administración e impartición de justicia deberán desarrollar con el apoyo de intérpretes, expertos y bajo la supervisión del Consejo, el glosario jurídico de la lengua de señas mexicana. Aprobada
con fecha 24-Abril-2014



Publicación en Gaceta: 3-Diciembre-2013
334   Proyecto de decreto para declarar el ¿2014, Año de Octavio Paz¿.


Proponente: Rincón Chanona Sonia (NUEVA ALIANZA)


Fecha de presentación: 11-Diciembre-2013

  - Gobernación
Con Opinión de  - Cultura y Cinematografía
Declarar el ¿2014, Año de Octavio Paz¿. Aprobada
con fecha 27-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 3-Diciembre-2013
335   Proyecto de decreto que reforma el artículo 37 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.


Proponente: Bribiesca Sahagún Fernando (NUEVA ALIANZA)


Fecha de presentación: 11-Diciembre-2013

  - Transparencia y Anticorrupción
Se propone facultar al Instituto el establecer mecanismos que faciliten el acceso y reutilización de la información publicada, así como su identificación y localización. Aprobada
con fecha 25-Septiembre-2014



Publicación en Gaceta: 3-Diciembre-2013
336   Proyecto de decreto que reforma el artículo 13 de la Ley de Organizaciones Ganaderas.


Proponente: Rodríguez Vallejo Diego Sinhué (PAN)


Fecha de presentación: 11-Diciembre-2013

  - Ganadería
Prever que los estatutos de las organizaciones ganaderas incluyan expresamente que los sistemas de elección de sus dirigentes garanticen el voto libre, directo y secreto de cada uno de sus miembros. Aprobada
con fecha 22-Abril-2014



Publicación en Gaceta: 3-Diciembre-2013
337   Proyecto de decreto que reforma los artículos 2º y 27 de la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.


Proponente: Gauna Ruiz de León Celia Isabel (PRI)


Fecha de presentación: 11-Diciembre-2013

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Prever que en los bienes propiedad de la Nación se ejercerá una rectoría que reconozca y respete su función social. Promover que la sociedad civil participe en el fomento del arraigo social en torno a los bienes arqueológicos y que se beneficie de su conocimiento. Aprobada
con fecha 22-Abril-2014



Publicación en Gaceta: 10-Diciembre-2013
338   Proyecto de decreto que reforma los artículos 36 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y 228 del Reglamento de la Cámara de Diputados.


Proponente: Muñoz Soria José Luis (PRD)

Suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.
Fecha de presentación: 18-Diciembre-2013

Unidas  - Transparencia y Anticorrupción
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Modificar la fecha de revisión de la Cuenta Pública del ejercicio fiscal correspondiente del 30 de septiembre al 31 de octubre del año siguiente. Aprobada
con fecha 4-Septiembre-2014



Publicación en Gaceta: 18-Diciembre-2013
339   Proyecto de decreto que reforma el Artículo 39 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.


Proponente: Asamblea Legislativa del Distrito Federal (Asambleístas)


Fecha de presentación: 8-Enero-2014

  - Distrito Federal
Modificar la duración del primer periodo de sesiones ordinarias de la Asamblea Legislativa, fijando el 5 de septiembre para su inicio y hasta el 20 de diciembre para su conclusión, excepto cuando el Jefe del Gobierno del Distrito Federal inicie su encargo, en cuyo caso las sesiones podrán extenderse hasta el 31 de diciembre. Fijar el 1º de febrero de cada año para el inicio del segundo periodo de sesiones ordinarias. Aprobada
con fecha 24-Abril-2014



Publicación en Gaceta: 8-Enero-2014
340   Proyecto de decreto que reforma el artículo 3º de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.


Proponente: Monreal Ávila Ricardo (MC)

Suscrita por el Dip. Ricardo Mejía Berdeja (MC)
Fecha de presentación: 22-Enero-2014

  - Atención a Grupos Vulnerables
Incluir los conceptos de ¿Violencia¿ y ¿Violencia Patrimonial¿. Aprobada
con fecha 2-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 22-Enero-2014
341   Proyecto de decreto para inscribir en la plaza central del Recinto Legislativo de San Lázaro, el nombre de ¿Eduardo Neri Reynoso¿, así como para colocar un busto con su efigie.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Suscrita por los diputados Luis Alberto Villarreal García, Marcos Aguilar Vega (PAN), Manlio Fabio Beltrones Rivera (PRI) y Silvano Aureoles Conejo (PRD)
Fecha de presentación: 6-Febrero-2014

  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Inscribir en la plaza central del Recinto Legislativo de San Lázaro, el nombre de ¿Eduardo Neri Reynoso¿, así como para colocar un busto con su efigie. Aprobada
con fecha 1-Abril-2014



Publicación en Gaceta: 6-Febrero-2014
342   Proyecto de decreto que Expide la Ley Federal de Competencia Económica y reforma el artículo 254 Bis del Código Penal Federal.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 20-Febrero-2014

  - Economía
Con Opinión de  - Competitividad
La Ley tiene como objeto garantizar la libre competencia y concurrencia, prevenir, investigar, combatir, perseguir con eficacia, castigar severamente y eliminar los monopolios, las prácticas monopólicas, las concentraciones ilícitas, las barreras a la libre concurrencia y la competencia económica, y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados. Propone: la organización de la Comisión Federal de Competencia Económica, que será integrado por siete comisionados designados por el Ejecutivo Federal con la ratificación del Senado. En cuanto al Instituto Federal de Telecomunicaciones dispone que éste será la autoridad en materia de competencia económica de los sectores de radiodifusión y telecomunicaciones. Retoma conceptos que se encuentran en la ley vigente respecto de prácticas monopólicas absolutas, prácticas monopólicas relativas, determinación del mercado relevante, de poder sustancial y concentraciones. Le otorga a la Comisión Federal de Competencia Económica un procedimiento especial de investigación para determinar la existencia de insumos esenciales o barreras a la competencia y para que, en su caso, la Comisión ordene la eliminación de la barrera, la regulación de los insumos o la desincorporación de activos, derechos o partes sociales en las proporciones necesarias para eliminar efectos anticompetitivos. Además faculta a la Comisión para emitir opiniones no vinculantes respecto a los ajustes a programas y políticas llevados a cabo por las autoridades públicas, así como respecto de los anteproyectos de disposiciones, acuerdos y demás actos administrativos de carácter general que pretendan emitir dichas autoridades, cuando puedan tener efectos contrarios al proceso de competencia. También podrá opinar sobre la incorporación de medidas protectoras en los procesos de desincorporación de entidades o procedimientos de licitaciones, concesiones o permisos cuando así lo determinen otras leyes o el Ejecutivo Federal mediante acuerdos o decretos. Prevé un sistema de control al interior de la Comisión, consistente en la separación entre la autoridad investigadora y la que resuelve. Establece la facultad de la Comisión para imponer multas y otras medidas punitivas a los agentes económicos que infrinjan las normas de competencia económica incurriendo en una práctica monopólica o concentración ilícita. La iniciativa del Ejecutivo prevé reformar el artículo 254 bis del Código Penal Federal a efecto de aumentar las penas correspondientes a los delitos derivados de prácticas monopólicas absolutas de cinco a diez años de prisión y de mil a diez mil días multa, equiparándolas con las más altas para delitos patrimoniales y con estándares internacionales. Establece sanciones administrativas pecuniarias a que se hacen acreedores los infractores de la ley. Establece procedimientos ante la Comisión por medios electrónicos. Aprobada
con fecha 25-Marzo-2014



Publicación en Gaceta: 20-Febrero-2014
343   Proyecto de decreto que reforma el artículo 39 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.


Proponente: Diputados integrantes del PRD (PRD)

Suscrita por los diputados Carlos Augusto Morales López y Agustín Miguel Alonso Raya (PRD)
Fecha de presentación: 20-Febrero-2014

  - Distrito Federal
Modificar la duración de los periodos de sesiones ordinarias de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, el primero de ellos iniciará el 5 de septiembre de cada año y se podrá prolongar hasta el 20 de diciembre, excepto cuando el Jefe de Gobierno del Distrito Federal inicie su encargo, en cuyo podrá extenderse hasta el 31 de diciembre del mismo año; el segundo periodo ordinario de sesiones iniciará el primero de febrero de cada año y podrá prolongarse hasta el 30 de abril del mismo año. Aprobada
con fecha 24-Abril-2014



Publicación en Gaceta: 20-Febrero-2014
344   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Competencia Económica.


Proponente: Diputados integrantes del PRD (PRD)

Suscrita por los diputados Purificación Carpinteyro Calderón, Fernando Belaunzarán Méndez, Agustín Miguel Alonso Raya y Trinidad Morales Vargas (PRD)
Fecha de presentación: 25-Febrero-2014

  - Economía
Con Opinión de  - Competitividad
La iniciativa establece que para los efectos de la ley, las prácticas anticompetitivas tipificadas en ésta se consideran hechos jurídicos ilícitos, y que todos los hechos jurídicos anticompetitivos se encuentran prohibidos, se propone el derecho a participar en los mercados nacionales de bienes y servicios libres de prácticas monopólicas y situaciones que en cualquier forma afecten el funcionamiento eficiente de dichos mercados, y que el procedimiento respectivo se desahogará de acuerdo a lo dispuesto en el Código Federal de Procedimientos Civiles, son responsables de una práctica o conducta monopólica todas las personas que participen o coadyuven de cualquier forma en la ejecución de la misma y deberán responder de manera solidaria de los daños y perjuicios que causen, y que los sujetos activos de una práctica o conducta anticompetitiva incurren además en responsabilidades civiles y penales. señala que los agentes económicos o personas que sufran daños y perjuicios como resultado de prácticas anticompetitivas podrán acudir a los tribunales competentes para dirimir sus derechos, sin más requisitos que los que marquen las leyes procesales aplicables y que la comisión se niegue a admitir la denuncia correspondiente por razones fondo y no de forma o bien que el procedimiento administrativo de investigación no se resuelva en un plazo de seis meses contados a partir de la presentación de la denuncia o del cumplimiento del apercibimiento si lo hubiere o que al concluirse la indagatoria se resuelva no continuar con el procedimiento administrativo contencioso. La iniciativa introduce un capitulado de estructuras monopólicas y monopólicas, estableciendo que las mismas representan una restricción al funcionamiento eficiente de los mercados nacionales, e introduce un capitulado sobre recursos esenciales. Aprobada
con fecha 25-Marzo-2014



Publicación en Gaceta: 25-Febrero-2014
345   Proyecto de decreto que reforma el artículo 101 de la Ley del Seguro Social.


Proponente: Alcalde Luján Luisa María (MC)


Fecha de presentación: 25-Febrero-2014

Unidas  - Trabajo y Previsión Social
- Seguridad Social
Establecer que el IMSS, deberá ajustar el periodo de entrega del subsidio hasta por catorce días anteriores al parto y setenta días posteriores al mismo, cuando la asegurada transfiera sus días de descanso en los términos previstos en la Ley Federal del Trabajo. Señalará que en los casos en que la fecha fijada por los médicos del instituto no concuerde exactamente con la del parto, deberá cubrirse a la asegurada los subsidios correspondientes por cuarenta y dos días posteriores al mismo, o por el número total de días que resulten de la transferencia del periodo de preparto al de postparto, sin importar que el periodo anterior al parto se haya excedido. Aprobada
con fecha 9-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 18-Febrero-2014
346   Proyecto de decreto que reforma el artículo 8° de la Ley de Migración.


Proponente: Mejía Berdeja Ricardo (MC)

Suscrita por el Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)
Fecha de presentación: 25-Febrero-2014

  - Asuntos Migratorios
Establecer que la Secretaría de Educación Pública diseñará, implementará y ejecutará un modelo integral de inclusión educativa para los hijos de jornaleros agrícolas migrantes. Aprobada
con fecha 22-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 18-Febrero-2014
347   Proyecto de decreto que reforma el artículo 159 de la Ley de Migración.


Proponente: Cortés Berumen Isaías (PAN)


Fecha de presentación: 27-Febrero-2014

  - Asuntos Migratorios
Imponer la sanción de ocho a dieciséis años de prisión y multa de cinco mil a quince mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, independientemente de las sanciones que correspondan, a quien explote u obligue a un extranjero a formar parte de la delincuencia organizada con objeto de obtener un lucro. Aprobada
con fecha 22-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 18-Febrero-2014
348   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.


Proponente: Pérez Escalante Elvia María (PRI)


Fecha de presentación: 27-Febrero-2014

  - Atención a Grupos Vulnerables
Incluir un Capítulo denominado ¿De la Protección contra el Maltrato¿, con el objeto de proteger a las personas adultas mayores contra actos u omisiones que puedan afectar sus derechos y su salud física o mental. Aprobada
con fecha 2-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 25-Febrero-2014
349   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores.


Proponente: Romero Guzmán Rosa Elia (PT)


Fecha de presentación: 27-Febrero-2014

  - Hacienda y Crédito Público
Reemplazar la referencia hecha a la Ley de Ahorro y Crédito Popular por la Ley que Regula las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo. Proponer que las entidades federativas no aporten recursos para el Fideicomiso que Administrara el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores. Sustituir como integrante del Comité Técnico del Fideicomiso, a la Contraloría y Desarrollo Administrativo por la Subsecretaría de Responsabilidades Administrativas y Contrataciones Públicas. Modificar la fecha de constitución respecto de la cual, las sociedades que regula esta Ley podrán acogerse a las disposiciones contempladas en la misma. Modificar la referencia hecha a la ¿entidad de Ahorro y crédito popular¿ por la de ¿Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo¿ para efectos de los esquemas que se podrán implementar como resultado de los trabajos de consolidación. Eliminar la disolución y liquidación, como esquema que se podrá implementar como resultado de los trabajos de consolidación. Modificar el porcentaje de los montos de otorgamiento de créditos del fideicomiso a sociedades objeto de esta Ley, determinados por el trabajo de consolidación respectivo. Aprobada
con fecha 27-Marzo-2014



Publicación en Gaceta: 25-Febrero-2014
350   Proyecto de decreto que reforma los artículos 222 y 222 Bis del Código Penal Federal y 13 de la Ley Federal para la Protección a Personas que Intervienen en el Procedimiento Penal.


Proponente: Diputados integrantes del PRI (PRI)

suscrita por los diputados Paulina Alejandra Del Moral Vela, Héctor Humberto Gutiérrez De la Garza y José Alberto Rodríguez Calderón (PRI)
Fecha de presentación: 4-Marzo-2014

  - Justicia
En el Código Penal Federal: Establecer que comete el delito de cohecho el servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de realizar un acto relacionado con sus funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, y el que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas mencionadas, para que cualquier servidor público haga u omita un acto relacionado con sus funciones a su empleo, cargo o comisión. Señalar que se impondrán las penas previstas para el delito de cohecho al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios a un servidor público extranjero, en su beneficio o el de un tercero, para que dicho servidor público gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión y a un servidor público extranjero, en su beneficio o el de un tercero, para que dicho servidor público gestione la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o

En la Ley Federal para la Protección a Personas que Intervienen en el Procedimiento Penal: Establecer que el Programa Federal de Protección a Personas tendrá aplicación exclusivamente para aquellos casos en los que se encuentren relacionadas personas que estén en una situación de riesgo por su participación de forma directa o indirecta en un procedimiento penal que verse sobre delitos graves, delincuencia organizada o cuando las disposiciones de los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte establezcan expresamente la obligación de proporcionar dicha protección.
Aprobada
con fecha 29-Abril-2014



Publicación en Gaceta: 4-Marzo-2014
351   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Vivienda.


Proponente: Villaseñor Vargas Paloma (PRI)


Fecha de presentación: 5-Marzo-2014

  - Vivienda
Establecer como una de las actividades que corresponde a la Comisión Nacional de Vivienda, el Coordinarse con la Comisión Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las personas con Discapacidad (CONADIS), un Programa Nacional de Vivienda accesible y con diseño universal, que debe garantice el derecho de las personas con discapacidad a adquirir una vivienda a través de programas públicos y privados. Aprobada
con fecha 25-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 5-Septiembre-2013
352   Proyecto de decreto que aprueba la emisión de dos monedas conmemorativas del centenario de la Toma de Zacatecas, una de oro y otra de plata.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)


Fecha de presentación: 5-Marzo-2014

  - Hacienda y Crédito Público
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Aprobar la emisión de dos monedas conmemorativas del centenario de la Toma de Zacatecas, una de oro y otra de plata. Aprobada
con fecha 10-Abril-2014



Publicación en Gaceta: 5-Marzo-2014
353   Proyecto de decreto que reforma el artículo 25 de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.


Proponente: Corona Nakamura Maria del Rocio (PRI)


Fecha de presentación: 6-Marzo-2014

  - Derechos de la Niñez
Incluir al Instituto Nacional de las Mujeres como integrante del Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil. Aprobada
con fecha 23-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 6-Marzo-2014
354   Proyecto de decreto que reforma los artículos 7o. y 8o. de la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.


Proponente: Oviedo Herrera J. Jesús (PAN)


Fecha de presentación: 13-Marzo-2014

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Actualizar el texto normativo, a efecto de reemplazar ¿Territorios¿ por ¿Distrito Federal¿. Aprobada
con fecha 25-Septiembre-2014



Publicación en Gaceta: 11-Febrero-2014
355   Proyecto de decreto que reforma los artículos 2° y 28 de la Ley de Migración.


Proponente: Schroeder Verdugo María Fernanda (PRI)


Fecha de presentación: 13-Marzo-2014

  - Asuntos Migratorios
Considerar los principios generales y demás preceptos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados y convenios internacionales, como fundamento de la política migratoria del Estado Mexicano. Adicionar como principios en los que ésta debe sustentarse, los de interés superior de la mujer, de la niña, del niño o del adolescente, así como el de convencionalidad, en términos del artículo primero de la Constitución. Aprobada
con fecha 28-Abril-2014



Publicación en Gaceta: 6-Marzo-2014
356   Proyecto de decreto que reforma el artículo 43 de la Ley General de Educación.


Proponente: Abreu Artiñano Rocío Adriana (PRI)


Fecha de presentación: 13-Marzo-2014

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Establecer que el objetivo de la alfabetización para adultos, será erradicar y evitar el analfabetismo. Aprobada
con fecha 11-Noviembre-2014



Publicación en Gaceta: 11-Marzo-2014
357   Proyecto de decreto que reforma el artículo 3° y adiciona un artículo 3° Bis a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.


Proponente: Pérez Escalante Elvia María (PRI)


Fecha de presentación: 19-Marzo-2014

  - Atención a Grupos Vulnerables
Incluir en las definiciones de ley, el de violencia contra las personas adultas mayores, modalidades de violencia, víctima y agresor. Señalar y definir los tipos de violencia contra las personas adultas mayores. Aprobada
con fecha 2-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 18-Marzo-2014
358   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.


Proponente: Bautista Bravo Alliet Mariana (PRD)


Fecha de presentación: 20-Marzo-2014

  - Derechos de la Niñez
Prever las acciones, los programas, las responsabilidades y las funciones que corresponde desempeñar a los distintos órdenes de gobierno y actores del sector público obligados a garantizar el desarrollo integral infantil, así como las condiciones que deberán cumplir y las funciones que podrán realizar los actores del sector social o privado interesados en participar en el desarrollo integral infantil. Aprobada
con fecha 23-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 20-Marzo-2014
359   Proyecto de decreto que reforma el artículo 32 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano.


Proponente: Coronato Rodríguez José Francisco (MC)


Fecha de presentación: 25-Marzo-2014

  - Relaciones Exteriores
Adicionar como requisito que deberán cumplir los candidatos a ingresar a la rama diplomático-consular, el de tener conocimientos en derechos humanos. Aprobada
con fecha 18-Septiembre-2014



Publicación en Gaceta: 20-Marzo-2014
360   Proyecto de decreto que reforma el artículo 43 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Mejía Berdeja Ricardo (MC)

Suscrita por el Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)
Fecha de presentación: 25-Marzo-2014

  - Derechos de la Niñez
Incorporar dentro de las obligaciones que las autoridades federales, en el ámbito de sus competencias, procurarán verificar; el evitar la emisión y publicación de contenidos y material sexual en horarios clasificación ¿A¿ así como aquellos que incentiven la hipersexualización infantil, salvo programas y mercadotecnia con responsabilidad social que fomente el pensamiento crítico. Aprobada
con fecha 23-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 20-Marzo-2014
361   Proyecto de decreto que reforma el artículo 45 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Monreal Ávila Ricardo (MC)

Suscrita por el Dip. Ricardo Mejía Berdeja (MC)
Fecha de presentación: 25-Marzo-2014

  - Derechos de la Niñez
Asentar que los adolescentes que ingresen a los centros de internamiento, deberán ser objeto de información sobre enfermedades de transmisión sexual y uso de preservativos, y aquellos que a su ingreso cuenten con el virus del VIH/sida, contarán con los cuidados, atenciones y medidas necesarias a fin de lograr su bienestar físico y psicológico, evitando todo tipo de acto discriminatorio por parte de compañeros y personal. Aprobada
con fecha 23-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 25-Marzo-2014
362   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores; y de la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Suscrita por diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del PRI y del PVEM
Fecha de presentación: 25-Marzo-2014

  - Hacienda y Crédito Público
Ley que crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores: Permitir que los trabajos de consolidación que se realizan a las sociedades que serán apoyadas por el Fipago se lleven a cabo por expertos en finanzas populares, y no sólo por consultores internacionales con recursos provenientes de organismos internacionales. Ampliar el universo de sociedades sujetas a apoyo del Fipago en beneficio de los ahorradores. Permitir que, además de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo con niveles de operación I a IV, otras personas participen en la cesión de activos y pasivos de las sociedades cooperativas u otras sociedades objeto del apoyo del Fipago, con el fin de incrementar las opciones para apoyar a los ahorradores. Eliminar la obligación de realizar un trabajo de consolidación a las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo clasificadas en D.

Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo: Obligar a los Socios a acreditar su identidad y ratificar su voluntad de constituir la sociedad cooperativa exclusivamente ante notario público. Asimismo, el notario público ante quien se constituyó la sociedad estará obligado de informarlo al Comité de Supervisión Auxiliar dentro de los 20 días siguientes a dicha constitución. Reducir el plazo para que las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo de nueva creación se inscriban en el registro de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, a cargo del Comité de Supervisión Auxiliar del FOCOOP. Asentar que las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo con nivel de operación básico serán consideradas como tales, siempre y cuando estén inscritas en el registro de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo. Asimismo, se prevé que el Comité de Supervisión Auxiliar evalúe periódicamente a dichas sociedades e informe a la CNBV cuando alguna de ellas haya sido clasificada en D por representar un muy alto riesgo de pérdida de patrimonio de sus socios y, en consecuencia, facultar a esta última para ordenarles la disolución y liquidación. Facultar a la CNBV para que ordene la medida precautoria de inmovilizar los recursos de las personas físicas o personas morales que realicen operaciones reservadas a las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, con el fin de salvaguardar los ahorros de los socios depositantes. Establecer supuestos específicos para que las sociedades cooperativas que captan recursos de sus socios para su colocación entre estos, con activos superiores a 2.5 millones de UDIS, se constituyan como sociedades cooperativas de ahorro y préstamo y soliciten autorización de la CNBV para continuar realizando operaciones de ahorro y préstamo.
Aprobada
con fecha 27-Marzo-2014



Publicación en Gaceta: 25-Marzo-2014
363   Proyecto de decreto que reforma los artículos 167 y 179 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.


Proponente: Cerda Franco María Sanjuana (NUEVA ALIANZA)


Fecha de presentación: 1-Abril-2014

  - Seguridad Social
Permitir a los trabajadores recibir hasta dos créditos del Fondo de la Vivienda. Especificar que para el caso del otorgamiento del segundo crédito, los trabajadores deberán cubrir los mismos requisitos previstos por la ley para el otorgamiento del primero. Aprobada
con fecha 6-Noviembre-2014



Publicación en Gaceta: 11-Marzo-2014
364   Proyecto de decreto que reforma los artículos 6°, 40 y 51 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.


Proponente: Rodríguez Calderón José Alberto (PRI)


Fecha de presentación: 1-Abril-2014

  - Seguridad Pública
Prever que los integrantes de las Instituciones de Seguridad Pública, en el desempeño de sus funciones, deberán respetar los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales. Aprobada
con fecha 7-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 20-Marzo-2014
365   Proyecto de decreto que reforma el artículo 21 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Abreu Artiñano Rocío Adriana (PRI)


Fecha de presentación: 1-Abril-2014

  - Derechos de la Niñez
Considerar la protección de las niñas, niños y adolescentes, cuando se vean afectados por actos de poder u omisión intencional, dirigidos a dominar, someter o agredir de manera física o emocional. Aprobada
con fecha 23-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 20-Marzo-2014
366   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal.


Proponente: Labastida Sotelo Karina (PAN)


Fecha de presentación: 22-Abril-2014

  - Justicia
Definir la alienación parental como la manipulación o inducción que un progenitor o quienes tienen relación con el menor, realizan hacia él mediante la crítica exagerada e injustificada en contra del otro progenitor o de quienes tengan relación de parentesco con el menor; tendiente a obtener de éste rechazo, rencor, odio o desprecio hacia estos. Establecer que quien ejerza la patria potestad, debe procurar el respeto y el acercamiento constante de los menores con el otro ascendiente, en consecuencia deberá evitar cualquier acto de alienación parental. Aprobada
con fecha 15-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 22-Abril-2014
367   Proyecto de decreto que reforma el artículo 64 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.


Proponente: Inzunza Montoya Alfonso (PRI)


Fecha de presentación: 22-Abril-2014

  - Pesca
Establecer que la pesca de fomento científico, técnico y de instituciones de investigación extranjera, se realizará en conjunto y bajo supervisión del Instituto Nacional de Pesca. Aprobada
con fecha 4-Noviembre-2014



Publicación en Gaceta: 8-Abril-2014
368   Proyecto de decreto que expide la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos y de la Ley de Coordinación Fiscal.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 30-Abril-2014

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Energía
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de establecer el régimen de ingresos que recibirá el Estado derivado de las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos que se realicen a través de las asignaciones y contratos en la materia. Establecer las disposiciones sobre la administración y supervisión de los aspectos financieros de los contratos. Prever las obligaciones en materia de transparencia y rendición de cuentas de los recursos. Derogar las disposiciones relativas a los hidrocarburos establecidas en la Ley Federal de Derechos. Actualizar el sistema nacional de coordinación fiscal en relación con los estados, municipios y delegaciones del D.F., a fin de establecer la participación correspondiente a sus haciendas públicas. Aprobada
con fecha 1-Agosto-2014



Publicación en Gaceta: 30-Abril-2014
369   Proyecto de decreto que se expide la Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 30-Abril-2014

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Energía
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de establecer las normas para la constitución y operación del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, con el fin de recibir, administrar y distribuir los ingresos derivados de las asignaciones y los contratos petroleros y de hidrocarburos, con excepción de los impuestos referidos en el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Facultar al Gobernador del Banco de México para designar y remover a los delegados fiduciarios así como al personal que sea necesario, trabajadores del propio Banco. Integrar el Comité de dicho Fondo que estará integrado por tres representantes del Estado y cuatro miembros independientes. Detallar el destino de los recursos entregados al Fondo. Obligar al fiduciario a publicar vía electrónica y por lo menos dentro de los 30 días naturales posteriores al cierre de cada trimestre, un calendario e informe con las actividades realizadas, estados de la situación financiera y montos de transferencias. Referir las responsabilidades y sanciones aplicables. Aprobada
con fecha 1-Agosto-2014



Publicación en Gaceta: 30-Abril-2014
370   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y de la Ley General de Deuda Pública.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 30-Abril-2014

Unidas  - Presupuesto y Cuenta Pública
- Energía
La iniciativa tiene por objeto precisar el destino que se le dará a los recursos que formen parte del proceso del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilidad y el Desarrollo. Propone que el gasto total de las empresas productivas del Estado y sus empresas productivas subsidiarias no se contabilizará dentro del gasto corriente estructural. Establece hacia que fondos se irán las transferencias del Fondo Mexicano del Petróleo, estableciendo que podrá haber transferencias extraordinarias cuando las reservas del fondo al inicio del año calendario sea mayor al 3% PIB del año previo. Señala que los montos de endeudamiento neto que proponga el Ejecutivo Federal en las iniciativas correspondientes a la Ley de Ingresos y al Presupuesto de Egresos de la Federación, así como las que apruebe el Congreso de la Unión, no podrán ser mayor al gasto capital del gobierno federal y las entidades paraestatales, incluyendo a las empresas productivas del Estado. Aprobada
con fecha 1-Agosto-2014



Publicación en Gaceta: 30-Abril-2014
371   Proyecto de decreto que reforma el artículo 91 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.


Proponente: Larrazabal Bretón Fernando Alejandro (PAN)


Fecha de presentación: 30-Abril-2014

  - Deporte
Se propone que en la planificación y construcción de instalaciones de cultura física y deporte financiadas con recursos provenientes del erario público, deberán realizarse con criterios de calidad, sustentabilidad y pertinencia determinados en la norma oficial mexicana. Aprobada
con fecha 11-Noviembre-2014



Publicación en Gaceta: 11-Marzo-2014
372   Proyecto de decreto que reforma el artículo 80 de la Ley Agraria.


Proponente: Martínez Santillán Ma. del Carmen (PT)


Fecha de presentación: 30-Abril-2014

  - Reforma Agraria
Establecer en los requerimientos para la validez de la enajenación, en caso de que se desconozca el domicilio o ubicación de las personas que gozan del derecho del tanto, a proceder conforme a las notificaciones hechas al comisariado. Aprobada
con fecha 11-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 19-Marzo-2014
373   Proyecto de decreto que reforma el artículo 31 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.


Proponente: Anaya Llamas José Guillermo (PAN)


Fecha de presentación: 30-Abril-2014

  - Seguridad Pública
Establecer que las autoridades que operen equipos que permitan bloquear o anular las señales de telefonía celular o de radiocomunicación en centros penitenciarios así como los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones, deberán entregar a la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario, un informe semestral sobre los resultados de su trabajo. Aprobada
con fecha 9-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 1-Abril-2014
374   Proyecto de decreto que reforma el artículo 11 de la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Sosa Govea Martha Leticia (PAN)


Fecha de presentación: 30-Abril-2014

  - Derechos de la Niñez
Considerar como obligación de madres, padres y de todas las personas que tengan a su cuidado niñas, niños y adolescentes, encargarse de que sus hijos adolescentes puedan recibir la orientación en materia de salud reproductiva y planificación familiar que el Estado proporcione, con base en lo que al efecto establezca la Ley General de Salud, brindándoles la información debida, a fin de prevenir embarazos no planificados en correspondencia con los conocimientos, ideología y valores de la familia, para que puedan gozar de una niñez y adolescencia plena. Aprobada
con fecha 23-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 10-Abril-2014
375   Proyecto de decreto por el que se establecen las características de una moneda conmemorativa del 80 Aniversario del Palacio de Bellas Artes.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Cultura y Cinematografía.
Fecha de presentación: 30-Abril-2014

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer las características de una moneda conmemorativa del 80 aniversario del Palacio de Bellas Artes. Aprobada
con fecha 4-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 10-Abril-2014
376   Proyecto de decreto que reforma el artículo 5° de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud.


Proponente: Carreño Muro Genaro (PAN)


Fecha de presentación: 30-Abril-2014

  - Salud
Asignar al Instituto Nacional de Rehabilitación, el nombre del Dr. Luis Guillermo Ibarra Ibarra, así como especificar que será para la atención de las personas con discapacidad. Aprobada
con fecha 27-Noviembre-2014



Publicación en Gaceta: 24-Abril-2014
377   Proyecto de decreto que reforma el artículo 40 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.


Proponente: Mejía Berdeja Ricardo (MC)

Suscrita por el Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)
Fecha de presentación: 30-Abril-2014

  - Igualdad de Género
Establecer que las autoridades correspondientes contribuirán a un reparto equilibrado de las responsabilidades familiares reconociendo a los padres y madres biológicos y por adopción, el derecho a un permiso y a una prestación por maternidad y paternidad, con el fin de promover y procurar la igualdad en la vida civil de mujeres y hombres. Aprobada
con fecha 4-Noviembre-2014



Publicación en Gaceta: 10-Abril-2014
378   Proyecto de decreto que reforma los artículos 4°, 92 y 94 de la Ley General de Protección Civil.


Proponente: Ordaz Martínez María del Carmen (PRI)


Fecha de presentación: 30-Abril-2014

  - Protección Civil
Proponer que la cultura de responsabilidad social relativa a la protección civil dirigida a la población desde la niñez, se propone considerar a las poblaciones costeras para los apoyos en caso de contingencias climatológicas, y crear programas de apoyo a los productores acuícolas y pesqueros de escasos recursos afectados por contingencias climatológicas. Aprobada
con fecha 13-Noviembre-2014



Publicación en Gaceta: 24-Abril-2014
379   Proyecto de decreto que reforma el artículo 62 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.


Proponente: Inzunza Montoya Alfonso (PRI)


Fecha de presentación: 30-Abril-2014

  - Pesca
Garantizar el aprovechamiento de los recursos pesqueros disponibles durante la declaración de excedentes por especie, en la zona económica exclusiva en beneficio de los productores nacionales. Aprobada
con fecha 21-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 28-Abril-2014
380   Proyecto de decreto que reforma el artículo 45 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Mejía Berdeja Ricardo (MC)

suscrita por el Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)
Fecha de presentación: 30-Abril-2014

  - Derechos de la Niñez
Adicionar las mediatecas (espacio físico dedicado a la mediación entre las partes involucradas en un conflicto), como medida de tratamiento para las niñas, niños y adolescentes que infrinjan la ley penal. Aprobada
con fecha 23-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 29-Abril-2014
381   Proyecto de decreto que reforma y deroga diversas disposiciones del Código Civil Federal.


Proponente: Belaunzarán Méndez Fernando (PRD)


Fecha de presentación: 30-Abril-2014

  - Justicia
Establecer que para contraer matrimonio, los contratantes deberán ser mayores de edad. Modificar los documentos que se deberán acompañar al escrito de solicitud de matrimonio. Modificar la información que se recaba en el acta de matrimonio. Eliminar las disposiciones relativas al matrimonio entre menores de edad. Eliminar como impedimento para celebrar matrimonio, el adulterio, la impotencia para la cópula y enfermedades crónicas e incurables, que sean contagiosas o hereditarias. Eliminar la prohibición a la mujer para no contraer nuevo matrimonio, hasta pasados trescientos días después de la disolución del anterior. Sustituir la expresión ¿esposos¿ por la de ¿cónyuges¿. Eliminar que personas con parentesco por consanguinidad obtengan dispensa para contraer matrimonio. Aprobada
con fecha 30-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 30-Abril-2014
382   Proyecto de decreto que reforma los artículos 7o. y 11 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Monreal Ávila Ricardo (MC)

suscrita por el Dip. Ricardo Mejía Berdeja (MC)
Fecha de presentación: 30-Abril-2014

  - Derechos de la Niñez
Proponer que el gobierno federal, implementará mecanismos necesarios para evitar que menores se encuentren en situación de mendicidad. Aprobada
con fecha 23-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 30-Abril-2014
383   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Bibliotecas.


Proponente: Herrera Delgado Jorge (PRI)


Fecha de presentación: 30-Abril-2014

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Incluir como objeto de la Ley General de Bibliotecas el Fomentar y garantizar la conservación del patrimonio documental de las diversas comunidades que conforman la Nación; el establecimiento de los criterios generales para orientar las políticas públicas en materia de desarrollo bibliotecario, y difusión del conocimiento y la cultura a través de las bibliotecas; y propiciar, fomentar y contribuir al establecimiento de servicios bibliotecarios que consoliden a la biblioteca pública como un instrumento para la difusión cultural, la conformación de la memoria de las comunidades y el progreso educativo constante. Incorporar un apartado de definiciones en el que se delimitan las voces: asociaciones de bibliotecarios; colecciones; biblioteca pública; bibliotecarios; ley; red; secretaría; servicios bibliotecarios y sistema. Establecer que corresponde a la Secretaría proponer, ejecutar y evaluar el Programa Nacional de Desarrollo Bibliotecario el cual tomará en consideración el valor estratégico de la información documental en los ámbitos nacional e internacional y deberá alinearse con los objetivos, estrategias y metas del Plan Nacional de Desarrollo y programas correspondientes. Indicar que el presupuesto asignado para el logro de los objetivos de la Ley, no podrá ser disminuido durante el ejercicio fiscal, salvo lo previsto por la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Aprobada
con fecha 25-Noviembre-2014



Publicación en Gaceta: 30-Abril-2014
384   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos,


Proponente: Diputados integrantes del PRI (PRI)

Suscrita por los diputados Jorge Herrera Delgado, Abel Guerra Garza y María Guadalupe Velázquez Díaz (PRI)
Fecha de presentación: 30-Abril-2014

  - Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial
Crear el Consejo Nacional de Asentamientos Humanos, Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, así como el Sistema Nacional de Información para la planeación y evaluación de los Asentamientos Humanos, el Desarrollo Urbano y el Ordenamiento Territorial, con el objeto de generar, organizar, actualizar y difundir información nacional en la materia. Ampliar las atribuciones de la SEDATU, entre las que destacan la de participar en la definición y delimitación de zonas conurbadas y metropolitanas y la de asesorar a los gobiernos locales en el proceso de registro de planes y programas de ordenamiento territorial. Modificar la distribución de atribuciones en la materia, en el ámbito de las entidades federativas y de los municipios. Crear la Estrategia Territorial Nacional como instrumento para definir la dimensión espacial del desarrollo del país. Aprobada
con fecha 15-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 30-Abril-2014
385   Proyecto de decreto que reforma la fracción XXXI del artículo 209 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.


Proponente: Gutiérrez De la Garza Héctor (PRI)

A nombre propio y de diversos diputados de los Grupos Parlamentarios del PRI, PVEM y NA
Fecha de presentación: 21-Mayo-2014

  - Gobernación
Incluir en las atribuciones de la Comisión de Administración, determinar, en su caso, el haber de retiro de los Magistrados de la Sala Superior, exclusivamente por lo que hace a los dos años siguientes a la fecha de su retiro. Precisar que los Magistrados de la Sala Superior que con posterioridad a la conclusión de su encargo y dentro de los citados dos años ocupen un cargo público, no tendrán el citado derecho. Aprobada
con fecha 19-Junio-2014



Publicación en Gaceta: 26-Mayo-2014
386   Proyecto de decreto que reforma el párrafo 13 del artículo 87 de la Ley General de Partidos Políticos.


Proponente: Cantú Garza Ricardo (PT)

Suscrita por diputados de diversos grupos parlamentarios.
Fecha de presentación: 21-Mayo-2014

  - Gobernación
Establecer que tratándose de partidos coaligados, en el escrutinio y cómputo si apareciera cruzado más de uno de sus respectivos emblemas, se asignará el voto al candidato de coalición, así sin importar que en la boleta electoral se marque uno u otro emblema de los partidos políticos coaligados, contarán como un solo voto que le será atribuido al candidato de la coalición. Precisar que la suma distrital de los votos emitidos se distribuirá igualitariamente entre los partidos que integran la coalición y este cómputo será la base para la asignación de representación proporcional u otras prerrogativas. Aprobada
con fecha 19-Junio-2014



Publicación en Gaceta: 26-Mayo-2014
387   Proyecto de decreto que deroga la fracción XXXI del artículo 209 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.


Proponente: Alonso Raya Agustín Miguel (PRD)


Fecha de presentación: 21-Mayo-2014

  - Gobernación
Eliminar de las atribuciones de la Comisión de Administración la de desempeñar cualquier otra función que la ley o el Reglamento Interno del Tribunal Electoral le encomienden. Aprobada
con fecha 19-Junio-2014



Publicación en Gaceta: 26-Mayo-2014
388   Proyecto de decreto por el que se reforman el numeral 1 del artículo 148, la XV del artículo 150 y la fracción VIII del artículo 151 y se adiciona un numeral 2 al artículo 151, todo ello del Reglamento de la Cámara de Diputados.


Proponente: Diputados integrantes del PRI (PRI)

Suscrita por los diputados Luis Armando Córdova Díaz, Leobardo Alcalá Padilla y Abel Octavio Salgado Peña (PRI)
Fecha de presentación: 21-Mayo-2014

  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Reglamentar la función de Secretario Técnico de comisiones o comités. Establecer que el nombramiento de éste, será a propuesta del Presidente de la Junta Directiva. Establecer que el Secretario Técnico y los asesores parlamentarios deberán reunir el perfil del conocimiento requerido para cada tema. Establecer las tareas y atribuciones del Secretario Técnico. Aprobada
con fecha 19-Marzo-2015



Publicación en Gaceta: 26-Mayo-2014
389   Proyecto de decreto que reforma el artículo 64 de la Ley General de Salud, en materia de bancos de leche.


Proponente: Talamante Lemas Dora María Guadalupe (NUEVA ALIANZA)

A nombre propio y de la Dip. Cristina Olvera Barrios (NA)
Fecha de presentación: 28-Mayo-2014

  - Salud
Incluir en la competencia de las autoridades sanitarias, la creación de al menos un banco de leche humana en cada entidad federativa en los establecimientos de salud que cuenten con servicios neonatales. Aprobada
con fecha 19-Noviembre-2014



Publicación en Gaceta: 3-Junio-2014
390   Proyecto de decreto que expide la Ley General de Prevención, Combate y Erradicación a la Violencia contra las Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Valles Sampedro Lorenia Iveth (PRD)

A nombre propio y de la Dip. Verónica Juárez Piña y suscrita por diputados de diversos grupos parlamentarios.
Fecha de presentación: 28-Mayo-2014

  - Derechos de la Niñez
Prohibir a los elementos de las Fuerzas Armadas, de las corporaciones policiacas o de seguridad pública federales, estatales o municipales, detener a las personas para comprobar su situación migratoria o por tener una situación migratoria irregular en el país. Otorgar dicha facultad a las autoridades migratorias del Instituto Nacional de Migración. Aprobada
con fecha 23-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 3-Junio-2014
391   Proyecto de decreto que adiciona 3 fracciones al artículo 6 y se reforma el artículo 26 de la Ley General para el Control del Tabaco.


Proponente: Diputados integrantes de MOVIMIENTO CIUDADANO (MC)

Suscrita por los diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila (MC)
Fecha de presentación: 28-Mayo-2014

  - Salud
Incluir los conceptos de ¿Fumador activo¿, ¿Fumador Pasivo¿ y ¿No fumadores¿. Prohibir el consumo de tabaco en instalaciones y espacios deportivos o para llevar a cabo actividad física. Aprobada
con fecha 10-Marzo-2015



Publicación en Gaceta: 3-Junio-2014
392   Proyecto de decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones del Código Civil Federal.


Proponente: Juárez Piña Verónica Beatriz (PRD)


Fecha de presentación: 28-Mayo-2014

  - Justicia
Modificar todos los artículos del Código Civil Federal en el que se plante que los menores de edad puedan contraer matrimonio, para que exclusivamente los mayores de edad puedan casarse. Aprobada
con fecha 30-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 3-Junio-2014
393   Proyecto de decreto por el que se reforma el numeral 3 del artículo 49 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Suscrita por diputadas integrantes del Comité del Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género.
Fecha de presentación: 28-Mayo-2014

  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Modificar el nombre del Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género por el de Centro de Estudios para el Logro de la Igualdad de Género. Aprobada
con fecha 19-Febrero-2015



Publicación en Gaceta: 3-Junio-2014
394   Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General en Materia de Delitos Electorales.


Proponente: Angulo Parra Carlos Fernando (PAN)


Fecha de presentación: 28-Mayo-2014

  - Gobernación
Precisar conceptos en la descripción de los delitos en materia electoral. Aprobada
con fecha 19-Junio-2014



Publicación en Gaceta: 3-Junio-2014
395   Prpyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 4-Junio-2014

  - Defensa Nacional
Adicionar el servicio de informática, como servicio del Ejército y Fuerza Aérea. Reformar determinados escalafones y grados que comprenden los servicios del Ejército y Fuerza Aérea. Aprobada
con fecha 7-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 11-Junio-2014
396   Proyecto de decreto que que expide la Ley del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.


Proponente: Zavala Peniche Beatriz (PAN)

A nombre propio y de los senadores Luisa María Calderón Hinojosa y Juan Carlos Romero Hicks (PAN)
Fecha de presentación: 4-Junio-2014

  - Desarrollo Social
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de facultar al Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social para prever la medición oficial de la pobreza; normar y coordinar la evaluación de los programas, acciones, fondos, proyectos, políticas y estrategias de desarrollo social, con base a sus metas y objetivos a cargo de las dependencias y entidades públicas de los ámbitos federal, estatal y municipal, así como de evaluar los Fondos de Aportaciones Federales destinados a garantizar el ejercicio de los derechos; establecer los mecanismos de coordinación con las autoridades federales, locales y municipales para el cumplimiento de sus funciones; y emitir recomendaciones para la mejora de la gestión pública de los programas y acciones de desarrollo social. Aprobada
con fecha 28-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 11-Junio-2014
397   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, en materia político electoral.


Proponente: Diputados integrantes del PRD (PRD)

Suscrita por los diputados Carlos Augusto Morales López y Saraí Larisa León Montero (PRD)
Fecha de presentación: 4-Junio-2014

  - Remitida a la Cámara de Senadores
Definir el concepto de ¿Candidato Independiente¿.
Permitir a los ciudadanos del Distrito Federal registrar candidatura de manera independiente a cargos locales de elección popular.
Modificar a 3% el porcentaje por el que un partido político por sí solo alcance, del total de la votación emitida, para tener derecho a participar en la asignación de diputados por el principio de representación proporcional.
El Jefe de Gobierno del Distrito Federal será elegido mediante en forma libre, auténtica y periódica, por votación universal, libre, secreta y directa.
La jornada electoral se llevará a cabo el primer domingo de junio del año que corresponda.
La organización de las elecciones locales será realizada por el Organismo Público Local Electoral.
Los magistrados electorales serán electos en forma escalonada por las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Senadores, previa Convocatoria Pública, en los términos que determine la Ley; el Magistrado Presidente será designado por votación mayoritaria de los magistrados del organismo jurisdiccional correspondiente. La presidencia deberá ser rotatoria.
Aprobada
con fecha 19-Junio-2014



Publicación en Gaceta: 4-Junio-2014
398   Proyecto de decreto que reforma diversa disposiciones del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, en materia de política electoral.


Proponente: Rodríguez Doval Fernando (PAN)


Fecha de presentación: 4-Junio-2014

  - Remitida a la Cámara de Senadores
Homologar la reciente reforma en materia político electoral con lo establecido en la materia para el gobierno del Distrito Federal. Aprobada
con fecha 19-Junio-2014



Publicación en Gaceta: 4-Junio-2014
399   Proyecto de decreto que reforma la Ley Federal del Trabajo.


Proponente: Zárate Salgado Fernando (PRD)

A nombre propio y de la Dip. Verónica Beatriz Juárez Piña (PRD)
Fecha de presentación: 11-Junio-2014

  - Trabajo y Previsión Social
Modificar la edad de 14 por 15 años, la edad para todo lo relativo al trabajo en menores. Aprobada
con fecha 2-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 18-Junio-2014
400   Proyecto de decreto que reforma el artículo 32 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Diputados integrantes de MOVIMIENTO CIUDADANO (MC)

Suscrita por los diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila (MC)
Fecha de presentación: 11-Junio-2014

  - Derechos de la Niñez
Proponer que dentro de las instituciones educativas se cuente con áreas interactivas dotadas con la tecnología necesaria y material audiovisual de prevención, las cuales tendrán por objeto promover una cultura de respeto, además de proporcionar herramientas para fortalecer acciones encaminadas a la prevención del maltrato y/o abuso sexual infantil. Aprobada
con fecha 23-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 18-Junio-2014
401   Proyecto de decreto que reforma diversos artículos de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Borboa Becerra Omar Antonio (PAN)


Fecha de presentación: 11-Junio-2014

  - Trabajo y Previsión Social
Incrementar de 14 a 15 años la edad permitida para laborar. Aprobada
con fecha 2-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 18-Junio-2014
402   Proyecto de decreto que reforman los artículos 26 y 27 de la Ley Reglamentaria del artículo 5o. constitucional, relativa al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal.


Proponente: Niaves López Ossiel Omar (PRI)


Fecha de presentación: 25-Junio-2014

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Establecer como única excepción del ejercicio profesional con cédula, la actividad de los gestores en asuntos agrarios y el caso de amparos en materia penal a que se refieren los artículos 27 y 28 de esta Ley. Aprobada
con fecha 3-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 11-Julio-2014
403   Proyecto de decreto que reforman diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.


Proponente: Pacheco Rodríguez Ricardo Fidel (PRI)


Fecha de presentación: 3-Julio-2014

  - Trabajo y Previsión Social
Modificar de 14 a 15 años la edad mínima para laborar. Aprobada
con fecha 2-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 11-Julio-2014
404   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, para crear el premio nacional de cultura contributiva.


Proponente: Moreno Cárdenas Rafael Alejandro (PRI)


Fecha de presentación: 3-Julio-2014

  - Gobernación
Establecer el premio de Cultura Contributiva para mexicanos, personas físicas o colectivas que realicen actividades sobresalientes que propicien en la ciudadanía la divulgación, el fomento y desarrollo de la Cultura Contributiva como la vía para incrementar el cumplimiento voluntario del pago de contribuciones, con el fin de mejorar el desarrollo social en la Nación, así como a aquellos ciudadanos que realicen investigaciones o estudios en materia jurídica y/o tecnologías de la información de aplicación práctica para fortalecer el Sistema de Administración Tributaria o en materia de Cultura Contributiva, con 2 categorías: Personas Físicas y Personas Jurídico-Colectivas. Determinar el premio como diploma y medalla a la que podría añadirse numerario o especie, cuyo monto determinaría el Consejo de Premiación, será entregado anualmente por el Presidente de la República y el Titular de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente. Indicar que el Premio se tramita ante la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, quien emitiría las reglas para la integración del Consejo de Premiación correspondiente, que se constituiría por personas de reconocida calidad moral, académica o intelectual y representantes de los sectores público y privado, así como un representante de cada una de las Cámaras del Congreso de la Unión. Aprobada
con fecha 6-Noviembre-2014



Publicación en Gaceta: 11-Julio-2014
405   Proyecto de decreto que reforma los artículos 5, 22, 22 Bis y 23, 174, 175 Bis, 176, 362 y 988 de la Ley Federal del Trabajo y el artículo 35 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Nava Gómez José Everardo (PRI)


Fecha de presentación: 7-Julio-2014

  - Trabajo y Previsión Social
Modificar la edad mínima legal para permitir el trabajo de menores de 14 a 15 años. Aprobada
con fecha 2-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 17-Julio-2014
406   Proyecto de decreto que expide la Ley del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, se reforma el artículo 110 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y se derogan diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social.


Proponente: Diputados integrantes del PRD (PRD)

Suscrito por los diputados Agustín Miguel Alonso Raya, Silvano Aureoles Conejo, Fernando Zárate Salgado, Fernando Belaunzarán Méndez, Carol Antonio Altamirano, Alliet Bautista Bravo y Jessica Salazar Trejo (PRD)
Fecha de presentación: 16-Julio-2014

  - Desarrollo Social
Expedir un nuevo ordenamiento jurídico con el objeto de regular: el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social; los mecanismos para la medición de la pobreza; los programas, objetivos, metas y acciones de la Política de Desarrollo Social; las recomendaciones que emita el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de desarrollo Social; y las recomendaciones de Coordinación del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social con las autoridades federales, locales y municipales. Eliminar de la Ley General de Desarrollo Social, el capítulo referente a los criterios para la evaluación de la política de desarrollo social. Aprobada
con fecha 28-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 25-Julio-2014
407   Proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 209 quáter y 400 del Código Penal Federal.


Proponente: Juárez Piña Verónica Beatriz (PRD)


Fecha de presentación: 20-Agosto-2014

  - Justicia
Establecer que la sanción estipulada para el delito de pederastia, será imprescriptible. Incrementar la sanción correspondiente a quien encubra al autor de dicho delito, así como, destituir e inhabilitar para desempeñar empleo, cargo o comisión, si el autor del delito fuere servidor público, hasta por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta; la inhabilitación comenzará a partir de que concluya la pena de prisión impuesta. Aprobada
con fecha 30-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 26-Agosto-2014
408   Proyecto de decretro que reforma el artículo 25 de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil


Proponente: Corona Nakamura Maria del Rocio (PRI)


Fecha de presentación: 4-Septiembre-2014

  - Derechos de la Niñez
Considerar al Instituto Nacional de las Mujeres, en la integración del Consejo Nacional de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil. Aprobada
con fecha 23-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 4-Septiembre-2014
409   Proyecto de decretro que reforma los artículos 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Aureoles Conejo Silvano (PRD)


Fecha de presentación: 4-Septiembre-2014

  - Puntos Constitucionales
Facultar a los titulares de los ejecutivos locales para integrar gobiernos de coalición que puedan tener un respaldo mayoritario y plural en los respectivos congresos. Aprobada
con fecha 10-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 4-Septiembre-2014
410   Proyecto de ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 5-Septiembre-2014

  - Hacienda y Crédito Público
En el ejercicio fiscal de 2015, la Federación percibirá 4 billones 676 mil 237 millones 100 mil pesos (4,676,237.1) de los ingresos provenientes de los conceptos y en las cantidades estimadas, del gobierno federal (impuestos, contribuciones, derechos, productos, aprovechamientos) entrarán 2 billones 887 mil 021 millones 100 mil pesos (2,887,021.1); de organismos y empresas de control estatal (Pemex, CFE, IMSS, ISSSTE y otros) entrarán 1 billón 116 mil 621 millones de pesos (1,116,621); y de aportaciones de seguridad social (entre ellas, cuotas de trabajadores y patrones) se generarán 243 mil 482 millones 800 mil pesos. Se autoriza al Ejecutivo Federal un monto de endeudamiento neto interno hasta por 595 mil millones de pesos y de un neto externo hasta por 6 mil millones de dólares. Se autoriza al Distrito Federal un monto de endeudamiento neto de 5 mil millones de pesos para el financiamiento de obras contempladas en el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2015. Se facultar al Ejecutivo Federal para contratar y ejercer créditos, empréstitos y otras formas del ejercicio del crédito público, incluso mediante la emisión de valores y para el financiamiento del Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2015, por un monto de endeudamiento neto interno hasta por 595 mil millones de pesos. Se autoriza a PEMEX para adquirir un monto de endeudamiento neto interno de hasta 110, 500 millones de pesos, y externo de hasta 6, 500 millones de dólares. Se autoriza a CFE un monto de endeudamiento interno de hasta 8 mil millones de pesos y externo de hasta 700 millones de dólares. Aprobada
con fecha 16-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 5-Septiembre-2014
411   Proyecto de decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 5-Septiembre-2014

  - Presupuesto y Cuenta Pública
Establecer como gasto total neto: $ 4¿676,237¿100,000 correspondiente al total de los ingresos aprobados en la Ley de Ingresos; distribuido conforme a lo establecido en los anexos correspondientes y observando lo siguiente: erogaciones de los ramos autónomos, administrativos y generales (Anexo 1); gasto corriente estructural (Anexo 2); erogaciones correspondientes a los gastos obligatorios (Anexo 3); proyectos de inversión en infraestructura que cuentan con aprobación para realizar erogaciones plurianuales (Anexo 4); erogaciones correspondientes a los compromisos plurianuales, sujetos a la disponibilidad presupuestaria de los años subsecuentes (Anexo 5); obligaciones presupuestarias de los proyectos de asociación público-privada (Anexo 5.A.); erogaciones correspondientes a los compromisos derivados de proyectos de infraestructura productiva de largo plazo (Anexo 6); previsiones salariales y económicas (Anexos 7 y 24); erogaciones derivadas de operaciones y programas de saneamiento financiero, así como aquéllas para programas de apoyo a ahorradores y deudores de la banca (Anexo 8); montos máximos de adjudicación directa y los de adjudicación (Anexo 9); recursos para el desarrollo integral de los pueblos y comunidades indígenas (Anexo 10); recursos que conforman el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable (Anexo 11); recursos para el programa en materia de ciencia, tecnología e innovación (Anexo 12); erogaciones de los programas para la Igualdad entre Mujeres y Hombres (Anexo 13); presupuesto consolidado de la Estrategia Nacional para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía (Anexo 15); erogaciones para el Ramo General 23 Provisiones Salariales y Económicas (Anexo 20); erogaciones para el Ramo General 25 Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos (Anexo 21); erogaciones para el Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios (Anexo 22); límites de las remuneraciones de los servidores públicos de la Federación (Anexo 23); previsiones para sufragar las erogaciones correspondientes a las medidas salariales y económicas para los Ramos Generales 25 Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica, Normal, Tecnológica y de Adultos, y 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios (Anexo 24); programas sujetos a reglas de operación (Anexo 25); Principales programas (Anexo 26); PROSPERA (Anexo 27); recursos para la atención a grupos vulnerables; la mitigación de los efectos del cambio climático; el desarrollo de los jóvenes; la atención de niñas, niños y adolescentes; la prevención del delito, combate a las adicciones, rescate de espacios públicos y promoción de proyectos productivos; conservación, mantenimiento carretero y empleo temporal; subsidio ordinario para organismos descentralizados estatales; distribución de los programas de salud y medio ambiente y recursos naturales (Anexos 14, 16 al 19 y 28 al 31). Aprobada
con fecha 13-Noviembre-2014



Publicación en Gaceta: 5-Septiembre-2014
412   Proyecto de decreto que reforma los artículos 41 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Suscrita por los coordinadores de los Grupos Parlamentarios del PAN, PRD, MC y PT
Fecha de presentación: 11-Septiembre-2014

  - Puntos Constitucionales
Establecer que el salario mínimo no podrá ser utilizado como índice, unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza. Para tales efectos se determinará una Unidad de Referencia que deberá actualizarse conforme a las reglas y procedimientos que las leyes de la materia determinen. Aprobada
con fecha 10-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 11-Septiembre-2014
413   Proyecto de decreto que reforma los artículos 33 y 1006 de la Ley Federal del Trabajo.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Suscrita por los diputados Luisa María Alcalde Luján (MC), Claudia Delgadillo González (PRI) y Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez (PRI)
Fecha de presentación: 18-Septiembre-2014

  - Trabajo y Previsión Social
Prohibir el obligar a los trabajadores a firmar documentos en blanco, o de cualquier otro medio que implique renuncia de derechos o imponga obligaciones al trabajador. Establecer que en caso de que suceda, el trabajador podrá acudir ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo o ante las oficinas de la Inspección del Trabajo local o federal a denunciar el hecho. Asentar que la Procuraduría de la Defensa del Trabajo o la Inspección del Trabajo local o federal conservará en secreto dicha denuncia para el caso de que fuere necesario aportarla como elemento probatorio preconstituido. Estatuir que en caso de que el trabajador sea despedido, el documento de renuncia que haya sido denunciado en los términos de este párrafo no tendrá valor probatorio. Considerar como documentos falsos aquellos que, a petición del patrón o de sus representantes, hayan sido firmados en blanco por el trabajador. Establecer que las sanciones previstas para la utilización de los documentos falsos, se aplicarán sin perjuicio de la responsabilidad penal que pueda derivar de estos hechos. Aprobada
con fecha 9-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 18-Septiembre-2014
414   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal; del Código Federal de Procedimientos Penales; del Código Fiscal de la Federación; de la Ley Federal de Extinción de Dominio, Reglamentaria del artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.


Proponente: García García Héctor (PRI)

Suscrita por el Dip. Marco Antonio Bernal Gutiérrez (PRI)
Fecha de presentación: 18-Septiembre-2014

  - Justicia
En el Código Penal Federal: Eliminar el delito y la sanción establecidos para la sustracción o aprovechamiento de hidrocarburos o sus derivados o de sustracción o alteración de equipos o instalaciones de equipos o instalaciones de la industria petrolera a que se refiere la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, distintos a los previstos en la fracción IV del artículo 368 Quáter del Código Penal Federal. Establecer como conducta punible la posesión, resguardo, almacenamiento, transporte, ocultamiento, enajenación, suministro o distribución ilícita de petróleo crudo o hidrocarburos refinados, procesados o sus derivados, estableciendo penas diferenciadas de acuerdo con la cantidad. Si la cantidad es de 300 litros o menor, con pena de prisión de 6 meses a 2 años y de 100 a 500 días multa; si la cantidad es mayor de 300 litros pero menor de 1,000 litros, con pena de prisión de 2 a 4 años y de 500 a 1000 mil días multa; si la cantidad es igual o mayor a 1,000 litros pero menor de 2,000 litros, con pena de prisión de 4 a 10 años y de mil a doce mil días multa; si la cantidad es igual o mayor a 2,000 litros, con pena de prisión de 4 a 11 años y de 1200 a 13000 días multa. Establecer una sanción de 6 a 10 años de prisión y de 500 a 1000 días multa al comercializador o transportista de gasolina o diesel que tenga en su poder combustibles, cuando éstos no contengan los trazadores o las demás especificaciones establecidas de acuerdo con lo señalado en la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo. Señalar que tratándose de gasolina o diesel que estén sujetos a especificaciones de identificación para su comercialización exclusiva en zonas geográficas limitadas, se impondrá la misma pena del párrafo anterior al comercializador o transportista que tenga en su poder los combustibles mencionados, fuera de las zonas geográficas limitadas. Asentar que si el responsable es franquiciatario, permisionario o distribuidor, además de las penas señaladas se le impondrá como sanción la suspensión de actividades y la disolución de la sociedad.

En el Código Federal de Procedimientos Penales. Suprime la remisión externa que se hacía a la fracción VII del artículo 254 del Código Penal Federal. Asienta que tratándose de los delitos de posesión, resguardo, almacenamiento, transporte, ocultamiento, enajenación, suministro o distribución ilícita de petróleo crudo o hidrocarburos refinados, procesados o sus derivados, el Ministerio Público asegurará el establecimiento mercantil o empresa prestadora del servicio e inmediatamente notificará al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes con la finalidad de que el establecimiento mercantil o empresa asegurada pase a su administración y continúe prestando el servicio y solamente se suspenderá el servicio en tanto se retira el producto ilícito de los contenedores del establecimiento o empresa y se suministran los hidrocarburos lícitos con el objeto de continuar las actividades; suministro que se llevará a cabo una vez que el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes esté a cargo de la administración mencionada. Elimina la remisión externa que se hacía a la fracción VII del artículo 254 del Código Penal Federal y se sustituye por la remisión externa a las fracciones V y VI del artículo 368 Quáter del Código Penal Federal.

En el Código Fiscal de la Federación: Se eliminan como conductas sancionables la enajenación de combustibles que no fueron adquiridos legalmente, el apoderamiento, o la destrucción o deterioro dolosos de mercancías que se encuentren en recinto fiscal o fiscalizado.

En la Ley Federal de Extinción de Dominio, Reglamentaria del Artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Estatuir que cuando el Ministerio Público o el juez asegure un establecimiento mercantil o empresa prestadora de servicios o cualquier inmueble, vinculado con las conductas de delincuencia organizada a que se refieren la fracción I, inciso d) y la fracción IV ambas del artículo 368 Quáter del Código Penal Federal, inmediatamente notificará al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes con la finalidad de que el establecimiento mercantil o empresa asegurada pase a su administración y en su caso, continúe prestando el servicio. Apuntar que tratándose del supuesto anterior, solamente se suspenderá el servicio en tanto se retira el producto ilícito de los contenedores del establecimiento o empresa y se suministran los hidrocarburos lícitos con el objeto de continuar las actividades; suministro que se llevará a cabo una vez que el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes esté a cargo de la administración mencionada.

En la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada: Establecer como delincuencia organizada cuando 3o más personas se organicen de hecho para realizar, en forma permanente o reiterada, conductas que por sí o unidas a otras, tienen como fin o resultado poseer, resguardar, almacenar, transportar, ocultar, enajenar, suministrar o distribuir en forma ilícita petróleo crudo o hidrocarburos refinados, procesados o sus derivados. Asentar que tratándose de franquiciatarios, permisionarios o distribuidores que con motivo de sus funciones comerciales posean o resguarden petróleo crudo o hidrocarburos refinados, procesados o sus derivados de origen ilícito, deberá comprobarse su participación fehaciente en la comisión del hecho delictivo.
Aprobada
con fecha 6-Noviembre-2014



Publicación en Gaceta: 9-Septiembre-2014
415   Proyecto de decreto que reforma el artículo 8° de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.


Proponente: Caamal Mena José Angelino (NUEVA ALIANZA)


Fecha de presentación: 18-Septiembre-2014

  - Atención a Grupos Vulnerables
Adicionar que ninguna persona adulta mayor podrá ser discriminada en razón de su origen étnico, preferencia sexual, condición de salud o cualquier otra que atente contra su dignidad. Aprobada
con fecha 12-Febrero-2015



Publicación en Gaceta: 2-Septiembre-2014
416   Proyecto de decreto que se expide la Ley de la Fiscalía General de la República y se reforman, adicionan y derogan diversos ordenamientos legales


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 23-Septiembre-2014

  - Justicia
Con Opinión de  - Transparencia y Anticorrupción
Armonizar diversos ordenamientos jurídicos con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativas a la organización de la Fiscalía General de República (FGR). Fortalecer el sistema de procuración de justicia en cuanto a la función del Ministerio Público (MP). Crear un ordenamiento jurídico que regule la organización, funcionamiento y operación de la FGR. Establecer las responsabilidades y obligaciones de los servidores públicos de la Fiscalía; derechos de la víctima; facultades del MP; asistencia consular; patrimonio y presupuesto de la Fiscalía; entre otras.

Ley Orgánica de la Administración Pública Federal: Modificar las atribuciones de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal. Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Armonizar la Ley Reglamentaria del Artículo 105 con la Constitución, en relación con la facultad de la FGR para promover acciones de inconstitucionalidad. Legitimar al Ejecutivo Federal, por conducto del Consejero Jurídico, para promover acciones de inconstitucional.

Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Adecuar la intervención de la FGR, del MP y del Consejero Jurídico, en el juicio de amparo, de conformidad con las nuevas facultades conferidas a éstos.

Ley orgánica del Poder Judicial de la Federación: Sustituir a la PGR por FGR. Considerar como delitos del orden federal, los cometidos en contra de los miembros del Consejo de Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, y de los miembros del Consejo General del INE.
Aprobada
con fecha 10-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 23-Septiembre-2014
417   Proyecto de decreto que reforma los artículos 40 Bis y 51 de la Ley de Ciencia y Tecnología y 8° de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.


Proponente: Rangel Segovia Alejandro (PRI)

Suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRI
Fecha de presentación: 23-Septiembre-2014

Unidas  - Ciencia y Tecnología
- Transparencia y Anticorrupción
Precisar que tanto Instituciones de Educación Superior como otras entidades paraestatales de la Administración Pública Federal que tengan como objeto predominante realizar actividades de investigación científica y tecnológica, podrán crear unidades de vinculación y transferencia de conocimiento, así como la promoción de alianzas estratégicas con los sectores público y privado. Establecer que los servidores públicos que lleven a cabo diversas actividades de investigación, desarrollo o innovación científica o tecnológica, podrán realizar actividades de vinculación con los sectores público, privado y social, y recibir algunos beneficios. Aprobada
con fecha 11-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 23-Septiembre-2014
418   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley Federal de Justicia para Adolescentes.


Proponente: Diputados integrantes del PRI (PRI)

Suscrita por los diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera, Héctor Gutiérrez De la Garza y Claudia Delgadillo González (PRI)
Fecha de presentación: 23-Septiembre-2014

  - Trabajo y Previsión Social
Elevar la edad mínima de admisión al empleo. Aprobada
con fecha 2-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 11-Septiembre-2014
419   Proyecto de decreto que reforma el artículo 77 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Cuéllar Steffan Antonio (PVEM)


Fecha de presentación: 30-Septiembre-2014

  - Justicia
Precisar en los casos en que el amparo se haya concedido por afectación a un interés legítimo, sólo el quejoso, y no otro u otros de los miembros del grupo social al que pertenece, podrá promover o intervenir en los procedimientos tendentes al cumplimiento de la ejecutoria. Aprobada
con fecha 9-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 23-Septiembre-2014
420   Proyecto de decreto que expide la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional, y se adiciona el artículo 21 Bis a la Ley de Planeación.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 2-Octubre-2014

Unidas  - Competitividad
- Economía
Con Opinión de  - Fomento Cooperativo y Economía Social
Ley para impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional.
Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto reglamentar lo dispuesto por los artículos 25 y 26 constitucionales, para la promoción de la competitividad, el incremento de la competitividad y la implementación de una política de desarrollo industrial. Crear el Comité Nacional de Productividad, como órgano consultivo y auxiliar del Ejecutivo para la formulación, implementación y seguimiento de la política de fomento económico.

Ley de Planeación.
Establecer que el Plan Nacional de Desarrollo considerará una visión de largo plazo de la política de fomento económico.
Aprobada
con fecha 4-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 2-Octubre-2014
421   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Diputados integrantes del PRD (PRD)

Suscrito por los diputados Silvano Aureoles Conejo y Margarita Elena Tapia Fonllem (PRD)
Fecha de presentación: 7-Octubre-2014

  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Transversalizar la perspectiva de género en el trabajo de la Cámara de Diputados y promover parlamentos sensibles al género, cumpliendo con los compromisos internacionales del Poder Legislativo en materia de derechos humanos de las mujeres. Aprobada
con fecha 19-Marzo-2015



Publicación en Gaceta: 7-Octubre-2014
422   Proyecto de decreto que expide la Ley del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social y, reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social.


Proponente: Montano Guzmán José Alejandro (PRI)


Fecha de presentación: 9-Octubre-2014

  - Desarrollo Social
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de reglamentar el Apartado C, del artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos mediante la regulación del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social; la coordinación del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, con las autoridades federales, estatales y municipales para el ejercicio de sus funciones; y las recomendaciones que emita el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social. Establecer que el Consejo Nacional de Evaluación presentará un informe sobre el cumplimiento del ejercicio de los Derechos Sociales, con una periodicidad mínima de dos años a nivel nacional y estatal y con información a nivel municipal cada cinco años. Armonizar la Ley General de Desarrollo Social y la Ley del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social. Aprobada
con fecha 28-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 9-Octubre-2014
423   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Cooperativas.


Proponente: Inzunza Montoya Alfonso (PRI)


Fecha de presentación: 9-Octubre-2014

  - Fomento Cooperativo y Economía Social
Establecer que las Sociedades Cooperativas de Producción Pesquera se constituirán con un mínimo de 25 socios. Prever los requisitos para ser socio de la sociedad cooperativa. Establecer los derechos y obligaciones de los socios de la sociedad cooperativa. Aprobada
con fecha 12-Febrero-2015



Publicación en Gaceta: 17-Septiembre-2014
424   Proyecto de decreto que reforma el artículo 30 de la Ley Federal del Derecho de Autor.


Proponente: Córdova Díaz Luis Armando (PRI)


Fecha de presentación: 9-Octubre-2014

  - Cultura y Cinematografía
Precisar que tratándose de sucesiones, los derechos patrimoniales de autor, no serán considerados de dominio público en tanto exista legatario establecido dentro del testamento. Aprobada
con fecha 19-Marzo-2015



Publicación en Gaceta: 7-Octubre-2014
425   Proyecto de decreto que reforma los artículos 9° y 17 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.


Proponente: Mejía Berdeja Ricardo (MC)

suscrita por el Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)
Fecha de presentación: 9-Octubre-2014

  - Igualdad de Género
Fomentar el desarrollo, participación y reconocimiento de las mujeres en las diferentes disciplinas deportivas, así como la vida deportiva. Aprobada
con fecha 19-Febrero-2015



Publicación en Gaceta: 9-Octubre-2014
426   Proyecto de decreto que reforma los artículos 537 y 539 de la Ley Federal del Trabajo.


Proponente: Nava Gómez José Everardo (PRI)


Fecha de presentación: 14-Octubre-2014

  - Trabajo y Previsión Social
Establecer como uno de los objetivos del Servicio Nacional de Empleo diseñar, conducir y evaluar programas específicos para generar oportunidad de empleo que garanticen la inclusión de los jóvenes, adultos y grupos en situación vulnerable.
Facultar a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en materia de promoción de empleos, a diseñar en coordinación con las Entidades Federativas y el sector empresarial políticas públicas y programas para generar oportunidad de empleo que garanticen la inclusión de los jóvenes, adultos y grupos en situación vulnerable al mercado laboral.
Aprobada
con fecha 25-Marzo-2015



Publicación en Gaceta: 2-Septiembre-2014
427   Proyecto de decreto que expide la Ley General del Derecho a la Alimentación Adecuada.


Proponente: Bautista Cuevas Gloria (PRD)


Fecha de presentación: 14-Octubre-2014

Unidas  - Derechos Humanos
- Desarrollo Social
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de establecer las bases para garantizar el acceso, disfrute y ejercicio efectivo del derecho a la alimentación, sus prerrogativas y propiciar la autosuficiencia, seguridad y soberanía alimentaria; definir las competencias y mecanismos de coordinación entre los distintos órdenes de gobierno, así como la concertación con los diversos sectores de la población; regular la política alimentaria y sus instrumentos de aplicación; establecer las disposiciones básicas sobre producción, distribución y consumo de alimentos; definir las bases para la participación social; y establecer los mecanismos para la exigibilidad del derecho a la alimentación, los medios de impugnación, responsabilidades y sanciones. Aprobada
con fecha 30-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 2-Septiembre-2014
428   Proyecto de decreto que reforma los artículos 55 del Código Civil Federal y 230 del Código Penal Federal.


Proponente: Pérez Tejada Padilla David (PVEM)

Suscrita por diputados integrantes de diversos grupos parlamentarios.
Fecha de presentación: 14-Octubre-2014

  - Justicia
Con Opinión de  - Derechos de la Niñez
Prohibir a los directores, encargados o administradores de centros de salud, negar la expedición o entrega de cualquier documento que permita el registro del menor ante la autoridad civil. Imponer prisión de tres meses a dos años, hasta cien días multas y suspensión de tres meses a un año a quienes incurran en ello. Aprobada
con fecha 28-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 2-Octubre-2014
429   Proyecto de decreto que reforma el artículo 185 de la Ley Agraria.


Proponente: Martínez Santillán Ma. del Carmen (PT)


Fecha de presentación: 14-Octubre-2014

  - Reforma Agraria
Establecer que el convenio al que lleguen las partes en caso de avenencia, deberá cumplir con los principios de exhaustividad, congruencia y equidad. Aprobada
con fecha 28-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 23-Septiembre-2014
430   Proyecto de decreto que reforma los artículos 46 y 48 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos.


Proponente: Inzunza Montoya Alfonso (PRI)


Fecha de presentación: 14-Octubre-2014

Unidas  - Marina
- Transportes
Asentar que el reglamento correspondiente establecerá un régimen simplificado para las embarcaciones menores y para los despachos vía la pesca para embarcaciones dedicadas a esta actividad comercial, cuya eslora y desplazamiento sean iguales o menores a 24 metros y 50 toneladas de registro bruto, respectivamente. Aprobada
con fecha 10-Marzo-2015



Publicación en Gaceta: 25-Septiembre-2014
431   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales.


Proponente: Inzunza Montoya Alfonso (PRI)


Fecha de presentación: 14-Octubre-2014

  - Recursos Hidráulicos
Establecer el concepto de ¿Aprovechamiento de paso¿, entendido como aquel realizado en cualquier actividad que no implique consumo de volúmenes de agua. Modificar el concepto de ¿Uso en Acuacultura¿, entendido como el aprovechamiento de paso de aguas nacionales de diversas actividades dirigidas a especies de flora y fauna. Aprobada
con fecha 9-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 30-Septiembre-2014
432   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 21-Octubre-2014

  - Hacienda y Crédito Público
Con Opinión de  - Trabajo y Previsión Social
Establecer las atribuciones del INFONACOT que le permitirán cumplir su objeto, así como determinar los mecanismos necesarios para reducir los riesgos y costos de fondeo que puedan traducirse en una mayor cantidad de préstamos, bajo las mejores condiciones de mercado en beneficio de los trabajadores. Aprobada
con fecha 11-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 21-Octubre-2014
433   Proyecto de decreto que reforma el artículo 112 de la Ley General de Salud.


Proponente: Padilla Ramos Carla Alicia (PVEM)

Suscrita por diputados integrantes de diversos grupos parlamentarios.
Fecha de presentación: 23-Octubre-2014

  - Salud
Adicionar como objetos de la educación para la salud, los de cuidados de la automedicación y los riesgos de la autoprescripción. Establecer que por automedicación se entenderá el uso racional de determinados medicamentos y por autoprescripción el uso sin indicación ni supervisión de otros medicamentos. Aprobada
con fecha 17-Febrero-2015



Publicación en Gaceta: 30-Septiembre-2014
434   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Diputados integrantes del PAN (PAN)

Suscrita por diputados y senadores del Grupo Parlamentario del PAN
Fecha de presentación: 4-Noviembre-2014

  - Puntos Constitucionales
Con Opinión de  - Transparencia y Anticorrupción
Establecer un Sistema Nacional Anticorrupción, dotado de un Comité Coordinador, encargado de coordinar esfuerzos para implementar políticas transversales en materia de control, prevención y disuasión de la corrupción y promoción de la integridad, en los términos que establezca la ley general que al efecto expida el Congreso de la Unión, conformado por mecanismos de control interno, de control externo y de sanción. En materia de control interno, el fortalecimiento de la actual Secretaría de la Función Pública en cuanto a la prevención, corrección, auditoría, investigación y sanción; es decir, reasumiendo todas las funciones que le fueron derogadas mediante la reforma a dicha ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero del 2013. En materia de control externo, que además de la Secretaría de la Función Pública, sean dos órganos más, absolutamente independientes del Poder Ejecutivo, los responsables de auditar el uso de los recursos públicos e investigar, con las más amplias facultades, posibles actos de corrupción: la Auditoría Superior de la Federación (ASF) y la Fiscalía Especializada en materia de Combate a la Corrupción, para lo cual se les otorgan facultades para recibir quejas y denuncias ciudadanas. Instaurar un Consejo Nacional para la Ética Pública, que estará encargado de garantizar la adecuada implementación de las políticas y programas desarrollados por el Comité Coordinador en sus respectivos órdenes de gobierno. Instaurar un Comité de Participación Ciudadana que será el órgano ciudadano mediante el cual se canalizarán los esfuerzos de las organizaciones de la sociedad civil, en su función de coadyuvar con las autoridades en el combate a la corrupción, conformada por cinco ciudadanos que se hayan destacado por su contribución a la transparencia, la rendición de cuentas o el combate a la corrupción. Establecer que cada Entidad Federativa reproduzca el sistema en su ámbito respectivo, bajo las bases establecidas en la Constitución y en la Ley General que regule el Sistema, debiendo observar además las políticas acordadas por el Sistema Nacional Anticorrupción. Facultar al congreso para legislar en materia de corrupción y para expedir leyes que instituyan el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Sustituir a los tribunales contenciosos administrativos por el tribunal federal de justicia administrativa, como órgano facultado para conocer y dirimir controversias en la materia. Actualizar el nombre de la Auditoría Superior de la Federación. Aprobada
con fecha 26-Febrero-2015



Publicación en Gaceta: 4-Noviembre-2014
435   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento de la Cámara de Diputados.


Proponente: García Olmedo María del Rocío (PRI)


Fecha de presentación: 4-Noviembre-2014

  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Crear la Unidad para la Igualdad de Género de la Cámara de Diputados como un órgano técnico responsable de vigilar la conducción transversal con perspectiva de género en la estructura organizacional y desarrollo de las actividades institucionales y laborales; contará con los recursos humanos, materiales y financieros que requiera para el cumplimiento de sus funciones, estará a cargo de una Coordinadora que acredite especialidad en la materia, y que será designada por la Junta de Coordinación Política. Aprobada
con fecha 19-Marzo-2015



Publicación en Gaceta: 23-Octubre-2014
436   Proyecto de decreto que reforma el artículo 130 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.


Proponente: Cárdenas del Avellano Enrique (PRI)


Fecha de presentación: 4-Noviembre-2014

  - Seguridad Pública
Establecer que el Centro Nacional de Prevención del Delito y Participación Ciudadana promoverá que la Federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios, establezcan un servicio de comunicación único de emergencia 066 y la plataforma encargada de recibir la primer llamada ante situaciones de riesgo, emergencia, denuncias y demás reportes que requiera la atención de las instituciones públicas a fin de activar las previsiones y acciones de seguridad pública, protección civil o salud. Aprobada
con fecha 29-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 23-Octubre-2014
437   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático.


Proponente: Niaves López Ossiel Omar (PRI)


Fecha de presentación: 4-Noviembre-2014

  - Cambio Climático
Incluir el principio de preservación y protección a los derechos humanos que tengan impacto por los efectos adversos del cambio climático, en la formulación de la política nacional de cambio climático. Aprobada
con fecha 24-Febrero-2015



Publicación en Gaceta: 23-Octubre-2014
438   Proyecto de decreto que reforma el Artículo Primero Transitorio del decreto por el que se expide la Ley Federal de Justicia para Adolescentes; y se adiciona la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se reforma la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, se adiciona la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y se reforma la Ley Federal de Defensoría Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2012.


Proponente: Gutiérrez De la Garza Héctor (PRI)


Fecha de presentación: 4-Noviembre-2014

  - Justicia
Cambiar la fecha de entrada en vigor de los ¿2 años después de su publicación¿ a ¿gradualmente¿, en los términos previstos en la declaratoria que hace referencia el artículo segundo transitorio del decreto por el que se expide el Código Nacional de Procedimientos Penales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de marzo de 2014, sin que pueda exceder del 18 de junio de 2016. Aprobada
con fecha 27-Noviembre-2014



Publicación en Gaceta: 30-Octubre-2014
439   Proyecto de decreto que reforma el artículo 360 del Código Civil Federal.


Proponente: Pérez Escalante Elvia María (PRI)


Fecha de presentación: 4-Noviembre-2014

  - Justicia
Establecer que, en caso de contradicción, la paternidad y la maternidad pueden probarse por cualquiera de los medios ordinarios y en especial mediante la prueba pericial en materia de genética. Señalar que si el presunto progenitor se negara a proporcionar la muestra necesaria, se presumirá, salvo prueba en contrario, que es el padre o la madre. Asentar que si existe carencia de recursos, el juez solicitará al área de servicios periciales correspondiente, que se exima del pago atendiendo al interés superior del menor. Aprobada
con fecha 30-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 30-Octubre-2014
440   Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 6-Noviembre-2014

  - Infraestructura
Establecer mecanismos para la gestión y evaluación de proyectos de obra pública, permitiendo a las dependencias y entidades realizar una valoración entre distintas proposiciones para seleccionar la que represente el menor costo a valor presente, durante el tiempo de ejecución y operación de la obra. Implementar medidas para incrementar la eficiencia, eficacia y transparencia en la contratación y ejecución de obras públicas. Establecer reglas mínimas para el procedimiento de adjudicación directa. Prever mecanismos para la evaluación de los proyectos, y la ejecución de obra pública, así como adecuaciones a las reglas relativas a los procedimientos de contratación; ejecución de los contratos, y sustanciación de los procedimientos de inconformidad, sanción a contratistas y de conciliación. Aprobada
con fecha 9-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 6-Noviembre-2014
441   Proyecto de decreto que reforma el artículo 112 de la Ley General de Población.


Proponente: López Zavala Javier (PRI)


Fecha de presentación: 6-Noviembre-2014

  - Población
Hacer la adecuación del nombre del Instituto Federal Electoral para que quede como Instituto Nacional Electoral. Aprobada
con fecha 24-Febrero-2015



Publicación en Gaceta: 2-Octubre-2014
442   Proyecto de decreto que reforma los artículos 241 y 242 del Código Penal Federal.


Proponente: Acosta Montoya Rubén (PVEM)


Fecha de presentación: 6-Noviembre-2014

  - Justicia
Incrementar las penas por los delitos de falsificación de sellos, llaves, cuños o troqueles, marcas, pesas y medidas. Tipificar como delito al que falsifique los documentos, los emblemas o ambos, que demuestren el cumplimiento de normas oficiales mexicanas o de cualquier otra especificación técnica que tenga por objeto determinar la calidad y seguridad de algún producto, bien o servicio, antes, durante o después de su venta. Aprobada
con fecha 29-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 4-Noviembre-2014
443   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código de Comercio y del Código Penal Federal.


Proponente: Garza Cadena Ana Lilia (PVEM)

Suscrita por diputados integrantes de diversos Grupos Parlamentarios.
Fecha de presentación: 6-Noviembre-2014

Unidas  - Economía
- Justicia
En el Código de Comercio: Contribuir a que las sociedades mercantiles agilicen y optimicen los procesos de digitalización, almacenamiento y conservación de la diversa documentación generada en el desarrollo cotidiano de sus actividades comerciales, permitiendo la sustitución del documento en físico por variantes electrónicas. Permitir la introducción de los avances tecnológicos a las distintas sociedades. Otorgar mayores facultades a los actuales prestadores de servicios de certificación para que incrementen su oferta de productos y servicios

En el Código Penal Federal: Añadir supuestos específicos referentes a delitos cometidos en materia de falsificación de documentación electrónica, tanto para los prestadores de servicios que realicen sus actividades sin estar debidamente acreditados por la Secretaría de Economía, como para los comerciantes que hagan un uso indebido de sus documentos.
Aprobada
con fecha 22-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 4-Noviembre-2014
444   Proyecto de decreto que reforma el artículo 4° de la Ley de Asistencia Social.


Proponente: Benavides Castañeda José Alberto (PT)


Fecha de presentación: 11-Noviembre-2014

  - Salud
Incluir en los criterios para otorgar el derecho a la asistencia social, la condición económica. Aprobada
con fecha --



Publicación en Gaceta: 6-Noviembre-2014
445   Proyecto de decreto que reforma los artículos 26, 41 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Moreno Rivera Julio César (PRD)


Fecha de presentación: 11-Noviembre-2014

  - Puntos Constitucionales
Sustituir el concepto de ¿salario mínimo¿ por el ¿Unidad de Cuenta¿. Sustituir el salario mínimo indicado como factor de determinación de financiamiento de los partidos políticos, por la Unidad de Cuenta. Obligar al Congreso de la Unión, a los Congresos de los estados y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a homologar la legislación, en un plazo máximo de 1 año a partir de la entrada en vigor de la reforma, a efecto de desvincular el salario mínimo en aquellas leyes que lo establecen como unidad. Fijar el valor de la Unidad de Cuenta, que será equivalente a 67 pesos con 29 centavos. Mandatar a las instituciones que otorguen créditos a la vivienda, sustituyan su actualización por el de Unidad de Cuenta. Exceptuar a los contratos y convenios privados que establezcan la figura del salario mínimo como unidad de cuenta para cualquier efecto, salvo acuerdo en contrario entre las partes. Aprobada
con fecha 10-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 11-Noviembre-2014
446   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Aguilar Gil Lilia (PT)


Fecha de presentación: 19-Noviembre-2014

  - Puntos Constitucionales
Crear una institución con funciones de prevención, investigación y sanción de los actos que puedan configurar responsabilidad administrativa o actos de corrupción. Generar un mecanismo para que este organismo autónomo se siga auxiliando de las contralorías internas y órganos internos de control, y establecer que estos ya no dependan institucional, económica, o laboralmente del ente al que controlan y auditan. Otorgar a este organismo autónomo la facultad de prevención de los actos de en el seno del sistema nacional de combate a la corrupción. Aprobada
con fecha 26-Febrero-2015



Publicación en Gaceta: 23-Octubre-2014
447   Proyecto de decreto que adiciona un artículo 282 Bis al Código Penal Federal.


Proponente: Abreu Artiñano Rocío Adriana (PRI)


Fecha de presentación: 19-Noviembre-2014

  - Justicia
Sancionar con uno a cuatro años de prisión y multa de cincuenta mil a trescientos mil pesos, al que medio de la violencia requiera extrajudicialmente el pago de una deuda. Aprobada
con fecha 15-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 6-Noviembre-2014
448   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Aguilar Gil Lilia (PT)


Fecha de presentación: 19-Noviembre-2014

  - Puntos Constitucionales
Crear una institución con funciones de prevención, investigación y sanción de los actos que puedan configurar responsabilidad administrativa o actos de corrupción. Generar un mecanismo para que este organismo autónomo se siga auxiliando de las contralorías internas y órganos internos de control, y establecer que estos ya no dependan institucional, económica, o laboralmente del ente al que controlan y auditan. Otorgar a este organismo autónomo la facultad de prevención de los actos de en el seno del sistema nacional de combate a la corrupción. Aprobada
con fecha 26-Febrero-2015



Publicación en Gaceta: 11-Noviembre-2014
449   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Diputados integrantes del PRD (PRD)

Suscrita por los diputados Martha Lucía Mícher Camarena y Agustín Miguel Alonso Raya (PRD)
Fecha de presentación: 25-Noviembre-2014

  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Establecer una Unidad para la Igualdad de Género en la Cámara de Diputados con la función de asegurar la institucionalización de la perspectiva de género en la cultura organizacional y el quehacer legislativo. Establecer su estructura básica y asignarle atribuciones. Aprobada
con fecha 19-Marzo-2015



Publicación en Gaceta: 4-Noviembre-2014
450   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Diputados integrantes del PRD (PRD)

Suscrita por los diputados José Luis Muñoz Soria, Agustín Miguel Alonso Raya y José Ángel Ávila Pérez (PRD)
Fecha de presentación: 25-Noviembre-2014

  - Puntos Constitucionales
Establecer mecanismos de transparencia, fiscalización y rendición de cuentas. Crear el Sistema Nacional de Fiscalización, a cargo de la Entidad de Fiscalización Superior de la Federación. Crear el Sistema Nacional Anticorrupción, integrado por el Sistema Nacional y sistemas estatales. Facultar al Congreso de la Unión para regular el Sistema Nacional de Fiscalización y el Sistema Nacional Anticorrupción. Modificar el Titulo Cuarto de la Constitución ¿De las Responsabilidades de los Servidores Públicos y Patrimonial del Estado¿ por ¿De las Responsabilidades de los Servidores Públicos, Particulares y Patrimonial del Estado; y actos de corrupción¿. Crear el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, con el objeto de dirimir las controversias que se susciten entre la Administración Pública Federal y los particulares. Instituir tribunales de Justicia Administrativa en las entidades federativas, con el objeto de dirimir las controversias que se susciten entre la administración pública local y municipal y los particulares. Aprobada
con fecha 26-Febrero-2015



Publicación en Gaceta: 25-Noviembre-2014
451   Proyecto de decreto que expide la Ley de Transición Energética.


Proponente: Ortiz Mantilla María Isabel (PAN)


Fecha de presentación: 27-Noviembre-2014

Unidas  - Energía
- Medio Ambiente y Recursos Naturales
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de regular el aprovechamiento sustentable de la energía y las obligaciones en materia de energías limpias y de reducción de contaminantes de la industria eléctrica. Definir las atribuciones de la Secretaría de Energía, Comisión Reguladora de Energía, Centro Nacional de Control de Energía Eléctrica, Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía, SEMARNAT y PROFEPA, en la materia. Definir la Estrategia Nacional para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía. Crear el Fondo para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía con el objeto de captar recursos para instrumentar proyectos para el cumplimiento de las metas país en materia de energías limpias, generación distribuida y eficiencia energética. Crear el Fondo de Sustentabilidad Energética, con el objeto de captar recursos para apoyar las actividades de investigación, desarrollo e innovación para el cumplimiento de las metas país en la materia. Crear el Fondo para las Energías Renovables con el objeto de captar y canalizar recursos para financiar obras de infraestructura de transmisión que contribuyan al cumplimiento de las metas país en la materia. Crear el Instituto Nacional de Electricidad y Energías Limpias, con el objeto de coordinar y realizar estudios y proyectos de investigación científica o tecnológica con instituciones en materia de energía. Aprobada
con fecha 15-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 21-Octubre-2014
452   Proyecto de decreto que expide la Ley Federal Juegos con Apuestas y Sorteos.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Suscrita por diputados integrantes de la Comisión Especial para Indagar el Funcionamiento de las Instancias del Gobierno Federal relacionados con el otorgamiento de permisos para juegos y sorteos.
Fecha de presentación: 27-Noviembre-2014

  - Gobernación
Regular todos los tipos de juegos con apuesta y sorteos que se organicen, oferten, preparen, publiciten, comercialicen o celebren dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de que se lleven a cabo de forma responsable, segura y salvaguardando el interés social, los derechos fundamentales de los participantes, permisionarios y operadores; garantizar los derechos de los participantes en juegos con apuesta y sorteos, así como los derechos de protección de las niñas, niños, adolescentes, menores de veintiún años, personas con discapacidad mental o psicosocial y quienes padezcan ludopatía; establecer las bases para un ejercicio responsable del juego con apuesta y los sorteos por parte de los permisionarios y operadores, así como señalar sus derechos y obligaciones, y establecer las bases, requisitos y límites para la autorización, el control, la vigilancia, la inspección y la sanción de conductas relativas a todos los tipos de juegos con apuesta y sorteos. Aprobada
con fecha 3-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 27-Noviembre-2014
453   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.


Proponente: Mejía Berdeja Ricardo (MC)

Suscrita por el Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)
Fecha de presentación: 27-Noviembre-2014

  - Asuntos Indígenas
Promover la importancia de preservar y usar la lengua materna indígena nacional, bajo un contexto de respeto y reconocimiento. Aprobada
con fecha 14-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 27-Noviembre-2014
454   Proyecto de decreto que reforma el artículo 30 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.


Proponente: Rosiñol Abreu Jorge (PAN)


Fecha de presentación: 3-Diciembre-2014

  - Transportes
Incluir en las tareas de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, crear esquemas tarifarios o exenciones a residentes, tendientes a otorgar beneficios de peaje. Aprobada
con fecha 12-Febrero-2015



Publicación en Gaceta: 27-Noviembre-2014
455   Proyecto de decreto que reforma los artículos 4° y 7° de la Ley General de Turismo.


Proponente: Romo Fonseca Bárbara Gabriela (PVEM)


Fecha de presentación: 4-Diciembre-2014

  - Turismo
Incluir en las atribuciones del Poder Ejecutivo Federal, promover la conservación que contribuya al fomento y desarrollo de la actividad turística. Aprobada
con fecha 24-Marzo-2015



Publicación en Gaceta: 4-Diciembre-2014
456   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Suscrita por diputados integrantes de diversos Grupos Parlamentarios.
Fecha de presentación: 4-Diciembre-2014

  - Justicia
Armonizar la normatividad de la Procuraduría General de Justicia del D. F. y adecuar su estructura organizacional con el fin de adaptarlas a las reformas a los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 73, 115 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicadas el 8 de junio de 2008, cuyo principal objeto fue la transformación del Sistema de Justicia Penal, de uno con características mixto a uno adversarial o de corte acusatorio y oral, a efecto de que en éste prevalezca el respeto a los derechos humanos y atender esta transformación dentro del plazo de ocho años para que todas las instituciones involucradas realicen adecuaciones a los ordenamientos jurídicos, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, establecido dentro del artículo segundo transitorio del citado decreto. Aprobada
con fecha 29-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 4-Diciembre-2015
457   Proyecto de decreto por el que se reforma el inciso a) de la Base II del artículo 41 y adicionan los párrafos sexto y séptimo al apartado B del artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 5-Diciembre-2014

  - Puntos Constitucionales
Prever la creación de la nueva unidad de cuenta denominada Unidad de Medida y Actualización (o UMA), que permitirá la desvinculación del salario mínimo como unidad de cuenta, base, medida o referencia económica que actualmente utilizan las leyes federales, estatales, del Distrito Federal, así como las disposiciones jurídicas que emanan de todas las anteriores. Otorgar al INEGI, la facultad de establecer el valor de dicha unidad, aplicando el procedimiento previsto en el régimen transitorio, el cual toma como base la inflación, a través del INPC (Índice Nacional de Precios al Consumidor). Establecer que las obligaciones y supuestos previstos en los distintos ordenamientos jurídicos que se denominen en Unidades de Medida y Actualización (o UMAS), se solventarán entregando su equivalente en moneda nacional. Aprobada
con fecha 10-Diciembre-2014



Publicación en Gaceta: 9-Diciembre-2014
458   Proyecto de decreto que reforma el artículo 4° de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.


Proponente: Oliveros Usabiaga José Luis (PAN)


Fecha de presentación: 10-Diciembre-2014

  - Juventud
Incluir en las atribuciones del Instituto Mexicano de la Juventud, impulsar proyectos productivos agrícolas sustentables en los jóvenes de 18 a 29 años del medio rural, en todos los sectores de la sociedad, así como incluir a los diferentes niveles de gobierno en la atención de la juventud mexicana. Aprobada
con fecha 8-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 25-Noviembre-2014
459   Proyecto de decreto que reforma los artículos 47 y 55 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Pérez Camarena Carmen Lucia (PAN)

Suscrita por diputados del Grupo Parlamentario del PAN
Fecha de presentación: 15-Diciembre-2014

  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Crear la ¿Unidad de Género¿ en la Cámara de Diputados y establecer sus facultades, definiéndola como el órgano técnico responsable de lograr la institucionalización de la perspectiva y transversalidad de género, con un enfoque de igualdad entre mujeres y hombres en la cultura organizacional de la Cámara, con estructura y presupuesto propios, a cargo de una directora general nombrada en los términos que establezca el Estatuto del Servicio de Carrera. Aprobada
con fecha 19-Marzo-2015



Publicación en Gaceta: 9-Octubre-2014
460   Proyecto de decreto que reforma los artículos 33 y 42 de la Ley de Aviación Civil.


Proponente: Dorador Pérez Gavilán Rodolfo (PAN)


Fecha de presentación: 15-Diciembre-2014

  - Transportes
Establecer que en la aviación civil, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes establecerá las medidas reglamentarias y las disposiciones aplicables que atiendan a las personas con discapacidad. Establecer que no se considerara como equipaje y no se cobrará tarifa por este concepto, a los instrumentos indispensables de las personas con discapacidad. Aprobada
con fecha 7-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 16-Octubre-2014
461   Proyecto de decreto que reforma el artículo 5° de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.


Proponente: López Cisneros José Martín (PAN)


Fecha de presentación: 15-Diciembre-2014

  - Transportes
Establecer como facultad de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes el determinar las características y especificaciones técnicas de los caminos y puentes; así como actualizar y publicar anualmente la clasificación en el DOF. Aprobada
con fecha 14-Abril-2016



Publicación en Gaceta: 16-Octubre-2014
462   Proyecto de decreto que reforma los artículos 41, 90 y 94 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.


Proponente: Larrazabal Bretón Fernando Alejandro (PAN)


Fecha de presentación: 15-Diciembre-2014

  - Deporte
Promover el equipamiento y el material deportivo para la cultura física y el deporte. Aprobada
con fecha 24-Marzo-2015



Publicación en Gaceta: 28-Octubre-2014
463   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.


Proponente: Diputados integrantes del PRI (PRI)

Suscrita por los diputados José Everardo Nava Gómez y María de la Nieves García Fernández (PRI)
Fecha de presentación: 15-Diciembre-2014

  - Atención a Grupos Vulnerables
Instruir a las instituciones públicas del sector salud, garanticen a las personas adultas mayores, el acceso a la atención médica en centros de atención geriátrica, en las Entidades Federativas, Municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal. Aprobada
con fecha 7-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 11-Noviembre-2014
464   Proyecto de decreto que Expide la Ley de Instituciones de Seguridad Pública del Distrito Federal.


Proponente: Saldaña Hernández Margarita (PAN)


Fecha de presentación: 15-Diciembre-2014

  - Seguridad Pública
. Aprobada
con fecha 29-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 9-Diciembre-2014
465   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.


Proponente: Caamal Mena José Angelino (NUEVA ALIANZA)


Fecha de presentación: 22-Diciembre-2014

  - Asuntos Indígenas
Fomentar y proteger el derecho a la lengua indígena. Actualizar la nomenclatura del Instituto Nacional Indigenista por el de Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas. Incluir en el Consejo del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas a un representante del Instituto Nacional de Antropología e Historia. Aprobada
con fecha 14-Diciembre-2015



Publicación en Gaceta: 22-Diciembre-2014
466   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de disciplina financiera de las entidades federativas y los municipios.


Proponente: Gutiérrez De la Garza Héctor (PRI)

Suscrita por diputados y senadores de diversos Grupos Parlamentarios.
Fecha de presentación: 22-Diciembre-2014

  - Puntos Constitucionales
Incorporar el principio de estabilidad de las finanzas públicas y su consideración en el sistema de planeación democrática del desarrollo. Desagregar en cuatro incisos distintos los contenidos relativos al financiamiento del gobierno de la República, el financiamiento del Distrito Federal, los financiamientos de los estados y de los municipios, y el conocimiento por parte del Congreso de la Unión, a través de una comisión bicamaral de situaciones relacionadas con la intención de contratar empréstitos con la garantía federal, por parte de estados que tengan un endeudamiento elevado. Establecer el concepto de ¿mejores condiciones del mercado¿ para llevar a cabo operaciones de financiamiento público. Facultar al Poder Legislativo federal para expedir la Ley General relativa a las Normas de Endeudamiento de los estados, los municipios y el Distrito Federal. Fortalecer la previsión constitucional sobre las actividades de fiscalización de la contratación y aplicación de recursos provenientes de financiamiento público en los ámbitos federal y de los estados y municipios, que corresponde a las entidades de fiscalización superior de la federación y de los estados. Aprobada
con fecha 5-Febrero-2015



Publicación en Gaceta: 22-Diciembre-2014
467   Proyecto de decreto por el que se establecen las características de una Moneda Conmemorativa del Centenario de la Fuerza Aérea Mexicana.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Diputados.
Fecha de presentación: 7-Enero-2015

  - Hacienda y Crédito Público
Se establecen las características de una Moneda Conmemorativa del Centenario de la Fuerza Aérea Mexicana. Aprobada
con fecha 10-Febrero-2015



Publicación en Gaceta: 7-Enero-2015
468   Proyecto de decreto que reforma el artículo 24 del Reglamento de la Cámara de Diputados.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Suscrita por diversos diputados y los Coordinadores de los Grupos Parlamentarios.
Fecha de presentación: 14-Enero-2015

  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Establecer que en la primera Sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, posterior a la de su instalación en el año de la elección, el Presidente de la Mesa Directiva formulará declaratoria de constitución de grupos parlamentarios e informará de aquellos diputados que no forman parte de ninguno. En consecuencia, no se podrán formar grupos parlamentarios después de haberse formulado dicha declaratoria. Aprobada
con fecha 28-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 14-Enero-2015
469   Proyecto de decreto que reforma los artículos 106 y 108 de la Ley Federal de Sanidad Animal.


Proponente: Barajas del Toro Salvador (PRI)


Fecha de presentación: 21-Enero-2015

  - Ganadería
Identificar los términos y funciones de los médicos veterinarios responsables autorizados u oficiales, para el cumplimiento de las disposiciones de sanidad animal. Aprobada
con fecha 8-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 21-Mayo-2015
470   Proyecto de decreto por el que se establecen las características de la moneda conmemorativa del 100 aniversario de la Batalla de Celaya en 1915.


Proponente: Oviedo Herrera J. Jesús (PAN)


Fecha de presentación: 10-Febrero-2015

  - Hacienda y Crédito Público
Se establecen las características de la moneda conmemorativa del 100 aniversario de la Batalla de Celaya en 1915. Aprobada
con fecha 21-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 10-Febrero-2015
471   Proyecto de decreto que reforma el artículo 17 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.


Proponente: Pérez Escalante Elvia María (PRI)


Fecha de presentación: 10-Febrero-2015

  - Atención a Grupos Vulnerables
Adicionar que la SEP garantizará la inducción de una cultura de respeto de los derechos humanos fundamentales de las personas adultas mayores. Aprobada
con fecha 7-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 10-Febrero-2015
472   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Diputados integrantes del PRD (PRD)

Suscrita por los diputados Agustín Miguel Alonso Raya y Fernando Belaunzarán Méndez (PRD)
Fecha de presentación: 12-Febrero-2015

  - Puntos Constitucionales
Crear un Sistema Nacional Anticorrupción y de Fiscalización, que sea encabezado por la Auditoría Superior de la Federación, que sea el eje articulador de un sistema tanto de fiscalización como del combate a la corrupción. Fortalecer las facultades de los entes de fiscalización locales, con mecanismos claros de fiscalización y con una clara coordinación y vinculación con la Auditoría Superior de la Federación, a la que deberán informar del uso y destino de sus recursos. Crear un servicio civil de carrera nacional con auditores profesionales. Facultar al Congreso de la Unión para legislar en materia de corrupción con mayor fuerza y contundencia y que para ello pueda expedir la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Prever que los delitos cometidos por servidores públicos, sobre todo los que tengan que ver con actos de corrupción, y con malversación de fondos que deriven en enriquecimiento ilícito o inexplicable, sean duramente castigados y que estos delitos no prescriban en un lapso de 10 a 15 años. Prever que las organizaciones de la sociedad civil puedan coadyuvar con los órganos responsables del control y sanción en materia de corrupción y fiscalización en las resoluciones de las autoridades así como en acciones de prevención de dichas conductas en la forma y términos que se establezca en la ley. Aprobada
con fecha 26-Febrero-2015



Publicación en Gaceta: 12-Febrero-2015
473   Proyecto de decreto que expide la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista.


Proponente: Villaseñor Vargas Paloma (PRI)


Fecha de presentación: 17-Febrero-2015

  - Atención a Grupos Vulnerables
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de impulsar la inclusión a la sociedad de las personas con la condición del espectro autista, mediante la coordinación de los tres niveles de gobierno para implementar progresivamente políticas y acciones en su favor. Crear la Comisión Intersecretarial para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista, como una instancia de carácter permanente del Ejecutivo Federal, con el objeto de garantizar la ejecución de los programas de atención a éste grupo. Fijar derechos, obligaciones, prohibiciones y sanciones con el fin de brindar protección. Aprobada
con fecha 5-Marzo-2015



Publicación en Gaceta: 17-Febrero-2015
474   Proyecto de decreto que reforma el artículo 148 del Código Civil Federal.


Proponente: Gómez Pozos Merilyn (MC)


Fecha de presentación: 19-Febrero-2015

  - Justicia
Elevar de 14 a 16 años la edad mínima de la mujer para contraer matrimonio. Aprobada
con fecha 30-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 19-Febrero-2015
475   Proyecto de decreto que reforma el artículo 190 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.


Proponente: Adame Alemán Juan Pablo (PAN)


Fecha de presentación: 26-Febrero-2015

Unidas  - Comunicaciones
- Radio y Televisión
Adicionar como obligación de los concesionarios de telecomunicaciones, la de transmitir los mensajes solicitados por el Ejecutivo Federal, de forma gratuita y de manera expedita. Aprobada
con fecha 28-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 26-Febrero-2015
476   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.


Proponente: Inzunza Montoya Alfonso (PRI)


Fecha de presentación: 12-Marzo-2015

  - Pesca
Adicionar diversas definiciones a la Ley. Facultar a la SAGARPA para otorgar, fomentar y promover programas de apoyo de seguros, reaseguros, fianzas y garantías liquidas para el desarrollo de la pesca y la acuacultura, así como para expedir permisos de pesca y acuacultura con la finalidad de investigar, explorar, experimentar los recursos acuáticos. Modificar el proceso para el otorgamiento de una concesión de un recurso pesquero. Aprobada
con fecha 28-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 12-Marzo-2015
477   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles.


Proponente: Diputados integrantes del PAN (PAN)

suscrita por los diputados Mario Sánchez Ruíz, Juan Bueno Torio, Erick Marte Villanueva y José Arturo Salinas Garza (PAN)
Fecha de presentación: 18-Marzo-2015

  - Economía
Regular la constitución de las sociedades anónimas simplificadas integradas por una o varias personas físicas o morales, por una o más personas físicas, como micro o pequeñas empresas, con base en la estratificación establecida en la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y la sociedad anónima que se transforme en una sociedad anónima simplificada si se cumple lo previsto en las reglas de estratificación establecida en la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. Establecer que el accionista único o los accionistas serán responsables de la vigilancia de los negocios de la sociedad y que podrán optar por nombrar a un comisario, quien tendrá obligaciones simplificadas. Asentar un caso importante de excepción, relativo a la vigilancia de la sociedades anónimas simplificadas, cuando sean parte de un grupo empresarial y que a su vez sean controladas directa o indirectamente por alguna sociedad regulada en la Ley del Mercado de Valores o por una sociedad anónima, en términos de esta ley, la vigilancia de la sociedad corresponderá al consejo de administración o en su defecto por el comité de auditoría, de la sociedad que tenga el control de la sociedad anónima simplificada. Aprobada
con fecha 29-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 18-Marzo-2015
478   Proyecto de decreto que expide la Ley Federal para el Fortalecimiento de la Marina Mercante y de la Industria Naval Mexicanas.


Proponente: Ochoa González Arnoldo (PRI)


Fecha de presentación: 9-Abril-2015

  - Marina
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Impulsar el crecimiento de la marina mercante mexicana, lograr su adecuada participación en la transportación marítima de nuestro comercio exterior, y en el cabotaje, así como, fomentar la industria naval nacional y su industria naval auxiliar, mediante un ordenamiento que consta de 44 artículos ordinarios agrupados en 8 capítulos más 11 artículos transitorios, en los que se regulan disposiciones generales; transporte marítimo de altura; embarcaciones inscritas en folio especial; transporte marítimo de cabotaje, astilleros, varaderos e industria naval auxiliar; constancia de preferencia; educación náutica; sanciones. Aprobada
con fecha 30-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 9-Abril-2015
479   Proyecto de decreto que expide la Ley de Ahorro y Crédito Popular, y reforma adiciona y deroga, diversas disposiciones de la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Suscruta por senadores y diputados integrantes de la LXII Legislatura.
Fecha de presentación: 14-Abril-2015

  - Hacienda y Crédito Público
Crear el ordenamiento jurídico ¿Ley de Ahorro y Crédito Popular¿, que sustituya a la vigente, con el propósito eliminar las sociedades financieras comunitarias, para prestar servicios en zonas consideradas como rurales; suprimir la figura de las Federaciones, en su carácter de agrupaciones encargadas de la supervisión auxiliar de las sociedades financieras populares; integrar a las sociedades financieras populares, consejeros independientes; crear el Fondo de Ahorro Popular, como un fideicomiso público constituido por el Gobierno Federal en el Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros y la Institución de Banca de Desarrollo, transfiriéndole la responsabilidad de la administración del seguro de depósito; incrementar las penas pecuniarias y privativas de la libertad. En determinados tipos penales e incluir nuevas conductas que se considerarían delictivas, al tiempo de incluir responsabilidades para los accionistas; y crear un fondo en beneficio de los depositantes de Ficrea, S.A. de C.V., Sociedad Financiera Popular en Liquidación, a efecto de que sus depositantes recuperen un importe adicional a las 25,000 Unidades de Inversión del seguro de depósito.

Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo: eliminar la posibilidad de operar como sociedades cooperativas de ahorro y préstamo con nivel de operaciones básico. Modificar las funciones relativas al seguro de depósitos, quedando a cargo del Fondo de Ahorro Popular y posteriormente del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario. Desaparecer el comité de protección al ahorro cooperativo. Integrar un consejo de administración con consejeros independientes. Permitir a las autoridades financieras exceptuar a las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo de constituir diversos comités, basándose en aspectos tales como tamaño de la sociedad, operaciones que realice, infraestructura con la que cuente, ubicación geográfica en la que opere, así como la sofisticación de la propia sociedad.
Aprobada
con fecha 22-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 14-Abril-2015
480   Proyecto de decreto que expide la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.


Proponente: Moreno Rivera Julio César (PRD)


Fecha de presentación: 14-Abril-2015

  - Seguridad Pública
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de objeto establecer las bases de estructura y organización de la Secretaría de Seguridad Pública del gobierno del Distrito Federal para el despacho de los asuntos que le competen, dentro del marco general del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Aprobada
con fecha 29-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 14-Abril-2015
481   Proyecto de decreto que reforma los artículos 28 Bis y 226 de la Ley General de Salud.


Proponente: Cabañas Aparicio María Elia (PRI)


Fecha de presentación: 14-Abril-2015

  - Salud
Establecer que los medicamentos homeopáticos deberán ser prescritos únicamente por un médico homeópata y deberán suministrarse en farmacias homeopáticas. Aprobada
con fecha 28-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 9-Abril-2015
482   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y del Código de Comercio.


Proponente: Félix Hays Rubén Benjamín (NUEVA ALIANZA)

Suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario Nueva Alianza.
Fecha de presentación: 16-Abril-2015

  - Economía
Establecer que las comunicaciones administrativas electrónicas certificadas, deberán realizarse conforme a los requisitos previstos en la Norma Oficial Mexicana. Aprobada
con fecha 28-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 16-Abril-2015
483   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Civiles, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.


Proponente: Aceves y del Olmo Carlos Humberto (PRI)


Fecha de presentación: 28-Abril-2015

  - Vivienda
Establecer el ejercicio de la acción por la vía civil federal para desahogar los juicios hipotecarios que involucran a los organismos nacionales de vivienda. Establecer que para el caso de impago de créditos de viviendas deshabitadas, los organismos nacionales encargados de financiar dichas viviendas se puedan constituir, a manera de medida precautoria, como depositarios de las mismas durante el juicio. Aprobada
con fecha 30-Octubre-2015



Publicación en Gaceta: --
484   Proyecto de decreto por el que se fijan las características de una moneda conmemorativa del Bicentenario Luctuoso del Generalísimo José María Morelos y Pavón.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 29-Abril-2015

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer las características de una moneda conmemorativa del Bicentenario Luctuoso del Generalísimo José María Morelos y Pavón. Aprobada
con fecha 30-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 29-Abril-2015
485   Proyecto de decreto que reforma el artículo 25 de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la Fracción XXI del Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de geolocalización en tiempo real.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Suscrita por los diputados José Guillermo Anaya Llamas (PAN), Consuelo Argüelles Loya (PAN), Ana Isabel Allende Cano (PRI), José Alejandro Montano Guzmán (PRI), María del Carmen García de la Cadena Romero (PRI), Atolín Etienne Rivera (PRI), José Ángel Ávila Pérez (PRD), María Guadalupe Moctezuma Oviedo (PRD) y Felipe Arturo Camarena García (PVEM)
Fecha de presentación: 29-Abril-2015

  - Seguridad Pública
Facultar al Ministerio Público de la Federación y de las entidades federativas o a los servidores públicos en quienes se delegue dicha atribución, a ordenar a los concesionarios de telecomunicaciones a proporcionar información de forma inmediata y sin demora de la localización geográfica de los equipos de comunicación móvil asociados a una línea que esté relacionada con delincuencia organizada, secuestro, extorsión o amenazas; y suspendan el servicio de telefonía para efectos de aseguramiento cuando así lo instruya el Instituto Federal de Telecomunicaciones. Aprobada
con fecha 30-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 29-Abril-2015
486   Proyecto de decreto que expide la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, y se reforman las Leyes de Coordinación Fiscal, General de Deuda Pública y General de Contabilidad Gubernamental.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 19-Agosto-2015

  - Hacienda y Crédito Público
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de prever los criterios de responsabilidad hacendaria que regirán a las entidades federativas y los municipios para el manejo sustentable de sus finanzas públicas. Incluir los supuestos en los que se podrá incurrir en un balance presupuestario de recursos disponibles negativo. Establecer que los estados estarán obligados a considerar en sus Presupuestos de Egresos las previsiones de gasto necesarias para hacer frente a los compromisos de pago que se deriven de los contratos de Asociación Público-Privada. Prever los términos y las obligaciones para la contratación responsable de deuda pública. Incluir las bases que regirá el financiamiento del Distrito Federal. Facultar al Ejecutivo Federal, por conducto de la SHCP, para que pueda otorgar la garantía del gobierno federal a las obligaciones constitutivas de deuda pública de los estados y los municipios. Instaurar un sistema de alertas respecto a los niveles de endeudamiento de un ente público. Crear el Registro Público Único, en el cual se inscribirá y transparentará la totalidad de la deuda de dichos entes. Modificar la denominación de ¿Ley General de Deuda Pública¿ por ¿Ley Federal de Deuda Pública¿. Eliminar la Comisión Asesora de Financiamientos Externos del Sector Público. Suprimir la disposición que establece que la SHCP no podrá inscribir en el Registro de Obligaciones y Empréstitos de Entidades y Municipios las obligaciones de aquellas que no se encuentren al corriente con las obligaciones contenidas en materia de contabilidad gubernamental. Aprobada
con fecha 3-Diciembre-2015



Publicación en Gaceta: 25-Agosto-2015